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Sesión 10: Medidas fitosanitarias y de bioseguridad

Sesión 10: Medidas fitosanitarias y de bioseguridad. Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.1. Objetivos de la Sesión 10.

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Sesión 10: Medidas fitosanitarias y de bioseguridad

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  1. Sesión 10: Medidas fitosanitarias y de bioseguridad Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.1

  2. Objetivos de la Sesión 10 Identificar los principales acuerdos internacionales relacionados con la transferencia de materiales genéticos, en una perspectiva de salud y seguridad Discutir el propósito y la orientación general de cada acuerdo en cuanto afecta el manejo de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura (RFGAA) Compartir la experiencia adquirida en la práctica de las medidas fitosanitarias y de bioseguridad Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.2

  3. La biotecnología moderna, la bioseguridad y el Protocolo de Cartagena Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.3

  4. Sinopsis • Introducción • La biotecnología moderna y los OGM • Establecimiento del Protocolo de Cartagena • Disposiciones clave del Protocolo • Relación con otros instrumentos Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.4

  5. ¿Qué es la biotecnología? • La biotecnología emplea sistemas biológicos, organismos vivos y entidades derivadas de éstos, para hacer o modificar productos o procesos destinados a un uso específico • La ingeniería genética es una técnica que permite transferir genes y ADN de un organismo fuente a otro. Mediante ella se producen organismos vivos modificados (OVM) ... o también OGM • La biotecnología moderna da a los científicos herramientas moleculares para comprender mejor la estructura y la función de los genes de los organismos vivos Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.5

  6. Promesas de la biotecnología moderna • Nuevas herramientas de precisión y diagnósticos • Acelerar los avances y la eficiencia del fitomejoramiento • Desarrollar cultivos resistentes a plagas y enfermedades • Combatir los problemas agrícolas de salinidad y sequía • Mejorar la calidad nutricional de los alimentos • Multiplicar las variedades cultivadas y su diversidad elegible • Reducir los insumos requeridos y los costos de producción • Aumentar las ganancias Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.6

  7. 6) Fitomejoramiento 1) Resumen del proceso 3) Clonación de los genes bacterias 4) Diseño de los genes 2) Aislamiento del ADN 5) Transformación y cultivo de tejidos Cómo se produce un cultivo genéticamente modificado Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.7

  8. Algunos productos MG, disponibles Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.8

  9. Área sembrada de cultivos transgénicos en el mundo, de 1996 a 2001, en millones de ha Total 18 países con cultivos MG Países industrializados Países en desarrollo Aumento de 15%, 9 millones de ha o 22.2 millones de acres entre 2002 y 2003 Fuente: Clive James, 2003 Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.9

  10. Los OGM: Posibles Riesgos y Preocupaciones • Seguridad del alimento para humanos y animales • Pueden generar alergias/contener toxinas • Mayor resistencia a los antibióticos • Para la salud: • Para el ambiente: • Sociales y económicos: • Impacto en la biodiversidad • Cambios en los insumos agrícolas • Flujo de genes, introgresión genética • Impacto en los centros de origen • Impacto en los ecosistesmas • Acceso limitado a tecnologías con derechos de propiedad intelectual • Alimentos y elección libre del consumidor • Impacto en el sector de semillas y en los agricultores de escasos recursos Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.10

  11. Establecimiento del Protocolo de Cartagena • Cumbre de la Tierra de la CNUMAD, junio de 1992 • Agenda 21, Capítulo 16 • Plan para tomar acciones en cuanto a la biotecnología • Declaración de Río sobre el Ambiente y el Desarrollo • Principio 15. Enfoque de precaución: Donde haya amenaza de un daño serio o irreversible, la falta de una certeza científica plena no es razón válida para posponer medidas efectivas respecto a sus costos, que impidan la degradación del medio ambiente • Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) • Objetivos: conservación, uso sostenible, distribución justa y equitativa de beneficios derivados • La tecnología es decisiva para hacer realidad los objetivos del Convenio (Art. 16, 1) • ‘Establecer o mantener los medios para reglamentar, manejar o controlar los riesgos…’[Artículo 8, (g)] Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.11

