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Programa Atención Domiciliaria de personas con discapacidad severa establecimientos Atención Primaria Coronel. EN SU COMPONENTE PAGO ESTIPENDIOS CUIDADORES. MARCO LEGAL.

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  1. Programa Atención Domiciliaria de personas con discapacidad severa establecimientos Atención Primaria Coronel. EN SU COMPONENTE PAGO ESTIPENDIOS CUIDADORES

  2. MARCO LEGAL Convenio suscrito con el Servicio de Salud Concepción de fecha 03 de febrero de 2012 , aprobado por Decreto Alcaldicio Nº 1.158 de fecha 20/02/2012.- denominado PROGRAMA DE ATENCION DOMICILIARIA A PERSONAS POSTRADAS CON DEPENDENCIA SEVERA. Convenio que aporta los recursos para la cancelación de 202 estipendios mensuales a cuidadores de pacientes postrados inscritos en los establecimientos de salud municipalizados de la comuna .

  3. Beneficiario  En el marco de esta estrategia se entiende como beneficiarios a las personas que, de manera permanente, sufren de postración y/o pérdida de autonomía severa, beneficiaria del Sistema Público de Salud.

  4. ¿Cuál es el objetivo del Programa Atención Domiciliaria a Pacientes Postrados Severos en sus dos componentes? COMPONENTE VISITA DOMICILIARIA INTEGRAL  Programa destinado a mejorar el cuidado y la calidad de vida de las personas con postración severa y/o con pérdida de autonomía, apoyando a su cuidador familiar . PAGO ESTIPENDIOS A CUIDADORES: Entregar a los cuidadores un estipendio (aporte económico) con el objeto de reconocer su trabajo en los cuidados de los pacientes postrados severos

  5. Qué requisito se debe cumplir para ser beneficiario del Programa de Pago estipendios ? • Estar inscrito en los Cesfam de al Comuna y ser PostradosPermanente: POSTRADO PERMANENTE : Persona que requiera de apoyo, guía y supervisión total de actividades de la vida diaria (según índice de Katz). - Bañarse - Vestirse - Usar el inodoro - Continencia de esfínteres - Trasladarse - Alimentarse

  6. ¿Qué requisito se debe cumplir para ser beneficiario del Programa? 3.-Pérdida de autonomíasevera: Beneficiario debe estar diagnosticado por un médico. 4.-La persona no debe encontrarse en residencia institucionalizada. 5.- Un familiar o cuidador debe comprometerse a participar en una capacitación continua.

  7. Beneficiarios del estipendio Entre los beneficiarios del programa, se entregará una ayuda mensual de $ 22.514 a quien realice los cuidados directos de la persona postrada o con pérdida de autonomía que: • Cumpla con los criterios de inclusión en el programa Y ADEMÁS • Se encuentre clasificado, mediante CAS II y o Evaluación Social del Municipio, como pobres no indigentes e indigentes.

  8. ¿Cuales son los Servicios ofrecidos? 1-   Visita domiciliaria de diagnóstico y Plan de Intervención por parte del equipo del Programa. 2-   Capacitación al familiar cuidador de persona postrada y o con pérdida de autonomía. 3-   Capacitación a recursos comunitarios de apoyo al Programa. 4-   Pago de estipendio al cuidador familiar, cuando corresponda de acuerdo a perfil establecido

  9. Mecanismos para la permanencia del cuidador como receptor del estipendio • Verificar por medio de una visita domiciliaria mensual, la sobrevida de la persona postrada y/ o con pérdida de autonomía. • Aprobar los estándares de higiene personal y ambiental, transferidos durante la capacitación realizada al cuidador de la persona postrada y/o con pérdida de autonomía. • Certificar que se mantenga el cuidado del paciente postrado, por parte del familiar cuidador capacitado

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