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L.O.C.E 10/2002, DE 23 DE DICIEMBRE, DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ( BOE 24.12.02)

L.O.C.E 10/2002, DE 23 DE DICIEMBRE, DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ( BOE 24.12.02). TÍTULO I DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO. CAPÍTULO V. DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA. SECCIÓN 1ª: Artículo 21. Principios generales. Artículo 22. Objetivos. Artículo 23.Organización. Artículo 24. Métodos.

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  1. L.O.C.E 10/2002, DE 23 DE DICIEMBRE, DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ( BOE 24.12.02) TÍTULO I DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO. CAPÍTULO V. DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA SECCIÓN 1ª: Artículo 21. Principios generales. Artículo 22. Objetivos. Artículo 23.Organización. Artículo 24. Métodos. Artículo 25. Medidas de refuerzo y apoyo. Artículo 26. Itinerarios. Artículo 27. Programas de Iniciación Profesional. Artículo 28 y 29 Evaluación y promoción. Artículo 30. Evaluación general de diagnóstico. Artículo 31 Título de Graduado en E.S.O. Artículo 32. Profesorado.

  2. REAL DECRETO 831/2.003, DE 27 DE JUNIO, POR EL POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL Y LAS ENSEÑANZAS COMUNES DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA • DEROGA EL REAL DECRETO 1007/1991, DE 14 de junio, modificado por REAL DECRETO 3473/ 2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria. • DEROGA las demás normas de igual o inferior rango en cuanto se opongan a lo establecido en este real decreto.

  3. PREÁMBULO Tras hacer referencia a las competencias exclusivas del Estado de fijar las enseñanzas comunes según las disposiciones vigentes , el contenido de este preámbulo se centra en las principales novedades que afecta a esta etapa educativa. PROGRAMAS DE INICIACIÓN PROFESIONAL SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN LOS ITINERARIOS Alternativa presidida por los principios de máxima inclusividad y adecuada flexibilidad del sistema educativo y orientada a alumnos con dificultades que puedan conciliar cualificación profesional y competencias básicas de carácter general. Son distintas opciones que pueden ofrecer las fórmulas educativas que mejor se adecuen a las expectativas e intereses de los alumnos. Correspondiente a las opciones confesional y no confesional.Se desarrolla con respeto a la Constitución

  4. PRINCIPIOS GENERALES • Constituye la 1ª Etapa de la Educación Secundaria y comprenderá cuatro cursos académicos, que se cursarán ordinariamente entre los 12 y 16 años. ( Novedad con respecto al art. 20 de la LOGSE y posterior R.D.1007/91 que organizaba la citada etapa en dos ciclos de dos años cada uno ). Los alumnos podrán acceder al primer curso en el año natural en que cumplan 12 años. • Derecho de los alumnos a permanecer escolarizados en régimen ordinario hasta el curso académico en que cumplan los 18 años de edad, siempre que el equipo educativo considere que, de acuerdo con sus actitudes e intereses, puedan obtener el Título de Graduado en E.S.O. ( Importante Novedad ). ( Art. 21. LOCE que modifica el Art. 6.2 de la LOGSE) • Los alumnos mayores de 16 años que, sin finalizar la etapa, no pudieran continuar escolarizados en un centro educativo en régimen ordinario podrán finalizar sus estudios a través de las enseñanzas para adultos. ( Novedad) ( generaliza el art.1.2. Del Decreto 101/02, de 12 de marzo, por el que modifica el Decreto 156/97 por el que se regula la formación básica en Ed. De adultos)

  5. FINALIDADES EDUCATIVAS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA • Trasmitir a los alumnos los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos científico, tecnológico y humanístico. • Afianzar en ellos hábitos de estudio y trabajo que favorezcan el aprendizaje autónomo y el desarrollo de sus capacidades.( Novedad. Sigue el art. 1. Apartados f e i referente a los principios de calidad. de la LOCE). • Formarlos para que asuman sus deberes y ejerzan sus derechos como ciudadanos responsables. • Prepararlos para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral con las debidas garantías.

