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XV Curso Interamericano de Elecciones y Democracia

XV Curso Interamericano de Elecciones y Democracia. Tema Central: “Construyendo las Condiciones de Equidad en los Procesos Electorales” Modulo I Tema “Acceso de los Derechos Políticos para Poblaciones en Condición de Vulnerabilidad ” Néstor J. Colón Berlingeri Segundo Vicepresidente

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XV Curso Interamericano de Elecciones y Democracia

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Presentation Transcript


  1. XV Curso Interamericano de Elecciones y Democracia Tema Central: “Construyendo las Condiciones de Equidad en los Procesos Electorales” Modulo I Tema“Acceso de los Derechos Políticos para Poblaciones en Condición de Vulnerabilidad” Néstor J. Colón Berlingeri Segundo Vicepresidente Comisión Estatal de elecciones de Puerto Rico IIDH/CAPEL San José, Costa Rica 5 al 7 de diciembre de 2011

  2. Introducción

  3. Bosquejo • I. Introducción • II. Constitución ELA y EEUU • Título II ,Secciónes 1 y 7 • Enmienda 14 a la Constitución de los EEUU • III. Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI de 2011 • IIV. Leyes Federales aplicables • Ley de Derecho al Voto de 1965 • UOCAVA de 1986 • Ley HAVA de 2002 • Move Act de 2009 • V. Estadísticas del Censo Federal sobre Puerto Rico 2010 • VI. Modalidades de accesibilidad al voto • Alternativas para electores con impedimentos para marcar papeleta o para leer • Categorías de Voto Ausente y voto adelantado • Voto Confinados • Voto a domicilio • Voto en hospitales • Voto por teléfono • Voto por Internet

  4. Marco Legal • Artículo II –Carta de Derechos de la Constitución del ELA • Sección 2- Las leyes garantizarán la expresión de la voluntad del pueblo mediante el sufragio universal, igual, directo y secreto, y protegerán al ciudadano contra toda coacción en el ejercicio de su prerrogativa electoral. • Sección 7- Se reconoce como derecho fundamental del ser humano el derecho a la vida, a la libertad y al disfrute de la propiedad. No existirá la pena de muerte. Ninguna persona será privada de su libertad o propiedad sin el debido proceso de ley, ni se negará a persona alguna en Puerto Rico la igual protección de la leyes.No se aprobaran leyes que menoscaben las obligaciones contractuales. Las leyes determinaran un mínimo de propiedad y pertenencias no sujetas a embargo.” • Enmiendas Primera y Decimocuarta a la Constitución de los EEUU

  5. Código Electoral de Puerto RicoArticulo 6.001-Derechos y Prerrogativas de los Electores • Reconocemos como válidos y esenciales los siguientes derechos y prerrogativas a los efectos de garantizar el libre ejercicio de la franquicia electoral, así como lograr la más clara expresión de la voluntad del pueblo: • 1. la administración de los organismos electorales de Puerto Rico dentro de un marco de estricta imparcialidad, pureza, y justicia. • 2. la garantía a cada persona del derecho al voto, igual, libre, directo y secreto; • 3. el derecho del elector al voto integro, el voto mixto, al voto por candidatura y a la nominación directa de personas a cargos públicos electivos bajo condiciones de igualdad en cada caso, conforme se define en esta Ley; • … • 10. el derecho a la libre emisión del voto y a que este se cuente y se adjudique de la manera en que el elector lo emita, conforme se define en esta Ley, • 11. la preeminencia de los derechos electorales del ciudadano sobre los derechos y prerrogativas de todos los partidos y agrupaciones políticas; • 12. ….todo proceso electoral,… campañas de orientación, reglamentación y la impresión de papeletas oficiales y de muestra, entre otros, se utilicen ambos idiomas español e ingles; y • 13. …

  6. Código Electoral de Puerto RicoArtículo 9.030 • Imposibilidad para Marcar la Papeleta Cualquier elector que no pueda marcar sus papeletas por razón de impedimento tendrá derecho a escoger una persona para que salvaguardando el ejercicio secreto del voto le marque las papeletas según le instruya el elector. La persona que escoja ele elector podrá ser un funcionario de colegio asignado al colegio de votación en el cual vota el elector. La Comisión proveerá otras alternativas para que las personas con impedimentos puedan ejercer su derecho al voto de forma independiente y secreta. No obstante, el elector tendrá derecho a utilizar la alternativa que prefiera.

