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REPUBLICA DE COLOMBIA

REPUBLICA DE COLOMBIA. DECRETO 1042 del 28 de abril de 2003. POLÍTICA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL.

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  1. REPUBLICA DE COLOMBIA

  2. DECRETO 1042 del 28 de abril de 2003 POLÍTICA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL

  3. Mejorar las condiciones de vida de los habitantes rurales de escasos recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para programas de mejoramiento y saneamiento básico, construcción de vivienda nueva en sitio propio y adquisición de vivienda nueva. Está orientado a reactivar la productividad del campo, reactivar las nuevas relaciones económicas y sociales que contribuyan al desarrollo regional del país sobre la base de convivencia y paz. OBJETIVO

  4. Cobertura nacional y se aplica en zonas definidas como suelo rural en los POT, con excepción de resguardos indígenas y comunidades afrocolombianas. Para el Depto de San Andres y Providencia, y Santa Catalina, por sus características especiales, según reglamento expedido por el MAVD. RECURSOS NACIONALES: $30 mil millones asignados por el Banco Agrario. AMBITO DE APLICACIÓN Y RECURSOS

  5. Atiende la Demanda Mediante Cupos Indicativos (70 %) $21.000.000.000 DISTRIBUCION DE RECURSOS PARA VIVIENDA RURAL RECURSOS VIVIENDA RURAL (100%) $30.000.000.000 Proyectos Multisectorial (30 %) $ 9.000.000.000

  6. IMPACTO RECURSOS CUPO INDICATIVO $1.850.504.869,46 697 MEJORAMIENTOS o 372 VIVIENDAS NUEVAS 464 EN PROMEDIO DISTRIBUCION PARA ANTIOQUIA 8.81%

  7. MODALIDADES DE VIVIENDA TIPO A 9.8 MTS MEJORAMIENTO Y SAN. BASICO 8 – 12 SMLM $2.656.000 – $3.984.000 12 – 15 SMLM $3.984.000 – $4.980.000 TIPO B 19 MTS SITIO PROPIO 12 – 15 SMLM $3.984.000 – $4.980.000 TIPO C 19 MTS VIVIENDA NUEVA

  8. SOLUCIONES DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Y SANEAMIENTO DE VIVIENDA • La vivienda a mejorar debe presentar al menos dos de las tres primeras o una de las cuatro últimas deficiencias descritas a continuación: • Carencia de alcantarillado o sistema para la disposición final de aguas servidas. • Pisos en tierra o en materiales inadecuados. • Cubierta en materiales inadecuados que representen alto riesgo epidemiológico. • Carencia de baños y/o cocina. • Deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros • o cubiertas.

  9. Construcción en materiales provisionales tales como latas, tela asfáltica y madera de desecho. • Existencia de hacinamiento crítico.

  10. CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO Proceso por medio del cual el beneficiario del subsidio obtiene su solución de vivienda mediante la edificación de la misma en un lote de su propiedad o de uno cualquiera de los miembros del hogar postulante, o participa como afiliado a programas colectivos de construcción, a través de una entidad que promueva tales programas.

  11. Acompañamiento de proyectos productivos colectivos agropecuarios, ambientales en zonas de influencia de parques nacionales, PND forestal, asociativos de agroindustria, asociativos de mujeres, y proyectos vinculados a: Programas regionales de desarrollo y paz y laboratorios de paz. Prevención y atención al desplazamiento forzado y restablecimiento de la población Programas asociados al transporte por carretera y fluvial para la conectividad del país. Proyectos cofinanciados por los gremios. PROYECTOS COLECTIVOS

  12. Vivienda ubicada en un terreno de uso agropecuario, forestal o pesquero de tamaño menor o igual a una UAF (LEY 505 DE 1999). Cuando se trate de vivienda agrupada o aislada independientemente de una unidad productiva, ésta corresponde a los estratos 1 y 2. Para las comunidades indígenas la autoridad indígena determinará la vivienda de interés social. Cuando se encuentre en el rango de una y hasta 3 UAF o con un avalúo comercial hasta de 75 SMLM, se clasifica como de interés social para créditos con FINAGRO. DEFINICIÓN DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL RURAL

  13. Una única convocatoria y podrán haber varias asignaciones dependiendo de la disponibilidad de recursos. Solamente se podrán presentar aquellos proyectos que propongan una sola modalidad de vivienda. En los casos de proyectos integrados por soluciones de construcción nueva en sitio propio, o de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, estos pueden incluir soluciones de vivienda aisladas o dispersas, o si es del caso, nucleadas o agrupadas. CONVOCATORIA

  14. Entre 8 y 12 SMLM para mejoramiento de vivienda y saneamiento básico. ($2.656.000 – $3.984.000) Entre 12 y 15 SMLM para construcción y adquisición de vivienda nueva básica. ($3.984.000 – $4.980.000) En todos los casos, el subsidio no podrá representar más del 70% del valor de la solución propuesta. VALOR DEL SUBSIDIO

  15. Entidades públicas o privadas que organizan a los hogares demandantes Entidades territoriales municipales y distritales, sus Fondos de Vivienda y sus Institutos descentralizados cuyo objetivo sea el de apoyo a la vivienda OPV, ONG, Organizaciones asociativas y comunitarias y similares. Los proyectos podrán ser cofinanciados en alianzas estratégicas con los departamentos y el sector público y privado. OFERENTES

  16. PARTICIPACION DE LOS OFERENTES • Los oferentes deben aportar mínimo el 20% del costo total del proyecto, asi: • Hasta un 10% en costos indirectos representados en: estudios y diseños, dirección de obra, organización comunitaria, gestion ambiental y pólizas y titúlos • El 10 % restante en dinero o en materiales de acuerdo a los criterios que determinen las entidades otorgantes del subsidio.

  17. REQUISITOS DE LOS PROYECTOS • Acreditar la disponibilidad inmediata del suministro de agua • Todo proyecto debe incluir la participación municipal por • medio de aportes en dinero o en especie. • La participación comunitaria debe ser valorada a costos de • mercado e identificarla como aporte económico al proyecto. • Acreditar la financiación total del proyecto. • Licencias de urbanismo y construcción en los proyectos de • construcción de vivienda nueva nucleada, cuando se requiera. • Certificación de no estar en zona de alto riesgo o de protección • de los recursos naturales. • Todo proyecto contará con un presupuesto de construcción y • demás documentación definida en la metodologia pertinente.

  18. CRITERIOS DE CALIFICACION • Valor del Subsidio solicitado • Número de miembros del hogar postulante • Condiciones socioeconómicas de acuerdo con el • nivel del Sisben ( 1 y 2 ) • Mayor aporte familiar • Mayor aporte de contrapartida del oferente • Condición de mujer cabeza de hogar • Presencia de discapacitados, adultos mayores de • 60 años o niños menores de 8 años • Número de veces de postulación • Vinculación a un proyecto productivo asociativo del sector agropecuario, zonas de influencia parques nacionales, organizaciones de mujeres o financiación de los gremios. • Condición de población vulnerable (desplazados y afectados por riesgos o desastres naturales)

  19. RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES • COMISION INTERSECTORIAL • Su función básica es la orientación, coordinación y seguimiento de la política de vivienda de interés social rural, conformada por: • El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural quién la presidirá • El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial • El Ministro de Transporte • El Director de Desarrollo Agrario del DNP • El Presidente de Finagro • El Presidente del Banco Agrario • El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria o la entidad que haga las veces. • Los miembros podrán delegar • La Secretaría Técnica será ejercida conjuntamente por la Dirección del Sistema Habitacional del MAVDT y la Dirección de Desarrollo Rural de Minagricultura

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