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El nuevo enfoque de la Contadur a P blica frente a los retos de la globalizaci n y los cambios en Colombia: Una mirada d

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El nuevo enfoque de la Contadur a P blica frente a los retos de la globalizaci n y los cambios en Colombia: Una mirada d

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Presentation Transcript


    1. El nuevo enfoque de la Contaduría Pública frente a los retos de la globalización y los cambios en Colombia: Una mirada desde la Ley 1314 de 2009 PROAsistemas S.A – Helisa GW Bogotá – Septiembre 24 de 2010 Leonardo Sánchez Garrido Jefe del Departamento y de la Carrera de Contaduría Pública de la Universidad EAFIT Ex - Presidente de la Junta Central de Contadores

    2. Contenido ¿El porqué de actualización?: Moda o necesidad ¿Qué es la ley 1314 de julio 13 de 2009? Objetivos de la Ley: ¿Cuál es el representativo?: Convergencia Ámbito de aplicación Normas de contabilidad e Información financiera Independencia y autonomía de las normas Normas de aseguramiento de información

    3. Contenido Autoridades de regulación y normalización técnica Criterios de la regulación y del CTCP Autoridad disciplinaria Autoridades de supervisión Ajustes institucionales Entrada en vigencia Transitoriedad Conclusiones

    4. ¿El porqué de la actualización? Moda o necesidad= Anquilosamiento de la profesión ? Regulación = Oportunidad o problema? Exigencias del mercado: ¿Empresarial o laboral? Competencias: laborales, académicas, personales, idiomas? ECAES ? Certificación de actualización profesional? = Negocio? SENA vs Universidades = Academia Profesión de primer o segundo nivel?

    5. ¿Cuántos somos? Universidades o IES= 337 Programas de Contaduría Pública = 252, activos 184, inactivos 68, a distancia 9, presenciales 243, registro calificado 164, acreditación voluntaria 19 ¿Cuantos somos?= Autorizados 6.118, Titulados 148.841 = Subtotal 154.959 + 1.010 aprobados = 155.969 (Agosto 26 de 2010) Personas Jurídicas = Total 1.361 + 2 = 1.363 (Agosto 26 de 2010) 262.446 Estudiantes de Contaduría, Economia, Administración y a fines (Mayo 2010) (Estimado 1 semestre 2010, CP= 92.658 = 35%)

    6. ¿Qué es la Ley 1314 de 2009? Es el marco normativo de los principios y normas de contabilidad, información financiera y de aseguramiento de la información aceptados en Colombia. Señala las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento

    7. Vigencia y Derogatorias Vigente a partir del 13 de julio de 2009 y deroga todas las normas que le sean contrarias (no deroga 2649, ni 2650 de 1993) Hay 30 meses de plazo para que el gobierno emita el o los decretos reglamentarios “Abstractalidad y generalidad” de la norma: múltiples interpretaciones y diversidad de caminos

    8. Objetivos 1/4 Expedición de normas contables (PROCESO), de información financiera (RENDICIÓN DE CUENTAS) y de aseguramiento de la calidad (DEL MODELO CONTROL INTEGRAL COLOMBIANO DE REVISORIA FISCALF vs AUDITORIA FINANCIERA), en los términos establecidos en la presente Ley?

    9. Objetivos 2/4 Informes contables y estados financieros, con cualidades de: comprensible, transparente, pertinente, confiable, útil para toma de decisiones económicas por parte de usuarios USUARIOS: Estado, propietarios, funcionarios y empleados de las empresas, inversionistas actuales y potenciales, partes interesadas

    10. Objetivos 3/4 Con base en principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional en términos de internacionalización de la relaciones económicas: Acciones hacia la convergencia de tales normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la Información con ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE ACEPTACIÓN MUNDIAL, mejores prácticas (Modelo Anglosajón?) y con la rápida evolución de los negocios.

    11. Objetivos 4/4 Pasamos de la era del papel a la era electrónica en: Soportes, comprobantes, libros, informes de gestión, información contable, estados financieros y notas, preparados, conservados y difundidos electrónicamente: Emisión de normas y cambio C de C. Por fuera de está intervención: Contabilidad Pública, presupuestaria, competencia del CGN y Contabilidad de costos.

