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Administración Estratégica de la función informática

Administración Estratégica de la función informática. 592 pág. Encuadernación: Rústica Formato: 17x23 cms. Año de edición: 2014. TERÁN, David. TERÁN, David (2014). Administración Estratégica de la función informática . México: Alfaomega. Identificación de activos intelectuales.

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Administración Estratégica de la función informática

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  1. Administración Estratégicade la función informática 592 pág. Encuadernación: Rústica Formato: 17x23 cms.Año de edición: 2014 TERÁN, David TERÁN, David (2014). Administración Estratégica de la función informática. México: Alfaomega.

  2. Identificación de activos intelectuales. • ¿Realiza su institución una revisión completa de los activos intelectuales que posee o usa? • .¿Realiza su institución evaluaciones periódicas de las capacidades y competencias de su personal?. • .¿Cuenta el Centro con mecanismos formales para identificar los conocimientos que requieren protección por su importancia técnica y potencial comercial? • ¿Tiene un inventario o registro de sus activos intelectuales? • ¿Está adecuadamente identificada y protegida toda la propiedad intelectual desarrollada o adquirida por su institución? • ¿Sus activos intelectuales son considerados por su institución tanto desde el punto de vista legal como el comercial? • ¿Sabe usted qué porcentaje representan sus activos intelectuales respecto de los activos totales de la institución? • ¿Conoce usted el valor aproximado de los activos intelectuales de su institución? • 9. Para la determinación del valor económico de los activos intelectuales, ¿ha definido su institución una metodología? 2

  3. CONCEPTO Y SIGNIFICADO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL • ¿Porqué existe la propiedad intelectual? • La necesidad de proteger los resultados de las actividad intelectual • El acuerdo de la sociedad con el autor • Profundas implicaciones económicas, sociales, estratégicas, éticas • -El caso de las actividades públicas de investigación • -El control sobre el conocimiento 3

  4. NUEVOS ELEMENTOS EN EL CONTEXTO DE LA PI • La globalización • El libre comercio • Altos costos de la investigación • La necesidad de proteger las inversiones 4

  5. COMPETITIVIDAD DE LA INDUSTRIA • Productos con calidad y propiedades superiores • Investigación estratégica • Diversificación de mercados a escala global • Velocidad para comercializar nuevos producto • Inversiones en infraestructura para desarrollo, prueba y demostración de nuevas tecnologías 5

  6. COMPETITIVIDAD DE LA INDUSTRIA • Tecnología como ventaja competitiva • Alianzas para acelerar la recuperación de inversiones en I&D, minimizar riesgos y asegurar acceso a tecnologías y mercados • Protección de la propiedad intelectual 6

  7. 9/17/2014 José Luis Solleiro 7

  8. PRINCIPALES RAMAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL • Derechos de Autor • -Sirven para proteger los resultados de la actividad intelectual, cuyo valor radica en la forma de expresión • Obras artísticas • Canciones • Obras cinematográficas: los videos!!! • Y... Los programas de cómputo 8

  9. PRINCIPALES RAMAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL • La Propiedad Industrial • -El valor de la contribución está en la función • Patentes • Modelos de utilidad • Modelos y diseños industriales • Marcas de productos y servicios • Nombres comerciales • Denominaciones de origen • Secretos industriales • Derechos de obtentor 9

  10. LA PATENTE • Una patente es el privilegio legal que otorga el estado a una persona física o moral para explotar de manera exclusiva una invención, durante un plazo determinado • Pueden patentarse productos, procedimientos, equipos, composiciones de materia y ... • Requisitos: • Novedad universal • Grado inventivo (no obviedad) • Aplicabilidad Industrial 10

  11. LA PATENTE • Lo que no se considera invención: • Los descubrimientos • Las fórmulas matemáticas • Algoritmos • Sistemas de administración • Procedimientos de diagnóstico o tratamiento de enfermedades 11

  12. PATENTABILIDAD DE MATERIAL GENETICO • Genes, células y procesos • Plantas • Alcance • Herramientas de Investigación 12

