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MARCO LEGAL

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  1. MARCO LEGAL Ley General de Aguas N° 17752 del 29 de Julio de 1969, establece la calidad de aguas a usarse en riego de vegetales de consumo crudo como Clase III), cuyos niveles coinciden con aguas residuales de tratamiento terciario, esta recoge la propuesta de la Organización Mundial de la Salud, enmarcada en sus directrices sanitarias para el Uso de las Aguas Residuales en Agricultura y Acuicultura (1989). En esta se establece que las aguas residuales deben tener menos de un huevo de nematodos por litro para utilizarse en el riego agrícola. Además, el nivel de coliformes fecales debe ser menor a 1.000 UFC/100 ml, cuando esta agua se aplique a campos de hortalizas de tallo corto y consumo crudo.

  2. LEGISLACION PERTINENTE Decreto Legislativo Nº 1343 que establece la participación del sector privado en la prestación de los servicios de saneamiento, como una ayuda para solucionar la baja cobertura de tratamiento de las aguas residuales domésticas. Allí se menciona que los gobiernos municipales o empresas de agua, como responsables de la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito de su competencia, están facultadas para otorgar el derecho de explotación de las aguas residuales a entidades públicas, privadas o mixtas.

  3. LEGISLACION PERTINENTE Decretos Supremos Nº 929-73-AG, Reglamentos de la Ley General de Aguas, publicado el 12/09/73; y sus modificaciones 261-69-AP (12/12/69), 274-69-AP-DGA (30/12/69), 275-69-AD-DGAJ (30/12/79), 41-70-A (20/02/70), 473-71-AG (23/11/71), 495-71-AG (01/12/71),1098-71-AG (18/09/75), 158-81-AG (19/11/81), 007-83-SA (17/03/83), 939-713-AG (12/09/73) y 103-84-AG (17/11/84). Decreto Legislativo Nº 613 - Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Decreto Legislativo Nº 653 - Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario - Artículo 55º, establece que en las cuencas hidrográficas en que exista un uso intensivo y multisectorial del agua se debe crear una autoridad autónoma de la cuenca hidrográfica, como máximo organismo decisorio en materia de uso y conservación de los recursos agua y suelo.

  4. LEGISLACIONPERTINENTE Ley Nº 27314 (21 de julio de 2000) - Ley General de Residuos Sólidos. Ley Nº 27117 – Ley General de Expropiaciones. Ley Nº 27329 – (24 de julio de 2000) - Ley que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”. Decreto Supremo N° 034 (SA, 1985). Dictan normas para la crianza y/o engorde de cerdos desde el punto de vista sanitario. Ley N° 23853 (Municipalidad Metropolitana de Lima, 1984), Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N° 26744 (AG, 1997), Promoción del manejo integral para el control de plagas.

  5. LEGISLACION PERTINENTE • Decreto Supremo N° 001 (SA, 1997). Aprueban el reglamento higiénico sanitario de alimentos y bebidas de consumo humano. • Decreto Legislativo N° 635-91, Código Penal, Titulo XIII: Delitos contra la ecología, donde se menciona la sanción a los que depositan, comercializan o vierten desechos industriales o domésticos en lugares no autorizados o sin cumplir las normas sanitarias y de protección del medio ambiente. • Norma OS.090 (8 de junio de 2006). Plantas De Tratamiento de Aguas Residuales. Reglamento Nacional de Edificaciones. Ministerio de Vivienda, Construccion Y Saneamiento.

  6. LEGISLACIONPERTINENTE • Decreto de Urgencia Nº 052-2001 (23 de abril del 2001)- Constitución de la Autoridad Autónoma Especial de la Cuenca del Río Rímac. • Ley Nº 27446 (23 de abril de 2001) – Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. • Decreto Supremodel 07-01-66. Reglamento Para el Diseño de Tanques Sépticos. Normas de Diseño y Principios Básicos. • Decreto Supremo 022-91-AG, donde se prohibe la omercialización de sustancias tóxicas organocloradas. • Decreto Supremo Nº 048-91-AG (19 de octubre de1994) – Creación de la Autoridad Autónoma de la Cuenca Hidrográfica del Chillón-Rímac-Lurín.

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