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Las Telecomunicaciones en el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea

Las Telecomunicaciones en el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea. - Adriana Villalobos Méndez. Agenda. Antecedentes Las Telecomunicaciones en Europa. Antecedentes.

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Las Telecomunicaciones en el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea

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Presentation Transcript


  1. Las Telecomunicaciones en el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea - Adriana Villalobos Méndez

  2. Agenda • Antecedentes • Las Telecomunicaciones en Europa

  3. Antecedentes • En mayo de 2006, en el marco de la VI Cumbre Unión Europea-América Latina y el Caribe, celebrada en Viena, los Jefes de Estado y de Gobierno decidieron dar inicio al proceso de negociación para un Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la UE..

  4. Antecedentes

  5. Antecedentes • El año 2007 marcó la apertura formal del proceso y a partir de entonces, se programó un calendario de rondas de negociación entre Centroamérica y la UE, así como de reuniones de coordinación centroamericanas en las se fue definiendo la posición conjunta a plantear en la mesa de negociación. En total se efectuaron 9 rondas y 7 reuniones extraordinarias a nivel comercial.

  6. Objetivos de Costa Rica en las Negociaciones • Establecer una Zona de Libre Comercio entre Centroamérica y la Unión Europea. • Eliminar de manera inmediata el mayor número de derechos arancelarios, cargas y otros derechos que afectan las exportaciones nacionales al ingresar en la UE Sistema Generalizado de Preferencias (SGP plus). • Eliminar las barreras no arancelarias y otras medidas que restrinjan indebidamente las exportaciones nacionales hacia la UE. • Establecer mecanismos que permitieran una transición gradual al libre comercio para aquellos productos nacionales sensibles a la competencia externa y que tuvieran en cuenta las diferencias de tamaño y desarrollo entre las economías de los países centroamericanos y la UE. • Incrementar y promover la competencia, mediante el mejoramiento de la productividad y competitividad de los bienes y servicios. • Crear un marco jurídico estable para promover y desarrollar las inversiones, co-inversiones y alianzas estratégicas en los territorios de las Partes. • Fortalecer la política de desarrollo a través del comercio recíproco mediante un acuerdo de cuarta generación, compatible con las normas y disciplinas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

  7. Intercambio Comercial entre Centroamérica y la Unión Europea • El comercio bilateral entre Centroamérica y la UE ha crecido de manera notoria y con tendencia a acelerarse a lo largo de la última década, con excepción de 2009, año en que los efectos de la crisis económica internacional se tradujeron en una disminución en el intercambio comercial del 16,7% con respecto al año 2008.

  8. ¿Qué se exporta? • Dentro de los principales productos exportados hacia la UE en el 2009 se encuentran: café verde; banano; piña; melón; sandía; camarón; langostinos; hortalizas frescas; alcohol etílico; follajes y demás partes de plantas frescas; aceite de palma en bruto; raíces y tubérculos; harina, polvo y pellets de pescado; pescado congelado; y partes y accesorios de computadora; entre otros.

  9. ¿Qué se importa? • En el caso de las importaciones provenientes desde la UE, éstas están diversificadas en un gran número de productos, entre los cuales destacan: aceites ligeros; medicamentos; preparaciones alimenticias; partes de hornos industriales; automóviles; partes de máquinas y aparatos; malta tostada; baldosas y azulejos de cerámica.

  10. Importaciones • El principal producto de origen europeo son los medicamentos dosificados, los cuales representan un 9,1%; en el segundo puesto se ubican las partes y accesorios para máquinas, con un 3,4%; y en tercer lugar aparecen los demás aparatos de telecomunicaciones con un 3,2%. Estos 3 productos constituyen el 15,6% del valor total de las importaciones, mientras que los demás reflejaron individualmente una participación menor al 3% del total importado.

  11. El Acuerdo • El AACUE se compone de cinco partes: Disposiciones Generales e Institucionales, Diálogo Político, Cooperación, Comercio e Inversión y Disposiciones Generales y Finales. • El Título III del Acuerdo se denomina: Establecimiento, Comercio de Servicios y Comercio Electrónico y lo componen 7 Capítulos y un Anexo.

  12. Título III.Capítulo 1. Disposiciones Generales • Se establece el objetivo, alcance y cobertura del Título; las definiciones aplicación general y disposiciones sobre cooperación en materia de establecimiento, comercio de servicios y comercio electrónico.

  13. Título III.Capítulo 2. Establecimiento. • Regula el trato y el acceso al mercado que recibirán los inversionistas cuando establezcan inversiones en el territorio de las Partes mediante la constitución, adquisición o mantenimiento de una persona jurídica o de una sucursal u oficina de representación, con el objetivo de realizar una actividad económica.

  14. Título III.Capítulo 3. Suministro Transfronterizo de Servicios • Regula el trato y el acceso al mercado que recibirán los proveedores de servicios de las Partes, cuando suministren servicios de manera transfronteriza y el consumo de servicios en el exterior.

  15. Título III.Capítulo 4. Presencia Temporal de Personas Naturales para Fines Comerciales • Regula la entrada y presencia temporal de personal clave, aprendices graduados, vendedores de servicios comerciales, proveedores de servicios por contrato y profesionales independientes en el territorio de las Partes de conformidad con la legislación nacional.

  16. Título III.Capítulo 5. Marco Regulatorio • Establece principios regulatorios para los servicios de informática, courier, telecomunicaciones, financieros y transporte marítimo internacional; así como disposiciones sobre los requisitos de autorización para un establecimiento o el suministro de servicios, los mecanismos de reconocimiento de dichos requisitos, transparencia y divulgación de información confidencial.

  17. Título III.Capítulo 6. Comercio Electrónico • Establece disposiciones sobre el desarrollo del comercio electrónico, la no imposición de aranceles aduaneros a las transmisiones electrónicas y el intercambio sobre temas regulatorios relacionados con el comercio electrónico.

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