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El diseño inicial del Ministerio de Cultura del Perú: análisis de la propuesta organizativa.

El diseño inicial del Ministerio de Cultura del Perú: análisis de la propuesta organizativa. Dr. Alberto Martorell Observatorio turístico del Perú – USMP IPPAIS. Contenido de la ponencia. Algunas reflexiones generales Análisis de la estructura actual del Ministerio de Cultura del Perú

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El diseño inicial del Ministerio de Cultura del Perú: análisis de la propuesta organizativa.

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  1. El diseño inicial del Ministerio de Cultura del Perú: análisis de la propuesta organizativa. Dr. Alberto Martorell Observatorio turístico del Perú – USMP IPPAIS

  2. Contenido de la ponencia • Algunas reflexiones generales • Análisis de la estructura actual del Ministerio de Cultura del Perú • Competencias y funciones • El tema de la regionalización y la gestión cultural

  3. POLÍTICAS CULTURALES EN EL PERÚ ¿Se han implementado alguna vez? ¿Existen? ¿Se han hecho pensando en el Perú… en todo el Perú? ¿Se están formulando ahora? ¿Se trata de una política de Estado? ¿Qué nivel se les otorga en la vida pública? ¿Se ha hecho un balance general del antiguo Instituto Nacional de Cultura?

  4. 2010 2009

  5. 2010 2009

  6. 2010 2009

  7. LEY 29565 LEY DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA

  8. El Sector Cultura: su definición legal Art. 3º El sector cultura comprende al Ministerio de Cultura, las entidades a su cargo, lasorganizaciones públicas de nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadasa su ámbito de competencia, incluyendo a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades referidas al sector cultura. El sector cultura considera en su desenvolvimiento a todas las manifestaciones culturales del país que reflejan la diversidad pluricultural y multiétnica.

  9. Áreas programáticas del Ministerio de Cultura Art.4º a) Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial. b) Creación cultural contemporánea y artes vivas. e) Gestión cultural e industrias culturales. d) Pluralidad étnica y cultural de la Nación.

  10. Desarrollo orgánico de las áreas estratégicas Art. 10º Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias culturales Creación cultural contemporánea y artes vivas Gestión cultural e industrias culturales Viceministerio de Interculturalidad Pluralidad étnica y cultural de la Nación

  11. Organismos públicos adscritos Art. 11º • Instituto Nacional de Cultura (INC) • Biblioteca Nacional del Perú (BNP) • Instituto de Radio y Televisión Peruana (IRTP) • Academia Mayor de la lengua Quechua • Archivo General de la Nación (AGN) • Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA) • Instituto Nacional de Cultura (INC) • Biblioteca Nacional del Perú (BNP) • Instituto de Radio y Televisión Peruana (IRTP) • Academia Mayor de la lengua Quechua • Archivo General de la Nación (AGN) • Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA)

  12. Comisiones consultivas ROF del MINCUL, D.S. 001-2011-MC. Art. 20º, 21º Y 22º Comisión Consultiva Nacional de Cultura Comisión Consultiva Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos – INDEPA Comisión Consultiva Nacional de Cinematografía Comisión Consultiva Nacional de Cultura Comisión Consultiva Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos – INDEPA Comisión Consultiva Nacional de Cinematografía

  13. Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano Ley Nº 28495 El INDEPA es un organismo público descentralizado - OPD multisectorial, con rango ministerial, personería jurídica de derecho público, con autonomía funcional, técnica, económica, financiera, administrativa y presupuestal Ley de la cinematografía peruana Ley 26370 Créase el Consejo Nacional de Cinematografía (CONACINE) como órgano dependiente del Ministerio de Educación. Su función principal es la aplicación de la presente ley y su reglamento. El CONACINE tiene la representa ción oficial de la cinematografía peruana en el Perú y en el extranjero

  14. Dirección de Arqueología • Dirección de Museos y Bienes Muebles • Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo • Dirección de Sitios de Patrimonio de la Humanidad • Dirección de Patrimonio Histórico, Colonial y Republicano • Dirección de Paisaje Cultural • Dirección de Arqueología • Dirección de Museos y Bienes Muebles • Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo • Dirección de Sitios de Patrimonio de la Humanidad • Dirección de Patrimonio Histórico, Colonial y Republicano • Dirección de Paisaje Cultural Dirección General de Patrimonio Cultural Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales Dirección General de Industrias Culturales y Artes • Dirección de Industrias Culturales • Dirección de Artes y Acceso a la Cultura • Dirección de Elencos Nacionales Dirección General de Fiscalización y Control • Dirección de Control y Supervisión • Dirección de Recuperaciones