    12. Ámbito de Aplicación 1/2 Todas las PN y PJ, obligadas a llevar contabilidad (Enfoque comercial vs Tributario) Contadores Públicos, funcionarios y demás personas encargadas de preparar estados financieros, información financiera, promulgación y aseguramiento: Contador, Administración: Representante Legal, Junta Directiva, Gerente, CEO, Revisor Fiscal, Contralor, Gerente Financiero, etc.….

    13. Ámbito de Aplicación 2/2 Dependiendo de volumen de activos, ingresos, numero de empleados, organización jurídica (SAS?) o circunstancias socio económicas = ¿Contabilidad Simplificada? Programas de formalización empresarial o políticas de desarrollo empresarial, Normas de contabilidad y de información financiera para microempresas, con art 499 de ET, no con ley 590 de 2000, modificada por ley 905 de 2004 = Conflicto entre SC Financiero y SC tributario

    14. Normas de Contabilidad e información Financiera Normas de contabilidad e Información financiera: Postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, NT específicas, NT especiales, NT sobre revelaciones, NT sobre registros y libros, interpretaciones y guías. Esencia sobre forma legal

    15. Independencia y Autonomía de la Tributaria vs Contabilidad e Información Financiera Ley 1314, no tendrá efectos tributarios, solamente cuando ET se remita a ella o no exista regulación alguna. Vuelve y juega: Prevalece la tributaria sobre la información financiera = No hay estudios serios sobre impacto en el recaudo tributario Conciliaciones de la información, como ahora?

    16. Aseguramiento de la Información Principios, conceptos, técnicas, interpretaciones y guías que regulan: calidades personales, comportamiento, ejecución del trabajo y los informes del trabajo: ¿Auditoria Financiera, Revisoría Fiscal o Auditoria Integral?, (mismo ente diferentes auditorias) Normas éticas, normas de control de calidad, normas de auditoria, normas de revisión y normas de aseguramiento.

    17. Autoridades de Regulación y Normalización Técnica Ministerio de Hacienda + Comercio, Industria y Turismo, emitirán conjuntamente principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad, información financiera y de aseguramiento, previas propuestas del CTCP, que es el organismo de normalización técnica. Efecto de la sentencia C-530 de 2000 Elimina implícitamente art 138 del 2649

    18. Criterios para emitir Regulación Proyectos del CTCP, sean abiertos participativos, transparente y de público conocimiento Acogen recomendaciones DIAN Recogerán observaciones realizadas por comunidad contable Publicación en medios de amplia divulgación Revisión de incompatibilidades con regulación de otras autoridades

    19. Criterios de Sujeción del CTCP 1/3 Enviará a los MHCP y MICT, al menos cada 6 meses programas de trabajo Propuesta que se ajuste a las mejores prácticas internacionales Estándares mas recientes y de mayor aceptación Tendrá en cuenta las diferencias entre entes económicos: tamaño, organización jurídica, sector, # de empleados, interés público Participación de reconocidos expertos Establecerá comités técnicos ad-honorem

    20. Criterios de Sujeción del CTCP 2/3 Tendrá en cuenta recomendaciones, fruto de análisis de impacto de la DIAN, Responsables de política económica, entidades estatales de vigilancia y control y quienes participen de la discusión pública Decisiones en tiempos razonables Participación en IFRS: Derechos de autor y membrecías Evitar la duplicación de trabajos 20

    21. Criterios de Sujeción del CTCP 3/3 En conjunto MEN, MHCP, MCIT, representantes de las facultades y programas de Contaduría Pública del país, promoverán proceso de divulgación, conocimiento, comprensión tendientes a sensibilizar y socializar con estándares internacionales en las empresas y otros interesados: Cambios en los currículos, educación continua y actualización de los Contadores Públicos Colombianos, pero lo mas importante es el cambio en la mentalidad de la gerencia de las empresas. 21

    22. Autoridad Disciplinaria Continúa siendo la JCC, con su nueva personería jurídica, a través de la Ley 1151 de 2007, que generó cambios en el tribunal y en la situación actual, y continúan vigentes las facultades de la Ley 43 de 1990, como tribunal disciplinario y órgano de registro de la profesión. 22

