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Integración de los Comités del Consejo Escolar de Participación Social . GOBIERNO FEDERAL. S E P. Secretaría de Educación Pública Septiembre 24 de 2010. NORMATIVIDAD DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN.

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  1. Integración de los Comités del Consejo Escolar de Participación Social GOBIERNO FEDERAL S E P Secretaría de Educación Pública Septiembre 24 de 2010

  2. NORMATIVIDAD DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN • El Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (1992), expresa en el apartado dedicado a la Nueva Participación Social, que un federalismo fortalecido y una apropiada participación social, darán impulso a un sistema educativo de mayor calidad. • La Ley General de Educación, en sus arts. 69º a 72º (1993) establece la conformación y funcionamiento de los Consejos Escolares, Municipales y Estatales en el país. • El Programa Sectorial de Educación 2007-2012, establece en el Sexto Eje el fomento a la gestión participativa y la corresponsabilidad de las comunidades educativas en la toma de decisiones de los centros educativos. • La Alianza por la Calidad de la Educación (2008), promueve en el eje sobre la Modernización de los centros escolares el mejoramiento en el desempeño de las escuelas a través de una gestión estratégica y la participación social en las mismas. Secretaría de Educación Pública

  3. LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES • El lanzamiento del Acuerdo Secretarial 535, denominado, Lineamientos Generales para la Operación de los Consejos Escolares (publicados y presentados el 8 de julio de 2010) responde a los objetivos plasmados en el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, con respecto a fomentar una gestión participativa y de corresponsabilidad social en las escuelas. • Los Lineamientos Generales para la Operación de los Consejos Escolares, sugiere acciones y un calendario de actividades para promover la interrelación del consejo con los directivos escolares, asociaciones de padres, docentes y personal de apoyo de los planteles. Secretaría de Educación Pública

  4. IMPORTANCIA DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN • Son un apoyo para el logro del propósito fundamental de la educación básica: la formación integral de los alumnos. • Colaboran con la comunidad en acciones orientadas a la mejora del desempeño de la escuela. • Favorecen el sentido colectivo de la toma de decisiones y la puesta en marcha de acciones y estrategias a favor de la comunidad escolar. • Promueven, en beneficio de la escuela, la corresponsabilidad de los actores que integran la comunidad escolar: • Madres, padres y otros familiares • Docentes, directivos y personal de apoyo escolar • Alumnos • Organizan la participación de otros familiares y miembros de la comunidad de vecinos de la escuela en acciones de prevención y atención de situaciones de riesgo. • Refuerzan los procesos de rendición de cuentas y evaluación continua con la participación en la planeación de acciones, la administración de recursos y presentación de informes a la comunidad escolar. Secretaría de Educación Pública

  5. INTEGRACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES • Todas las escuelas de educación básica deberán contar con un Consejo Escolar de Participación Social. • Cada Consejo se integrará con el 50% más uno de madres y padres de familia (Artículo 6º). • Los Consejos se reunirán en asambleas escolares y sesiones del Consejo calendarizadas; las asambleas convocarán a toda la comunidad educativa y serán de carácter informativo; a su vez, las sesiones serán exclusivas para el Consejo Escolar, y servirán para la planeación y organización de las actividades (Artículos 7º al 10º). Secretaría de Educación Pública

  6. CALENDARIO DE ACTIVIDADES DE LOS CONSEJOS ESCOLARES Los consejos escolares reforzarán la participación con la siguiente calendarización: (Artículos 4º, 6º, 7º, 8º y 9º). Asamblea para constituir el Consejo Escolar Asamblea de la Comunidad Educativa Sesión del Consejo Escolar CICLO ESCOLAR 2010 - 2011 Secretaría de Educación Pública

  7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES DE LOS CONSEJOS ESCOLARES Secretaría de Educación Pública