  7. Código Electoral de Puerto RicoArticulo 9.035- Electores con Derecho al Voto Ausente • (a)… • (h) Cualquier empleado o funcionario del Gobierno de Puerto Rico, sus ramas, subdivisiones, dependencias y gobiernos municipales que se encuentre en esa fecha fuera de Puerto Rico en funciones oficiales. • (i) Atletas y personal técnico de apoyo participando en competencias deportivas (o atletas de alto rendimiento que se encuentren en programas de entrenamiento fuera de Puerto Rico el día de una elección) representando a Puerto Rico el día de una elección y certificados por el Comité Olímpico de Puerto Rico o alguna de sus federaciones.

  8. Código Electoral de Puerto Rico Continua Artículo 9.035 • (j) Profesionales y su núcleo familiar que reside en Puerto Rico pero que por razón de trabajo o estudio tengan que estar destacados en el exterior temporeramente por un termino no mayor de once (11) meses. • (k) Cualquier otra persona domiciliada en Puerto Rico cuyo patrono le requiera realizar servicios o trabajos lícitos de cualquier tipo fuera de la Isla por cualquier periodo que incluya la fecha de las elecciones y a quien el patrono no provea licencia compensada para regresar a Puerto Rico para ejercer el voto. • (l) Cualquier persona que para la fecha de una elección general este recibiendo un tratamiento medico fuera de Puerto Rico por causa de una enfermedad catastrófica, y que así se acredite mediante declaración jurada y la certificación de la institución médica que va a administrar el tratamiento. También podrá solicitarlo cualquier familiar o persona que esté haciendo compañía de la persona que recibe el tratamiento.

  9. Código Electoral de Puerto Rico Continua Artículo 9.035 • La Comisión queda autorizada a adoptar por reglamento o resolución aquellas medidas que estime necesarias para garantizar los derechos federales de los electores cubiertos por disposiciones de leyes de los Estados Unidos de América sobre voto ausente y lo relativo a los procedimientos para ejercerlo. • La Comisión desarrollará un mecanismo afirmativo de orientación a las personas con derecho al voto ausente y hará gestiones para obtener las listas de aquellos electores que están incluidos en la categoría del inciso (a) de este Artículo, las cuales facilitará a los partidos políticos.

  10. Código Electoral de Puerto Rico Artículo 9.039.-Electores con Derecho al Voto Adelantado • (a) los integrantes de la Policía de Puerto Rico, hasta un máximo de 5,000 electores, de los cuerpos de la Policía Municipal, del Cuerpo de Oficiales de Custodia de la Administración de Corrección, del Cuerpo de Oficiales de Servicios Juveniles de la Administración de Instituciones Juveniles y del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico que estarán de turno en servicio activo durante las horas de votación del día de una elección y que no se encuentren disfrutando de alguna licencia concedida por la agencia concernida; • (b) los confinados en instituciones penales localizadas en Puerto Rico; • (c) personas que al día de la elección hayan cumplido dieciocho (18) años, que estén bajo la custodia de la Administración de Instituciones Juveniles; • (d) los miembros de la Comisión… • (e) empleados de empresas privadas contratadas pos la Comisión… • (f) profesionales y empleados de la salud… • (g) periodistas y fotoperiodistas acreditados por el Departamento de Estado… • (h) atletas y miembros de equipos deportivos afiliados a las Federaciones Deportivas…

  11. Código Electoral de Puerto Rico Continua Artículo 9.039 • (i) todo aquel profesional… • (j) personas recluidas en institución hospitalaria… • (k) los jueces y juezas del tribunal De Primera Instancia y del Tribunal de Apelaciones… • (l) los candidatos a ocupar cargos electivos… • La Comisión podrá incluir otras categorías de voto adelantado para la cual se requerirá la participación de todos los (las) Comisionados (as) Electorales y el voto unánime de estos. Asimismo la Comisión aprobará los reglamentos que fueren necesarios para la implantación de las nuevas categorías. Estos reglamentos deberán ser aprobados no más tarde del término establecido por ley para la aprobación del reglamento para las Elecciones Generales y el escrutinio general.

  12. Código Electoral de Puerto Rico Artículo 9.042.-Voto Añadido a Mano • Las personas que reclamen su derecho a votar pero no figuren en las listas de votantes podrán votar añadidos a mano según el procedimiento que establezca la Comisión por Reglamento.

  13. Código Electoral de Puerto Rico Artículo 9.043.-Electores con Prioridad para Votar • Los integrantes de la Policía de Puerto Rico y de los Cuerpos de la Policía Municipal y empleados de la Comisión Estatal de Elecciones que estén en servicio durante el día de una elección o el día en que se lleve a cabo el voto adelantado procederán a votar con prioridad en sus respectivos colegios de votación.

