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Relaciones públicas y derecho Capítulo 12

Relaciones públicas y derecho Capítulo 12. Jessica Arenas Daniela Villela Regina Mitre Jean Neny. El concepto jurídico de las relaciones públicas. Inexistencia de un ordenamiento jurídico en las relaciones públicas es un fenómeno internacional.

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Relaciones públicas y derecho Capítulo 12

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Presentation Transcript


  1. Relaciones públicas y derechoCapítulo 12 Jessica Arenas Daniela Villela Regina Mitre Jean Neny

  2. El concepto jurídico de las relaciones públicas • Inexistencia de un ordenamiento jurídico en las relaciones públicas es un fenómeno internacional. • Normas jurídicas sin finalidad reguladora sistemática • Prof. José María Desantes establece perfil del derecho nacional comparado con las RP. • Las RP son observadas desde ángulos orgánicos • Las confunden con la publicidad • Aspiraciones que nunca se han cristalizado

  3. El concepto jurídico de las relaciones públicas • Primera definición legal: España Decreto 1092/75 24 abril. Creación del Registro Oficial de Técnicos en RP. • “Aquella actividad que, ejercida profesionalmente de modo planificado y habitual, tienda a crear una recíproca corriente de comunicación, conocimiento y comprensión entre una persona natural o jurídica y los públicos a los que se dirige” • Decreto 2198/1976 23 de julio. • Se entiende por información de relaciones públicas, a los efectos de este Decreto, aquella que tienda a la creación y mantenimiento de unas comunicaciones sociales entre una persona natural o jurídica y sus distintos públicos, cuyo objetivo sea el establecimiento de un clima de confianza entre ambos…Ley de la prensa e imprenta, esta información deberá identificar la fuente de la noticia.

  4. El concepto jurídico de las relaciones públicas • Poco a poco las definiciones de los textos legales desvirtúan lo que son las Relaciones Públicas. • Si las relaciones públicas informan y consecuentemente satisfacen el derecho a la información de los ciudadanos y el derecho a la libertad de expresión de las organizaciones y personas públicamente relevantes, la normativa que deberá aplicarse es la que protege estos derechos. • Las RRPP no tienenporquéserreguladas, a diferencia de la publicidad, yaqueésta genera un amplioordenamientojurídicopor el substrato contractual y suidiosincrasiafinanciera.

  5. El derecho a comunicarse en España • Constitución Española de 1978. Art 20: Derecho a la libertad de expresión. • Libertad de expresión por activa • Las opiniones pueden manifestarse sin más límites que la lesión a otros derechos fundamentales • Los particulares pueden ejercer sus posibilidades de actuar como sujetos activos del derecho a la libertad de expresión, dependiendo de la posibilidad de acceso a los canales comunicativos. • No sólo los ciudadanos, también las organizaciones. • Libertad de expresión por pasiva • El consumidor tiene derecho a estar informado y también puede decidir no recibir dicha información o publicidad.

  6. Límites del derecho a la libertad de expresión • Normativa que limita o detalla la forma y contenidos de los mensajes que se difunden, tanto de opinión como comercial. • Derecho público • Se divide en 2 sectores: • Derecho Penal: el cual sería que se publicaran notas que vulneran gravemente el derecho al honor de una persona levantando falsos. • Derecho Administrativo: si la empresa vulnera con su publicidad normas sobre requisitos a cumplir por sus mensajes en relación con características del producto, política de precios, denominaciones de origen etc. • Podría ser sancionado con multas económicas, decomiso de materiales, prohibición de emisión, pérdida de permiso de actividad etc.

  7. Límites del derecho a la libertad de expresión • Derecho privado • Supone la sanción más grave por vulnerar mediante comunicaciones los derechos ajenos. • Protege los derechos ajenos, pero desde la perspectiva de obtener una indemnización económica. • Derecho a la intimidad. • Protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. • La ley protege a la persona que ve vulnerados su derechos, de libertad de expresión o de información. • Protección de la Propiedad Intelectual. • Trabajos originales y no plagiar o utilizar de forma indebida las creaciones intelectuales de otras personas.

  8. La situación en Latinoamérica: el acceso a la información como prioridad básica • México: • Derecho a la información • Ley General de Bibliotecas • La propiedad Intelectual • La legislación sobre el libro • El programa de desarrollo informático

  9. La situación en Latinoamérica: el acceso a la información como prioridad básica • Otros países: • Argentina: • Creación del Sistema Federal de Servicios de Bibliotecas e información. • Colombia: • Sistema de información de Ciencia y Tecnología. • Costa Rica: • Sistema Nacional de Información. • Chile: • Convención Interamericana sobre derechos de Autor. • Perú: • Programa general de Información. • Venezuela: • Comisión Nacional para la Organización del Sistema Nacional de Servicios de Bibliotecas e Información Humanística, Científica y Tecnológica.

  10. Necesidades técnicas y legales de la presencia corporativa en internet: El caso español • Para poner en marcha una página web es necesario tener en cuenta los siguiente puntos: • Nombre del dominio • Diseño y elaboración del sitio web • Publicidad • Protección de datos • Legislación vigente • Protección de la marca y seguridad informática • Sistemas de pago • Inscripción de la propiedad intelectual • Contratos

  11. Responsabilidad jurídica en la organización de eventos • Medidas para proteger a la empresa de la responsabilidad legal y posibles denuncias judiciales. • Visitas de empresa y jornadas de puertas abiertas • Contratar un seguro adicional de responsabilidad civil. • Contratar a guardias para la seguridad y el control del tráfico. • Concertar la presencia en el lugar de personal sanitario y de una ambulancia. • Subcontratar a vendedores de comida o de objetos de recuerdo. • Eventos promocionales • Contratar un seguro de responsabilidad. • Participantes deben firmar un contrato que proteja a la organización de responsabilidad en caso de algún accidente.

  12. Las relaciones públicas y el proceso judicial • Trabajar con abogados • Los abogados y las RP deben responder ante el mismo directivo. • El personal ha de conocer los conceptos legales. • En el comité deben de estar representadas las 2 funciones. • Declaración de responsabilidades. • El departamento legal debe informar al personal de RP sobre acciones inminentes en los litigios. • Selección y persuasión del jurado • Es un público objetivo que debe ser seleccionado por un sorteo en una lista preparada por un comisario del jurado. • Utilizar información gráfica: PPT, fotografías, gráficos, diagramas. • Material audiovisual congruente con las explicaciones verbales.

  13. Las relaciones públicas y el proceso judicial • Relaciones públicas con juristas • Estudiar a fondo el proceso. • Desarrollar una estrategia del mensaje. • Llegar a un rápido acuerdo extraprocesal. • Anticiparse. • Enfocar el tema positivamente. • Intentar el acuerdo de nuevo. • Pleitear amablemente.

  14. Las relaciones públicas no deben ser un brebaje milagroso que retorne la reputación y el estatuto social perdidos en la comisión de cualquier delito. • Simon establece una lista de prácticas de las RP de asesoramiento de causas criminales: • Participar en la acción ilegal. • Guiar, aconsejar y dirigir la política que se esconde detrás de la práctica ilegal. • Colaborar parcialmente en ella. • Instituir una agencia de propaganda dirigida a contrarrestar a los adversarios de la acción ilegal. • Promover la práctica ilegal.

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