  15. Dirección de Política y Normatividad • Dirección de Fortalecimiento de Capacidades para la Promoción y Fomento de los Conocimientos Tradicionales • Dirección de Política y Normatividad • Dirección de Fortalecimiento de Capacidades para la Promoción y Fomento de los Conocimientos Tradicionales Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales Viceministerio de Interculturalidad Dirección General de Políticas de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos • Dirección de Interculturalidad • Dirección de Promoción de Derechos de los Pueblos

  16. Mecanismos de articulación con otros niveles de gobierno Art. 19º. Ley 29565 • El Ministerio de Cultura coordina con los gobiernos regionales y locales y con otros organismos del Estado la implementación de las políticas nacionales y sectoriales y la evaluación de su cumplimiento, a través de los siguientes mecanismos: • Desarrollar sistemas de información y mecanismos que contribuyan al cumplimiento de las competencias compartidas en materia de cultura. • Facilitar a los gobiernos regionales y locales la información que requieran para el adecuado ejercicio de sus respectivas competencias en estas materias. Los gobiernos regionales y locales entregan los datos, registros o documentos que produzcan o posean para el cumplimiento de las funciones del sector cultura. • Implementar un sistema de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales, y evaluar el cumplimiento de las normas en materia de cultura, el cual considera la participación directa del Ministro, Viceministros, órganos de línea, presidentes de gobiernos regionales, alcaldes y sus órganos en las materias que son competentes. • Orientar y prestar apoyo técnico a los gobiernos regionales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas y de los planes estratégicos regionales. • Proporcionar a los gobiernos regionales y locales la cooperación, capacitación y asistencia técnica que estos requieran para el ejercicio de las competencias transferidas. • Celebrar convenios interinstitucionales con los gobiernos regionales y locales ' para el mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Cultura. • Otros mecanismos de articulación y coordinación que considere pertinente.

  17. Órganos de coordinación regional Art. 20º. Ley 29565 Los gobiernos regionales y las municipalidades aseguran, dentro de su organización interna , la conformación de órganos especialmente dedicados o conformados para el cumplimiento de las políticas sectoriales de cultura, la coordinación con el sector cultura y la aplicación de la presente ley.

  18. Regionalización Disposición Complementaria Transitoria Novena Ley 29565 Descentralización del instituto Nacional de Cultura (INC) Encárgase al Poder Ejecutivo la transferencia de las unidades departamentales del Instituto Nacional de Cultura (INC) a los correspondientes gobiernos regionales en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días.

  19. Regionalización legal, no regionalización reglamentaria De las Direcciones Regionales de Cultura ROF del MINCUL, D.S. 001-2011-MC. Art. 80º Las Direcciones Regionales de Cultura son las encargadas, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación, y por delegación del Ministerio de Cultura. Estos órganos ejecutan las políticas, lineamientos técnicos, directivas establecidas por la Alta Dirección y los órganos de línea del Ministerio, en concordancia con la política del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura.

  20. Algunas propuestas sobre la organización del Sector Cultura ¿Cuáles son las funciones básicas del Estado en materia cultural? Promover – fomentar - difundir Viceministerio de fomento de la cultura La diversidad cultural Las industrias culturales La creatividad La continuidad (dinámica) de las tradiciones Las relaciones interculturales positivas El cultivo de las artes y su expresión Conservar – normar - difundir Viceministerio del patrimonio cultural El patrimonio cultural Viceministerio de coordinación intersectorial de las políticas interculturales Desarrollar - concertar Las políticas interculturales ¿Un órgano directamente vinculado a la Presidencia del Consejo de Ministros?

  21. Competencias “exclusivas y excluyentes” del MINCUL Art. 5º. Ley 29565 Artículo 5°. Competencias exclusivas El Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyenterespecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en: i) La promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales.

  22. Funciones “exclusivas” del MINCUL Art. 7º. Ley 29565 El Ministerio de Cultura cumple las siguientes funciones exclusivas respecto de otros niveles de gobierno: • b) Realizar acciones de declaración, Investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación • Fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fines, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fines del sector. • Convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país. • Propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional.

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