  13. EL CONTRATO SOCIAL DE LA PATENTE • Las partes de la patente: • Datos descriptivos de la patente: título de la invención, inventor, causahabiente, sus domicilios, fechas de prioridad, legal, de concesión, etc. • Extracto: para las bases de datos • Descripción de la invención: estado previo del arte, discusión sobre él, resumen de características ventajosas de la invención, descripción a detalle (The bikini approach), ejemplos • Reivindicaciones: lo que se reclama como propiedad • La descripción para la sociedad y las reivindicaciones para el inventor 13

  14. PATENTAMIENTO INTERNACIONAL: EL CONVENIO DE PARÍS • El año de prioridad • Trato nacional • Aspectos comunes para la administración del sistema • Ámbito de protección de las patentes y otros títulos. 14

  15. El Tratado en Materia de Cooperación de Patentes (PCT) 1. Abierto a los Estados que son parte en el convenio de París 2. Permite buscar protección simultáneamente en muchos países 3. Se pueden presentar ante la oficina nacional 4. Se pueden presentar ante la Oficina Internacional de la OMPI Ginebra. 15

  16. Objetivos principales del PCT Simplificar, hacer más eficaz y más económico, desde el punto de vista de los usuarios del sistema de patentes y de las oficinas encargadas de administrarlo, el procedimiento a seguir para solicitar la protección de una patente de invención cuando se quiere obtener esa protección en varios países. 16

  17. Sistema tradicional de patentes 0 12 Presentación de solicitudes en el Extranjero (meses) Presentación solicitud en el país Solicitud de patente en el país seguida, dentro de los 12 meses siguientes, por solicitudes múltiples en el extranjero que reivindican la prioridad según el Convenio de París. - requisitos formales múltiples - búsquedas múltiples - publicaciones múltiples - exámenes múltiples y prosecución de los trámites relativos a las solicitudes - traducciones y tasas nacionales requeridas al cabo de los 12 meses Cierta racionalización a causa de acuerdos regionales (ARIPO, OEAP, OAPI, OEP) 17

  18. Sistema del PCT 0 12 16 18 19 20 30 Entrada fase nacional (meses) Búsqueda internacional Publicación internacional Examen preliminar internacional Presentación solicitud en el país Presentación solicitud internacional A la solicitud de patente en el país le sigue, en un periodo máximo de 12 meses, la solicitud internacional en el marco del PCT la cual reivindica la prioridad según el Convenio de París con una “fase nacional” que comienza a los 20 o 30 meses. - una serie de requisitos formales - búsqueda internacional - publicación internacional - la solicitud internacional puede ponerse en orden antes de la fase nacional - traducciones y tasas nacionales exigidas a los 20 o 30 meses, y únicamente si el solicitante desea proseguir el trámite 18

  19. ESQUEMA CRONOLÓGICO DEL PCT presentación PCT al final del año de prioridad Fecha de publicación PCT Informe examen preliminar PCT II Primera presentación/ Fecha de prioridad Presentación de solicitud examen preliminar Informe de búsqueda PCT PCT II fase nacional Presentación PCT Entrada fase nacional PCT I 0 12 13 16 18 19 20 28 30 (meses) Decisión presentación extranjero (prioridad) Examen preliminar PCT II, oportunidad mo- dificaciones argumentos Tasas PCT Modificaciones reivindicaciones Búsqueda PCT Decisión sobre la entrada en fase nacional PCT II 19 Decisión fase I o II

  20. LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL • Aprobada en 1991 y reformada en 1994 • Vigencia de las patentes de 20 años • Abre la patentabilidad de productos y procesos biotecnológicos • No permite patentamiento de variedades vegetales • Introduce el secreto industrial • Modifica disposiciones de marcas 20

  21. Artículo 9o.- La persona física que realice una invención, modelo de utilidad o diseño industrial, o su causahabiente, tendrán el derecho exclusivo de su explotación en su provecho, por sí o por otros con su consentimiento, de acuerdo con las disposiciones contenidas en esta Ley y su reglamento. Artículo 10.- El derecho a que se refiere el artículo anterior se otorgará a través de patente en el caso de las invenciones y de registros por lo que hace a los modelos de utilidad y diseños industriales. Artículo 10 BIS.- El derecho a obtener una patente o un registro pertenecerá al inventor o diseñador, según el caso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 de esta Ley. Si la invención, modelo de utilidad o diseño industrial hubiese sido realizado por dos o más personas conjuntamente, el derecho a obtener la patente o el registro les pertenecerá a todos en común. 21