  12. Establecimiento del Protocolo de Cartagena (Cont.) ‘Las Partes contratantes considerarán tanto la necesidad de un Protocolo como sus características…’ 19.3 • Negociaciones del Protocolo (Decisión II/5 – seis sesiones del Grupo de Trabajo en Seguridad de la Biotecnología) • Es un instrumento internacional vinculante, separado pero relacionado con otro Tratado mediante vínculos sustantivos, de procedimiento e institucionales • Debe negociarse, firmarse y ratificarse de modo individual • Las Partes Signatarias del Protocolo deben ser también Partes del Tratado que le da origen • Adoptado el 29 de enero de 2000 • Entró en vigencia el 11 de septiembre de 2003 • El organismo directivo es la COP-MOP • La 1a. COP-MOP se reunió en Kuala Lumpur en febrero de 2004 Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.12

  13. La Bioseguridad y el Protocolo de Cartagena: Objetivo y Alcance • Bioseguridad: Proteger la salud humana y el ambiente de los efectos posiblemente adversos de los productos de la biotecnología moderna • Objetivo del Protocolo: Dar protección adecuada a la transferencia, manipulación y uso seguros de los organismos vivos modificados (OVM) producidos por la biotecnología moderna, que puedan causar efectos adversos al ambiente y a la salud humana • Alcance: Movimientos transfronterizos, tránsito, manipulación y uso de los OVM (Artículo 4) que puedan afectar el uso sostenible de la diversidad biológica. Excluye los productos farmacéuticos • Adopta un enfoque de precaución Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.13

  14. Elementos clave del Protocolo • Objetivo y alcance • Acuerdo fundamentado previo • OVMs para alimentación, piensos y procesamiento (LMO-FFP) • Valoración y manejo de riesgos • Identificación de los OVM (etiquetas) • Compartir información: Centro de Información en Bioseguridad • Desarrollo de capacidades • Consideraciones socioeconómicas • Responsabilidad y reparación • Cumplimiento Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.14

  15. Pilares del Protocolo PROCEDIMIENTO DE AFP EVALUACIÓN DEL RIESGO MANEJO DE RIESGO MECANISMO DE FACILITACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIOSEGURIDAD SEGURIDAD EN MANEJO, TRANSPORTE E IDENTIFICACIÓN Adaptado de: P.Kameri-Mbote, 2004 Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.15

  16. Acuerdo Fundamentado Previo • Procedimientos diferenciados para la introducción intencional de OVM al ambiente para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento • Acuerdo fundamentado previo (AFP) • Para el primer movimiento de OVM por introducción intencional al ambiente • El exportador debe proporcionar información detallada antes del primer envío • El importador puede autorizar o rechazar el envío dependiendo de la evaluación de riesgo • Procedimiento para el AFP (Artículos 7 a 10 y 12) • Notificación • Acuse de recibo por el importador (90 días) • Procedimiento de decisión y revisión de las decisiones Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.16

  17. Acuerdo Fundamentado Previo (Cont.) • Notificación • la Parte que exporta un OVM debe notificar a la Parte que lo importa antes de hacer el primer movimiento transfronterizo internacional que introduzca ese OVM el ambiente de la Parte que lo importa • El exportador debe suministrar información, como mínimo, en el Anexo 1 • Cada Parte que exporta debe exigir legalmente a sus exportadores una garantía de que la información contenida en la notificación es exacta • Reconocimiento • La Parte que importa debe acusar recibo en un lapso de 90 días y declarar lo siguiente: • que la notificación contiene (si es así) el mínimo de información requerida (en el Artículo 8), y • que la importación puede seguir su curso (si es el caso) de conformidad con la legislación nacional o con el procedimiento decisorio contenido en el Artículo 10 Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.17

  18. Procedimiento para las decisiones • El importador pide al exportador una evaluación del riesgo • La Parte exportadora es responsable de establecer que el OVM en cuestión es de naturaleza inocua • El exportador presenta la evaluación del riesgo • El importador comunica su decisión fundamentada al exportador y al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología (CIB), en un plazo de 270 días • Al exportador y al CIB les compete:  aprobar con condiciones o sin ellas,  prohibir o rechazar,  solicitar información adicional, o  extender el plazo para tomar la decisión (más de 270 días) • El importador puede revisar o cambiar su decisión una vez considerada la nueva información • El exportador puede también solicitar una revisión Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.18

  19. Evaluación y manejo del riesgo • Evaluación del riesgo • Identificar los efectos o peligros que puedan ser adversos para el ambiente y, si se identifican, determinar la probabilidad de que ocurran • En armonía con los principios, metodologías y detalles del Anexo III • Identificar y evaluar los efectos potencialmente adversos: hacerlo científicamente y caso por caso • Información mínima, el Anexo 1: garantizada por el importador, costeada por el exportador • La falta de conocimientos no implica carencia de riesgos • Manejo del riesgo • Métodos aplicados para minimizar daños potenciales o efectos adversos identificados por la evaluación del riesgo • Medidas para manejar y controlar los riesgos • Impedir el movimiento no intencional de OVM • Asegurarse de que los OVM sean observados durante suficiente tiempo antes de usarlos Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.19

