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Registro de Empresarios y Profesionales

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Registro de Empresarios y Profesionales

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  1. www.agenciatributaria.com Registro de Empresarios y Profesionales

  2. Registro de Empresarios y Profesionales • Estructura: • Forma parte del Censo de Obligados Contenido: • Personas o entidades que: • Desarrollen actividades empresariales o profesionales • Abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta • Realicen adquisiciones intracomunitarias sujetas al IVA no actuando como empresarios o profesionales • No residentes que operen en España mediante establecimiento permanente o satisfagan rentas a retención o ingreso a cuenta. • Socios, comuneros, partícipes... de entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividades empresariales o prof. • No establecidos en territorio aplicación IVA, cuando sean SP de IVA

  3. Registro de Empresarios y Profesionales • Datos básicos: • Apellidos y nombre, o razón o denominación social completa (y anagrama si lo tuviera) • Número de Identificación Fiscal • Domicilio fiscal • Condición de residente o no residente • Si se trata de entidades: constituidas en España o en extranjero • Domicilio en el extranjero, en su caso. ¡Estos datos constan para todos los incluidos en el Censo de obligados!

  4. Registro de Empresarios y Profesionales • Datos específicos: • Declaraciones o autoliquidaciones a presentar periódicamente • Situación tributaria: - Regímenes aplicables en el IRPF, IS, IRNR, IVA - Ejercicio de opciones de tributación, renuncias, revocaciones, exenciones aplicables, - Inclusión o baja en el Registro de Operadores Intracomunitarios y/o en el Registro de Exportadores y otros operadores económicos - Clasificación de las actividades económicas que desarrolla - Relación de establecimientos o locales donde realiza la actividad - Número de teléfono y dirección de correo electrónico.

  5. Registro de Empresarios y Profesionales • Datos específicos: 3. Personas físicas residentes en España: - Lugar donde esté centralizada la gestión administrativa y dirección de sus negocios (cuando sea distinto del domicilio fiscal) 4. Entidades residentes o constituidas en España: - Sujetas al Impuesto sobre Sociedades: Domicilio social, fecha de cierre del ejercicio social, NIF y domicilio de su representante, y de cada uno de los socios o miembros que promuevan su constitución, con indicación de su cuota de participación. - No sujetas al Impuesto sobre Sociedades. Clase de entidad, apellidos y nombre, NIF, domicilio y nacionalidad del representante, y de miembros con indicación de cuota participación

  6. Registro de Empresarios y Profesionales • Datos específicos: 5. Personas o entidades no residentes o no establecidas, así como las no constituidas en España - Estado o territorio de residencia o de constitución - Nacionalidad y la forma jurídica o clase de entidad sin personalidad según su derecho nacional - Domicilio fiscal y, en su defecto, el domicilio social en el Estado de residencia o de constitución - Apellidos y nombre, o razón o denominación social completa, con anagrama si lo hubiera, NIF, domicilio fiscal y nacionalidad de su representante en España. - Identificar con denominación específica y NIF propio a los establecimientos permanentes que operen en España - EAR con presencia en territorio español, identificar a miembros y partícipes, con indicación de cuota de participación

  7. Declaraciones censales • Tipos de Declaración Censal: • A. Declaración Censal de Alta • B. Declaración Censal de Modificación • C. Declaración Censal de Baja • Modelo de Declaración Censal: • Modelo 036

  8. Declaraciones censales • Declaración Censal de Alta en el Censo de EPR • Fines para los que se utiliza • Solicitar NIF • Renunciar a regímenes aplicables en IRPF e IVA • Comunicar aspectos relevantes para la correcta tributación en el IVA: declarar si es declaración previa al inicio de actividades, proponer porcentaje prorrata... • Señalar sujeción o no al Impuesto sobre Sociedades, u optar por la forma de realizar los pagos a cuenta. • Comunicar periodicidad autoliquidaciones de retencionesa cuenta por determinadas entidades • Solicitar la inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios

  9. Declaraciones censales • Declaración Censal de Alta en el Censo de EPR b) Plazo presentación • Con anterioridad al inicio de las actividades, a la realización de las operaciones, al nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta • La normativa puede establecer plazos específicos. c) Consecuencias asignación NIF provisional: • Supone el Alta automática en censo de EPR • La entidad queda obligada a aportar resto de documentación, en particular la certificación en registro público, para conseguir el NIF definitivo.

  10. Declaraciones censales • B. Declaración Censal de modificación de datos • En particular se comunicará: • Solicitud NIF definitivo, disponiendo de provisional • Cambios de domicilio fiscal • Solicitud de inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios • Cese de actividades sujetas al IVA, o de baja en ROI, cuando estas situaciones no determinen baja en censo de EPR • Opciones, renuncias, revocaciones a renuncias que manifiesten criterio distinto al que venían aplicando • Inicios de nueva actividad empresarial o profesional • Solicitud de inscripción en el Registro de Exportadores.

  11. Declaraciones censales • B. Declaración Censal de modificación de datos • b) No será necesario presentarla cuando: • Se produzcan variaciones de socios, miembros o partícipes de las entidades, una vez inscritas en el correspondiente registro público • La modificación censal se haya producido a iniciativa de un órgano de la Administración en el ejercicio de sus facultades. c) Plazo para su presentación • Regla general: Un mes desde la modificación • La normativa señala plazos concretos en algunos supuestos.