  22. Artículo 12.- Para los efectos de este título se considerará como: I.- Nuevo, a todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica; II.- Estado de la técnica, al conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos medianteuna descripción oral o escrita, por la explotación o por cualquier otro medio de difusión o información, enel país o en el extranjero; III.- Actividad inventiva, al proceso creativo cuyos resultados no se deduzcan del estado de la técnicaen forma evidente para un técnico en la materia; IV.- Aplicación industrial, a la posibilidad de que una invención pueda ser producida o utilizada encualquier rama de la actividad económica; 22

  23. Artículo 15.- Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas. 23

  24. Artículo 18.- La divulgación de una invención no afectará que siga considerándose nueva, cuando dentro de los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de la prioridad reconocida, el inventor o su causahabiente hayan dado a conocer la invención, por cualquier medio de comunicación, por la puesta en práctica de la invención o porque la hayan exhibido en una exposición nacional o internacional. Al presentarse la solicitud correspondiente deberá incluirse la documentación comprobatoria en las condiciones que establezca el reglamento de esta Ley. La publicación de una invención contenida en una solicitud de patente o en una patente concedida por una oficina extranjera, no se considerará incluida dentro de los supuestos a que se refiere este artículo. 24

  25. Artículo 19.- No se considerarán invenciones para los efectos de esta Ley: I.- Los principios teóricos o científicos; II.- Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza,aún cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre; III.- Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y losmétodos matemáticos; IV.- Los programas de computación; V.- Las formas de presentación de información; VI.- Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias; VII.- Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicables al cuerpo humanoy los relativos a animales, y VIII.- La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación deuso, de forma, de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se trate de su combinación o fusiónde tal manera que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones característicasde las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial o un uso no obvio para un técnicoen la materia. 25

  26. Artículo 28.- Se consideran modelos de utilidad los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que,como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten unafunción diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad. Artículo 29.- El registro de los modelos de utilidad tendrá una vigencia de diez años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeto al pago de la tarifacorrespondiente. La explotación del modelo de utilidad y las limitaciones del derecho que confiere su registro al titular se regirán, en lo conducente, por lo dispuesto en los artículos 22 y 25 de esta Ley. 26

  27. Artículo 31.- Serán registrables los diseños industriales que sean nuevos y susceptibles de aplicaciónindustrial.Se consideran nuevos los diseños que sean de creación independiente y difieran en gradosignificativo, de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseños. La protección conferida a un diseño industrial no comprenderá los elementos o características que estuviesen dictados únicamente por consideraciones de orden técnico o por la realización de una funcióntécnica, y que no incorporan ningún aporte arbitrario del diseñador; ni aquellos elementos ocaracterísticas cuya reproducción exacta fuese necesaria para permitir que el producto que incorpora eldiseño sea montado mecánicamente o conectado con otro producto del cual constituya una parte o piezaintegrante, esta limitación no se aplicará tratándose de productos en los cuales el diseño radica en unaforma destinada a permitir el montaje o la conexión múltiple de los productos o su conexión dentro de unsistema modular. No se protegerá un diseño industrial cuando su aspecto comprenda únicamente los elementos o características a que se refiere el párrafo anterior. 27

  28. SECRETOS INDUSTRIALES • “Toda informacion de aplicación industrial que guarde una persona fisica o moral con carácter confidencial, que le signifique obtender o mantener una ventaja competitiva o economica frente a terceros en la realización de actividades económica y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restrimgido a la misma”(Art 82) • Métodos o procesos de producción • Medios o formas de comercialización o distribución • Debe constar en documentos o medios electrónicos o magnéticos • Art. 85 La persona que acceda al secreto deberá abstenerse de revelarlo • Art. 86 La persona física o moral que contrate a alguien que tenga el secreto de otra, será responsable del pago de daño o prejuicios 28

  29. DERECHOS DE OBTENTOR • El debate: patentes vs. DOV • UPOV 78 VS. 91 • Fortaleciendo la protección • Quien gana 29

  30. ALCANCE DEL DERECHO • Impedir la reproducción o multiplicación vegetativa: protección para la semilla • Producir el material con fines comerciales • Poner en venta el material • Comercializarlo en cualquier forma 30