    23. Autoridades de Supervisión Cumpliendo funciones de inspección, control y vigilancia: Vigilar a los entes económicos, administradores, funcionarios y profesionales cumplan con las normas de Contabilidad, Información y aseguramiento Aplicar sanciones Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías = Problema de múltiples reguladores? Volveremos otra vez a lo mismo? 23

    24. Ajustes Institucionales Gobierno Nacional modificará la conformación, estructura y funcionamiento de la JCC y del CTCP, para garantizar que puedan cumplir adecuadamente sus funciones. Funcionarios, asesores, integrantes, empleados y contratistas = Funcionarios Públicos, Ley 734 de 2002 Código Único Disciplinario Nueva conformación del CTCP (75% contadores, 25% otras profesiones) 24

    25. Coordinación de Entidades Publicas Todas las autoridades con competencias sobre entes privados y públicos deberán garantizar que las NC, IF y AI, de quienes participen en un mismo sector económico sean homogéneas, consistentes y comparables. 25

    26. Primera Revisión 6 meses, a partir del 1 de enero de 2010 (que no se cumplió), o sea que a mas tardar el 30 de junio de 2010 el CTCP, hará una primera revisión de la NC, IF y AI y presentará un primer plan de trabajo al MCIT, dicho plan deberá ejecutarse 24 meses siguientes a la entrega del plan de trabajo, o sea a mas tardar el 30 de junio de 2012. Todas las normas anteriores conservaran su vigor hasta que entre en vigencia una nueva disposición en desarrollo de la Ley 1314, que la modifique, reemplace o elimine. 26

    27. Entrada en vigencia de las normas de intervención en C, IF y AI Las normas emitidas conjuntamente por el MCIT y el MHCP, entrarán en vigencia el 1 de enero del segundo año gravable siguiente de su promulgación, a menos que en virtud de su complejidad, consideren establecer un plazo diferente. Si se emiten entre el 30 de junio y diciembre 31 de 2012, entrarían en vigencia, el 1 de enero de 2014, de los cuales tendríamos EEFF con corte a 31 de diciembre de 2014, con convergencia por primera vez y habría que replantear comparativos a diciembre 31 de 2013. 27

    28. Vigencia para efectos tributarios Cuando el plazo de entrada en vigencia sea menor del expuesto anteriormente, por una norma promulgada con remisión expresa o no reguladas por leyes tributarias, para efectos fiscales se continuará aplicando hasta el 31 de diciembre del año gravable siguiente, la norma contable vigente anterior. (Defensa del recaudo tributario) 28

    29. Aplicación Extensiva Cuando al aplicar el régimen legal propio de una persona jurídica no comerciante (Como el caso de las Universidades) se advierta que él no contempla normas de contabilidad, estados financieros, control interno, administradores, rendición de cuentas, informes a los máximos órganos sociales, revisoría fiscal, auditoria o cuando como consecuencia de una normatividad incompleta se adviertan vacíos legales, se aplicarán en forma supletiva las disposiciones para las sociedades comerciales, previstas en el C de C. 29

    30. Transitoriedad Quienes vienen adelantando procesos de convergencia, pueden continuar realizándolos, respetando marco normativo vigente. Las normas promulgadas serán revisadas por el CTCP, para asegurar concordancia. 30

    31. Conclusiones 1/2 La ley plantea Convergencia: “Dirigirse a unirse en un punto, concurrir al mismo fin” Real Academia de la Lengua Española Cambios estructurales en la profesión Contable, tanto para los profesionales, como para los que están en proceso de formación (certificaciones, autoestudio permanente, idiomas) Nuevo paradigma de la información y la rendición de cuentas: cambio en las empresas, no es un proyecto del contador o del área de contabilidad, vista de una manera aislada de la empresa. 31

    32. Conclusiones 2/2 Implica inversión de recursos por parte de la empresa Cambios en los dos organismos de la profesión JCC y CTCP Actores con mucha responsabilidad: Estado y sus organismos, academia, gremios y profesionales, estudiantes. 32

    33. Muchas gracias por su atención Dudas, inquietudes, inconformidades, debates, posiciones encontradas, polémicas, etc. Leonardo Sánchez Garrido lesanchez@eafit.edu.co 33

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