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Ciudadanía de las y los adolescentes

Ciudadanía de las y los adolescentes. La diversidad en los derechos humanos. Convención de los Derechos del Niño.

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Ciudadanía de las y los adolescentes

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Presentation Transcript


  1. Ciudadanía de las y los adolescentes

  2. La diversidad en los derechos humanos

  3. Convención de los Derechos del Niño A partir de la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño los Estados han celebrado un nuevo pacto social en el que se incluye como sujetos de derechos, ciudadanos y ciudadanas, a los niños, niñas y adolescentes.

  4. La diversidad de infancias y adolescencias • Los derechos reconocidos en la CDN serán ejercidos de acuerdo a su especificidad identitaria, es decir en tanto personas en etapa de crecimiento, con distintos niveles de autonomía para su ejercicio y teniendo en cuenta la diversidad generacional, cultural, social, de género, propia y la de su familia.

  5. Ciudadanía Integral aquella que incorpora sus tres dimensiones: • la política (ser parte de las decisiones públicas o colectivas), • la civil (garantías frente a la opresión) • y la social (acceso al bienestar), es decir aquel status jurídico que permite acceder armoniosamente a los derechos civiles, sociales económicos y culturales, entendidos éstos como un todo indivisible y articulado.

  6. Las tres dimensiones de la ciudadanía (la política, la civil y la social) son particularmente endebles, cuando no negadas, respecto de los adolescentes. • Los adolescentes y las adolescentes son discriminados negativamente desde el mundo adulto.

  7. Derechos políticos y de participación • En general, se desconoce su aporte al desarrollo y sus intereses, demandas y propuestas son intermediadas por los adultos. • Quienes habilitan el camino de la participación, tienen dificultades para encontrar las formas de participación real y efectiva de los adolescentes.

  8. Derechos Civiles • La igualdad, la no discriminación, la libertad, la vida, la integridad física, las garantías frente a la justicia penal, es decir, los derechos civiles, reconocidos hace ya cinco décadas por los pactos internacionales de derechos civiles y políticos, resultan sistemática vulnerados a los adolescentes, especialmente a aquellos que provienen de sectores excluidos.

  9. Adolescencia: paradigma de lo peligroso • La exclusión y la violencia social han tomado su peor expresión respecto contra los y las adolescentes de la región, es decir, quienes alcanzan la etapa de vida en que trascienden el medio inmediato de la familia y la escuela y comienzan incidir en ámbitos más amplios han sido demonizados por la sociedad.

  10. Derechos sociales Educación • En Uruguay, solo el 60% de los alumnos consigue completar el liceo; y de los que la completan, sólo uno de cada cinco lo hace sin repetir un solo año. (UNICEF 2008) • Aunque en Uruguay, el número de adolescentes que completan sus estudios ha aumentado considerablemente en los últimos 15 años, de todos modos sigue siendo muy bajo. Y es aún más bajo en las áreas rurales del país reduciendo sus posibilidades comparadas con los adolescentes de las áreas urbanas.(UNICEF 2008)

  11. Salud • hasta hace poco era muy limitada la oferta de programas que promovieran prácticas de vida saludables entre los jóvenes y que les brindara información, a pesar de ser la población más vulnerable en temas como el VIH/SIDA y la adicción a las drogas. (UNICEF, 2008)

  12. Discriminación basada en el genero y en preferencias sexuales • Señala el Comité de Derechos del Niño en la Observación General Nº3: “Preocupa especialmente la discriminación basada en el sexo o en los tabúes o las actitudes negativas o críticas respecto a la actividad sexual de las muchachas, lo que a menudo limita su acceso a medidas preventivas y otros servicios. También es preocupante la discriminación basada en preferencias sexuales”. El grueso de las ITS, especialmente el HIV, ocurren entre los 14 y los 24 años de edad.[1] • [1]Observación General Nº 3 y 4del . Comité de Derechos del Niño. Naciones Unidas, 2003.

  13. La educación sexual, la información para la prevención de las enfermedades de transmisión sexual, el respeto a la vida privada y la confidencialidad y la prevención de embarazos prematuros constituyen un debe de las políticas sociales de la región en favor de los y las adolescentes.[1] [1] Ello ha dado lugar a la Observación General Nº4 del Comité de Derechos del Niño y a reiteradas recomendaciones a los países de la región en respuesta a los informes periódicamente presentados.

  14. Acceso al conocimiento y al mercado • las generaciones adultas, en una situación de creciente incertidumbre laboral, “actúan corporativamente y tienden a cerrar filas en torno a la defensa de sus conquistas y, en particular, de las posiciones que alcanzaron el mercado. • Tales acciones generan rigideces que obstaculizan la plena utilización de los recursos humanos de los jóvenes, como una más alta inversión del Estado en la formación de sus capacidades, hechos que generan efectos adversos para la equidad generacional”

  15. Del Pacto al Contrato Intergeneracional • En el pacto los jóvenes deben obediencia a los mayores. • El contrato intergeneracional demanda la presencia de dos personas descriptivamente equiparables. Lo equitativo no será el grado de responsabilidad para hacerse cargo del contrato sino reconocerles capacidad y derechos para pretender regirse según sus propias políticas y contar con la alternativa de una discusión con otras generaciones

  16. Reconocer derechos de niños, niñas y adolescente s requiere: • Superar los conceptos de incapacidad-inmadurez como obstáculo para el ejercicio de los derechos • Reconocer formas diferentes – e igualmente valiosas- de ejercicios de derechos según la edad.

  17. Algunas pistas • La autonomía progresiva: • Supone la revisión del modelo patriarcal de la patria potestad. • Del sometimiento al adulto al adulto como referente para el ejercicio de derechos. • La protección no es tutela, es un plus de derechos.

  18. Además de los derechos humanos de todas las personas los niños, niñas y adolescentes tienen unPLUS DE DERECHOS: LOS DERECHOS DE PROTECCIÓN ESPECIAL POR SU CONDICIÓN DE EDAD.

  19. EL DERECHO A SER OIDO Y QUE SE TENGA EN CUENTA SU OPINIÓN + EL DERECHO A SER ACOMPAÑADO POR SUS REFERENTES DE CONFIANZA AL TOMAR DECISIONES U OTORGAR UN CONSENTIMIENTO.

  20. EL DERECHO A LA VIDA PRIVADA Y LA CONFIDENCIALIDAD + LA PROTECCION Y ORIENTACION FRENTE A POSIBLES ABUSOS.

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