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SISTEMA PRESUPUESTAL DEL SGR -RÉGIMEN PRESUPUESTAL-

SISTEMA PRESUPUESTAL DEL SGR -RÉGIMEN PRESUPUESTAL-. ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Aspectos Generales del Sistema Presupuestal del SGR. Legales Económicos Políticos Procedimentales. Constitución Política de Colombia en sus artículos 360 y 361 A.L. 05 de 2011 Ley 1530/2012

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SISTEMA PRESUPUESTAL DEL SGR -RÉGIMEN PRESUPUESTAL-

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  1. SISTEMA PRESUPUESTAL DEL SGR-RÉGIMEN PRESUPUESTAL- ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

  2. Aspectos Generales del Sistema Presupuestal del SGR • Legales • Económicos • Políticos • Procedimentales

  3. Constitución Política de Colombia en sus artículos 360 y 361 A.L. 05 de 2011 Ley 1530/2012 Decretos Reglamentarios 4950/2011 Decreto 1077 / 2012 Decreto 1243 / 2012 Decreto 1949 / 2012 Disposiciones Generales Código Fiscal Ley 734/02 Código único Disciplinario MARCO JURIDICO

  4. OBJETIVOS Servir de instrumento para el cumplimiento de las metas fijadas por los OCADs en la Planeación de Proyectos de Inversión. Facilitar la gestión de la Administración y la toma de decisiones- Coordinar y evaluar permanentemente los Ingresos y Gastos Públicos de Inversión. Regular y Controlar las Finanzas del SGR y el Gasto Público de Inversión del SGR

  5. EL PROBLEMA ENTIDAD TERRITORIAL POBRE GENERACION DE EMPLEO INVERSIÓN PÚBLICA INVERSIÓN PRIVADA

  6. 1. Pobreza 2. Migración 3. Bajo o nulo desarrollo económico 4. Poca participación política 5. Coyuntura vs. Planificación LA REALIDAD

  7. PRINCIPIOS PRESUPUESTALES PLANIFICACIÓN REGIONAL PROGRAMACIÓN INTEGRAL VIGENCIAS FUTURAS -DGP, MHCP y OCAD´S- - Casos excepcionales - PLURIANUALIDAD (VIGENCIAS FUTURAS) COORDINACIÓN CONTINUIDAD DESARROLLO ARMÓNICO DE LAS REGIONES CONCURRENCIA Y COMPLEMENTARIEDAD INEMBARGABILIDAD PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA

  8. PLANIFICACION REGIONAL Los Componentes del Sistema Presupuestal del SGR deberán guardar concordancia con los ejercicios de planeación regional, que a su vez buscarán articular el PND y los PD de las ET, y los planes de vida de las comunidades indígenas y los de etnodesarrollo de las comunidades Negras, Afrodescendientes, Raizales y Palenqueras.

  9. PROGRAMACION INTEGRAL Los proyectos de inversión registrados en el BPPI del SGR incorporarán, en forma integral, todos los gastos asociados al respectivo proyecto de inversión, sin que los mismos correspondan a gastos corrientes, entendidos estos como gastos recurrentes que son de carácter permanente y posteriores a la terminación del proyecto.

  10. PLURIANUALIDAD Los componentes del Sistema Presupuestal del SGR deben propender porque este opere con un horizonte de mediano plazo, en el cual se puedan identificar los ingresos del mismo y se definan presupuestos que abarquen una bianualidad, la cual comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre del año siguiente al de su inicio.

  11. COORDINACIÓN La Nación y las ET coordinarán sus actuaciones con el fin de optimizar los recursos que integran el SGR. Así, propenderán por la gestión integral de iniciativas de impacto regional, sin que a través del PGN, de los Presupuestos de las EICE´s y de las ET se incluyan apropiaciones para el financiamiento de las mismas iniciativas, salvo que correspondan a mecanismos de cofinanciación.

  12. CONTINUIDAD A través de los componentes del Sistema Presupuestal del SGR se buscará la real ejecución de los proyectos. Los diferentes órganos del SGR propenderán porque en forma prioritaria se dispongan de los recursos necesarios para que aquellos tengan cabal culminación.

