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LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN

LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN . SECRETARIA GENERAL DE LA OEA. LA CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCION. I. Origen: Mandato de la Cumbre de Miami. Proceso de negociación en el Marco de la OEA: Diversos proyectos: Proyecto del Gobierno de Venezuela

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LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN

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  1. LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN SECRETARIA GENERAL DE LA OEA

  2. LA CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCION • I. Origen: • Mandato de la Cumbre de Miami. • Proceso de negociación en el Marco de la OEA: • Diversos proyectos: • Proyecto del Gobierno de Venezuela • Proyecto del Presidente del Grupo de Probidad • Proyecto del Comité Jurídico Interamericano • Negociaciones en el Grupo de Probidad y Etica Cívica y en Grupo de Expertos. • Adopción de la Convención en Conferencia Especializada de la OEA (Caracas, Marzo 29 de 1996).

  3. II. Alcance de las disposiciones de la Convención: • Tipificación de delitos: • Actos de Corrupción (Artículo VI y VII) • Soborno Transnacional y Enriquecimiento Ilícito (Artículos VIII y IX). • Desarrollo Progresivo (Artículo XI) • .

  4. Medidas en materia de extradición y asistencia recíproca: • Extradición (Artículo XIII). • Asistencia y cooperación (Artículo XIV). • Medidas sobre bienes (Artículo XV). • Secreto Bancario (Artículo XVI). • Naturaleza del Acto [asilo] (Artículo XVII). • Autoridades centrales (Artículo XVIII).

  5. Medidas Preventivas (Artículo III): • Normas de conducta de los funcionarios públicos (1,2 y 3). • Sistemas para la declaración de los ingresos, activos y pasivos (4). • Sistemas para la contratación de funcionarios públicos (5). • Sistemas para la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado(5). • Sistemas adecuados para la recaudación y el control de los ingresos del Estado (6). • Eliminación de beneficios tributarios a personas o sociedades que efectúen asignaciones en violación de la legislación contra la corrupción de los Estados Partes (7).

  6. Sistemas para proteger a quienes denuncien de buena fe actos de corrupción (8). • Organos de control superior (9). • Medidas que impidan el soborno de funcionarios públicos nacionales y extranjeros [registros y controles contables] (10). • Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las ONGs para prevenir la corrupción (11). • Otras medidas preventivas que tomen en cuenta relación entre remuneración equitativa y la probidad en el servicio público (12).

  7. Vigencia de la Convención

  8. CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIONESTADO DE FIRMAS

  9. CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIONESTADO DE RATIFICACIONES

  10. ANTIGUA Y BARBUDA ARGENTINA BAHAMAS BELICE BOLIVIA BRASIL CANADA CHILE COLOMBIA COSTA RICA ECUADOR EL SALVADOR ESTADOS UNIDOS GRENADA GUATEMALA GUYANA HAITI HONDURAS JAMAICA MEXICO NICARAGUA PANAMA PARAGUAY PERU REPUBLICA DOMINICANA SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS SANTA LUCIA SURINAME TRINIDAD Y TOBAGO URUGUAY VENEZUELA PAISES QUE HAN RATIFICADO LA CONVENCION

  11. Desarrollos posteriores a la Convención en el marco de la OEA 1. Programas de Cooperación 2. Seguimiento por parte de los Estados

  12. I. PROGRAMAS DE COOPERACION • Difusión y apoyo a la ratificación de la Convención: • Venezuela • Costa Rica • Colombia

  13. Argentina Bolivia Chile Ecuador El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua Panamá Paraguay Perú República Dominicana Apoyo al proceso de adecuación de la legislación penal a las disposiciones de la Convención:

  14. Apoyo en la elaboración de legislación “tipo” o “modelo” (Programa “piloto” para América Central): • Estados participantes: • Costa Rica • El Salvador • Guatemala • Honduras • Nicaragua

  15. Disposiciones preventivas consideradas: • Conflictos de intereses y régimen disciplinario. • Derecho a la información. • Mecanismos de participación de la sociedad civil. • Declaraciones de patrimonio, activos y pasivos. • Protección de denunciantes. • Metodología: • Elaboración de diagnósticos nacionales. • Elaboración y discusión técnica de propuestas de legislación modelo. • Presentación y discusión en cada pais de las propuestas de legislación modelo.