  8. CALENDARIO DE ACTIVIDADES DE LOS CONSEJOS ESCOLARES Secretaría de Educación Pública

  9. LOS COMITÉS DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL • El Consejo Escolar incorporará a todos los comités establecidos en la escuela (Artículo 6º). Los Comités Escolares serán: • De promoción de la lectura • De mejoramiento de infraestructura • De protección civil y seguridad escolar • De impulso a la activación física • De actividades recreativas, artísticas o culturales • De desaliento a prácticas que generen violencia entre pares • De consumo de alimentos saludables • De cuidado al medioambiente y limpieza del entorno escolar • De otras materias que el Consejo considere pertinentes Secretaría de Educación Pública

  10. AVANCE EN LA INTEGRACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN Secretaría de Educación Pública 10

  11. CARACTERÍSTICAS DE LOS COMITÉS • Son un grupo de miembros de la comunidad que participan en la atención a los temas establecidos en el artículo 6° de los Lineamientos Generales para la Operación de los Consejos Escolares de Participación Social, tomando en cuenta la planeación de la escuela. • Se conforman durante la primera semana del mes de octubre del ciclo escolar. • Se integran principalmente por personal del Consejo, pero pueden invitar a otros miembros de la comunidad educativa, siempre y cuando la mitad más uno de los integrantes sean madres y padres de familia o tutores. • Contará con un presidente que será electo de entre sus miembros. • El número de integrantes de cada comité será definido por el Consejo Escolar que a su vez acordará formalmente su conformación. • Sesionarán con la frecuencia que ellos mismos determinen. Secretaría de Educación Pública

  12. FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS • Se constituyen para darle mayor capacidad y funcionalidad al Consejo Escolar de Participación Social. • Los cargos que ostenten los miembros del Comité, serán honoríficos y no percibirán remuneración alguna. • Presentarán su proyecto anual de trabajo ante la comunidad educativa en la cuarta semana del mes de noviembre. • Informarán periódicamente al Consejo Escolar de Participación Social en las fechas establecidas en los Lineamientos Generales, sobre los resultados de su gestión. Secretaría de Educación Pública

  13. FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS • A través de una plataforma tecnológica diseñada para este propósito por la SEP, los consejos escolares podrán realizar su registro público (Artículo 11º); la información referida será de libre acceso, y se actualizará en un plazo no mayor a un mes luego de la instalación del Consejo Escolar. Secretaría de Educación Pública

  14. COMITÉ DE IMPULSO A LA ACTIVACIÓN FÍSICA

  15. COMITÉ DE IMPULSO A LA ACTIVACIÓN FÍSICA • Justificación • En México el estilo de vida de la población es cada vez más sedentario, lo que repercute en malestares y enfermedades a edades cada vez más tempranas. • Las niñas, niños y adolescentes conforme crecen, necesitan más alimentos, más energía y más ejercicio. Esta condición obliga a que la actividad física sea un elemento imprescindible para su desarrollo integral. • La escuela es un espacio propicio para generar hábitos de vida saludable. • El impulso a la activación física complementa los contenidos y tiempos de la asignatura de Educación Física. Secretaría de Educación Pública

  16. COMITÉ DE IMPULSO A LA ACTIVACIÓN FÍSICA • Objetivo del Comité • Promover la activación física como práctica regular en las escuelas, mediante un programa escolar que impulse el desarrollo físico de los estudiantes, maestros, directores y padres y madres de familia. • Esto deberá hacerse en un ambiente de colaboración, de convivencia armónica, de seguridad, de inclusión y de equidad que permita a la comunidad educativa transitar a una nueva cultura de vida activa y saludable. • Cuando la escuela cuente con maestro de educación física, es pertinente que sea parte del Comité. • No existe un número mínimo o máximo de integrantes, pero la mitad más uno de los miembros del Comité deberán ser madres y padres de familia, o tutores. Secretaría de Educación Pública