  13. DESARROLLO ARMÓNICO DE LAS REGIONES El Sistema Presupuestal del SGR propenderá por la distribución equitativa de las oportunidades y beneficios como factores básicos de desarrollo de las regiones, según los criterios definidos por la Constitución Política y la presente Ley.

  14. CONCURRENCIA Y COMPLEMENTARIEDAD A través del Sistema Presupuestal del SGR se financiarán iniciativas que permitan el desarrollo integral de las regiones, complementando las competencias del nivel nacional y los niveles territoriales.

  15. INEMBARGABILIDAD Los recursos del SGR son inembargables, así como las rentas incorporadas en el presupuesto del Sistema. Las decisiones de la autoridad judicial que contravengan lo dispuesto en la presente Ley, harán incurrir al funcionario judicial que la profiera en falta disciplinaria gravísima, sin perjuicio de la Responsabilidad Fiscal.

  16. PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA Debe garantizarse el acceso a la información del SGR, con el fin de fortalecer la lucha contra la corrupción, en términos de eficiencia de la gestión pública de las entidades involucradas en el mismo, contribuyendo al proceso de generación de opinión pública y control social.

  17. I. Marco Institucional Plan de Recursos 10 años Banco de Programas y Proyectos de Inversión 4 Instrumentos Presupuesto Público Bienal 2 año Herramienta de Determinación de los Flujos de Recursos del SGR -

  18. SISTEMA PRESUPUESTAL PGN SISTEMA PRESUPUESTAL SGR MARCO FISCAL DEMEDIANO PLAZO PLAN DE RECURSOS BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DEL SGR PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES PRESUPUESTO ANUAL PRESUPUESTO BIENAL DEL SGR COMPONENTES DEL SISTEMA PRESUPUESTAL PGN - SGR

  19. PLAN DE RECURSOS DEL SGR • El Plan de Recursos será elaborado por el MH y CP con fundamento en la información remitida por los órganos del sistema, y será presentado como anexo al Proyecto de Ley del presupuesto del SGR. • El PR contendrá una proyección de las fuentes de financiamiento del mismo a 10 años, discriminada por cada uno de los ingresos, según lo dispuesto por los artículos 360 y 361 de la C.P.. Servirá como insumo para la toma de decisiones del SGR y la discusión de su presupuesto.

  20. Artículo 3. BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS. El Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías constituye la herramienta para el registro y disposición de proyectos de inversión considerados como viables para su financiamiento con cargo a los recursos de los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación, de Desarrollo Regional, de Compensación Regional y demás beneficiarios, con excepción de los proyectos de impacto local financiables con cargo a los recursos a que se refiere el numeral 2 del artículo 34 de la ley 1530 de 2012, que para efectos del presente decreto se asimilan a asignaciones directas. El Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías a que se refiere el presente artículo será administrado por el Departamento Nacional de Planeación. BANCO DE PROGRAMAS DE Y PROYECTOS - S.G.R.

  21. ARTICULO 4. BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES PARA El SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Los Bancos de Programas y Proyectos de Inversión de las entidades territoriales para el Sistema General de Regalías constituyen la herramienta para el registro y disposición de proyectos de inversión considerados como viables para su financiamiento con cargo a los recursos de asignaciones directas y los proyectos de impacto local financiables con cargo a los recursos a que se refiere el numeral 2 del artículo 34 de la ley 1530 de 2012 BANCO DE PROGRAMAS DE Y PROYECTOS - S.G.R.

  22. ARTICULO 4. BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES PARA El SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS En cada entidad receptora de asignaciones directas o de recursos para el financiamiento de proyectos de impacto local existirá un Banco de Programas y Proyectos de Inversión para Sistema General de Regalías que será administrado por las Secretarías de Planeación de cada entidad territorial o quien haga sus veces. BANCO DE PROGRAMAS DE Y PROYECTOS - S.G.R.

