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Rol de las Regiones y la Nueva Institucionalidad de la Innovación en Chile Gonzalo Herrera J.

Rol de las Regiones y la Nueva Institucionalidad de la Innovación en Chile Gonzalo Herrera J. Concepción, 17 de noviembre de 2005. PLAN DE LA PRESENTACIÓN. 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD

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Rol de las Regiones y la Nueva Institucionalidad de la Innovación en Chile Gonzalo Herrera J.

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  1. Rol de las Regiones y la Nueva Institucionalidad de la Innovación en Chile Gonzalo Herrera J. Concepción, 17 de noviembre de 2005

  2. PLAN DE LA PRESENTACIÓN 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD 4. PRESUPUESTO 2006: UNA SITUACIÓN DE TRANSICIÓN 5. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO 2006 DE EJECUCIÓN REGIONAL

  3. 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD 4. PRESUPUESTO 2006: UNA SITUACIÓN DE TRANSICIÓN 5. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO 2006 DE EJECUCIÓN REGIONAL

  4. SISTEMA PÚBLICO INNOVACIÓN MINECON MINEDUC MINAGRI MIDEPLAN MINSAL PDIT CONICYT FIA BECAS EXT. PRES. REPUBL FONIS FONDECYT FONDO SAG PROGR. UE MILENIO BECAS NAC PROGR. GOB.DIGIT FONDEF SUBPESCA FONDAP FIP PBCT CORFO EXPLORA INNOVA CHILE PROGRAMAS REGION. INNOVA BÍO-BÍO BECAS MECESUP El Sistema Público de Innovación

  5. Evolución en los últimos años

  6. Distribución Regional • Situación regional: Fondos C y T - Distribución regiones - Santiago Fondos innovación tecnológica Fondos investigación científica

  7. Distribución Regional • Situación regional : Distribución fondos C-T según región (2004; %) Fuente: Subsecretaría de Economía, en base a cifras de cada institución; Banco Central; y CONICYT.

  8. Problemas y desafíos del SNI • Insuficiente inversión nacional en investigación, desarrollo e innovación tecnológica, especialmente por parte del sector empresarial • Amplio espectro de instituciones orientadas al fomento de la innovación y dispersas en varios estamentos de la administración pública. • Ausencia de una articulación apropiada entre los componentes —públicos y privados— que participan directa e indirectamente en la promoción y ejecución de la innovación. • Desigual distribución de capacidades regionales en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación productiva, que se refleja en una concentración de estas actividades en pocas regiones, especialmente la RM.

  9. 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD 4. PRESUPUESTO 2006: UNA SITUACIÓN DE TRANSICIÓN 5. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO 2006 DE EJECUCIÓN REGIONAL

  10. El Impuesto Específico a la Minería “Cuando establecimos un impuesto especial a la gran minería, lo que hicimos fue utilizar una parte de la principal riqueza natural de nuestro país, el cobre, que es un recurso no renovable, en desarrollar un recurso esencialmente renovable y el más importante para nuestro desarrollo competitivo: la inteligencia y la capacidad innovativa de nuestra gente.” Presidente Ricardo Lagos

  11. En qué consiste • El impuesto específico a la minería es una tasa del… • 5% sobre la renta imponible operacional a las grandes empresas (ventas sobre 50.000 ton métricas de cobre fino) • Entre el 0,5% y el 4,5%, escalonadamente, a las medianas empresas (ventas entre 12.000 y 50.000 ton métricas) • El impuesto comenzará a devengarse a partir del 1 de enero de 2006 • En situación de régimen, este impuesto reportará un monto anual cercano a los US$ 150 millones

  12. Qué hacer con él • El royalty es una medida de equidad intergeneracional: se hace cargo hoy de crear las condiciones para que las generaciones futuras no sufran las consecuencias del agotamiento de los recursos naturales no renovables. • No basta con tener más recursos para innovar. En muchas localidades de Chile aunque incrementáramos el financiamiento para actividades innovativas, éstas no podrían materializarse, porque no habría quién las realizara, ni existiría la infraestructura mínima para sustentarlas • El royalty debe ser invertido, al menos en parte, en la creación de capacidades, especialmente en regiones.