  17. COMITÉ DE IMPULSO A LA ACTIVACIÓN FÍSICA • Funciones • Elaborar un diagnóstico con apoyo de especialistas para conocer el grado de sedentarismo de los integrantes de la comunidad educativa y el estado de los espacios para la práctica de actividades físicas en el centro escolar. • Con base en los resultados anteriores y en coordinación con la comunidad escolar, elaborar un programa para la actividad física regular, incluyendo el recreo activo, juegos tradicionales, circuitos deportivos, etcétera. • Participar en la promoción de la activación física dentro y fuera del contexto escolar (actividades lúdicas, recreativas y deportivas). • Fomentar el desarrollo de competencias para una vida activa y saludable. Asimismo, difundir los riesgos del sedentarismo. Secretaría de Educación Pública

  18. COMITÉ DE IMPULSO A LA ACTIVACIÓN FÍSICA • Funciones • Promover el uso de la Guía de Activación Física y de otros materiales educativos afines. • Buscar el apoyo de organismos públicos y privados que apoyan el deporte. • Promover la participación de la escuela en los programas de activación física implementados por las autoridades federales, estatales o municipales. • Colaborar con el Comité de Infraestructura para que, en caso necesario, se mejoren los espacios escolares destinados a la práctica de actividades físicas. • Colaborar con el Comité del Establecimiento de Consumo Escolar en la promoción de hábitos alimenticios saludables. Secretaría de Educación Pública

  19. COMITÉ DEL ESTABLECIMIENTO DE CONSUMO ESCOLAR

  20. COMITÉ DEL ESTABLECIMIENTO DE CONSUMO ESCOLAR Justificación Según la Academia Mexicana de Pediatría y Academia Nacional de Medicina, el sobrepeso y la obesidad se han convertido en el primer padecimiento en la población adulta e infantil. Se han incrementado casos de niños que padecen enfermedades crónico degenerativas, como la diabetes Mellitus tipo 2, enfermedad exclusiva de adultos; teniendo como detonantes principales el sedentarismo y la nutrición deficiente. En consecuencia, es prioritario implementar estrategias formativas y preventivas para fomentar una alimentación sana, atendiendo la situación económica, social, cultural y regional de las familias. La escuela puede alentar buenas prácticas alimenticias, en lo formativo y en el cuidado de los alimentos y bebidas que se consumen en el contexto escolar. Secretaría de Educación Pública 20

  21. COMITÉ DEL ESTABLECIMIENTO DE CONSUMO ESCOLAR • Objetivo del Comité • Impulsar prácticas de alimentación correcta en la comunidad educativa y supervisar los alimentos y bebidas que se expenden en el establecimiento de consumo escolar, en coordinación con el CEPS y las instituciones del sector salud. • El Comité dará seguimiento a la operación del establecimiento de consumo escolar en los términos referidos en los Lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica y en su Anexo Único. • En este documento se establecen los principios de una alimentación correcta, así como los criterios para la preparación, manejo, consumo y expendio de alimentos y bebidas recomendables para los estudiantes de educación básica. Secretaría de Educación Pública 21

  22. COMITÉ DEL ESTABLECIMIENTO DE CONSUMO ESCOLAR • Funciones • Supervisar la calidad y tipo de alimentos y bebidas que se expenden en la escuela, de acuerdo con los Lineamientos generales y el Anexo Único. • Orientar al establecimiento sobre la calidad nutricional de alimentos y bebidas dentro de la escuela. Para realizar estas funciones el Comité contará con información técnica sobre la alimentación correcta. • Fomentar la participación informada de los padres de familia en el fomento de una sana alimentación, a través de diversas estrategias coordinadas con los docentes, el director de la escuela y con el apoyo de las dependencias del sector salud. • Informar periódicamente a la comunidad educativa sobre los resultados del seguimiento al establecimiento de consumo escolar, mediante los mecanismos acordados con el CEPS. Secretaría de Educación Pública 22

  23. http://www.consejosescolares.sep.gob.mx:7069/ Secretaría de Educación Pública 23

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