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EL NOTARIO DEL SIGLO XXI, PILAR FUNDAMENTAL DEL ESTADO DE DERECHO 07 SEPTIEMBRE 2007

EL NOTARIO DEL SIGLO XXI, PILAR FUNDAMENTAL DEL ESTADO DE DERECHO 07 SEPTIEMBRE 2007. Diputado César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura. 1. ESTADO DE DERECHO. 1.1. MÍNIMOS INDISPENSABLES Supremacía de la ley.

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EL NOTARIO DEL SIGLO XXI, PILAR FUNDAMENTAL DEL ESTADO DE DERECHO 07 SEPTIEMBRE 2007

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  1. EL NOTARIO DEL SIGLO XXI, PILAR FUNDAMENTAL DEL ESTADO DE DERECHO07 SEPTIEMBRE 2007 Diputado César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura

  2. 1. ESTADO DE DERECHO 1.1. MÍNIMOS INDISPENSABLES • Supremacía de la ley. • Real división-colaboración de poderes. • Apego al principio de legalidad por parte de las autoridades. • Procesos electorales pacíficos, garantes de los derechos políticos. • Imposibilita el autoritarismo, la arbitrariedad y la discrecionalidad. • Garantiza los derechos fundamentales frente al poder público. • Justicia independiente y eficaz. • Recurso efectivo para hacer valer derechos fundamentales. • Establecimiento de un orden jurídico “internacional”. • Su aplicación puede verse desde dos perspectivas: • Vertical: relaciones autoridad-ciudadanía. Sin él, se cae en la arbitrariedad. • Horizontal: ciudadanos-ciudadanos. Sin él, la consecuencia es la “lex talionis”.

  3. 1.2. DEFINICIÓN Estado de Derecho (rule of law), concepto estrechamente ligado al de Estado moderno, es aquel basado en la democracia, el pluralismo y la soberanía popular, en el que autoridades e individuos se rigen por un orden jurídico que incluye derechos fundamentales, salvaguardados por instituciones fortalecidas en su imparcialidad y eficacia, generando seguridad jurídica y evitando un ejercicio del poder autoritario, pues éste se encuentra delimitado por el principio de legalidad.

  4. 2. ESTADO DE DERECHO EN MÉXICO 2.1. Claroscuros en nuestro Estado de Derecho • Relación Federación – Estados, en disonancia con la Constitución. • Relación disfuncional entre los Legislativo y Ejecutivo. • Surgimiento de organismos constitucionales autónomos (IFE, Banco de México, CNDH). • Derechos fundamentales (garantías individuales). • SCJN, casi un Tribunal Constitucional • Juicio de amparo • Controversias constitucionales • Acciones de Inconstitucionalidad • * Demerita la justicia constitucional local. • * “Trámites oscuros” (artículo 97 constitucional). • Opacidad – transparencia (DOF: 20-julio-2007). • Marco jurídico dispar (Código de Comercio, de 1889).

  5. 2.2. CONCLUSIONES • El Estado de Derecho en México, se está consolidando. • La clave se localiza en el imperio de la ley y en la cultura de la legalidad. • El Estado de Derecho no debe ser un obstáculo, sino eje de un Estado Democrático y Social de Derecho, eficaz y eficiente. • No hay que derribar lo construido ni levantar un edificio paralelo, sino aprovechar lo que tiene de sólido y rectificar lo que el paso del tiempo ha dejado anticuado.

  6. 3. HACIA UN NECESARIO ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO 3.1. Estado Democrático de Derecho El artículo 3º constitucional, define a la democracia “no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.

  7. La Declaración Universal sobre la Democracia, de 1997, establece: “Como ideal, la democracia trata fundamentalmente de mantener y promover la dignidad y los derechos fundamentales del individuo, garantizar la justicia social, facilitar el desarrollo económico y social de la colectividad, reforzar la cohesión de la sociedad, impulsar la tranquilidad nacional y crear un clima propicio para la paz internacional. Como forma de gobierno, la democracia es el mejor modo de conseguir esos objetivos; es también el único sistema político capaz de corregirse a sí mismo.”

  8. La democracia no ha logrado satisfacer las necesidades de desarrollo social, no ha mejorado la calidad de vida de los ciudadanos. De acuerdo al “Informe sobre la Democracia en América Latina”, de 2004, por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la democracia no ha servido para reducir la pobreza ni disminuir asimetrías; América Latina es el continente con mayor desigualdad en el mundo. El 54.7% apoyaría un régimen autoritario, si éste solucionara sus problemas económicos.

  9. Según datos del índice Kaufmann del Banco Mundial, del 2006:

  10. 3.2. ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO Se requiere transitar de un Estado de Derecho a secas (frecuentemente insensible a problemas sociales), hacia un eficiente Estado de Derecho, efectivamente democrático y con perspectiva social. Los ciudadanos no tienen por qué verse en la disyuntiva de gozar de derechos políticos y civiles o económicos y sociales, pues es responsabilidad de un Estado moderno, atender ambas necesidades, de manera responsable y atinada. El Estado debe garantizar el derecho al sufragio libre, tanto como la seguridad jurídica de derechos, pero también debe proveer de eficacia, autonomía y rapidez en la administración e impartición de justicia (fortalecimiento de instituciones). La democracia como sistema político y forma de vida, sólo es efectiva si genera estabilidad económica, justicia social y consenso político (elementos de un Estado Democrático y Social de Derecho).

