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FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS (FOPRIDEH)

FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS (FOPRIDEH). MISIÓN Y VISIÓN.

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FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS (FOPRIDEH)

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  1. FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS(FOPRIDEH)

  2. MISIÓN Y VISIÓN • FOPRIDEH es una Federación que representa y fortalece a sus organizaciones afiliadas y contribuye con otros sectores de la sociedad a impulsar el desarrollo integral y sostenible de Honduras • En el 2015 FOPRIDEH es una Federación pluralista, líder de la sociedad civil por su capacidad, propositiva, • solidaria y Transparente, comprometida con la democracia y el desarrollo nacional.

  3. LAS ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO • ONGD: Toda entidad de carácter privado, apolitica en el sentido partidiario, sin fines de lucro y sin objetivos preponderantemente gremiales, laborales o religiosos; con diferentes objetivos que contribuyan al desarrollo humanitario e integral de la poblacion y otros afines, definidos por sus integrantes. Son creadas independientemente de los gobienros locales, regionales y nacionales, asi como tambien de organismos internacionesl de cooperacion bilateral y multilateral. (Ley Especial de Fomento para las ONGD, Art. 3) • Diversas areas de trabajo: Niñez y Juventud, Prevencion de Violencia, Educacion, Salud, Vivienda, Seguridad Alimentaria, Jovenes en situacion de Riesgo Social, Desarrollo Economico Local, Discapacidad y DDHH entre otros.

  4. FUNCIONAMIENTO • Naturaleza Jurídica: asociación/fundación civil que nace del interes genuino de contribuir sostenidamente al desarrollo del pais. • Naturaleza Financiera: Sin fines de lucro/ Sin utilidades • Fuente financiera: Fondos de la cooperacion internacional, fondos de contribuciones privadas a traves de organizaciones internacionales y servicios para sostenibilidad (estos ultimos se re-invierten enel funcionamiento de las organizaciones para garantizar sostenibilidad de programas y proyectos). (Ley ONGD art. 20).

  5. FUNCIONAMIENTO • Todo ingreso por donaciones se destina a la ejecucion directa del proyecto o programa para la que fue otorgada a traves de un plan operativo y presupuesto detallado. • Los montos no ejecutados en un periodo, deben readecuarse para el siguiente periodo de ejecucion o ser devueltos al donante o fuente de cooperacion que los otorgo. • La ejecucion de los proyectos requiere un nivel de rendimiento de al menos un 90% de cumplimiento para mantener la elegibilidad de manejo de fondos con el donante.

  6. COOPERACION INTERNACIONAL Y LAS ONGD • Politicas sobre impuestos: Las agencias de cooperacion no reconocen los impuestos, es la contraparte que esperan del Gobierno de Honduras (convenios de cooperacion bilateral) se extiende a los fondos que se ejecutan de estas agencias por las ONGD. • Exigencias de la cooperacion (elegibilidad): • Estados financieros auditados por Auditor Certificado internacionalmente y registrado por la CNBS • Constancia de registro en la URSAC • Personalidad Jurídica • Informe de actividades para demostrar experiencia • Mecanismos de gobernabilidad interna (Asamblea General y Junta Directiva) • Planificaciones operativas mensuales, trimestrales, semestrales y anuales. • Evaluaciones de ejecucion tecnica y presupuestaria mensual, trimestral, semestral y anuales. • Liquidaciones mensuales y anuales. • Fondos de la cooperacion internacional provienen de los impuestos y/o contribuciones directas de los ciudadanos de estos paises para apoyar los nuestros, por lo que la demanda de rendicion de cuentas es ALTA.

  7. LAS EXONERACIONES EN LAS ONGD • Las ONGD a diferencia de los demas sectores exonerados no estan bajo el amparo de un regimen especial de exoneraciones. • Constitucionalmente es valida una exoneracio cuando con el beneficio de la misma, tiene como objetivo suplir las necesidades de la poblacion en areas geograficas y sectores donde el Gobierno no puede cubrir o atender adecuadamente. • No hay conocimiento en los mandos intermedios en instituciones DEI, Finanzas, Alcaldia sobre disposiciones tomadas al respecto en mandos altos para emitir resoluciones. • Los funcionarios en las las instituciones no comprenden los Estados Financieros y la contabilidad de las ONGD, los interpretan como lo hacen en el ambito mercantil. • Las organizaciones no generan otros ingresos para poder costear gastos de impuestos si el donante no los reconoce.

  8. LAS EXONERACIONES EN LAS ONGD • Debe existir un mecanismo de calificacion unica como ONGD para evitar tramites reiterativos para el mismo fin, existiendo una Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC). • No se maneja un expediente de la organización en la DEI/Finanzas que resulta en un proceso reiterativo de entrega de informacion, inspecciones etc. • En el caso de la tasa de seguridad, la exoneracion fue otorgado por una ley especial y consecuentemente es violatoria la suspension al derecho que ya esta siendo ejecutado por aquellas organizaciones que gozan de su exoneración. • No existe un reglamento que regule el procedimiento para otorgar exoneraciones y la discrecionalidad del funcionario de turno es demasiado amplia y subjetiva. • Hay un abuso de los funcionarios en el cobro de viaticos para realizar inspecciones/dictamenes.

  9. LAS EXONERACIONES EN LAS ONGD • Renta (si se otorga en un 90% del sector) • Ventas (se otorga en un 20% del sector) • Donaciones en especie (se otorga a un 45% del sector) • 10% sobre intereses bancarios (no se otorga) • Compra exonerada de vehículo (no se otorga) • Tasa de seguridad (se ha otorgado en un 100% al sector)

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