  6. OBJETIVOS A) Comprender y expresar con corrección textos y mensajes completos, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, en su caso, también en la lengua cooficial de la comunidad autónoma, e iniciarse en la lectura, el conocimiento y el estudio de la literatura. B) Desarrollar la competencia comunicativa para comprender y expresarse en una o máslenguas extranjeras de manera apropiada, a fin de facilitar el acceso a otras culturas. C) Conocer los aspectos básicos de la cultura y la historia y respetar el patrimonio artístico y cultural; conocer la diversidad de culturas y sociedades, a fin de poder valorarlas críticamente y desarrollar actitudes de respeto por la cultura propia y por la de los demás. D) Apreciar, disfrutar y respetar la creación artística; identificar y analizar críticamente los mensajes explícitos e implícitos que contiene el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas E) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, matemáticas y científicas, y conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas de los diversos campos del conocimiento y de la experiencia, para su resolución y para la toma de decisiones. F) Conocer el funcionamiento del propio cuerpo, para afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la práctica del deporte, para favorecer el desarrollo en lo personal y en lo social. G) Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, fundamentalmente mediante la adquisición de las destrezas relacionadas con las tecnologías de la información y de las comunicaciones, a fin de usarlas en el proceso de aprendizaje, para encontrar, analizar, intercambiar y presentar la información y el conocimiento adquiridos.

  7. H) Conocer el entorno social y cultural, desde una perspectiva amplia, valorar y disfrutar del medio natural, contribuyendo a su conservación y mejora. I) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para adquirir, con sentido crítico, nuevos conocimientos. J) Consolidar el espíritu emprendedor desarrollando actitudes de confianza en uno mismo, el sentido crítico de iniciativa personal y la capacidad para planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades. K) Afianzar el sentido del trabajo en equipo y valorar las perspectivas, experiencias y formas de pensar de los demás. L) Asumir responsablemente sus derechos y deberes en el respeto a los demás, practicar la tolerancia y la solidaridad entre las personas y ejercitarse en el diálogo afianzando los valores comunes de una sociedad participativa y democrática. M) Desarrollar y consolidar hábitos de estudio y disciplina, como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio para el desarrollo personal.

  8. ORDENACIÓN Asignaturas Comunes Asignaturas Específicas Asignaturas Optativas Contribuye a la formación General de los alumnos. Corresponde a las Administraciones educativas la regulación de la oferta de estas asignaturas,así como el nº de ellas que los alumnos deben cursar. En todo caso, entre las optativas, los centros ofrecerán obligatoriamente una segunda lengua extranjera en cada curso de la etapa. En 3º y 4º podrán también ofrecer como optativas cualquiera de las asignaturas específicas de los itinerarios. Las propias de los itinerarios NOVEDAD IMPORTANTE La comprensión lectora y la capacidad de expresarse correctamente en público serán desarrolladas en todas las asignaturas de la etapa. Por parte de las Administraciones educativas se promoverán medidas necesarias para que en ellas se desarrollen actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura y de la expresión oral

  9. ASIGNATURASCOMUNES

  10. ASIGNATURASCOMUNES

  11. ASIGNATURAS ESPECÍFICAS Itinerario tecnológico 3º CURSO Itinerario científico-humanístico

  12. Itinerario tecnológico 4º CURSO : CURSO PARA LA ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL POSTOBLIGATORIA Itinerario científico Itinerario humanístico 3ª Asignatura : Determinada por cada Admón.. Educativa de entre : Ed. Plástica, Música, Biología y Geología, Física y Química A y Tecnología, siempre que en un itinerario no se cursen dos versiones diferentes de la misma asignatura La elección de itinerario realizada en un curso no condicionará la del siguiente. El Gobierno, previo informe de las Comunidades autónomas, podrá establecer nuevos itinerarios y modificar los establecidos en este real decreto.

  13. ASIGNATURAS OPTATIVAS En los cursos de 3º y 4º, las Administraciones educativas podrán ofrecer como optativas cualesquiera de las asignaturas específicas de los itinerarios establecidos en este real decreto. Potestad de las Administraciones educativas, tanto la regulación de la oferta, como el nº de ellas. Los centros ofertarán obligatoriamente una segunda lengua extranjera en cada curso de la etapa MEDIDAS DE REFUERZO • En los cursos de 1º y 2º, dirigida a alumnos que presenten dificultades generalizadas de aprendizaje en los aspectos básicos e instrumentales del currículo. • Promovidas por los equipos de evaluación • Las Administraciones educativas podrán ofrecer otras medidas de apoyo en los itinerarios y en los P.I.P para que los alumnos alcancen los objetivos y obtengan la titulación de Graduado en E.S.O. • Las Administraciones educativas dotarán de apoyos necesarios a alumnos con n.e.e.