  31. REQUISITOS • Distinta • Suficientemente homogénea • Estable • Nueva comercialmente (con período de gracia) • Con denominación 31

  32. UPOV 91 • Preparación del material de la variedad • Posesión del material para realizar actos reservados al titular • Además respecto al producto de la cosecha • Excepciones • Del agricultor • Del obtentor 32

  33. VARIEDADES ESENCIALMENTE DERIVADAS • Aquellas que conservan las características esenciales de la expresión del genotipo de la combinación de los genotipos de la variedad inicial. • Selección de un mutante natural o inducido • Selección de una variante somoclonal • Selección de una variante • Retrocruzamiento • Transformación mediante Ingeniería Genética 33

  34. CASOS TIPICOS • Resistencia a enfermedades mediante retrocruzamientos repetidos • El color de la flor resultante de una mutación • Resistencia a un herbicida mediante la transferencia de genes • Esterilidad masculina mediante la fusión de protoplastos 34

  35. Acceso a recursos genéticos • Soberanía de las naciones confirmada en la CDB • Consentimiento previo informado • Distribución de beneficios • Acuerdos de acceso • Una necesidad urgente de aprender a negociar y valorar, en un ambiente de oposición de ONGs 35

  36. COMPLEJIDAD DEL SISTEMA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: EL EJEMPLO DE LA AGRICULTURA • Patentes • Productos • Procesos • Genes • Transgénicas • Secreto Industrial • Información técnica, comercial y financiera • Líneas puras • Marcas y denominación de origen • Productos Propiedad Intelectual • Recursos fitogenéticos • Contratos de acceso • Acuerdos de transferencia • Derechos colectivos • Derechos de autor • Manuales, obras técnicas • Bases de datos • Derechos de Obtentor • Material de propagación de variedades mejoradas 9/17/2014 José Luis Solleiro 36

  37. GESTIÓN DE LA PI Un concepto integrador

  38. En el mundo competitivo en que vivimos los activos más valiosos de las empresas ya no son los activos tangibles tales como la maquinaria, los edificios, las instalaciones, los inventarios y los depósitos en los bancos, sino los activos intangibles que tienen su origen en los conocimientos, habilidades, valores y actitudes de las personas que forman parte del núcleo estable de la empresa

  39. Gestión de la propiedad intelectual. • ¿Cuenta su institución con un sistema para promover la creatividad y la inventiva en el que se favorezca y recompense la innovación? ¿En qué consiste?. • 2.      ¿Cuenta con mecanismos formales para identificar los conocimientos que requieren protección por su importancia técnica y potencial comercial? • ¿Cuenta su institución con un sistema para la protección de invenciones u otras aportaciones intelectuales? • ¿Qué figuras legales ha utilizado para proteger sus aportaciones intelectuales? ¿porqué ha elegido ésas? • ¿Cuenta su institución con un presupuesto destinado exclusivamente para tramitar y mantener sus títulos de propiedad intelectual?

  40. ¿Cuenta su institución con un sistema para la administración de los secretos industriales? ¿Utiliza alguno de los siguientes mecanismos? • sistemas efectivos de clasificación de la información de la institución (la confidencial y la de acceso libre); • manejo de acuerdos de confidencialidad con empleados, estudiantes, contratistas, consultores y clientes; • establecimiento de barreras físicas y códigos de acceso a sitios donde se resguarda información confidencial; • definición explícita de sanciones por violación de secretos, de acuerdo con la Ley . • ¿Utiliza su institución información de dominio público para diseñar sus proyectos y tener un punto de referencia para conocer la libertad para operar y evitar posibles litigios por uso de conocimiento propiedad de terceras partes?.