  20. Manejo, transporte, empaque e identificación • Los embarques de diferentes categorías de OVM irán acompañados por documentos con la respectiva información detallada: • Los organismos vivos modificados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento serán identificados como ‘puede contener’ OVM, que no pretenden ser introducidos en el ambiente; se detalla el contacto con el destinatario (la COP-MOP define estos detalles) • Los de uso confinado: se identificarán claramente como OVM, especificando las condiciones para su manipulación, almacenamiento y uso seguros, y detallando el contacto con el destinatario • Los que van a ser introducidos en el ambiente: se identificarán claramente como OVM, especificando su identidad y sus rasgos o características relevantes, así como cualquier requisito para que su manipulación, almacenamiento, transporte y uso sean seguros; además, se dará información para el contacto y se declarará que su movimiento se ajusta a las exigencias del Protocolo Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.20

  21. Compartir la Información • El Artículo 20 establece un Centro de Información sobre Bioseguridad (CIB) • Para facilitar el intercambio de información sobre los OVM, que contenga información y experiencia en los campos científico, técnico, ambiental y legal • Para asistir a las partes en la implementación del Protocolo • En el CIB se encontrarán: • Leyes, reglamentos y guías instructivas de los países • Acuerdos bilaterales, regionales y multilaterales • Resúmenes de evaluaciones de riesgo • Decisiones finales sobre importación o liberación • Informes Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.21

  22. Movimiento transfronterizo no intencional de OVM • Artículo 17: exige respuestas y acciones necesarias cuando ocurra un movimiento transfronterizo no intencional de OVM que pudiera causar efectos adversos significativos en la diversidad biológica, entre otras medidas de emergencia que se tomarían cuando ocurra un suceso de ese tipo • Artículo 27: pide la adopción de un proceso adecuado de responsabilidad y reparación, por los daños que cause un movimiento internacional de OVM Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.22

  23. Desarrollo de Capacidades • Reconocimiento de la necesidad y la escasez de personal capacitado, especialmente en los países en desarrollo • Capacidad tecnológica e institucional • Capacidad en reglamentación • Capacitación en el manejo seguro de la biotecnología, en evaluación y manejo de riesgos • Directorio de expertos • Plan de acción en desarrollo de capacidades Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.23

  24. Consideraciones socioeconómicas • Para tenerlas en cuenta al tomar decisiones: • El valor de la diversidad biológica para las comunidades indígenas y locales • Sólo aquéllas que surjan del impacto de los OVM en la diversidad biológica • Pueden mejorar las decisiones, los procedimientos, el manejo del riesgo, etc. Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.24

  25. Conciencia pública y participación • Promover y facilitar la participación del público en la información y su acceso a ella • Se basa en el principio 10 de la Declaración de Río • Derecho a la información • Derecho a participar en la toma de decisiones sobre el ambiente • Acceso a la justicia si ocurriera una violación de los derechos • No hay un requisito explícito de poner a disposición del público una información específica • Necesidad de que las Partes desarrollen leyes para informar sobre el proceso • Respeto de la información confidencial Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.25

  26. Obligaciones Generales • Antes de que entrara en vigor, se pidió a las Partes: • Designar puntos focales nacionales • Certificar un punto focal para el CIB que reciba las notificaciones especificadas en el Art.17 sobre los OVM no intencionales • Después de entrar en vigor: • Establecer medidas legales, administrativas y de otro tipo para poner en práctica las obligaciones del Protocolo • Comprobar que el desarrollo, la manipulación, el transporte, el uso, la transferencia y la liberación de cualquier OVM impida que la biodiversidad corra riesgos • Proporcionar, por medio del CIB, copias de todas las leyes, reglamentos y guías instructivas que se apliquen a la importación de organismos vivos modificados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.26

  27. Manejo de OGM en los bancosde germoplasma • El Protocolo no tiene disposiciones específicas para el manejo de OGM en bancos de germoplasma • Es probable que los bancos de germoplasma nacionales adopten y sigan la política y los procedimientos nacionales sobre los OGM (los OVM), en caso de cualquier movimiento transfronterizo hacia dichos bancos o almacenamiento en bancos de germoplasma • El acceso a la información, los procedimientos adecuados de análisis del riesgo y las buenas prácticas de manejo serán fundamentales para quienes administran los recursos fitogenéticos Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.27