  14. PROGRAMAS DE INICIACIÓN PROFESIONAL MEDIANTE ELLOS SE PUEDE OBTENER EL GRADUADO EN ESO ACCESO EFECTOS • La superación total o parcial de los módulos profesionales será acreditada conforme lo establecido en la Ley 5/02. • Superando todos los módulos, la certificación surtirá, además, los efectos académicos previstos, en relación con las pruebas de acceso a los CFGM. • Alumnos de 15 años que no deseen cursar ninguno de los itinerarios • Alumnos de 15 años que tuviesen que promocionar sin haber aprobado 2º o 3º ; decisión adoptada por el equipo de evaluación, asesorado por el de orientación y previa consulta con los padres. Alumnos de 16 años que deseen incorporarse a ellos y que a juicio del equipo educativo puedan obtener el Graduado. Finalidad : Fomentar en los alumnos las capacidades necesarias que les permitan continuar sus estudios o, en su caso, la inserción laboral. Objetivos : a) Adquirir las capacidades básicas de la etapa. b) Desarrollar las habilidades y destrezas necesarias para desempeñar un puesto de trabajo en el que sea necesaria una cualificación básica en un campo profesional.

  15. ORDENACIÓN DE LOS P.I.P. 2 CURSOS ACADÉMICOS Las Administraciones educativas, aprobarán los P.I.P. Y determinarán los centros en los que se impartan, en función de las características, necesidades e intereses de sus destinatarios, de las condiciones del entorno y de factores de tipo no organizativo. Las Administraciones públicas promoverán la participación de otras instituciones y entidades.

  16. EVALUACIÓN

  17. PROMOCIÓN Y PERMANENCIA

  18. AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y ORGANIZATIVA Elaborarán el proyecto educativo en el que fijarán los objetivos y las prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación. Para su elaboración se tendrán en cuenta las características del centro y de su entorno escolar, así como las necesidades educativas de los alumnos. ( Art. 68.2 LOCE) Desarrollarán el currículo establecido por las Administraciones educativas mediante la elaboración de programaciones didácticas en las que se tendrán en cuenta las necesidades y características de los alumnos. LOS CENTROS DOCENTES Podrán ofrecer proyectos educativos que refuercen y amplíen determinados aspectos del currículo referidos a los ámbitos lingüístico, humanístico, científico, tecnológico, artístico, deportivo y de las tecnologías de la información y de la comunicación, debiendo garantizar la ausencia de discriminación entre el alumnado. Deberán incluir también la información necesaria sobre la especialización correspondiente para orientar a los alumnos. Podrán ampliar el currículo, el horario escolar y los días lectivos, respetando, en todo caso, el currículo y el calendario escolar establecidos por la Administraciones educativas. Los órganos de coordinación didáctica de los centros docentes públicos tendrán autonomía para elegir los libros de textos y demás materiales curriculares, siempre que se adapten al currículo normativamente establecido. Las Administraciones educativas fomentarán la autonomía pedagógica y organizativa de los centros para favorecer la mejora continua de la calidad educativa, estimularán el trabajo en equipo de los profesores e impulsarán su actividad investigadora a partir de su práctica docente. (COMÚN A AMBOS R.D.s.) Los centros docentes concretarán y completarán el currículo de la ESO mediante la elaboración de proyectos curriculares de etapa, cuyos objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación respondan a las necesidades de los alumnos. Los proyectos curriculares deberán contener una adecuación a los objetivos generales de la etapa, al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las características del alumnado.(R.D. 1007 – DEROGADO)

  19. TUTORÍA Y ORIENTACIÓN • De especial consideración en esta etapa. • Incluye nuevas funciones en la labor tutorial y de orientación : • Emisión de un informe por parte del equipo de evaluación, con asesoramiento del de orientación. INFORME Al finalizar 2º para orientar a las familias y al alumnado en la elección de los itinerarios, de los P.I.P. O de su futuro académico y profesional Al finalizar 4º o un P.I.P. Para orientar al alumnado sobre su futuro académico y profesional,que tendrá carácter confidencial

  20. TITULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA • Con carácter excepcional, el equipo de evaluación, teniendo en cuenta la madurez académica del alumno y sus posibilidades de progreso, podrá proponer la obtención del título a aquellos alumnos que al finalizar cuarto, tengan una o dos asignaturas no aprobadas, siempre que las dos asignaturas no sean simultáneamente las instrumentales básicas de Lengua y Matemáticas. • En el caso de los P.I.P. Se podrá proponer para la obtención del título a aquellos alumnos, que al finalizar segundo tengan, como máximo, un ámbito y un módulo no superados. Se requerirá haber superado todas las asignaturas cursadas en los cuatro años, así como los ámbitos y módulos del P.I.P., en su caso Bachillerato. Formación Profesional de grado medio. Al mundo laboral ACCESO Los alumnos que no obtengan titulación recibirán un certificado de escolaridad en el que constarán los años cursados.

