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IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO.

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IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

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Presentation Transcript


  1. IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

  2. Es la importación al territorio aduanero nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida. • No procede respecto a mercancías fungibles, ni aquellas que no puedan ser plenamente identificadas.

  3. Clases de importación temporal para reexportación en el mismo estado. • Corto Plazo : Cuando la mercancía se importa para atender una finalidad específica que determine su corta permanencia en el país. Seis (6) meses • Largo Plazo : Cuando se trate de bienes de capital, sus piezas y accesorios necesarios para su normal funcionamiento, que vengan en el mismo embarque. El plazo máximo de esta importación será de cinco (5) años

  4. Mercancías en Arrendamiento • Cuando se trata de bienes de capital, sus piezas y accesorios necesarios para su normal funcionamiento que vengan en un mismo embarque. ingresen por un plazo superior a seis (6) meses y liquiden los tributos aduaneros vigentes en la fecha de presentación y aceptación de la Declaración.

  5. Casos Especiales • La autoridad aduanera podrá conceder un plazo mayor a los máximos señalados • Podrá permitir la importación temporal a largo plazo de accesorios, partes y repuestos que no vengan en el mismo embarque, para bienes de capital importados temporalmente. • Los tributos aduaneros así liquidados se distribuirán en cuotas semestrales iguales por el término de permanencia de la mercancía en el territorio aduanero nacional.

  6. Las cuotas se pagarán por semestres vencidos, para lo cual se convertirán a pesos colombianos • Los bienes deberán ser utilizados o destinados al fin para el cual fueron importados. • La autoridad aduanera exigirá la constitución de una garantía a favor de la Nación, por el ciento cincuenta por ciento (150%) de los tributos aduaneros.

  7. Mercancías en Arrendamiento • Cuando se trata de bienes de capital, que vengan en un mismo embarque, y sean objeto de un contrato de arrendamiento con o sin opción de compra, ingresen por un plazo superior a seis (6) meses y liquiden los tributos aduaneros vigentes en la fecha de presentación y aceptación de la Declaración. • BIENES DE CAPITAL No modificaciones mientras está en el país .

  8. TERMINACIÓN DE LA IMPORTACIÓN TEMPORAL. • La reexportación de la mercancía • La importación ordinaria o con franquicia, si a esta última hubiere lugar • La modificación de la declaración de importación temporal • La destrucción de la mercancía por fuerza mayor o caso fortuito demostrados ante la autoridad aduanera • La legalización de la mercancía, cuando a ella hubiere lugar.

  9. REPARACIÓN O REEMPLAZO DE MERCANCÍAS IMPORTADAS TEMPORALMENTE A LARGO PLAZO. • Cuando se decida la reexportación de una mercancía, por encontrarse averiada, defectuosa o impropia para el fin que fue importada. • La mercancía reparada o la que deba reemplazar a la reexportada, debe será objeto de una nueva Declaración de Importación. • No podrán pasar más de seis (6) meses.

  10. REQUISITOS • Solicitud • Fotocopia simple legible: • Documento que ampare el ingreso del bien a importar al territorio nacional (B/L, carta de porte o guía aérea) consignada al interesado. • Factura • Lista de empaque • Documentos de soporte que permitan plenamente la identificación de la mercancía a importar, mediante series, números o códigos

  11. ANOTACIÓN • En la solicitud se deberá indicar la aduana por donde ingresará la mercancía, y el monto de la fianza a constituir que garantice el 150%de los derechos arancelarios a la Importación temporal e impuesto al valor agregado de la mercancía objeto de la importación temporal y/o pago en depósito efectuado ante la aduana de ingreso • Intendencia de Aduanas • Departamento de Regímenes Aduaneros • Unidad de Franquicias y Asuntos Aduaneros

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