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MODELO DE JUSTICIA INDIGENA

MODELO DE JUSTICIA INDIGENA. Introducción.

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MODELO DE JUSTICIA INDIGENA

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Presentation Transcript


  1. MODELO DE JUSTICIA INDIGENA

  2. Introducción Entre las costumbres o tradiciones de los pueblos indígenas que conforman las regiones autónomas de la costa caribe de Nicaragua, encontramos que la propiedad indígena tenida de manera comunitaria o colectiva, y el concepto de territorio de sus tierras basadas en el usufructo tradicional y en el dominio histórico sobre sus recursos naturales, dando pasos para la formación de los Gobiernos territoriales. Al reconocer nuestra Constitución los usos y costumbres indígena como fuente del derecho positivo nacional ésta se convierte en Ley, al mismo nivel que la ley escrita imperante en el ordenamiento jurídico nicaragüense aplicable por los jueces y otros funcionarios públicos

  3. Es el conjunto de prácticas culturales indígenas que generan usos y costumbres jurídicas tradicionales por medio del cual los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de la Costa Atlántica de Nicaragua regulan sus asuntos locales, es lo que denominamos Derecho Consuetudinario. Los usos y las costumbres consideradas obligatorias por sus miembros constituyen su esencia y se caracterizan por no encontrarse escrito o codificado y ser transmitidos oralmente y preservados por su memoria colectiva Derecho Consuetudinario

  4. COMPETENCIAS de los GTI Para los pueblos indígenas no existen fronteras, “tenemos que asumir nuestros usos y costumbres, recuperar y ejercer nuestros derechos en la administración de justicia, agricultura y territorio”, concluyen, los presidentes de los Gobiernos territoriales Indígenas (GTI) dando un mensaje a las comunidades y territorios indígenas.

  5. Competencias Exclusivas:- Definición y gestión de formas propias de desarrollo económico, social, político, organizativo y cultural, de acuerdo a su identidad y visión de cada territorio. - Gestión y administración de los recursos naturales renovables, de acuerdo a los estatutos.- Administrar los impuestos de su competencia en el ámbito de su jurisdicción. - Promover y suscribir acuerdos de cooperación con otros territorios y entidades públicas y privadas. - Planificación y gestión de la ocupación territorial

  6. Competencias Compartidas:- Control y regulación a las instituciones, organizaciones y empresas externas que desarrollen actividades en su jurisdicción, inherentes al desarrollo de su institucionalidad, cultura, medio ambiente y patrimonio natural. - Participación y control en el aprovechamiento de los recursos naturales. - participación en los intercambios internacionales en el marco de la política exterior del Estado.

  7. Competencias Concurrentes:- Organización, planificación y ejecución de políticas de salud en su jurisdicción. - Organización, planificación y ejecución de planes, programas y proyectos de educación, ciencia, tecnología e investigación, en el marco de la legislación del territorio- Conservación de recursos forestales, biodiversidad y medio ambiente. - Promoción y fomento a la agricultura y ganadería

  8. La figura y Funciones del Wihta: (juez) El Wihta traducido en español es Juez Comunal, es la persona elegida por la comunidad para ejercer la función de justicia en la jurisdicción de la comunidad. Esta figura es ancestral con mayor jerarquía de mando en la estructura de gobierno comunal indígena, se puede concebir como el Cacique de la comunidad ya que ejerce no solo la justicia de la comunidad sino también el liderazgo o gobierno de la comunidad en materia social.

  9. Es la persona encargada de impartir justicia. Sancionar el Incumplimiento de la justicia y normas ecológicas establecidas. Conocer y resolver cualquier acto de violencias y desorden en la comunidad y maltratos familiar. Resolver conflictos de cualquier problema familiar, social y económico entre dos o más personas natural y jurídico dentro de la comunidad. El Wihta tiene potestad prerrogativa de aplicar multas o sanciones irrevocables de cualquier persona o natural define que ha violado la Ley de justicia dentro de la comunidad y el territorio. Realiza y coordina las actividades de higiene y mantenimiento de la comunidad por medio de la limpieza, colección y tratamiento de desechos.

