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Asociaciones Público-Privadas y Obras por Impuestos

Asociaciones Público-Privadas y Obras por Impuestos. PERÚ. Ministerio de Economía y Finanzas. Viceministerio de Hacienda. Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada. Octubre 2014. Alternativas para viabilizar la inversión.

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  1. Asociaciones Público-Privadas y Obras por Impuestos PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada • Octubre 2014

  2. Alternativas para viabilizar la inversión • El sector privado puede ser un aliado estratégico del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y Locales para el desarrollo de proyectos públicos. • Las entidades del Estado cuentan con las siguientes alternativas para promover la participación del sector privado en la inversión pública: • Asociaciones Público – Privadas (APP) • Iniciativa Estatal • Iniciativa Privada • Obras por Impuestos PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  3. I. Asociaciones Público – Privadas (APP)

  4. ¿Quéesuna APP? • Son modalidades de participación de la inversión privada con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública; proveer servicios públicos;desarrollar proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica. • Incorporan la experiencia, conocimientos, equipos y tecnología del sector privado; • Se distribuyen riesgos y se comprometen recursos de ambas partes. Sector Público Acuerdo de Concesión Deuda Deuda Bancaria Emisión de bonos Concesionario Capital Patrimonio Deuda Subordinada Financiamiento de terceros Financiamiento propio Diseño y Construcción Provisión del Servicio PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  5. Lineamientos de la Ley Marco de APPs – Perú Establece el Marco Institucional con el cual deben articularse las entidades del Estado para la promoción de las APPs. Establece los principios que deben regir en las etapas de provisión de APPs • Valor por Dinero • Competencia • Transparencia • Asignación Adecuada de Riesgos • Responsabilidad Presupuestal Establece una clasificación para las APPs • Autosostenibles • Cofinanciadas Define las garantías que puede otorgar el Estado • Financieras • No financieras Exige al Estado identificar prioritariamente los niveles de servicio que se busca alcanzar, a partir de un diagnóstico sobre la situación actual, señalando su importancia en las prioridades nacionales, sectoriales, regionales y locales Establece mecanismos de Transparencia y Responsabilidad Fiscal respecto a los procesos y a los compromisos que asume el Estado por las APPs. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada En el 2008, se creó el marco normativo para la provisión de infraestructura y servicios públicos bajo la modalidad de APPs. • Ley Marco de Asociaciones Público Privadas - Decreto Legislativo Nº 1012 • Reglamento de la Ley Marco de APPs – Decreto Supremo N° 127-2014-EF .

  6. Actores • Sectores, Gobiernos Regionales y Locales • Identifican y formulan los proyectos de infraestructura o de prestación de servicios públicos que pueden ser llevados a cabo bajo el esquema de APP. • Organismos Promotores de la Inversión Privada (OPIPs) • Llevan a cabo los procesos de promoción de los proyectos de inversión. En el caso de proyectos de alcance nacional, multisectoriales, con inversión de 15 mil UIT o cofinanciadas, el OPIP es Proinversion. • Organismos Reguladores • Opinan sobre Contratos de Concesión, referidos a sectores regulados, en aspectos de su competencia como tarifas, acceso y calidad de servicio. • Ministerio de Economía y Finanzas • Opina sobre la capacidad presupuestal, responsabilidad fiscal, garantías, asignación de riesgos, entre otros asuntos. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  7. Clasificación de APPs • AUTOSOSTENIBLES: No demandan recursos públicoso los demandan mínimamente • Si no requiere una garantía financiera del Estado o ésta es mínima (Menos del 5% del costo total de la inversión). • Si las garantías no financieras tienen una probabilidad nula ó mínima de uso de recursos públicos (Menor del 10% durante los primeros 5 años de operación del proyecto). • No pasan por el SNIP. • COFINANCIADOS: Sí Demandan recursos públicos • Requieren cofinanciamiento o garantías (financieras o no financieras) con probabilidad significativa de uso de recursos públicos (Mayor al 10% durante los primeros 5 años de operación). • Pasan por el SNIP. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  8. VentanasparapresentarunaIniciativaPrivadaCofinanciada 1ra ventana 2da ventana 3ra ventana Ene 13 – Abr 14 May 14 – Ago 14 Ene 15 – Feb 15 • 1era ventana: proyectos presentados en cualquier momento. No se podía priorizar en base a capacidad presupuestal. • 2nda ventana: espacio piloto, acotado en tiempo, donde se inicie la discusión de priorización sectorial y presupuestal. • 3era ventana: espacio anual, acotado, con prioridades definidas y conocidas. Sectores pueden pedir solo proyectos que les interese. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  9. Evolución de las APPs La inversión Comprometida en los últimos 3 años es 2,3 veces la comprometida entre el 2009 y 2011 Inversión Comprometida en APPs (USD MM) PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada Actualizado al 13 de octubre de 2014 Fuente: Proinversión

