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NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO LA PRUEBA

FUNDAMENTOS DEL PROCESO LABORAL. Deberes del Juez Laboral:Evitar que la desigualdad entre las partes afecte el desarrollo o resultado del proceso.Procurar alcanzar la igualdad real de las partesPrivilegiar el fondo sobre la formaInterpretar los requisitos y presupuestos procesales en sentido

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Presentation Transcript


    1. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO LA PRUEBA

    2. FUNDAMENTOS DEL PROCESO LABORAL Deberes del Juez Laboral: Evitar que la desigualdad entre las partes afecte el desarrollo o resultado del proceso. Procurar alcanzar la igualdad real de las partes Privilegiar el fondo sobre la forma Interpretar los requisitos y presupuestos procesales en sentido favorable a la continuidad del proceso Observar el debido proceso, la tutela jurisdiccional y el principio de razonabilidad Art. III TP NLPT

    3. LA PRUEBA La prueba como actividad de comprobación. La prueba como resultado de la actividad de comprobación. Prueba como medios de prueba. Prueba como argumento. Para probar es necesario llevar a cabo una actividad de comprobación y su objetivo es siempre generar convicción en el juzgador.

    4. FINALIDAD DE LA PRUEBA Establecer en el proceso la verdad de los hechos (¿Cómo acceder a la verdad de las cosas?) Se prueba para fijar los hechos en la sentencia (¿no interesa la verdad material o formal?) Se prueba para obtener la certeza del juez de la ocurrencia, existencia o verdad de un hecho. Procurar al juez la certeza de la verdad o falsedad, existencia o inexistencia, ocurrencia o no de los hechos afirmados, descritos en la hipótesis de incidencia de la norma jurídica.

    5. MEDIOS PROBATORIOS Representación del hecho cuya veracidad es alegada por alguna de las partes dentro del proceso y tiene como objetivo que el juzgador pueda acercarse a ese hecho y formarse sobre él la convicción de su certeza o falsedad. Medios probatorios admitidos en el proceso laboral: Sistema de Prueba Libre.

    6. OPORTUNIDAD DE LA PRUEBA Ofrecidos únicamente en la demanda y en la contestación Extraordinariamente hasta antes de la actuación probatoria ¿si se conocen luego de ello? Las partes concurren con sus medios de prueba a la Audiencia La presentación extemporánea de la prueba no puede acarrear la nulidad de la sentencia apelada

    7. CARGA DE LA PRUEBA Carga de la prueba como poder procesal que puede ser ejercido libremente por las partes Carga de la prueba como situación jurídica de desventaja que recae sobre alguna de las partes Carga de la prueba no como obligación o facultad de probar, sino como existencia de un interés de hacerlo.

    8. CARGA DE LA PRUEBA Carga de la prueba como “Regla de Juicio”. Imposición al Juez de fallar contra la parte que debe aportar la prueba, cuando esta no ha generado convicción respecto del hecho alegado. Tendrá, entonces, la carga de la prueba aquella parte cuyo defecto de pobranza deberá acarrear un fallo en su contra

    9. CARGA DE LA PRUEBA La carga de la prueba corresponde a quien afirma hechos que configuran su pretensión. Reglas especiales de distribución Prestador de servicios: Existencia de prestación personal de servicios Demandante Trabajador: Fuente normativa de los derechos alegados de origen distinto al constitucional o legal El motivo de la nulidad invocado y el acto de hostilidad padecido La existencia del daño alegado ¿El despido?

    10. CARGA DE LA PRUEBA Demandado Empleador: El pago, el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales, su extinción o inexigibilidad La existencia de un motivo razonable distinto al hecho lesivo alegado El estado del vínculo laboral y la causa del despido Inversión de carga de la prueba Expresión del principio protector. Las presunciones liberan al trabajador de la carga de probar que originalmente debió habérsele asignado e impidiendo que las reglas de juicio jueguen en su contra Art. 29 LPCL literal e)

    11. PRUEBA DE OFICIO Excepcionalmente ordenada por el juez ¿También el de segunda instancia? Decisión inimpugnable La omisión de esta facultad no acarrea la nulidad de la sentencia No puede llevarse a cabo encontrándose el proceso en casación

