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Daniela Díaz Echeverría genero@fundar.mx

Mortalidad materna más allá del presupuesto, una obligación de atención universal. Daniela Díaz Echeverría genero@fundar.org.mx Coalición por la Salud de las Mujeres www.lacoalicion.org.mx.

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  1. Mortalidad materna más allá del presupuesto, una obligación de atención universal Daniela Díaz Echeverría genero@fundar.org.mx Coalición por la Salud de las Mujeres www.lacoalicion.org.mx

  2. La Coalición por la Salud de las Mujeres está integrada por 9 organizaciones de la sociedad civil con trabajo en derechos sexuales y reproductivos: • Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad; • Comité Promotor por una Maternidad Segura; • Fundar, Centro de Análisis e Investigación; • IPAS-México; • K’inal Antzetik; • Fundación Mexicana para la Planeación Familiar, Mexfam; • Salud Integral para la Mujer, SIPAM; • Red Balance; y • Comunicación e Información de la Mujer, CIMAC.

  3. Marco de Derechos vigentes • Constitución de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4°. • Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. • Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

  4. Constitución de los Estados Unidos Mexicanos Título Primero. Capítulo I. DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTIAS. Artículo 1°. • Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. • Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Reformados DOF 10 de junio de 2011.

  5. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, PIDESC (1966) • Máxima utilización de recursos- El concepto de la máxima utilización de recursos – señalado en el art. 2 del PIDESC – es de vital importancia para la realización de los derechos, ya que es a través de la canalización de recursos (monetarios, legales, humanos, naturales, tecnología e información) que el Estado da cumplimiento a sus obligaciones en la materia. Más allá de la retórica, este principio resulta fundamental, ya que le da un sentido práctico a las obligaciones legales de los Estados relacionadas con el cumplimiento, respeto y protección de los derechos. Fuente: Mariana Pérez (Coord.)Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Cinco miradas sobre el derecho a la salud. Estudios de caso en México, El Salvador y Nicaragua. Disponible en www.fundar.org.mx

  6. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, PIDESC (1966) Artículo 12 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto reconocen a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figuran las necesarias para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños; d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.

  7. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, CEDAW (1979) Artículo 12 1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia. 2. …los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

  8. Consejo de Derechos Humanos • 11º Período de sesiones • Resolución 11/8. • La mortalidad y morbilidad materna prevenible y los derechos humanos • 4. Pide también a los Estados que hagan un mayor hincapié en las iniciativas sobre la mortalidad y morbilidad materna en sus asociaciones para el desarrollo y sus arreglos de cooperación, en particular cumpliendo los compromisos pendientes y considerando la posibilidad de contraer nuevos compromisos, y en el intercambio de prácticas eficaces y asistencia técnica para reforzar la capacidad nacional, y que integren en esas iniciativas una perspectiva de derechos humanos que aborde los efectos de la discriminación contra la mujer en la mortalidad y morbilidad materna;

  9. Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000)OBJETIVO 5:MEJORAR LA SALUD MATERNAMeta 5.A: 5.A.- Reducir en tres cuartas partes, entre 1990 y 2015, la mortalidad maternaIndicadores1. 5.1 Tasa de mortalidad materna2. 5.2 Proporción de partos con asistencia de personal sanitario especializado3. 5.3 Tasa de uso de anticonceptivos

  10. Meta 5.B:5.B.- Lograr, para 2015, el acceso universal a la salud reproductivaIndicadores1. 5.4 Tasa de natalidad entre las adolescentes2. 5.5 Cobertura de atención prenatal (al menos unaconsulta y al menos cuatro consultas)3. 5.6 Necesidades insatisfechas en materia deplanificación familiar

  11. Ley General de Salud CAPITULO III Prestadores de Servicios de Salud Artículo 35.- Son servicios públicos a la población en general los que se presten en establecimientos públicos de salud a los residentes del país que así lo requieran, regidos por criterios de universalidad y de gratuidad en el momento de usar los servicios, fundados en las condiciones socioeconómicas de los usuarios.

  12. Ley General de Salud • TITULO TERCERO Prestación de los Servicios de Salud CAPITULO I Disposiciones Comunes Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a: IV. La atención materno-infantil; V. La planificación familiar; VIII. La disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud; IX. La promoción del mejoramiento de la nutrición, y X. La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades indígenas. Fuente: Ley General de Salud. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142.pdf

  13. Ley General de Salud • CAPITULO V Atención Materno-Infantil • CAPITULO VI Servicios de Planificación Familiar Fuente: Ley General de Salud. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142.pdf

  14. ¿Qué es el presupuesto? La expresión concreta de las acciones de los distintos gobiernos es el “Presupuesto de Egresos”, el instrumento de política económica más importante del gobierno. Los documentos en los que se detalla dicho presupuesto reflejan las prioridades económicas y sociales en pesos y centavos. En los presupuestos públicos es donde las políticas y los compromisos gubernamentales se hacen patentes, a partir de decisiones sobre la forma en que se obtendrán los recursos y en qué serán gastados. Fuente: OACNUDH; FLACSO, México; Fundar, Centro de Análisis e investigación; Gesoc, Agencia para el Desarrollo Políticas públicas y presupuestos públicos de derechos humanos. Manual operativo para servidoras y servidores públicos

