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PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO. Dr. Aldo Falconi Grillo. QUE ES EL TRIBUTO.- COMO ESTA COMPUESTO EL TRIBUTO?

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PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

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  1. PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO Dr. Aldo Falconi Grillo Dr. Aldo Falconi Grillo

  2. QUE ES EL TRIBUTO.- COMO ESTA COMPUESTO EL TRIBUTO? Es la Obligación jurídica pecuniaria, ex lege, que no constituye sanción por acto ilícito, cuyo sujeto activo es, en principio una persona pública, y cuyo sujeto pasivo es alguien puesto en esa situación por voluntad de la ley. Dr. Aldo Falconi Grillo

  3. El tributo está compuesto por: a) Impuesto.-Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado. El impuesto se divide en: Dr. Aldo Falconi Grillo

  4. Directo:impuesto a la renta, y que no es trasladable. Es un impuesto de carácter anual. El impuesto a la renta es el más importante, gracias a su recaudación el Estado solventa el gasto público y las necesidades de la población. Existen cinco categorías: Dr. Aldo Falconi Grillo

  5. 1ra: el arriendo, el subarriendo, cesión de bienes, 2da: intereses por colocación de capital, por transferencia de marcas, patentes, regalías. 3ra (renta empresarial) todos aquellos dedicados a la industria, minera, pesquera, comercio. Dr. Aldo Falconi Grillo

  6. 4ta: los independientes que por su arte, ciencia, profesión, oficio prestan servicios y reciben ingresos. 5ta: los dependientes, entre otros, por ejemplo los trabajadores que prestan servicios en la administración pública. Dr. Aldo Falconi Grillo

  7. Indirecto: El Impuesto General a las Ventas, que es trasladable. Es un impuesto de carácter mensual. b) Contribución.-Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales. Dr. Aldo Falconi Grillo

  8. c) Tasa. Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual. Dr. Aldo Falconi Grillo

  9. Las Tasas, entre otras, pueden ser: 1. Arbitrios:son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público. 2. Derechos:son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos. 3. Licencias:son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización. Dr. Aldo Falconi Grillo

  10. QUE TRIBUTOS FORMAN PARTE DEL GOBIERNO CENTRAL? a) Impuesto a la Renta; b) Impuesto General a las Ventas; c) Impuesto Selectivo al Consumo; d) Derechos Arancelarios; e) Tasas por la prestación de servicios públicos, entre las cuales se consideran los derechos por tramitación de procedimientos administrativos; y, Dr. Aldo Falconi Grillo

  11. QUE TRIBUTOS FORMAN PARTE DEL GOBIERNO LOCAL – MUNICIPALIDADES? Impuesto Predial. Impuesto de Alcabala. Impuesto al Patrimonio Vehicular Dr. Aldo Falconi Grillo

  12. A TRAVES DE QUE NORMA LEGAL SE CREAN, MODIFICAN O DEROGAN LOS TRIBUTOS? El artículo 74° de la Constitución Política del Perú establece que lostributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley, o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Dr. Aldo Falconi Grillo

  13. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respectar los principios de reserva de la ley, igualdad y respeto a los derechos fundamentales de la persona. Ningun tributo puede tener efecto confiscatorio Dr. Aldo Falconi Grillo

  14. Nota:a) Si el Poder Legislativo que emite leyes (Congreso de la República) le da facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo para legisle en materia tributaria por 180 días por carácter excepcional, el Presidente de la República emite decretos legislativos.- . El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respectar los principios de reserva de la ley, igualdad y respeto a los derechos fundamentales de la persona. Ningun tributo puede tener efecto confiscatorio Dr. Aldo Falconi Grillo

  15. . El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respectar los principios de reserva de la ley, igualdad y respeto a los derechos fundamentales de la persona. Ningun tributo puede tener efecto confiscatorio Dr. Aldo Falconi Grillo

  16. Principios: • Reserva de ley • Igualdad • No Confiscatoriedad Dr. Aldo Falconi Grillo

  17. QUIEN ES CONSIDERADO EL ACREEDOR TRIBUTARIO? Aquel en favor del cual debe realizarse la prestación tributaria. Los acreedores determinados por el CT son: El Gobierno Central. Los Gobiernos Regionales Los Gobiernos Locales Dr. Aldo Falconi Grillo

  18. Algunas entidades de derecho público con personería jurídica propia, por ejemplo: ESSALUD, SENATI (servicio nacional de adiestramiento técnico industrial), SENCICO (servicio nacional de capacitación para la industria y la capacitación Es frecuente que el Estado delegue la Administración de los tributos a los entes públicos, pero ojo, no los convierte a estos en acreedores tributarios, sino en los entes encargados de llevar adelante dicha administración. Dr. Aldo Falconi Grillo