    12. ACTUACIÓN PROBATORIA El Juez enuncia los hechos que no necesitan actuación probatoria así como los medios probatorios dejados de lado El Juez enuncia las pruebas admitidas respecto de los hechos necesitados de actuación probatoria Propuesta de cuestiones probatorias sólo respecto de las pruebas admitidas ¿en qué momento se resuelven? Toma de juramento a quienes intervienen en la etapa Actuación de todos los medios probatorios Excepcionalmente la actuación probatoria puede continuar dentro de los cinco días siguientes

    13. ORDEN DE ACTUACIÒN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA Declaración de parte Testigos Pericia Reconocimiento y Exhibición de Documentos Inspección Judicial ¿Y los medios probatorios atípicos? ¿Puede alterarse este orden legalmente previsto? ¿En qué momento se hace ejercicio de las facultades probatorias de oficio?

    14. FORMA DE LOS INTERROGATORIOS Litigación Oral: Teoría del caso Interrogatorio Contrainterrogatorio Objeción de preguntas Formulación de alegatos

    15. FORMA DE LOS INTERROGATORIOS Dirigidos a las partes, testigos, peritos y ¿otros? Dirección por el juez de manera libre concreta y clara Sin empleo de ningún ritualismo ni fórmula preconstituida No se requiere la presentación de pliegos de preguntas No se permite leer las respuestas pero sí consultar documentos de apoyo Los abogados de las partes también pueden preguntar o solicitar aclaraciones Deber de sancionar conductas temerarias, dilatorias, obstructivas o contrarias al deber de veracidad

    16. DECLARACIÓN DE PARTE Declaración personal de la parte ¿Puede el demandante delegar facultades para declarar? Las personas jurídicas prestan declaraciones a través de sus representantes ¿Puede el abogado interrogar a su defendido? ¿Puede la parte sin abogado formular interrogantes?

    17. DECLARACIÓN DE TESTIGOS No presencia desarrollo de la audiencia El secretario del juzgado expide al testigo una constancia de asistencia Pago de remuneración en el centro de trabajo por el tiempo de su ausencia No se requiere resolución citando al testigo ¿Si el empleador no autoriza la asistencia? ¿Se remunera si el medio de prueba no es admitido?

    18. EXHIBICIÓN DE PLANILLAS Planillas manuales: Copias legalizadas ¿el revisor adscrito a los Juzgados Laborales? Planillas electrónicas: Funcionario del MINTRA. Improcedencia de la tacha. ¿Boletas de pago? D.S. 001 – 98 – TR

    19. PERICIA No presencian el desarrollo de la Audiencia Los informes contables practicados por los peritos adscritos a los Juzgados de Trabajo no se ofrecen ni actúan como medios de prueba ¿El que cada parte deba concurrir con sus peritos, favorece la igualdad real?

    20. INSPECCIÓN JUDICIAL Agotada la actuación de los otros medios probatorios Se suspende la audiencia y se señala día, hora y lugar para su realización Puede citarse a las partes, testigos o peritos que correspondan Subsistencia de circunstancias materiales materia de constatación Puede ser grabada en audio o video o recogida en acta ¿Delegación a Inspección Laboral del MINTRA?

    21. PRESUNCIONES LEGALES Habiéndose probado un hecho, se tiene por probado otro a partir de una construcción lógica. Habiéndose probado “x” se tiene por cierto “y”. LPT Art. 40º NLPT Art. 23º numeral 23. 2 ¿Son presunciones legales las contenidas en el art. 29 NLPT?

    22. PRESUNCIONES JUDICIALES No se encuentran contenidas en una norma, sino que son construidas por el juzgador en función a su propia experiencia. Presuponen una regla de experiencia.

    23. EL INDICIO El medio que demuestra el hecho “X” a partir del cual puede sostenerse que es también cierto el hecho “Y”. Actos, circunstancias o signos suficientemente acreditados a través de los medios probatorios, adquieren significación en su conjunto. LPT. Art. 41º NLPT. Art. 23.5

    24. CUESTIONES PROBATORIAS Tacha. Contra testigos y documentos Documentos: Nulidad o Falsedad Oposición. Contra declaración de parte, exhibición de documentos, pericia o inspección judicial. Actuación innecesaria o imposible

    25. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO LA PRUEBA

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