  41. ¿Cuenta su institución con un sistema para la valuación de activos intangibles como elemento básico para cualquier negociación y para la definición las posibilidades de comercialización de sus activos intelectuales?. • ¿Está plenamente seguro de que todos los conocimientos que se usan en su institución le pertenecen o que tenga el derecho legal de usarlos para cualquier aplicación que convenga a sus intereses? • En los casos en los que se desarrolle conocimiento y tecnología haciendo uso de herramientas protegidas, ¿negocia su institución licencias de uso y no interferencia relacionadas con las aplicaciones surgidas de la I&D? • ¿Ha realizado alguna vez una revisión completa de los activos intelectuales que posee o usa su institución? • ¿Sus activos intelectuales son considerados por su institución tanto desde el punto de vista legal como el comercial?

  42. ¿Conoce usted el valor aproximado de los activos intelectuales de su institución? ¿Sabe usted qué porcentaje representan sus activos intelectuales respecto de los activos totales de la institución? ¿Incluye activos intelectuales en sus informes financieros? • ¿Realiza la vigilancia de su patrimonio intelectual para contar con un sistema de alerta sobre posibles infringimientos de derechos o fugas de información? ¿Tiene un inventario o registro de sus activos intelectuales? • ¿Cuenta su institución con la organización y recursos para posibles litigios, de manera que se puedan enfrentar procesos legales para aquellos caso en que no se consiga una solución amigable ante infringimiento de derechos? • ¿Comunica a la comunidad interesada en su institución el valor de sus activos intelectuales?¿El personal de la institución entiende el papel de los activos intelectuales para generar ingresos y beneficios para la institución?

  43. Papel de la PI Aumentar el valor de cambio Asegurar una ventaja para el usuario de la tecnología Evitar interferencia Prever problemas legales en el horizonte temporal de la licencia

  44. Gestión de la PI Un conjunto de actividades planificadas y estratégicas que permite a una institución: incidir deliberadamente en acciones generadoras de valor, tanto a partir de tecnologías existentes como de desarrollos propios asegurar la traducción de sus derechos de propiedad intelectual en activos intelectuales que pasarán a formar parte de su patrimonio tecnológico.

  45. Gestión de la PI La gestión de la propiedad intelectual es un conjunto fundamental de conceptos, métodos y procesos diseñados específicamente para alinear las propiedades intelectuales de la empresa con sus estrategias y objetivos empresariales” (Sullivan, 2001)

  46. Gestión de la PI Un proceso de negocios extensivo mediante el cual se busca maximizar los beneficios que una organización puede captar del sistema de la propiedad intelectual: • Registro de ideas • Protección de ideas • Utilización de derechos propietarios • Reacción ante posible infringimiento de derechos

  47. Gestión de la PI Inteligencia competitiva Promoción de la creatividad y la inventiva Protección de invenciones Uso de información de dominio público Valuación de activos intangibles Licenciamiento hacia dentro y hacia fuera Vigilancia de su patrimonio intelectual Litigios

  48. Inteligencia competitiva Monitoreo de información relevante: científica, técnica y del entorno Colecta y organización de datos Análisis para toma de decisiones en investigación y transferencia de tecnología Benchmarking: posición relativa, oportunidades y amenazas Saber qué, cómo y con quién

  49. El ciclo de la inteligencia PLANIFICACIÓN Y DIRECCIÓN ACCIONES DIFUSIÓN DE RESULTADOS Fuentes formales Fuentes informales OBTENCIÓN DE LA INFORMACIÓN ANÁLISIS PROCESAMIENTO Fuente: Adaptado a partir de Bernhardt (1994)

  50. ITC para evaluar posibilidades de negocio Antecedentes Una empresa farmacéutica nacional desea evaluar sus posibilidades de incursionar en el negocio de las pruebas de diagnóstico de VIH. Para ello solicitó una actividad de ITC en el área, con la finalidad de ubicar a la competencia, el nivel de protección que tienen los productos de interés y las capacidades tecnológicas que se están usando en este momento. Método Ubicar, recuperar y analizar la información publicada en bases de datos técnicas (artículos y patentes) que permita a la empresa tomar decisiones sobre inversiones en pruebas de diagnóstico para VIH. La búsqueda de información cubrió el periodo 1980-2003 Preguntas clave a responder ¿cuáles son las instituciones que tienen la tecnología? ¿la tecnología está protegida por patentes? ¿en qué países se encuentra protegida la tecnología? ¿cuál es la plataforma tecnológica del desarrollo de las pruebas de diagnóstico?

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