  11. 4. EL NOTARIO, PILAR FUNDAMENTAL DEL ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO El Notario es un pilar fundamental de nuestro Estado de Derecho, dota de seguridad jurídica a las personas, evitando frecuentemente posibles litigios, convirtiéndose en un factor indispensable para dar certeza de múltiples actos. Un orgullo mexicano es que nuestros Notarios, de origen latino, son juristas, a diferencia del modelo anglosajón, en el que se reducen a meros certificadores. Ello legitima que los documentos notariales no puedan ser contradichos más que por la vía judicial; están revestidos de fuerza probatoria y ejecutiva.

  12. 5. LOS NOTARIOS DEL SIGLO XXI El Notario no puede permanecer estático, debe ser parte de las transformaciones democráticas, políticas, jurídicas y sociales de México. Sin su evolución, no puede concebirse un Estado Democrático y Social de Derecho. Algunas propuestas legislativas:

  13. 1. Reforma del artículo 121 constitucional Señala que en cada Estado, se dará entera fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros, facultando al Congreso de la Unión (desde la Constitución de 1824) a expedir leyes generales, a efecto de prescribir la manera de probar dichos actos, registros y procedimientos, así como sus efectos, sentando las bases para ello. En diversas legislaciones estatales se invalidan los efectos de actos jurídicos celebrados en otros Estados, por no ajustarse a los preceptos contenidos en sus legislaciones. La Suprema Corte, un poder legislativo de facto. Se propone la adición de una fracción VI al artículo 121 en estudio, para establecer que los instrumentos expedidos por Notarios Públicos de una entidad federativa, tendrán plena validez y efectos en las demás.

  14. Criterio jurisprudencial: El artículo 330 del Código de Procedimientos Civiles de Tlaxcala es inconstitucional, porque no puede contravenir la obligación que ña Constitución impone a los Estados de dar entera fe y crédito de los actos públicos efectuados por los demás, entre ellos los instrumentos o documentos públicos, lo que implica la obligación para cada Estado del país de aceptar los actos provenientes de otros, y reconocerles los efectos jurídicos correspondientes. El artículo 2 del Código Civil de Michoacán, al establecer que los actos y contratos verificados fuera de ese estado, para producir efectos en su territorio, se regirán por las disposiciones del propio Código, viola el artículo 121 constitucional, al condicionar a los demás Estados a que cumplan con sus requisitos, porque el legislativo estatal ejercitó una facultad reservada al Congreso de la Unión.

  15. 2. Creación del Instituto Registral de la Propiedad del Estado de México El Registro Público de la Propiedad, la institución con la que más interactúan los Notarios; de ello depende la oportunidad y eficacia de la mayoría de servicios notariales. Convertirlo en organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, para que pueda disponer de sus propios recursos.

  16. 3. Intervención del Notario en procedimientos no contenciosos El ámbito de atribuciones conferidas al notariado mexiquense, se ha enriquecido (mediación, procedimientos testamentarios). Son Peritos en Derecho, cuentan con formación profesional y experiencia necesaria para ampliar su ámbito de atribuciones: • Apeo y deslinde: por la función que desempeñan, tienen conocimientos sobre planos y títulos de propiedad, documentos base para la práctica de diligencias. • Divorcio voluntario: hay una ventaja respecto al trámite judicial, porque cuando el divorcio voluntario se resuelve vía judicial, el órgano jurisdiccional no tiene elementos jurídicos para constatar que se liquide la sociedad conyugal. El Notario, por ser su trabajo cotidiano, está capacitado para disolverla, cumpliendo todos los requisitos administrativos y fiscales. • Manifestación del consentimiento para la inseminación artificial: el Código Civil del Estado de México, contempla que sólo podrá efectuarse previo consentimiento de la mujer, judicialmente. El trámite notarial sería más sencillo y rápido, gozando de la misma validez.

  17. 4. Reformar el artículo 140 de la Constitución del Estado de México, para precisar que en el Estado, serán obligatorias las instituciones del notariado y del Registro Público de la Propiedad. 5. Acotación de la figura del Corredor Público. 6. Protocolo electrónico, a través de la firma electrónica. 7. Creación de un Registro de Donadores de Órganos, al cual el Notario que reciba la voluntad de un donador, dé aviso. 8. Incluir la obligación del Notario de informar al Registro Nacional de Poderes, sobre el otorgamiento de los mismos, que contengan facultades de dominio (artículo 2554 del Código Civil Federal).

  18. El Notario debe derribar antiguas barreras, para ampliar su ámbito de atribuciones y ser más útil a la sociedad, prestar servicios de mayor calidad y eficiencia y estar acorde con las necesidades de progreso y mejoramiento constantes. MUCHAS GRACIAS

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