  23. ARTICULO 5. INTEGRACIÓN DE LOS BANCOS DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS. El Departamento Nacional de Planeación definirá la metodología e instructivos para la integración de la información entre los Bancos de Programas y Proyectos del Sistema General de Regalías. Dicha integración permitirá el acceso a la información necesaria para el funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías y para la Plataforma Integrada del Sistema General de Regalías. PARÁGRAFO. los proyectos registrados en los Bancos de Programas y Proyectos de Inversión de las entidades territoriales para el Sistema General de Regalías deberán migrarse, por parte de las secretarías de planeación de las entidades territoriales, al Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema que administra el Departamento Nacional de Planeación.

  24. METODOLOGIA GENERAL AJUSTADA Tiene como objeto proveer un sistema de información ágil y eficiente en el proceso de identificación, preparación, evaluación y programación de los Proyectos de Inversión. La MGA permite al usuario consignar la información de identificación del problema o necesidad a partir de las causas, los efectos y las posibles alternativas de solución, (se debe tener por lo menos una alternativa de solución al problema o necesidad). A esta(s) alternativa(s) se le realizará(n) los estudios institucional – organizacional, localización, técnico, ambiental, económico, comunitario, de mercado, financiero y legal, siempre que sean necesarios de acuerdo al tipo de proyecto o sean requeridos por la entidad que emite el concepto de viabilidad.

  25. COMPONENTES DEL PRESUPUESTO DEL SGR -DISPOSICIONES GENERALES -PRESUPUESTO BIANUAL DE INGRESOS -PRESUPUESTO BIANUAL DE GASTOS

  26. PRESUPUESTO BIANUAL DE INGRESOS Contendrá la estimación de los Ingresos que se esperan recaudar durante una bianualidad como contraprestación económica a la explotación de los RNNR, y la proyección de otras fuentes de financiamiento del SGR, incluida la disponibilidad inicial de recursos no ejecutados durante la bianualidad anterior. El Presupuesto Bianual de Ingresos del SGR guardará consistencia con el Plan de Recursos del SGR.

  27. PRESUPUESTO DE INGRESOS INGRESOS CORRIENTES RECURSOS DE CAPITAL IMPUESTOS RECURSOS DEL CRÉDITO REGALIAS DIRECTAS RENDIMIENTOS FINANCIEROS COMPENSACIONES RESGUARDOS INDIGENAS RECURSOS DEL BALANCE ESCALONAMIENTO EXCEDENTES FINANCIEROS TRANSFERENCIAS -COFINANCIACIÓN CON DESTINO O SIN DESTINO ESPECIFICO

  28. -EL PLAN BIENAL DE CAJA-Es la herramienta a través de la cual se determinan los Flujos de Recursos del presupuesto del SGR.Cada OCAD manejará su cronograma de flujos.

  29. PRESUPUESTO BIANUAL DE GASTOS Contendrá la totalidad de las autorizaciones de gasto para ser ejecutados durante una bianualidad. Estará integrado por el Presupuesto de los órganos encargados de la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, del funcionamiento del SMSCE y del funcionamiento del SGR; el Presupuesto para las asignaciones a los Fondos y Beneficiarios definidos por al artículo 361 de la C.P. y en la presente Ley; y el presupuesto de las ET receptoras directas de regalías y compensaciones y los demás órganos que la Ley defina.

  30. a.-Las normas contenidas en la presente ley que organizan los órganos, las entidades y fondos que forman parte del SGR. FUNDAMENTOS DEL GASTO PÚBLICO – APROPIACIONES- b.-Las destinadas a dar cumplimiento a los proyectos de inversión a ser financiados con los recursos del SGR e.-Créditos Judicialmente Reconocidos c.-Las participaciones de las entidades receptoras de asignaciones directas de regalías y compensaciones d.-Las destinadas a la vigilancia y control fiscales de acuerdo con lo previsto en la presente Ley.

