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Legalización del consumo de marihuana en el Ecuador

Legalización del consumo de marihuana en el Ecuador. Javier Mariscal Chang. Cannabis Sativa ( Marihuana). Es una especie herbácea de la familia Cannabaceae , con propiedades Psicoactiva. Es una planta anual originaria de las cordilleras del Himalaya, Asia.

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Legalización del consumo de marihuana en el Ecuador

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Presentation Transcript


  1. Legalización del consumo de marihuana en el Ecuador Javier Mariscal Chang

  2. Cannabis Sativa ( Marihuana) • Es una especie herbácea de la familia Cannabaceae, con propiedades Psicoactiva. Es una planta anual originaria de las cordilleras del Himalaya, Asia. • Los seres humanos han cultivado esta planta en el transcurso de la historia como fuente de fibra textil, aceite de semillas y alimento (generalmente, con variedades de bajo contenido en THC, llamadas cáñamo). • La marihuana es una mezcla verde o gris de flores secas cortadas en trocitos de la planta Cannabis Sativa.  Se  fuma como un cigarrillo llamado "porro" o utilizando  pipa.  Los usuarios también mezclan la marihuana con alimentos o la usan para hacer té.

  3. Efectos inmediatos de la marihuana • Los efectos dependen de la concentración de thc, de las características y enzimas de cada persona, de la vía de administración y la experiencia, incluso del ambiente. Sus efectos son peores en jóvenes. Algunos efectos de la marihuana son inmediatos, otros se producen con el uso continuado. • Unas veces hay euforia e irrealidad; otras veces dificultades de atención y temores. • Perturba el cerebro originando una situación de risa tonta con la mirada perdida, fantasías, desorientación, incluso alucinaciones. • Más adelante aparece la dejadez, indiferencia, pasotismo, pérdida de energía para moverse, falta de ilusión y de motivación, que invita a tomar de nuevola droga.

  4. Legalización en el Ecuador • La reforma constitucional de 2008 ya había especulado la legalización del consumo de drogas, pero todavía no se había reglamentado cómo diferenciar la tenencia para uso personal de la tenencia para el tráfico. • Ahora una resolución emitida por el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes (Consep) puso fin a la incertidumbre e hizo realidad una legalización que antes era sólo abstracta. Para eso constituyó una tabla con las cantidades máximas que se podrán portar de cada sustancia.

  5. Son 10 gramos de marihuana; 2 de pasta base de cocaína; 1 de clorhidrato de cocaína; 0,1 de heroína; y 0,015 de éxtasis, entre otras sustancias y cantidades.

  6. Desacuerdo con legalización del consumo de marihuana • ¿Qué pasa en Ecuador? El secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, señaló que "la guerra contra las drogas está perdida" y se refirió al número de muertes violentas que se registran en países como Guatemala y Honduras. Incluso sugirió que se deben buscar alternativas para reducir la incidencia de grupos delictivos. "Se debería discutir si ciertas nacionalidades, como las indígenas, pueden tener cierta producción para que no haya precios y mafias terribles como las que hay ahora". • Además estarían violando las normas estipulado en la Constitución 2008 que según dice el Art. 32 en el capitulo de la salud que indica que la salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

  7. El debate sobre la despenalización del consumo se abrió en julio del 2012 con el nuevo Código Orgánico Penal Integral, que se encuentra en la Asamblea y que aún no ha sido aprobado. El Código vigente no fija cantidades de droga para diferenciar entre consumidores y expendedores, aunque eso cambia en el artículo 201 del proyecto de ley, pues allí se fijan cantidades máximas para el consumo. • Este señala que no será punible la tenencia de droga cuando su destino sea para el exclusivo consumo personal y su cantidad no exceda: marihuana o hachís hasta 10 gramos, pasta base de cocaína 2 gramos, clorhidrato de cocaína un gramo, heroína 0,1 gramos, metilfeniletilamina 0,015 gramos, anfetaminas 0,040 gramos.

  8. Países que han legalizado el consumo • México. Los artículos 477 al 480 de la Ley General de Salud, reformada en el 2009, establecen que el Ministerio Público no enjuiciará al consumidor por la posesión no autorizada de sustancias en cantidades que se consideren adecuadas para el uso personal; el detenido puede ser puesto en detención preventiva. • Chile. La posesión no auto­rizada de pequeñas cantidades de sustancias destinadas al uso personal no es sancionable. El uso público de sustancias no permitidas es considerado una infracción de conformidad con el artículo 50 y se sanciona con multas, servicio comunitario o con la asistencia a programas de prevención. • EE.UU. California, Washington, Co­lorado y Oregón han considerado iniciativas para legalizar la marihuana. Colorado fue el primero donde se reguló la venta, producción e impuestos sobre su uso para fines recreativos.

  9. Brasil. La Ley de Drogas cambió en el 2006 con el fin de reducir las sanciones a los consumidores e incrementar las sanciones para los narcotraficantes. La posesión no autorizada (incluida la adquisición y transporte) de sustancias para el uso personal es considerada una infracción penal. • Uruguay. En junio de 2012, el Presidente José Mujica anunció un proyecto de ley al Parlamento que legalizaría y regularía el suministro de cannabis. El 8 de agosto, el Gobierno presentó oficial­mente el proyecto de ley.

  10. Bibliografía • http://www.elcomercio.ec/seguridad/Ecuador-noticias-drogas-despenalizacion-seguridad-OEA_0_931106882.html • http://www.lahora.com.ec/index.php/noticias/show/1101525045#.Ui4rnn-Adc0 • http://www.infobae.com/2013/06/22/1073558-ecuador-da-un-paso-mas-la-legalizacion-la-droga • Constitución de la República del 2008 • Ley de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes

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