  19. QUIEN ES CONSIDERADO DEUDOR TRIBUTARIO? El deudor tributario o sujeto pasivo es la persona obligada al cumplimiento de la prestación, ya sea como contribuyente o como responsable. El deudor tributario puede cumplir su obligación por sí mismo o por su representante. La figura de la representación implica la intervención de una persona (representante) que actúa en nombre y por cuenta de un representado, de acuerdo a las facultades conferidas por este último. Dr. Aldo Falconi Grillo

  20. CLASIFICACION DE DEUDOR TRIBUTARIO.- Se clasifica así: EL Contribuyente:El contribuyente es aquel que realiza o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria. Es decir es quien realiza la acción contenida en la Hipótesis de Incidencia, es quien sufre la carga económica tributaria. El Responsable: Es el sujeto que, sin realizar el hecho imponible, queda obligado al pago del tributo por mandato de la norma. Dr. Aldo Falconi Grillo

  21. Se trata de la existencia de una obligación tributaria en la que el sujeto que está obligado No es el contribuyente, sino un sujeto relacionado con él. • La designación de sujetos en calidad de responsables tiene por finalidad: • garantizar el cobro de la deuda tributaria y, • facilitar la recaudación por parte de la SUNAT Dr. Aldo Falconi Grillo

  22. Hay dos tipos de Responsables:a) Los Agentes y b) Los responsables Solidarios. A.- LOS AGENTES: a.1.) agentes de retención: es aquel que por su función pública, actividad, oficio, profesión o posición contractual debe realizar un pago al contribuyente, pero por disposición legal debe retener una parte del mismo para abonarla al fisco por concepto de tributo: Ejemplo: el empleador que debiendo pagar un sueldo a su trabajador, retiene a éste una parte del referido sueldo, con el fin de abonar el tributo que le corresponde al trabajador. Dr. Aldo Falconi Grillo

  23. a.2.) agente de percepción: es aquél que por su profesión, oficio, actividad o función, debe recibir del contribuyente un pago más el tributo correspondiente, el que será posteriormente depositado a la orden del fisco. Ejemplo: el propietario de un cine que percibe del espectador (contribuyente) el precio de las entradas, conjuntamente con el monto del impuesto a los espectáculos públicos no deportivos Posteriormente, el propietario del cine deberá efectuar el pago a la municipalidad Dr. Aldo Falconi Grillo

  24. B.- LOS RESPONSABLES SOLIDARIOS: Son aquellos quienes, en virtud de una norma legal, están obligados a responder, junto con el contribuyente, por el pago de un tributo sin haber realizado el hecho imponible. La designación de responsables solidarios, no implica excluir de la relación jurídica tributaria al contribuyente. Dr. Aldo Falconi Grillo

  25. CUALES SON LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO? LA RECLAMACION ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA LA APELACION ANTE EL TRIBUNAL FISCAL RTF No. 8269-9-2013 Se señala que recién con la apelada, que declara infundada la reclamación formulada contra una orden de pago girada por Impuesto a la Renta, se comunica a la recurrente los fundamentos que sustentan la emisión del valor impugnado, subsanando el requisito omitido, y que procede tramitar la apelación interpuesta como una reclamación regulada por el artículo 124° del CT, a fin que la recurrente pueda ejercer su derecho de defensa. Dr. Aldo Falconi Grillo

  26. RTF No. 1929-3-2013 Se declara Improcedente la queja, en aplicación del artículo 213° de la Ley N°. 27444, que dispone que el error en la calificación del recurso por parte de la recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que del escrito se deduzca su verdadero carácter, por lo que procede dar trámite de reclamación contra la citada orden de pago, a la queja presentada. Dr. Aldo Falconi Grillo

  27. CUALES SON LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE PUEDEN ACTUARSE EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO? • Los documentos • La pericia • La inspección del órgano encargado de resolver Dr. Aldo Falconi Grillo

  28. CUALES SON LOS PLAZOS PARA OFRECER Y ACTUAR LOS MEDIOS PROBATORIOS? • 30 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se interpone el recurso de reclamación o apelación. • 45 días hábiles, tratándose de resoluciones emitidas como consecuencia de la aplicación de normas de precios de transferencia. • 05 días hábiles, en el caso de resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes. Dr. Aldo Falconi Grillo

  29. RTF No.- 0593-6-2013 Se declara NULA la apelada por cuanto no procedía que la Administración resolviera la reclamación antes de vencido el plazo probatorio, por lo que de conformidad con el numeral 2 del Artículo 109° del CT, que establece la nulidad de los actos de la Administración cuando son dictados sin observar el procedimiento establecido. Dr. Aldo Falconi Grillo

