1 / 23

PRELIMINAR PRE DICTAMEN CAFAE PERIODO ANUAL DE SESIONES 2011-2012

FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ -FENTUP-. FENTUP. COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. PRELIMINAR PRE DICTAMEN CAFAE PERIODO ANUAL DE SESIONES 2011-2012. Dr. LUIS RUIZ GARCÍA Presidente de la FENTUP

deidra
Download Presentation

PRELIMINAR PRE DICTAMEN CAFAE PERIODO ANUAL DE SESIONES 2011-2012

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ-FENTUP- FENTUP COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONGRESO DE LA REPÚBLICA PRELIMINAR PRE DICTAMEN CAFAEPERIODO ANUAL DE SESIONES 2011-2012 Dr. LUIS RUIZ GARCÍA Presidente de la FENTUP Asesor de la CITE

  2. CONTENIDO DEL DOCUMENTO Inicia haciendo referencia a los proyectos y propuestas legislativas que se han presentado desde el 2011, para resolver el problema del CAFAE, así como los trámites y documentos de opinión que se han cursado desde los diferentes organizamos del Estado y de las organizaciones de los trabajadores

  3. Presenta el Marco Legal en el que se sustentan los incentivos laborales del CAFAE. • Hace un análisis de las normas que regulan los regímenes laborales de los servidores públicos. • Presentan dos cuadros en el que se consignan el número total de servidores del régimen de la 276. • La normatividad que le dio origen al CAFAE y el número de comités que existen. • El marco legal de las transferencias que se han venido otorgando por el CAFAE.

  4. Presentan luego la distorsiones en los pagos por CAFAE. • Se exponen en dos cuadro en las que figuran el mínimo y el máximo recibido según los grupos ocupacionales. • Y en lo que corresponde a las universidades, todos son consignados con S/. 100.00 nuevos soles, a excepción de la UNSA, a quienes les consignaron una escala.

  5. PROPUESTA • Incorporación de bonificaciones equivalentes que se incorporen al CAFAE. • D.S. 045-2004-EF, otorga asignación especial de S/. 50.00 nuevos soles al personal administrativos de los Centros Educativos. • D.S. 068-2005-EF, incrementa en S/. 50.00 nuevos soles, asignación especial a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos. • Art. 4° del D.U. 012-2006, incrementa S/. 50.00 a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos. • D.S. 172-2002-EF, otorga asignación extraordinaria mensual de S/. 350.00 nuevos soles al personal del INPE. • D.U. 003-2011, faculta regularizar los pagos que se venían haciendo por CAFAE.

  6. Trigésima Sétima Disposición Final de la Ley N° 29289, otorga a partir del 2009 a los trabajadores de las universidades y de los centros educativos S/. 100.00 nuevos soles, la que se afecta al Grupo Genérico de Gasto 1. Personal y Obligaciones. • Literal b), del artículo 8 de la Ley 29465 que otorga S/. 50.00 en abril y S/. 50.00 más a partir de agosto 2010, como estímulo laboral por CAFAE a los trabajadores administrativos de las universidades y de los centros educativos. • Resolución Rectoral 309-94-UNSA, que otorga compensación económica por función administrativa a los trabajadores de la UNSA. • Resolución Ministerial 134-2007-JUS, asignación por movilidad del personal del Ministerio de Justicia (S/. 115.00). • Resolución Ministerial 153-2011/MINSA, que regulariza las escalas que se otorgan en el Ministerio de Salud.

  7. Incorporación al CAFAE de toda asignación de contenido económico, reconocimiento y/o movilidad aprobada antes del 1° de enero de 2012.

  8. FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ-FENTUP- FENTUP COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONGRESO DE LA REPÚBLICA Procedimiento para la aprobación de la escala base y determinación de la diferencia para ser incrementado al trabajador

  9. SERVIR , en coordinación con el MEF y la PCM, establecen la escala base. • Tomarán la información que obra en el “Aplicativo Informático para registro de Planilla y de datos de los recursos humanos del Sector Público. • En los casos que la diferencia entre lo que se tiene en el CAFAE después de incorporarse todo lo señalado; sea menor a la fijada en la escala base se incrementará la diferencia hasta el límite de la escala base. • En los casos cuyo resultado sea igual o superior, deberá mantenerse el monto vigente. • Las transferencias para los CAFAE se financian exclusivamente con recursos ordinarios. En ningún caso se puede recurrir para tal fin a los RDR u otra fuente distinta de financiamiento.

  10. EL TEXTO PRELIMINAR Art. 3° Entregar económicas que se incorporan al incentivo laboral que se otorga a través de los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE). Para la asignación de la escala base se incorpora la incentivo laboral, se otorga a través del CAFAE lo siguiente: • Las entregas económicas otorgadas, según corresponda. • D.S. 045-2004-EF, otorga asignación especial de S/. 50.00 nuevos soles al personal administrativos de los Centros Educativos.

  11. D.S. 068-2005-EF, incrementa en S/. 50.00 nuevos soles, asignación especial a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos. • Art. 4° del D.U. 012-2006, incrementa S/. 50.00 a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos. • D.S. 172-2002-EF, otorga asignación extraordinaria mensual de S/. 350.00 nuevos soles al personal del INPE. • D.U. 003-2011, faculta regularizar los pagos que se venían haciendo por CAFAE. • Trigésima Sétima Disposición Final de la Ley N° 29289, otorga a partir del 2009 a los trabajadores de las universidades y de los centros educativos S/. 100.00 nuevos soles, la que se afecta al Grupo Genérico de Gasto 1. Personal y Obligaciones.

