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RELEC’07 http://www.uca.es/cit. JORNADAS INFORMATIVAS RELEC 07 EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE). Teresa Mejía Fundación Ecolum. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) Definición

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  1. RELEC’07 http://www.uca.es/cit JORNADAS INFORMATIVAS RELEC 07 EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) Teresa Mejía Fundación Ecolum

  2. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) • Definición • Creado para dar respuesta a la obligación establecida en la Disposición Adicional Primera del RD 208/2005. • Creado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) utilizando el Registro de Establecimientos Industriales existente (REI). • Único y estatal. Funciones • Posibilita la inscripción y posterior control de productores de AEEs en España. • Soporte para la elaboración de declaraciones trimestrales de datos por parte de los productores. • Asigna un nº de inscripción a cada productor de RAEEs registrado. • Asigna una cuota de responsabilidad trimestral a cada productor calculada según los cantidades puestas en el mercado. • Coordiación con las CCAA de las garantías financieras de SIGS y productores individuales. RELEC’07

  3. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) • ANTECEDENTES • Definición decaracterísticas que debería tener el Registro de Productores (identificación, comunicación de la fecha de declaración como productor en la CCAA, Sistema elegido, tipo de aparatos puestos en el mercado, origen, usos, Kg y unidades…). • Incorporación del Registro de productores de RAEEs dentro del RD 697/1995 que regulaba el Registro de Establecimientos Industriales (REI) ya existente. • Definición de una estructura operativa para la creación del Registro. • Creación de protocolos de comunicación para fabricantes y SIGS. • Puesta en marcha oficial del Registro de Productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos el día 1 de Enero de 2006. RELEC’07

  4. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) CONSULTAS AL REGISTRO. • Públicas. • Cualquier usuario. • Identificación del estado de la empresa consultada en el REI-RAEE. • Número de identificación REI-RAEE. • Restringidas a usuarios y productores • Productores (Datos propios) • SIGS (Datos de los productores adheridos a la organización) • Acceso a los datos completos. • Identificación • Histórico de declaraciones de productor. • Cuotas de responsabilidad asignadas. RELEC’07

  5. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÉNICOS (REI-RAEE) • PROBLEMÁTICA DETECTADA EN EL REI-RAEE • Inexistencia de un mayor desglose de datos que las categorías RAEE establecidas en el RD 208/2005. • Dificultades en el cálculo de responsabilidad a cubrir por distintos SIGS cuyo ámbito es común dentro de una categoría. • Imposibilidad de inscripción en el REI-RAEE de empresas extranjeras que no tengan sede social/representante legal en España. • Venta por Internet. • Venta directa fabricante extranjero-cliente final. • Venta a distancia. RELEC’07

  6. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) • PROBLEMÁTICA DETECTADA EN EL REI-RAEE • Imposibilidad en la identificación del Sistema elegido por cada empresa para la gestión de sus residuos (individual/colectivo). • Dificultad por parte del Productor en definir el uso final del producto a declarar (hogar/no hogar), por confusión en el ámbito y definiciones de ciertos productos. • Actualmente < de 1.000 empresas inscritas en el REI-RAEE. Estimación de 10.000 potenciales empresas.Consecuencias: • Cuotas de responsabilidad asignadas por el Sistema son superiores a las reales. • Contribución económica del productor superior a la real. • Agravio comparativo entre productores que cumplen la Normativa y aquellos que no la cumplen. • Bajo nivel de coordinación entre los agentes implicados en la getión de RAEES (Ministerios, CCAA, SIGS, Asociaciones, Productores Individuales). RELEC’07

  7. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) ASPECTOS A MEJORAR • Coordinación de la información aportada/recibida entre MITYC,MMA, CCAA, SIGS y productores. • Unificación de Organismos (SIGS, Ministerios, Asociaciones, CCAA, Productores Individuales, etc.) • Armonización de Registros a nivel europeo • Comunicación • Definiciones • Parámetros comunes • Datos intra/extra • Creación de un sistema de control sobre: • Empresas no inscritas en REI-RAEE • Empresas inscritas en REI-RAEE que no declaran sus productos trimestralmente • Empresas inscritas posteriormente a la entrada en vigor de la Ley RELEC’07

  8. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) • ASPECTOS POSITIVOS • La frecuencia de entrega de datos al REI-RAEE (3 meses) es elevada en comparación con otros países (6 meses ó 1 año). • Las empresas suminstran sus datos en Kg o Unidades; facilita un mayor control e inspección. • El suministro de datos se realiza de manera eficiente.Existe una buena labor y agil gestión por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC). • El REI-RAEE se encuentra enmarcado en el MITYC, de esta manera se generan abundantes informes estadísticos que favorecen la potenciación de Políticas de Desarrollo e Investigación. RELEC’07

  9. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) • EXPERIENCIA DE OTROS PAÍSES • Actualmente cada país sigue un sistema independiente de Registro. • Objetivo a medio plazo: armonización de Registros entre diferentes países. • Necesaria la coordinación de Registros para una labor más eficaz. • Situación actual: RELEC’07

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  15. EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (REI-RAEE) • CONCLUSIONES: • Potente herramienta para el control y cumplimiento de la Normativa RAEE. • Fácil y rápida identificación de productores a través del nº REI-RAEE. • Fácil acceso por vía Web (www.mityc.es/raee) • Revisión de la Directiva. Armonización de Legislaciones de los diferentes países de la UE. • Ventajas para usuarios • Mayor control por parte de la Administración • Mercado transparente • Incumplimientos • Beneficio para el Medio Ambiente RELEC’07

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