  10. APPs en los años 2013 y 2014 Se han adjudicado 21 proyectos APPs por USD 14,527 MM entre el 2013 y 2014, de los cuales 15 son Autosostenibles APPs por sectores (USD MM) APPs por clasificación (USD MM) PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada Actualizado al 13 de octubre de 2014 Fuente: Proinversión

  11. II. Obras por Impuestos

  12. Obras por Impuestos Marco Normativo • Ley 29230 – Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado. • Decreto Supremo N° 005-20114-EF – Reglamento de la Ley 29230. • En proyecto • Proyecto de Ley 3690 / 2014-PE - Propone incorporar al mecanismo, a entidades del Gobierno Nacional a fin de impulsar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública (PIPs) en materia de salud, educación, agricultura y riego, orden público y seguridad. • Proyecto de Ley de Presupuesto Público 2015 - Se transfieren S/. 150 MM al MINEDU y S/. 500 MM al MINSA del fondo APP, para financiar APPs y Obras por Impuestos. ¿Cómo surge este mecanismo? • Surge en el año 2008, como un mecanismo para impulsar la ejecución eficiente de PIPs a nivel regional y local. • Distintos Gobiernos Regionales y Locales, con significativos recursos por canon y regalías, tenían baja ejecución de sus presupuestos de inversión. • El sector privado se incorpora como aliado para la ejecución eficiente de PIPs a nivel local y regional. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  13. Esquema de Obras por Impuestos Las empresas privadas ejecutan las obras y recuperaran su inversión mediante Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL). Los CIPRL se utilizan contra los pagos a cuenta y de regularización de IR hasta un monto máximo del 50% del IR declarado el ejercicio fiscal anterior. GR / GL / Universidades Gobierno Nacional • El Tesoro Público: • Descuenta el 30 % anual de sus transferencias futuras por Canon, sobrecanon, etc: o • Descuenta el 100% del costo de la obra de los recursos del Fondo. • hasta recuperar los montos emitidos en los CIPRL. • El Tesoro Público: • Descuenta el 100% de la obra de la fuente Recursos Ordinarios; o • Descuenta el 100% del costo de la obra de los recursos del Fondo. • hasta recuperar los montos emitidos en los CIPGN. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  14. Beneficios • Simplifica procedimientos • Adelanta recursos financieros • Libera recursos técnicos • Acelera la ejecución de obras • Permite sostener o aumentar el dinamismo económico local Gobiernos Regionales y Locales • Asocia su imagen con obras de alto impacto social • Recupera el total de la inversión (con 2% de revaluación anual sobre el saldo no redimido) • Mejora la eficiencia de sus programas de responsabilidad social • Es una forma más de competir por obras públicas para las empresas constructoras Empresa Privada • Nuevo mecanismo para que las autoridades, de forma conjunta con las empresas locales, aceleren la inversión en infraestructura y mejora de servicios públicos • Generación de empleo directo e indirecto en la comunidad local. La operación posterior presenta oportunidades para proveedores diversos Sociedad PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada

  15. Cambios normativos han dinamizado el esquema Inversión ejecutada y por adjudicar mediante Obras por Impuestos 2009 – 2014 1 (MM de S/.) Modificaciones al Reglamento (14/01/14) Cambios a la Ley (02/07/13) Modificaciones al Reglamento (26/07/12) Se crea el mecanismo de Obras por Impuestos (12/05/08) PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada 1/ Información al 10 de octubre del 2014. Fuente: PROINVERSIÓN.

  16. Tipología de Proyectos Monto total de inversión vía Obras por Impuestos según Sector 2009-20141 (MM de S/.), Porcentaje del monto total de inversión vía Obras por Impuestos según Sector, 2009-2014(1) PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada 1/ Información al 10 de octubre del 2014. Fuente: PROINVERSIÓN.

  17. Potencial para el desarrollo de Obras por Impuestos En el año 2014 límite para adjudicar Obras por Impuestos es de S/. 26,455 millones Gobiernos Regionales Gobiernos Locales Universidades Públicas S/. 6,061 S/. 1,067 S/. 19,328 + + S/. 26,455 millones PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada Fuente: MEF

  18. Potencial para el desarrollo de Obras por Impuestos En el año 2014(1) se adjudicó mediante Obras por Impuestos Un total de S/. 488 millones Gobiernos Regionales Gobiernos Locales A la fecha, las Universidades Públicas no han adjudicado PIPs para su ejecución mediante Obras por Impuestos. + S/. 347 S/. 140 S/. 488 millones PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas • Viceministerio • de Hacienda • Dirección General • de Política de Promoción de la Inversión Privada 1/ Información al 10 de octubre del 2014. Fuente: PROINVERSIÓN.

  19. Asociaciones Público-Privadas y Obras por Impuestos • Octubre 2014

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