  21. Mínimo de 175 días lectivos. En ningún caso se producirá el inicio del curso antes del uno de septiembre ni el final de las actividades lectivas después del 30 de junio, salvo para la enseñanza de adultos y para el desarrollo de la formación en centros de trabajo. Calendario escolar SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN Opción confesional No confesional • Ajustado a lo establecido entre la Santa Sede y el Estado español y, en su caso, a lo dispuesto en aquellos otros suscritos con otras confesiones religiosas. • Currículo competencia de las correspondientes autoridades religiosas. • Podrá ser atribuida a los profesores cuya preparación académica consideren idónea para su impartición. En todo caso, tendrán la consideración de tales los especialistas de Geografía e Historia y en Filosofía de los cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Enseñanza Secundaria.( Disp. Adicional séptima). Ambas opciones serán de oferta obligatoria para los centros, debiendo elegir los alumnos una de ellas. • El sistema de elección de las distintas opciones se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3.1. Y 3.2. Real Decreto 2438/94 de 16 de diciembre.

  22. DISPOSICIONES ADICIONALES Disp. Adicional segunda : Flexibilización de la duración de la etapa 1º. Se podrá reducir la duración de la etapa para los alumnos superdotados intelectualmente. 2º. Excepcionalmente, se podrá autorizar la permanencia en la ESO hasta los 19 años a los alumnos escolarizados en aulas de educación especial en centros ordinarios, siempre que a juicio del equipo de evaluación puedan conseguir el título de Graduado en ESO. Disp. Adicional tercera : Incorporación a la etapa de alumnos extranjeros 1º. Su incorporación se realizará teniendo en cuenta su edad y su competencia curricular. 2º. Se favorecerá por parte de las Administraciones educativas la incorporación de aquellos alumnos que desconozcan la lengua y cultura españolas o que presenten graves carencias, mediante el desarrollo de programas específicos de aprendizaje. 3º. Los alumnos mayores de 15 años que presenten graves problemas de adaptación a la ESO se podrán incorporar a los P.I.P. 4º Los que se incorporen con más de 16 años realizarán sus estudios en la modalidad de las enseñanzas para la población adulta.

  23. Disp. Adicional 4ª. Régimen de convalidaciones El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá, con efectos para todo el Estado, las equivalencias entre las enseñanzas de régimen especial de Música y de Danza correspondientes a los ciclos primero y segundo del grado medio y las enseñanzas de Música y Educación Física de la ESO. Disp. Adicional 5º. Evaluación general de diagnóstico Se iniciarán a partir del curso 2005-06 y tendrá como finalidad comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas previstas para esta etapa. Esta evaluación carecerá de efectos académicos y tendrá carácter informativo y orientador para los centros, el profesorado, las familias y los alumnos. Disp. Adicional 6ª. Adaptación para las personas adultas. 1º Las Administraciones educativas podrán adaptar la ESO para que las personas adultas puedan cursarla. La adaptación deberá ajustarse a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación fijados con carácter general en el currículo de la ESO. 2º. El Gobierno establecerá las condiciones básicas para que las Administraciones educativas podrán organizar pruebas para que los adultos mayores de 18 años puedan obtener directamente el título de Graduado en ESO.

  24. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Disp. Transitoria 1ª. Módulos de los P.I.P. 1º. La denominación y los contenidos de los módulos de los programas de iniciación profesional guardarán relación con los de los ciclos formativos de grado medio de la familia profesional correspondiente Disp. Transitoria 2ª. Referencias a asignaturas, ámbitos de conocimiento y módulos. Las referencias a asignaturas,ámbitos de conocimiento y módulos efectuados en el, proceso de evaluación, promoción y titulación se entenderán hechas a áreas y materias en cuanto a la aplicación en el curso académico 2003-04.

  25. HORARIO ESCOLAR ASIGNATURAS 1º CURSO 2º CURSO 3º CURSO 4º CURSO

  26. HORARIO ESCOLAR DE PROGRAMAS DE INICIACIÓN PROFESIONAL ÁMBITOS / MÓDULOS 1º CURSO 2º CURSO

  27. NUEVA REDACCIÓN AL ART. 15 DEL D. 106/1.992 • LA EVALUACIÓN SERÁ REALIZADA POR EL EQUIPO EDUCATIVO. • COORDINADO POR EL TUTOR. • CON EL ASESORAMIENTO DEL ORIENTADOR. ACTUACIÓN COLEGIADA A lo largo del proceso de Evaluación En la toma de Decisiones

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