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ARGENTINA GRADO DE INDEPENDENCIA INSTITUCIONAL Y ECONOMICA

ARGENTINA GRADO DE INDEPENDENCIA INSTITUCIONAL Y ECONOMICA. La Ley aplicable es de 1999. La autoridad de aplicación vigente es anterior a la Ley (no es la que la Ley indica). Implicancias en términos de autonomía institucional (dictámenes, designaciones de autoridades, presupuesto).

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ARGENTINA GRADO DE INDEPENDENCIA INSTITUCIONAL Y ECONOMICA

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  1. ARGENTINAGRADO DE INDEPENDENCIA INSTITUCIONAL Y ECONOMICA • La Ley aplicable es de 1999. • La autoridad de aplicación vigente es anterior a la Ley (no es la que la Ley indica). • Implicancias en términos de autonomía institucional (dictámenes, designaciones de autoridades, presupuesto).

  2. SUPERPOSICION DE JURISDICCIONES Y DE FUNCIONES CON OTROS REGULADORES • Establecer si hay o no un problema de defensa de la competencia. • En caso afirmativo no hay dudas de que se aplica la norma de competencia. • Caso particular: La obtención de ventajas competitivas ilegales por violación a otras normas (v. gr. impositivas, previsionales)

  3. La CNDC ha analizado numerosas denuncias en sectores regulados (v.gr. telecomunicaciones, medicamentos, servicios portuarios, electricidad) • Igualmente se analizaron operaciones de concentración económica en telecomunicaciones, transporte y distribución de electricidad, transporte de gas, servicios e infraestructura portuarios, servicios de aeropuertos.

  4. Al analizar operaciones de concentración económica la CNDC debe solicitar opinión al ente regulador del sector. • Algunas investigaciones sobre posibles problemas de competencia en sectores regulados han sido solicitadas por los propios reguladores u otras dependencias del Gobierno Nacional.

  5. RELACIONES ENTRE EL PODER JUDICIAL Y LA AUTORIDAD DE COMPETENCIA. • Las siguientes decisiones de la CNDC son apelables ante la justicia: • Sanciones • El cese o abstención de una posible conducta anticompetitiva • La desestimación de una denuncia. • Las decisiones sobre operaciones de concentración económica.

  6. LIMITACIONES La Autoridad de Competencia no tiene una legitimación especial para actuar como parte en la justicia. Por ejemplo aportando pruebas más allá de los dictámenes que produce y eventualmente de los expedientes que les dan origen.

  7. CAPACIDAD PARA HACER EFECTIVO EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY • Operaciones de concentración económica cuya aprobación esta sujeta al cumplimiento de algún condicionamiento (v gr. desinversiones). • Generación de pruebas en las denuncias sobre posibles prácticas anticompetitivas (por ejemplo pericias contables).

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