  15. Ciclo presupuestario Las cuatro etapas del ciclo son: • Formulación del presupuesto. • Discusión y aprobación del presupuesto. • Ejercicio del gasto. • Evaluación y fiscalización. ¿Cómo se reflejan para garantizar la salud materna? Fuente: OACNUDH; FLACSO, México; Fundar, Centro de Análisis e investigación; Gesoc, Agencia para el Desarrollo Políticas públicas y presupuestos públicos de derechos humanos. Manual operativo para servidoras y servidores públicos

  16. Camino de la toma de decisiones de la política pública en salud y programas de salud sexual y reproductiva: SALUD Y MORTALIDAD MATERNA

  17. En las entidades federativas SALUD Y MORTALIDAD MATERNA

  18. Ruta metodológica: camino de los recursos presupuestarios SALUD Y MORTALIDAD MATERNA

  19. Gasto Ramo12, y Seguro Popular Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, 2010 y 2011 Millones de Pesos Fuente: SHCP Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, 2010, y 2011 www.shcp.gob.mx

  20. Gasto Ramo12, y Seguro Popular Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, 2010 y 2011 Millones de Pesos • El Sistema de Protección Social en Salud concentra el presupuesto del Ramo 12 SSA, y se ha constituido como el mecanismo principal para asignar el gasto los estados para el financiamiento de los servicios de salud. • En el año 2009, de las 1,207 mujeres fallecidas por causas asociadas al embarazo, parto y pos parto: • 33.1 % no tenía seguridad social y • 31.1 % contaba con Seguro Popular. [1]Las nueve entidades federativas son: Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Estado de México, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Veracruz. [2]http://www.congisp2011.org/programa_cientifico/pdf/Viernes/S32/LuisAlbertoVillanueva.pdf [3]Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública. Primer trimestre de 2011. Disponible en www.shcp.gob.mx

  21. Fuente: Cuentas en salud reproductiva y equidad de género. Estimación 2008 y comparativo 2003-2008, INSP SSA. Disponible en http://www.generoysaludreproductiva.salud.gob.mx/

  22. Programa Presupuestario P018 Reducción de la Mortalidad Materna Presupuesto de Egresos de la Federación 2010259, 493, 301 millones de pesos: capacitar en atención obstétrica de emergencia al personal de salud de las nueve entidades federativas[1] que con 62 por ciento concentran la muerte materna en el país, en el año 2010.[2] Cuenta de la Hacienda Pública Federal reporta que se no se ejercieron 66, 059, 890 millones de pesos. Es decir, efectivamente se ejercieron 193, 433, 411 millones de pesos. 2011: 298,494, 664 Periodo de enero a marzo: ejercidos 59,905 pesos un 10.10 por ciento del comprometido para dicho periodo.[3] ¿Qué se reporta sobre estos subejercicio? ¿Cómo se explican? [1]Las nueve entidades federativas son: Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Estado de México, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Veracruz. [2]http://www.congisp2011.org/programa_cientifico/pdf/Viernes/S32/LuisAlbertoVillanueva.pdf [3]Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública. Primer trimestre de 2011. Disponible en www.shcp.gob.mx

  23. Acuerdo para el Fortalecimiento de las Acciones de Salud Pública en los Estados,AFASPE La importancia de este acuerdo radica en que presenta información sumamente detallada que permite dar seguimiento a diversos programas que se implementan localmente. Esta incluye los siguientes aspectos: • Alineación del presupuesto a la estrategia del programa • Alineación de las fuentes de financiamiento Calendarización de metas y ministraciones • Meta de “resultado” • Indicadores de proceso y de impacto final • Programación de supervisión y evaluación • Asimismo, el AFASPE incluye una serie de precisiones en cuanto a la obligación de informar a las Secretarías de Salud y a la de Hacienda y Crédito Público Federal sobre el ejercicio del gasto. Siendo esto un elemento fundamental en términos de fomentar la transparencia y la rendición de cuentas.

  24. Recomendaciones Para avanzar en la atención universal: Debe haber progresividad del presupuesto; irreductibilidad; transparencia y rendición de cuentas; y participación ciudadana • al AFASPE, que se ejecute el presupuesto que se le asigna; sobre transparencia: que se publique el AFASPE en las páginas de los gobiernos estatales, y que se rinda cuenta de su ejercicio. • Que se firme en tiempo y forma. • Que se aseguren la aplicación real de Embarazo Saludable: el SPSS se asigna en grandes rubros, por ende puede asignarse recursos financieros para fortalecer las redes de atención y servicios de salud materna. • Que se transparente el perfil de las mujeres atendidas por periodo de gestación e intervención del catálogo

  25. Recomendaciones Para avanzar en la atención universal: Debe haber progresividad del presupuesto; irreductibilidad; transparencia y rendición de cuentas; y participación ciudadana • P018 – En qué se ejerció? Fecha de liberación de los recursos, Ejercicio durante 2010 y 2011 • Convenio interinstitucional para la atención universal de las emergencias obstétricas, entre la SSA, el IMSS y el ISSSTE: Asignación de presupuesto, transparencia y rendición de cuentas

  26. GRACIAS genero@fundar.org.mx Coalición por la Salud de las Mujeres http://www.lacoalicion.org.mx

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