  14. Ley HAVA del 2002Título III-Requerimientos uniformes y no discriminatorios de la tecnología y administración electoral • Subtítulo A-Requerimientos • Secc. 301-Normas para los Sistemas de Votación • c) Accesibilidad para individuos con discapacidades El sistema de votación deberá • ser accesible para individuos con discapacidad, incluyendo accesibilidad para ciegos o con impedimentos visuales, en una manera que provea la misma oportunidad de acceso y participación ( incluyendo privacidad e independencia) como a los otros electores; • satisfacer los requerimientos del subpárrafo (A) a través del uso de por lo menos un sistema de votación de registro electrónico directo (DRA) u otro sistema de votación equipado para personas con discapacidad en cada centro de votación; y • si es adquirido (comprado) con fondos disponibles bajo el título II o después del 1 de enero de 2007,tiene que cumplir con las normas de accesibilidad para sistemas de votación ( descritas en este subpárrafo). Nota: Traducción del expositor.

  15. Ley HAVA del 2002Título III-Requerimientos uniformes y no discriminatorios de la tecnología y administración electoral 4) Accesibilidad de Lenguajes Alternos El sistema de votación debe proveer accesibilidad de lenguajes alternos conforme los requerimientos de la Sección 203 del Acta de Derechos al Voto del 1965 (42 USC,Secc.1973 aa-1ª). Nota: Traducción del expositor.

  16. Otras Leyes Federales • UOCAVA- Ley para el Voto Ausente del Personal en Uniforme y en el Extranjero (Uniform and Overseas Citizens Abseentee Voting Act,1986) • MOVE Act-Ley para el Empoderamiento de los Electores Militares y en el Extranjero (Military and Overseas Voters Empowerment Act, 2009) Nota: Traducción del expositor.

  17. Censo Federal sobre Puerto Rico 2010 Veamos ahora unas estadísticas importantes sobre el sector de la población que consideramos más vulnerable en el caso de Puerto Rico: las personas con impedimentos (discapacidad).

  18. Características de Empleo-Puerto Rico Fuente: “U.S. Census Bureau- America Fact Finder, S1811-Selected Economic Characteristics for the Civilian Noninstitutionalizes Population by Disability Status, 2008-2010 American Community Survey 3-Years Estimates”

  19. Modalidades para la Accesibilidad al Proceso Electoral y al Voto en Puerto Rico • Alternativas para el proceso de inscripción • Unidades Móviles • Carteles en lenguaje de señas • Distribución a todas las JIP de libro autodidáctico sobe lenguaje de señas. • Orientación a Funcionarios en lenguaje de señas básico y en la manera correcta de atender ciudadanos con discapacidades. • Sistema de Interprete de Señas a través de Internet. (En proceso.)

  20. Modalidades para la Accesibilidad al Proceso Electoral y al Voto en Puerto Rico • Alternativas y facilidades para la accesibilidad al voto • Rampas portables para garantizar accesibilidad a los CFA • Carteles en lenguaje de señas • Sistema de interprete de lenguaje de señas o “sistema de subtítulos” en todos los avisos en TV de la CEE • Alternativas para electores con impedimentos para marcar papeleta o para leer • Papeleta en Braille • Lupas Especiales • Voto por teléfono- personas con impedimentos desde el centro de votación • Voto asistido por persona de confianza del elector

  21. Modalidades para la Accesibilidad al Proceso Electoral y al Voto en Puerto Rico • Categorías de Voto Ausente y voto adelantado • Voto desde el exterior- voto por correo • Voto Confinados • Voto a domicilio • Voto en hospitales • Voto por Internet: militares, en el exterior (over-seas)

  22. Cartel Lenguaje de Señas

  23. Lenguaje de SeñasSistema de Interprete vía Internet

  24. Voto por Teléfono

  25. MOVE Act del 2009

  26. Comité Asesor Amplio sobre la Ley HAVA de la CEE • Composición: Representantes de agencias públicas y privadas que ofrecen servicios o representan a sectores de la población vulnerables tales como: • Procurador de Personas con Impedimentos (OPPI) • Procurador(a) del Paciente • Procuradora de la Mujer • Procurador(a) del Ciudadano • Federación Nacional de Ciegos • Federación de Veteranos Ciegos • Movimiento para el Alcance de Vida Independiente (MAVI) • PRAPT/UPR • Colegio de Abogados de Puerto Rico • Capitolio para Todos • Amigos y Familiares de Confinados

  27. Foto Comité HAVA

  28. Comité Asesor Amplio sobre la Ley HAVA de la CEE • Responsabilidades- asesorar a la CEE sobre todo lo relacionado a la accesibilidad del proceso electoral a las poblaciones que representan. A través de su participación en trabajos del Comité en Pleno y en: • Subcomités de Trabajo • Sistemas o Modalidades de Votación Accesibles • Evaluación y certificación de Colegios de Fácil Acceso (CFA) • Educación y Adiestramientos • Plan de Medios de la CEE

  29. !Muchas Gracias! ¿Preguntas?

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