  30. LOS ORGANOS ENCARGADOS RESOLVER PUEDEN ABSTENERSE DE PRONUNCIARSE POR DEFECTO O DEFICIENCIA DE LA LEY? • No. En esos casos deben recurrir a las Fuentes del Derecho Tributario. • a) Disposiciones Constitucionales; • b) Tratados; • c) leyes tributarias y normas de rango equivalente; d) leyes orgánicas o especiales; Dr. Aldo Falconi Grillo

  31. e) decretos supremos; • f) la jurisprudencia; • g) las resoluciones de carácter general; • h) la doctrina. Dr. Aldo Falconi Grillo

  32. LAS RESOLUCIONES QUE SE EMITAN, DEBEN ESTAR MOTIVADAS? Si. Deben contener la fundamentación de hecho y derecho y deben pronunciarse sobre todas las cuestiones planteadas por los interesados y cuantas suscite el expediente. RTF No.02719-4-2013 Se declara NULA la apelada que declaró infundado el reclamo, toda vez que la Administración no emitió pronunciamiento sobre los argumentos formulados ni los medios probatorios presentados por la recurrente en su recurso de reclamación. Dr. Aldo Falconi Grillo

  33. QUIENES PUEDEN ACCEDER A LOS EXPEDIENTES- PUBLICIDAD? • En el caso de los procedimientos contenciosos y no contenciosos, los deudores tributarios o sus representantes; con excepción de aquella información que se encuentra comprendida en la reserva tributaria. • En el caso de procedimientos de verificación o fiscalización, los deudores tributarios o sus representantes, en los que sean parte, siempre que se encuentren culminados. • Los terceros que no sean parte, pueden acceder, siempre que haya agotado la vía contenciosa ante el Poder Judicial. Dr. Aldo Falconi Grillo

  34. RTF No. 0667-1-2013 Se declara Infundada la queja en cuanto a la solicitud de copias en virtud del artículo 131° del CT, al no haber concluido el procedimiento de fiscalización. QUIENES SE ENCUENTRAN FACULTADOS PARA INTERPONER RECURSO DE RECLAMACION? Los deudores tributarios directamente afectados por actos de la Administración Tributaria. (Interés para obrar) Dr. Aldo Falconi Grillo

  35. QUIENES SON CONSIDERADOS ORGANOS COMPETENTES PARA CONOCER DE LA RECLAMACION? En primera instancia: a) La SUNAT; b) Los Gobiernos Locales y c) Otros que la ley señale. La competencia de los órganos de resolución no puede ser extendida ni delegada a otras entidades. Dr. Aldo Falconi Grillo

  36. CUALES SON LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACION QUE PUEDEN SER OBJETO DE RECLAMACION? • La Resolución de Determinación. • La Orden de Pago • La Resolución de Multa • La resolución ficta sobre recursos no contenciosos • Las resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, y cierre temporal de establecimiento. • Las resoluciones que resuelvan las solicitudes de devolución • Las resoluciones que determinan la pérdida del fraccionamiento. Dr. Aldo Falconi Grillo

  37. EN QUE CONSISTE LAS RESOLUCIONES DE DETERMINACION Es el acto por el cual la Administración Tributaria pone en conocimiento del deudor tributario el resultado de su labor destinada a controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y establece la deuda tributaria. Mediante la resolución de determinación, (76 CT) la Administración comunica al deudor el resultado del proceso de fiscalización, estableciendo a través de un documento (valor) la existencia de deuda tributaria o créditos. Nota: Estos Valores no sólo determinan deuda sino que también pueden determinar acreencias a favor del contribuyente Dr. Aldo Falconi Grillo

  38. Esta Resolución de Determinación debe contener: Identidad del deudor tributaria, bien sea en calidad de contribuyente o bien en calidad de responsable. El tributo por el que se emite la resolución, el periodo y el ejercicio gravable correspondiente. La base imponible que es el monto sobre el cual se aplica la tasa del tributo. La Tasa, que es la alícuota que va a ser aplicada a la base imponible. Dr. Aldo Falconi Grillo

  39. El monto del tributo y los intereses. Los motivos determinantes del reparo u observación. Las diferencias encontradas después del proceso de fiscalización deben estar sustentadas en hechos, omisiones o documentación del contribuyente. Los fundamentos y disposiciones que la amparan. Dr. Aldo Falconi Grillo

  40. EN QUE CONSISTE LA RESOLUCION DE MULTA? Toda acción u omisión que viole las normas tributarias, constituye una infracción que se sancionará si se encuentra contemplada expresamente en la ley. El deudor tributario en estos casos puede ser sancionado administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimientos u oficinas de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones. Dr. Aldo Falconi Grillo

