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La Situación de los Derechos Sexuales y Reproductivos en la Argentina: La Suprema Corte contra la Anticoncepción de Em

La Situación de los Derechos Sexuales y Reproductivos en la Argentina: La Suprema Corte contra la Anticoncepción de Emergencia”. Por María José Lubertino Presidenta. Av. Callao 741 - 1º “1” (1023) Cdad. de Buenos Aires - Argentina Tel.: (54-11) 4812-1395 // Fax: (54-11) 4813-2654

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Presentation Transcript


  1. La Situación de los Derechos Sexuales y Reproductivos en la Argentina: La Suprema Corte contra la Anticoncepción de Emergencia” • Por María José Lubertino Presidenta Av. Callao 741 - 1º “1” (1023) Cdad. de Buenos Aires - Argentina Tel.: (54-11) 4812-1395 // Fax: (54-11) 4813-2654 e-mail: ispm@netizen.com.ar http://www.ispm.org.ar

  2. Los Derechos Sexuales y Reproductivos son Derechos Humanos Básicos • Todas las personas gozamos de los siguientes derechos, que deben ser garantizados a las mujeres en paridad de condiciones con los varones, entre otros: - el derecho a decidir libre y responsablemente el numero y espaciamiento de los/as hijos/as; - el derecho al acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos; - el derecho a la protección de la salud, física y psíquica, y a gozar del más alto estándar alcanzable en salud; - el derecho a la no-interferencia indebida con su privacidad y familia. • En la Conferencia Internacional de las Naciones Unidas sobre Población y Desarrollo (Cairo, 1994) y la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres (Beijing, 1995) fue donde los derechos reproductivos de las mujeres fueron un tópico clave dado que la comunidad internacional de las mujeres se movilizó para consagrar los derechos humanos básicos de las mujeres a su autodeterminación reproductiva.

  3. La Constitución Argentina • En el caso de la Argentina los derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional (art. 19) y especialmente después de la incorporación de los tratados en materia de derechos humanos con rango constitucional (art. 75, inc 22), si bien no hacen una referencia explicita a la Anticoncepción de Emergencia, permiten defender los Derechos Sexuales y Reproductivos en una interpretación armónica de los derechos a la vida, libertad y seguridad, entre ellos la Anticoncepción de Emergencia: • Declaración Universal • Declaración Americana • Convención Americana • Pacto de Derechos Civiles y Políticos • Pacto de derechos Económicos y Sociales • Convención de los Derechos del Niño • Convención contra la tortura • Convención sobre la Mujer • Convención Internacional sobre todas las formas de discriminación racial

  4. La Anticoncepción de Emergencia es un Derecho implícito en la legislación argentina • Constitución de la Ciudad de Bs As – Art. 37: “Se reconocen los derechos reproductivos y sexuales, libres de coerción y violencia, como derechos humanos básicos, especialmente a decidir responsablemente sobre la procreación, el número de hijos y e intervalo entre sus nacimientos...” • En 11 de los 24 distritos de la República Argentina existen leyes que contemplan temas como la Salud Sexual y Reproductiva, pero ninguna hace referncia expresa a la AE.

  5. Leyes Provinciales

  6. Proyecto de Ley Nacional sobre Salud Sexual y Procreación Responsable • ARTICULO 2°.- Serán objetivos de este Programa: • Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia; • Disminuir la morbimortalidad materno-infantil; • Prevenir embarazos no deseados; • Promover la salud sexual de los adolescentes; • Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de vih/sida y patologías genital y mamarias; • Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable; • Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.

  7. Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina • En el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Portal de Belén contra Ministerio de Salud de la Nación/ ANMAT”, la “mayoría automática” en un voto cargado de imprecisiones científicas y aberraciones jurídicas, resuelve retirar de la venta la pastilla anticonceptiva de emergencia IMEDIAT, que además hace tiempo que no esta en el mercado, por considerarla abortiva sin siquiera haber permitido que se sustancie un proceso de conocimiento amplio para debatir dichos efectos con la debida apertura a prueba. Si bien el fallo es ineficaz por las razones expuestas y en la legislación argentina los fallos de la Corte sólo tienen fuerza vinculante para cada caso en particular, nada obsta a que la envestida contra los derechos sexuales y reproductivos continúe si se aceptaran sin más los razonamientos de la Corte por la influencia que su opinión imprime al resto de la jurisprudencia y la doctrina.

  8. Acciones Legales • El Instituto Social y Político de la Mujer interpuso una medida cautelar ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina solicitando que se prohiba innovar en la materia y se mantengan los productos que el ANMAT ha autorizado debidamente hasta tanto se debatan en un proceso amplio de conocimiento los temas pendientes. Por el momento el recurso ha sido rechazado fundado en que el caso no cumple con los requisitos necesarios para la admisibilidad de la medida excepcionaly hemos presentado una apelación a ese fallo.

  9. Reacción del Movimiento Feminista • El Instituto Social y Político de la Mujer, junto con otras 6 ONGs argentinas elaboró un contrainforme presentado en NY el 16 agosto de 2002 en las Sesiones Extraordinarias del Comité de la CEDAW que además de ofrecer un detallado capítulo sobre salud sexual y reproductiva, incluyó el fallo sobre Anticoncepción de Emergencia en el capítulo sobre Jurisprudencia como ejemplo de discriminación. • El Instituto Social y Político de la Mujer participó de la movilización que se organizó el día 7 de marzo de 2002 como consecuencia del controversial fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  10. Situación Real de la Anticoncepción de Emergencia • Las unicas provincias que cuentan con políticas públicas claras sobre anticoncepción de emergencia son: • ProvinciaMendoza la AE esta incorporada al Programa de Procreación Responsable creado por la ley provincial Nº 6.433. • Ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, que a partir del 3 de diciembre de 2001 incorporó la distribución de AE al Programa de Procreación Responsable de la Municipalidad de Rosario con la Ordenanza Nº 7282. • En la Ciudad de Buenos Aires se está discutiendo y elaborando actualmente un Protocolo que contempla el tema Derechos Sexuales y Reproductivos incorporando la AE. • Por lo tanto las decisiones sobre esta materia en Argentina quedan libradas a la interprestacion judicial de la legislacion vigente.

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