  12. Literal b), del artículo 8 de la Ley 29465 que otorga S/. 50.00 en abril y S/. 50.00 más a partir de agosto 2010, como estímulo laboral por CAFAE a los trabajadores administrativos de las universidades y de los centros educativos. • Resolución Rectoral 309-94-UNSA, que otorga compensación económica por función administrativa a los trabajadores de la UNSA. • Resolución Ministerial 134-2007-JUS, asignación por movilidad del personal del Ministerio de Justicia (S/. 115.00). • Resolución Ministerial 153-2011/MINSA, que regulariza las escalas que se otorgan en el Ministerio de Salud.

  13. b) Las asignaciones de contenido económico, racionamiento y/o movilidad mensual u ocasional…referidos a los siguientes conceptos. • Incentivo laboral por movilidad • Asistencia nutricional • Responsabilidad directiva • Apoyo alimentario. c) Las entregas económicas ocasionales, referidas a los literales a y b se dividen entre doce y el resultado se incorpora al incentivo laboral.

  14. d) La incorporación prevista se efectúa en forma conjunta por el Pliego y el CAFAE. e) Concluido el proceso de incorporación, no podrá crearse nuevos incentivos; salvo que se establezca mediante norma con rango de Ley.

  15. Art. 4 Escala base SERVIR y el MEF establecen la escala base por grupos ocupacionales. . En un plazo máximo de 30 días se aprueba la escala base y disposiciones complementarias.

  16. Art. 5°. Aplicación de la escala base 5.1. Luego de la incorporación establecida en el Art. 3°, el Pliego y el CAFAE aprueban una escala transitoria mensualizada. 5.2. En ningún caso, la escala transitoria significa el incremento del monto anual percibido por cada trabajador antes de la incorporación prevista en el Art. 3°, excepto en los casos a que se refiere el literal a) del numeral 5.3. del artículo 5°.

  17. 5.3. El Pliego y el CAFAE aplican la Escala Base regulada en el Art. 4°, a la Escala Transitoria, considerando lo siguiente: • En caso que el monto del grupo ocupacional de la escala transitoria sea inferior al monto de la Escala Base; este monto se adecuará según el grupo ocupacional correspondiente, incrementando el monto del incentivo hasta el límite fijado en la escala base. • En caso que aquel monto de la escala transitoria sea igual o mayor al de la escala base, se mantendrá el monto vigente en el grupo ocupacional o nivel remunerativo correspondiente.

  18. 5.4. Luego de la aplicación de la escala base a la escala transitoria, el Pliego y el CAFAE en forma conjunta y previo informe favorable de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del MEF, aprueban la nueva escala de incentivos a nivel de cada Unidad Ejecutora… El informe favorable solo se expedirá cuando se verifique que la propuesta de nueva escala de incentivos este sustentada en la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”

  19. 5.5. Inmediatamente después de la aprobación de la nueva escala…cada Unidad Ejecutora realiza el registro de su nueva escala…en el “Aplicativo Informático” Art. 6° Fuente de Financiamiento de las transferencias para el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE). Las transferencia para los CAFAE se financian exclusivamente con recursos ordinarios y/o Recursos Directamente Recaudados del gobierno nacional y los gobiernos regionales. En ningún caso se pueden recurrir para tal fin a los RDR…

  20. DISPOSICIÓN COMPLENTARIA DEROGATORIA ÚNICA: A los 30 días calendario de la entrada en vigencia la presente ley, quedan derogadas las siguientes disposiciones: • D.S. 045-2004-EF, otorga asignación especial de S/. 50.00 nuevos soles al personal administrativos de los Centros Educativos. • D.S. 068-2005-EF, incrementa en S/. 50.00 nuevos soles, asignación especial a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos. • Art. 4° del D.U. 012-2006, incrementa S/. 50.00 a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos.

  21. Art. 4° del D.U. 012-2006, incrementa S/. 50.00 a los trabajadores administrativos de los Centros Educativos. • D.S. 172-2002-EF, otorga asignación extraordinaria mensual de S/. 350.00 nuevos soles al personal del INPE. • D.U. 003-2011, faculta regularizar los pagos que se venían haciendo por CAFAE. • Trigésima Sétima Disposición Final de la Ley N° 29289, otorga a partir del 2009 a los trabajadores de las universidades y de los centros educativos S/. 100.00 nuevos soles, la que se afecta al Grupo Genérico de Gasto 1. Personal y Obligaciones. • Literal b), del artículo 8 de la Ley 29465 que otorga S/. 50.00 en abril y S/. 50.00 más a partir de agosto 2010, como estímulo laboral por CAFAE a los trabajadores administrativos de las universidades y de los centros educativos.

  22. Resolución Rectoral 309-94-UNSA, que otorga compensación económica por función administrativa a los trabajadores de la UNSA. • Resolución Ministerial 134-2007-JUS, asignación por movilidad del personal del Ministerio de Justicia (S/. 115.00). • Resolución Ministerial 153-2011/MINSA, que regulariza las escalas que se otorgan en el Ministerio de Salud.

  23. Señores(as) asistentes: Muchas gracias por su atención Dr. LUIS RUÍZ GARCÍA Expositor

More Related