  41. La Resolución de Multa debe contener: El deudor tributario Los fundamentos y disposiciones que amparan su emisión. La infracción que se sanciona. El monto de la multa y los intereses. Dr. Aldo Falconi Grillo

  42. EN QUE CONSISTE LA ORDEN DE PAGO? Es el acto en virtud del cual, la Administración exige al deudor tributario la cancelación de la deuda tributaria, sin necesidad de emitirse previamente resolución de determinación. La Orden de Pago por su carácter de exigencia de cancelación de la deuda es exigible desde el día siguiente de su notificación. La Resolución de Determinación es exigible si no se ha interpuesto recurso de reclamación dentro del plazo de 20 días. Dr. Aldo Falconi Grillo

  43. La Legislación Tributaria señala los casos en que corresponde emitir una Orden de Pago: Por tributos autoliquidados por el deudor tributario. Por anticipos o pagos a cuenta por tributos derivados de errores materiales de redacción o de cálculo en las declaraciones, comunicaciones o documentos de pago. Cuando la Administración Tributaria realice una verificación de los libros y registros contables del deudor tributario y encuentre tributos no pagados Dr. Aldo Falconi Grillo

  44. SE REQUIERE EL PAGO PREVIO PARA INTERPONER RECLAMACIONES? • Tratándose de Resoluciones de Determinación y de Multa NO, pero para que sea aceptada debe acreditarse el pago de la parte de la deuda No reclamada. • Tratándose de Ordenes de Pago SI se requiere acreditar el pago previo, salvo cuando medien circunstancias que evidencien que la cobranza podría ser improcedente. Dr. Aldo Falconi Grillo

  45. CUALES SON LOS REQUISITOS PARA INTERPONER RECLAMACIONES? • Escrito fundamentado. Firma de Letrado. Hoja de Información Sumaria. • Plazo: • 20 días hábiles, tratándose de reclamaciones contra Resoluciones de Determinación, Resoluciones de Multa, resoluciones que resuelven las solicitudes de devolución, resoluciones que resuelven la pérdida del fraccionamiento. Dr. Aldo Falconi Grillo

  46. 05 días hábiles, tratándose de resoluciones que establezcan las sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, y cierre temporal de establecimientos. • 45 días hábiles, tratándose de resolución ficta denegatoria de la devolución. • Pago o Carta Fianza: • Cuando se interponga reclamo fuera de plazo (RD y RM) deberá acreditarse el pago o presentar carta fianza por el monto de la deuda actualizada hasta por 9 meses posteriores a la fecha del reclamo con una vigencia de 9 meses. Dr. Aldo Falconi Grillo

  47. En el caso que exista omisión de algún requisito, la SUNAT requerirá su cumplimiento en: • 15 días, si es RD o RM. • 05 días, si se trata de comiso, internamiento y cierre temporal. Dr. Aldo Falconi Grillo

  48. CUAL ES EL PLAZO PARA QUE LA ADMINISTRACION RESUELVA LAS RECLAMACIONES? • 09 meses(ordinario) • 12 meses, cuando se trate de reclamaciones emitidas como consecuencia de la aplicación de las normas de precios de transferencia. • 20 días, cuando se trate de reclamaciones contra comiso, internamiento y cierre temporal. • Vencido el plazo puede recurrir al superior (ficta) Dr. Aldo Falconi Grillo

  49. QUIEN ES EL ORGANO COMPETENTE PARA RESOLVER LAS APELACIONES? El Tribunal Fiscal. Resuelve en última instancia en materia tributaria (general y local); temas de ESSALUD y ONP y materia aduanera. Se presenta ante el órgano que dictó la resolución apelada, sólo en el caso que se cumpla con los requisitos de admisibilidad, lo elevará al Tribunal Fiscal dentro de los 30 días hábiles siguientes a la presentación de la apelación. Será de 15 días el plazo (elevación) cuando se trate de la apelación de resoluciones que resuelvan los reclamos sobre sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre de establecimiento u oficina de profesionales independientes. Dr. Aldo Falconi Grillo

  50. Cuando no se eleva se puede presentar queja. RTF No.- 05034-6-2013 Se declara Fundada la queja toda vez que de la revisión del SITFIS, se aprecia que a la fecha la Administración no ha elevado la apelación, ni ha informado las razones por las cuales ella habría obedecido, no obstante haber transcurrido en exceso el plazo previsto por el artículo 145° del CT, por lo que corresponde amparar la queja, y disponer que previa verificación del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, la Administración eleve la apelación en el plazo máximo de 10 días hábiles, contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución. Dr. Aldo Falconi Grillo

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