  13. 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD 4. PRESUPUESTO 2006: UNA SITUACIÓN DE TRANSICIÓN 5. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO 2006 DE EJECUCIÓN REGIONAL

  14. Se necesita una nueva institucionalidad Los nuevos recursos para la innovación son muy necesarios, pero no suficientes. Se hace necesaria una política nacional de innovación. Ella deberá contar con un marco institucional que permita una articulación efectiva entre las instituciones participantes. Desde allí deberá elaborarse una estrategia nacional de ciencia y tecnología que defina prioridades, objetivos y metas orientadas a mejorar la eficacia, eficiencia y pertinencia del esfuerzo nacional en innovación. PROYECTO DE LEY QUE CREA UNA NUEVA INSTITUCIONALIDAD DE FOMENTO A LA INNOVACIÓN

  15. Innovación para la competitividad = + Investigación científica + Formación de RR.HH. especializados + Desarrollo, transferencia y difusión de tecnologías

  16. CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN Misión • Asesorar al Presidente de la República en todos aquellos aspectos relacionados con las políticas de innovación para la competitividad • Construir una instancia de coordinación de las instituciones y políticas públicas de innovación

  17. CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN Funciones principales del Consejo: • Proponer, cada 12 años, una estrategia nacional de innovación para la competitividad y actualizarla cada 4 años. • Proponer anualmente y de manera fundada: • los usos del Fondo de Innovación para la Competitividad, • las asignaciones presupuestarias para los restantes fondos públicos orientados al fomento de la innovación • las transferencias fiscales directas a instituciones públicas y privadas orientadas al fomento de la innovación. • Proponer acciones para fomentar capacidades regionales en el ámbito de la innovación para la competitividad.

  18. CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN Miembros del Consejo: • Ministro de Hacienda • Ministro de Economía • Ministro de Educación • Experto en ciencias • Empresario innovador • Experto en formación de capital humano especializado • Experto en políticas públicas, quien presidirá el Consejo • Vicepresidente Ejecutivo de CORFO • Presidente de CONICYT Voz y Voto Voz

  19. CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN • Secretaría Ejecutiva: • Radicada en la Subsecretaría de Economía; la labor de Secretario Ejecutivo será ejercida por el Subsecretario de Economía • Prestará apoyo técnico y administrativo al Consejo • Administrará el Fondo de Innovación para la Competitividad • Verificará que los programas desarrollados con recursos del Fondo sean coherentes con la Estrategia Nacional de Innovación para la Competitividad

  20. ESTRATEGIA NACIONAL DE INNOVACIÓN • Abarcará los campos de la ciencia, el desarrollo, transferencia y difusión de tecnología y la formación de recursos humanos especializados • Diseñada para un período de 12 años; actualizable cada 4. • Será altamente participativa; con una visión macro y de largo plazo; basada en fundamentos económicos fuertes a la luz de la experiencia internacional; alimentada con estudios relevantes a nivel sectorial, regional y de prospectiva.

  21. ESTRATEGIA NACIONAL DE INNOVACIÓN • Contenidos de la estrategia: • Diagnóstico de la posición competitiva del país y sus regiones • Visión de desarrollo de largo plazo • Objetivos estratégicos • Líneas de acción • Metas • Criterios de evaluación de cumplimiento de las metas

  22. Ciencia y Tecnología Formación de recursos humanos Fortalecimiento de las capacidades regionales FONDO DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD “Financiar iniciativas de innovación destinadas a incrementar la competitividad del país” Fondo • El Fondo constituye un mecanismo de asignación de recursos a programas públicos de apoyo a la innovación • La ley que crea el Fondo asegura un “piso”, que será equivalente a la recaudación esperada del impuesto específico a la minería, o “Royalty II” • La Subsecretaría de Economía verificará que los programas financiados con el Fondo sean coherentes con la Estrategia Nacional de Innovación para la Competitividad.

