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Derechos Musicales Autentoctonistas
E N D
Articulo 1 toda persona tiene derecho a gozar artificiales humanas cognoscitivo y de un ambiente libre de producciones desarrollo requeridos sonaras intelectual , que le interfieran en sus procesos que le sean de de disfrute de la paz y la cultura Articulo 2 nadie será obligado a oir los gustos musicales sin importar si los demas son mayoria o no, en esto de los derecho de las minorias al disfrute de la paz de las otras personas en contra de gustos musicales se debe respetar el su voluntad, Articulo 3 nadie musical comunidad será discriminado por en un determinado territorio sin no tenr los gustos musicales de importar si es los que se crean mayoria grande el territorio o la Articulo 4 a) todos instrumental o danzaria nuestras constriñan,persigan,critiquen o de un determinado conglomerado tenemos derecho de decir preferencias maltraten humano verbalmente o mediante la musicales, sin que por no ser esa expresión artistica coincidente con la circundante. ejecución artistica, nos vocal , b) nadie será obligado a expresarse sonoros que no le agraden, social o vecinal, o institución educativa de de existente o por existir. artistiticamente, a favor de importar si es salud aquellos ritmos musicales o sin por orden de autoridad, club,coglomerado o de cualquier otra indole existida c) nadie será su agradop legal o obligado a vertir ni por medio de mecanismos legales ilegal opiniones a favor de ritmos o sonidos musicales que no sean de ni por intermedio del uso de la fuerza sea esta Articulo 5 a) todos tenemos derecho a relacionarnos opiniones de gustos musicales o sonoros con nosotros sin vecindario cercano o lejano. inter-individualmente con quienes coincidan en importar si residen en un b) todos tenemos derecho a nuestros gustos agruparnos en torno sojuzgados por a debatir de manera pacifica en torno a hacerlo musicales sin ser c) todos injerencia o musical tenemos derecho a forzamiento reunirnos para a hacerlo o a no hacerlo en hacer creaciones artisticas torno a determinado sin rimo o sonido que hayan Articulo en caso de caer en desgracia musicalmente o sus preferencias 6 social nadie será opuesto a para coincidir con los agrupado en un ambiente intereses y preferencias, ni olbigado a cambiar demas hostil sonaramente solo que sus Articulo 7 los estados valores a la de los demas y entes privados estan obligadoa musicales autentóctonos o minoritarios de ritmos o abrir espacios una a la promoción de zona en una los igualdad de condiciones sonido musicales