  10. Leyes consuetudinarias de los pueblos indígenas Lâ rawas yakna balna:wan almuka nani lakaDelitos graves Muih îna kat: Upla ikuya taim (asesinato) Pena o castigo: el Whista (juez), se encarga de la captura con la policía comunal posteriormente el juez lo entrega a la policía nacional con la denuncia

  11. Â minit: Talamana (delitos vinculados a la pérdida de sangre)ya sea violación a una virgen o heridas sangrantes a personas por riñas. Pena o castigo: asumir responsabilidad casarse, en caso de asumir la responsabilidad se debe pagar la ofensa o daño con un semoviente. Puisin duwa balna lâni: Puisan Kira nani laka (Brujerías) Pena o castigo: exigen al autor resarcir el mal y castigo corporal, asimismo se da la expulsión de la comunidad, que se conoce como pana numayalaka hacer justicia por sus propias manos.

  12. Delitos menores DÎ malna: Implican (robo) vinculado con robos menores (aves de corral, cerdos etc) Pena o castigo: trabajo comunal por siete días o según la dimensión del delito, los castigos van desde limpieza de áreas comunales (chapia de vías públicas, limpieza de zanjas) rasurado de pelo y amarrar al autor en un hormiguero. Kal bauna: Un sabanka laka (pleitos o riñas y chismes) Pena o castigo: primeramente se da una mediación entre las partes el culpable tiene que pagar los daños a la victima, en la próxima agresión se sanciona con trabajo comunal.

  13. Urum satni bakanwas ki; Guaru ventika apu (Prohibición a ventas de licor) Pena o castigo: por primera vez se realiza el decomiso del licor y su eliminación, segunda vez decomiso y multa, en la tercera es igual pero con multa mayor. Tuman minit: Lalmana (multas) pagos por delitos cometidos.

  14. Tâtûna as dimalna kat: Taupla kum implikuya taim (robo por parte de los Lideres) Pena o castigo: destitución inmediata y devolución de lo hurtado.

  15. NormasLâ ni balnala nani Muih dauwa kat. Upla pruya taim (fallecimiento de una persona) Nadie debe salir de la comunidad Tawan pas yak yamnin balna: Comunal warka (trabajo comunal) Todos los jefes de familia tiene la obligación de participar en la limpieza, o delegar a un familiar para sustituirlo, la no participación se penan con multas.

  16. ProhibicionesDî yamnin awas balna kidi.Diara daukaia apia nani ba: Was kau puisin utuhna kat: Awalara puisin laiki taim: Envenenamiento de las aguas para la pesca Pena o castigo: multas de C$ 500.00 córdobas y trabajo comunal. la diferencia entre las etnia es que los mayagnas no imponen multas en efectivo.

  17. Conclusiones • A pesar del derecho consuetudinario, reconocido constitucional legal y jurisprudencialmente, todavía no existe en nuestro ordenamiento jurídico un procedimiento específico para regularlo. Pero este vacío legal, causado por omisiones del mismo Estado, no debe ser utilizado para negarle a las comunidades étnicas y a los pueblos indígenas de la Costa Atlántica de Nicaragua sus derechos reconocidos por la Constitución Política de Nicaragua y las leyes; porque aunque el Estado no haya creado un reglamento, las normas constitucionales y legales siguen siendo normas de obligatorio cumplimiento para el Estado y sus funcionarios.

  18. PREGUNTAS DE ANALISIS ¿Qué retos plantea el reconocimiento legal de la justicia indígena para pensar en las reforma del Estado? ¿Cuál es el impacto de dicho reconocimiento en el derecho indígena y en las prácticas mismas de justicia? ¿De qué manera se está planteando la relación entre el derecho del estado y el derecho indígena? ¿En qué sentido estamos ante prácticas de justicia tradicionales o se trata más bien de nuevas expresiones de una justicia intercultural? ¿En qué sentido dichas instancias significan el reconocimiento de jurisdicciones indígenas amplias o son solamente espacios limitados que actualizan la regulación del Estado?

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