  23. FONDO DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD • Del total del Fondo se asegura un “piso” de recursos destinados a incentivar la innovación en regiones (igual al 25% del “piso” del Fondo). • Un 60% de los recursos destinados a la ejecución de programas regionales deberá distribuirse entre aquellas regiones que tengan una participación mayor al 1% en la actividad minera nacional. • La distribución entre dichas regiones mineras se llevará a cabo según el siguiente indicador: • %Recursos Región i = (4/5) * Indicador FNDR Región i + (1/5) * Partic. Minera Región i • El 40% restante deberá distribuirse entre aquellas regiones no incluidas en el ítem anterior, según indicador FNDR.

  24. FONDO DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD • Objetivos de los Programas Regionales financiados por el Fondo: • Realizar diagnósticos sobre ventajas competitivas, fortalezas y debilidades y estrategias de desarrollo regionales • Fortalecer las capacidades regionales en el ámbito de la innovación para la competitividad • Financiar proyectos regionales en los campos de la ciencia, la tecnología aplicada y la formación de recursos humanos especializados

  25. 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD 4. PRESUPUESTO 2006: UNA SITUACIÓN DE TRANSICIÓN 5. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO 2006 DE EJECUCIÓN REGIONAL

  26. Presupuesto 2006 FIC(en la Subsecretaría de Economía)

  27. 2006: Un año de transición • El 2006 será un año de transición entre la situación actual y la nueva institucionalidad propuesta en el proyecto de ley (se espera que este proyecto sea aprobado por el Congreso durante el próximo año) • El próximo año se pone en marcha el FIC (el royalty empieza a generar recursos), pero aún no habrá Consejo ni Estrategia de Innovación • La norma que regula el proceso de asignación de estos recursos es la Ley de Presupuestos 2006 • En relación a los recursos destinados a ejecutar proyectos regionales, las correspondientes glosas señalan: • “Los recursos incluidos en esta asignación deberán ser aplicados por (CORFO y/o CONICYT) a la ejecución de programas regionales sobre la base de convenios que celebre(n) con los Gobiernos Regionales.”

  28. 1. ANTECEDENTES 2. EL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (“ROYALTY”) 3. PROYECTO DE LEY SOBRE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD 4. PRESUPUESTO 2006: UNA SITUACIÓN DE TRANSICIÓN 5. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO 2006 DE EJECUCIÓN REGIONAL

  29. Criterios • Este año se pretende marcar un punto de inflexión en la forma en que las regiones participan en la asignación de recursos • Es importante señalar que la Ley de Presupuestos 2006 no prevé la transferencia de recursos a los Gobiernos Regionales, sino que éstos serán administrados por CORFO y CONICYT para la ejecución de proyectos regionales • La modalidad de asignación de recursos que se utilice el año 2006 no determina la forma en que esta asignación se hará a futuro • El procedimiento de asignación de recursos a proyectos regionales utilizará los instrumentos disponibles en CORFO y CONICYT y las instituciones que se han dado las regiones

  30. Procedimiento CORFO/CONICYT elaboran instructivo conjuntamente Convocatoria(s) conjuntas CORFO/CONICYT/ Gob.Regionales a través de líneas regulares Se envía a los Gobiernos Regionales Convenio CORFO/CONICYT con Gob. Regionales (incluye monto recursos) Evaluac. técnica CONICYT Evaluac. estratégica regiones Evaluac. técnica CORFO En c/región el Gob. Regional designa entidad responsable Aprobación Convenio CORFO o CONICYT con ejecutores Establecimiento prioridades de desarrollo regional

  31. Rol de las Regiones y la Nueva Institucionalidad de la Innovación en Chile Gonzalo Herrera J. Concepción, 17 de noviembre de 2005

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