  28. Los OVM y otros instrumentos que los reglamentan • CIPF(Convenio Internacional de Protección Fitosanitaria) • Los regímenes de la OMC: • MSF (Medidas Sanitarias y Fitosanitarias) • OTC(Obstáculos Técnicos al Comercio) • Relación con el Protocolo de Cartagena Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.28

  29. Convenio Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) • Da normas sobre problemas sanitarios (plagas y enfermedades) de las plantas; actúa para impedir la dispersión y la introducción de tales problemas en plantas y productos vegetales; y promueve medidas adecuadas para el control de esos problemas • Formaliza procedimientos para lograr condiciones estándar, entre ellos el análisis del riesgo de problemas sanitarios para apoyar las medidas fitosanitarias, la declaración de áreas libres de tales problemas, y la seguridad fitosanitaria del material consignado para exportación que ya ha recibido certificación • Desarrolla las Normas Internacionales sobre Medidas Fitosanitarias (NIMF), las cuales dan forma a las medidas consideradas en el Acuerdo sobre Estándares Sanitarios y Fitosanitarios de la OMC • Su misión incluye los organismos vivos modificados y los productos de la biotecnología moderna que puedan causar daño directo o indirecto a las plantas, lo cual requiere la cooperación del CDB y del Protocolo de Cartagena Más información en la dirección https://www.ippc.int/IPP/En/default.jsp Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.29

  30. NIMFNo. 11:Análisis del riesgo de un problema sanitario(para problemas de cuarentena), que incluye el análisis de riesgo ambiental y de los organismos vivos modificados • Explica en detalle la evaluación del riesgo y la selección de las opciones de manejo del riesgo • Tiene en cuenta los riesgos que corren el ambiente y la biodiversidad (incluyendo los que provienen de las malezas y de las especies vegetales invasoras) • Contiene indicaciones sobre la evaluación de los posibles riesgos fitosanitarios que presentan los organismos vivos modificados (OVM) a las plantas y a los productos vegetales Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.30

  31. Acuerdo de la OMC sobre la aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias(Acuerdo MSF) • Permite que los países fijen sus propias normas, cuyo alcance será el necesario para proteger la vida o la salud de humanos, animales o plantas • Todas las medidas y reglamentos sanitarios y fitosanitarios deben apoyarse en una valoración del riesgo que tenga bases científicas • Anima a sus integrantes a emplear normas, guías y recomendaciones internacionales, como las NIMF • Es un complemento del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) Más información en http://www.wto.org/english/tratop_e/sps_e/sps_e.htm Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.31

  32. Acuerdo de la OMC sobre los Obstáculos Técnicos impuestos al Comercio(Acuerdo OTC) • Reconoce el derecho de los países a adoptar las normas que consideren apropiadas -para la vida o la salud de humanos, animales o plantas, para la protección del ambiente o para satisfacer otros intereses de los consumidores • Asegura que los reglamentos, las normas, los procedimientos de prueba y de certificación no crean obstáculos innecesarios al comercio • NO impide que sus miembros tomen las medidas necesarias para asegurarse de que sus normas se apliquen • Requiere que todos sus miembros establezcan puntos de consulta en sus países, que servirán para garantizar que se disponga convenientemente de la información necesaria http://www.wto.org/english/tratop_e/tbt_e/tbt_e.htm Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.32

  33. Relación con el Protocolo de Cartagena • El Protocolo de Cartagena no está subordinado a otros acuerdos internacionales, pero reconoce que el comercio y los acuerdos sobre el ambiente deben apoyarse mutuamente • La CIPF establece los estándares para los acuerdos MSF y de OTCde la OMC. Está también en coordinación con el Protocolo de Cartagena en temas relacionados con los OVM y los problemas sanitarios • Aunque no hay vínculos directos, los asuntos derivados del movimiento transfronterizo de los OVM y el comercio internacional, como la responsabilidad y la restitución, tendrán que tratarse en el futuro Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.33

  34. Conclusiones • Promesas y posibles riesgos de la biotecnología moderna • Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad • Alcance y objetivos • AFP (Acuerdo Fundamentado Previo) • Valoración de riesgos • Otros instrumentos reguladores:CIPF(Convención Internacional de Protección Fitosanitaria),MSF(Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC) • Modo de operación • Vínculo con el Protocolo de Cartagena Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.34

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