  12. Declaraciones censales • C. Declaración Censal de Baja • Obligados a presentarla • Quienes cesen en el desarrollo de TODAS sus actividades empresariales o profesionales • Quienes no siendo empresarios ni profesionales dejen de satisfacer rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta. b) Plazo para su presentación: • Plazo de un mes desde que se produzcan las circunstancias que determinen la baja • Si entidades inscritas en Registro Mercantil, el plazo del mes comienza a contar desde cancelación definitiva de asientos • Si fallecimiento de empresario o profesional persona física: la declaración de baja deben presentarla los herederos.

  13. Actividades Económicas y Locales • Necesaria coordinación entre el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y la Declaración Censal IAE: Notas características: • Tributo local con gestión censal estatal, salvo delegación • Exenciones afectan a gran cantidad de contribuyentes: - Sujetos que inicien ejercicio actividad: durante los 2 primeros años - Personas físicas - Sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y otras entidades con cifra de negocios inferior a un millón de euros • Matricula del IAE solo incluye a los no exentos • Se presenta a través del Modelo 840

  14. Actividades Económicas y Locales • IAE: Notas características: • En bases de datos existe el FICHERO DE ACTIVIDADES: Para cada contribuyente se tiene información precisa sobre las actividades que realiza y los locales donde se desarrollan. • El origen de la información son las declaraciones censales (modelo 036) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (840) - Actividades no sujetas al IAE : Modelo censal • - Actividades sujetas al IAE: • Sujetos exentos del IAE o con TODAS actividades exentas del IAE: Modelo censal • Sujetos pasivos obligados al pago del IAE: Modelo 840

  15. Actividades Económicas y Locales • Información sobre actividades que consta para cada • obligado: a) Descripción de la actividades: Principal y otras secundarias b) Grupo o epígrafe en que se encuadra la actividad: • Se sigue la clasificación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas. • Recientemente aprobado Reglamento CE, que supone revisión de la CNAE, que sigue recomendaciones adoptadas en CIU Rev 4 • España proceso de adaptación en 2008: Las declaraciones censales que se presenten a partir de 1-1-2009 ya seguirán dicha clasificación c) Lugar de realización de la actividad: • Fuera de local determinado: Municipio • En local: identificar TODOS los datos de localización • Locales indirectamente afectos: Almacenes, depósitos...: declarar su uso.

  16. Información sobre Situación Tributaria • Información sobre situación tributaria que consta para • cada obligado incluido en el censo de EPR: • Impuesto sobre el Valor Añadido: Régimen aplicable (General o especiales: simplificado, agricultura, ganadería y pesca, recargo de equivalencia...) • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Régimen aplicable: Estimación directa (normal o simplificada) o estimación objetiva; obligación o no de pagos fraccionados... • Impuesto sobre Sociedades: Obligación o no de presentar declaración, opción para realizar los pagos a cuenta, si entidad exenta del IS...

  17. Información sobre Situación Tributaria • Información sobre situación tributaria que consta para • cada obligado incluido en el censo de EPR: • Impuesto sobre la Renta de No Residentes Modalidad de establecimiento permanente, si está obligado a p presentar declaración, opción por sistema de cálculo de pagos a cuenta • Retenciones e ingresos a cuenta: Se informa sobre el tipo de rentas o rendimientos que se satisfacen (trabajo, capital mobiliario, arrendamiento de inmuebles urbanos sujetos a retención o ingreso a cuenta) ¡Toda la información anterior determina las obligaciones tributarias imputables a cada persona o entidad incluida en el Censo de EPR y la periodicidad con que debe atenderlas!

  18. Control de obligaciones Conceptos básicos: • Vector fiscal. Integrado básicamente por: • Modelos de declaración a presentar de forma periódica • Periodicidad de las declaraciones a presentar • Fecha de alta o baja de las obligaciones • Nivel de referencia: Importe del ingreso esperado • Cuenta corriente de obligaciones: • Autoliquidaciones presentadas durante periodo determinado

  19. Control de obligaciones • La comparación entre el vector fiscal de cada contribuyente con su cuenta corriente de obligaciones permite detectar los incumplimientos, y las incoherencias y las discrepancias entre su situación censal y las declaraciones que presenta. • Los incumplimientos se clasifican en: - Absolutos : Se ha omitido la presentación de la declaración • Relativos: Se deduce que ha ingresado por debajo del nivel de referencia

  20. Control de obligaciones • Las campañas de control masivo se dirigen a: A. Control de obligaciones periódicas: • Incumplidores de Pagos fraccionados en IRPF, autoliquidaciones de retenciones, y autoliquidaciones de IVA. • Contribuyentes de especial seguimiento: Se definen en función de su importancia económica y del número de empleados a su cargo. • Comprobación de pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades • Control de declaraciones mensuales de IVA B. Control de las declaraciones Resumen-anual resultantes de las autoliquidaciones periódicas presentadas.

  21. www.agenciatributaria.com Gracias por su atención

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