  16. Apoyo a la ratificación e implementación de la Convención en Estados del Caribe: • Países del Caribe del Este (elaboración y consideración de “legislación modelo” para esa región: Antigua y Barbuda; Dominica; Grenada; Saint Kitts y Nevis; Santa Lucia y San Vicente y las Granadinas). • Barbados • Belice • Suriname • Apoyo a la adecuación de la legislación penal de Brasil a la Convención.

  17. Red deintercambio de información a través de “Internet”. • Actividades de cooperación con otros organismos internacionales (v.g. OCDE Y BID).

  18. II. Seguimiento por parte de los Estados en el marco de la OEA • Cuestionario sobre implementación de la Convención: 17 Estados respondieron. • Adopción y comienzo del funcionamiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención.

  19. Respuestas al Cuestionario Algunas áreas en las cuales se requeriría avanzar

  20. 9. ¿Existen sistemas para proteger a personas que denuncien de buena fe actos de corrupción?

  21. 11 (b) ¿Existen medidas para prevenir, impedir y sancionar el soborno de funcionarios públicos extranjeros?

  22. 17. Se tipifica y sanciona el aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualquiera de los actos referidos en el artículo IV de la Convención?

  23. 19. ¿Tipifica y sanciona la legislación el incremento injustificable en el patrimonio de un funcionario público?

  24. 28. ¿Ha recibido su país solicitudes para la identificación, rastreo, inmovilización, confiscación y decomiso de bienes producto de actos de corrupción?

  25. EL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACION DE LA CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCION

  26. I. Antecedentes • Resolución de la Asamblea General de la OEA. • Mandato de la Cumbre de las Américas. • Negociación del “Documento de Buenos Aires” y adopción formal del mismo por los Estados Partes.

  27. II. Propósitos • Dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados Partes en la Convención y analizar la forma en que están siendo implementados. • Promover la implementación de la Convención y contribuir al logro de sus propósitos. • Facilitar y fortalecer la cooperación entre los Estados Partes.

  28. II. Principales características • Se desarrolla en el marco de los propósitos y principios establecidos en la Carta de la OEA. • Imparcialidad. • Tratamiento igualitario entre los Estados Partes. • Carácter intergubernamental y apertura a la sociedad civil. • Adecuado equilibrio entre confidencialidad y transparencia.

  29. Miembros: • Estados Parte en la Convención. • Estructura: • Organos: • Conferencia de los Estados Parte: autoridad y responsabilidad general de instrumentar el mecanismo. • Comité de Expertos: responsable del análisis técnico de la implementación de la Convención. • Secretaría: • Secretaría General de la OEA.

  30. III. Procedimiento para el Análisis de la Implementación de la Convención • Esta regulado en el Documento de Buenos Aires y en el Reglamento y Normas de Procedimiento del Comité de Expertos. • Rondas y selección de disposiciones. • Metodología y cuestionario. • Respuestas de los Estados.

  31. Elaboración de informes preliminares por país, con recomendaciones, por expertos de dos Estados diferentes. • Adopción de informes por país y final de cada ronda por la plenaría del Comité de Expertos. • Seguimiento de recomendaciones en rondas posteriores, incluida la realización de visitas a los Estados Partes. • Consideración de temas de interés colectivo en el marco de la Convención: transparencia en la contratación pública.

  32. ORDEN DE ANALISIS • Primer Grupo: Estados Partes Voluntarios • Argentina • Paraguay • Colombia • Nicaragua • Uruguay • Panamá • Ecuador • Chile

  33. LA “DECLARACIÓN DE NUEVO LEÓN” Y DESARROLLOS POSTERIORES • Compromiso de incrementar la cooperación en el marco de la Convención, particularmente a través del fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento. • Mandato a Conferencia de Estados Parte del MESICIC de determinar medidas concretas para su fortalecimiento. • Mandato a Reunión de Estados Parte de la Convención: considerar medidas concretas adicionales para aumentar la transparencia y combatir la corrupción.

  34. Desarrollos recientes: • Conferencia de Estados Parte del Mesicic: • Conclusiones y Recomendaciones: Informe de la Presidencia de la Conferencia (Brasil). • Quinta Reunión de Ministros de Justicia y Procuradores Generales de las Américas (REMJA V): • Recomendaciones en cooperación contra la corrupción. • Desarrollos en asistencia jurídica mutua en materia penal: reuniones de autoridades centrales y red de intercambio de información. • Asamblea General de la OEA (Quito). • Declaración de Quito sobre Desarrollo Social y Democracia frente a la incidencia de la corrupción. • Reunión de los Estados Parte de la Convención: Managua, Nicaragua: 8 y 9 de julio de 2004.

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