  31. FUNCIONAMIENTO SERVICIOS PERSONALES GASTOS GENERALES SERVICIO DE LA DEUDA AMORTIZACIONES INTERESES HONORARIOS Y COMISIONES INVERSIÓN EJE PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO

  32. PRESUPUESTO DE GASTOS FUNCIONAMIENTO SECCION UNO : ÓRGANOS SECCION DOS: DNP -SMSCE FUNCIONAMIENTO SECCION TRES FISCALIZACIÓN –CONTRALORIA- FUNCIONAMIENTO SECCION CUATRO OCAD FUNCIONAMIENTO SERVICIO DE LA DEUDA INVERSIÓN SECCION CINCO FONDOS FUNCIONAMIENTO INVERSIÓN FUNCIONAMIENTO SECCION ENTIDADES RECEPTORAS- INVERSIÓN

  33. - DISPOSICIONES GENERALES -- A través de éstas se definirán las normas tendientes a cumplir con los objetivos y fines del sistema, estableciéndose reglas particulares para la bianualidad que el presupuesto cobija.

  34. ENTIDADES TERRITORIALES, COMISIÓN RECTORA , FNR, FCR, FCT e I, FONPET; FAEP REGIMEN, CAPACIDAD DE CONTRATACION Y ORDENACION DE PAGOS METAS FINANCIERAS COBERTURA PERSONAS JURIDICAS PUBLICAS, PRIVADAS Y NATURALES • OCADS

  35. Decreto 1949 de 2012. - CAPÍTULO II - DEL PRESUPUESTO DEL SGR.-RECAUDO Y TRANSFERENCIA: MME y comunica al DNP.- ABONO A CUENTA: El DNP comunica por instrucciones al MH y CP.-ASIGNACIONES Y GIRO. MH y CP (DGCP y DTN) asigna a los Fondos de Compensación Regional y de CT e I, de Desarrollo Regional, mediante registro contable por entidad beneficiaria y lleva “Cumplimiento de Giro”.

  36. - CAPÍTULO II - DEL PRESUPUESTO DEL SGR.-RESPONSABILIDADES: Órganos del SGR y Entidades que Reciben Recursos y las Designadas.

  37. - CAPÍTULO II: DEL PRESUPUESTO DEL SGR.-EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS:“Las Apropiaciones en el Presupuesto de Gastos del SGR se ejecutarán mediante el giro de recursos a los órganos del Sistema, entidades beneficiarias de asignaciones directas y entidades públicas designadas como ejecutoras por los OCADs”.

  38. - CAPÍTULO II: DEL PRESUPUESTO DEL SGR.-AUTORIZACIONES DE VIGENCIAS FUTURAS:“La asunción de compromisos con afectación de posteriores presupuestos bienales del SGR, requerirá de la autorización del DGP del MH y CP.”-Cuando los OCAD dispongan de recursos suficientes con cargo al respectivo presupuesto del bienio, serán ellos a quien les corresponda aprobar el respectivoproyecto.

  39. - INCORPORACIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS :“Mediante acto administrativo del Jefe del órgano del sistema o ente público designado como ejecutora de proyectos por los OCADs, y mediante decreto de Gobernador o Alcalde para las ET que reciban recursos de funcionamiento y designadas como ejecutoras de los OCADs, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del SGR.”

  40. - ORDENACIÓN DEL GASTO DE LAS APROPIACIONES :“Corresponde al Jefe del órgano respectivo o su delegado del nivel directivo de la entidad ejecutora designada por el OCAD, ordenar el gasto sobre las apropiaciones que se incorporan al presupuesto de la entidad, por tanto serán responsables, fiscal, penal y disciplinariamente por el manejo de las apropiaciones, en los términos de las normas que regulan la materia.

  41. - DE LOS RESPALDOS DE LOS RECURSOS DEL SGR: :“Con cargo a los recursos previamente aprobados por los OCADs a un proyecto de inversión, las ET beneficiarias de regalías directas y aquellas designadas ejecutoras con cargo a los recursos del FCR, FDR, FCT e I, podrán celebrar operaciones de Crédito Público en los términos de la regulación que les sea aplicable (D. 2681 de 1993, Ley 553 de 1999, Ley 781 de 2002 y las demás normas que las modifiquen, adiciones, o sustituyan, con el fin de disponer de los recursos para el proyecto.

  42. -CAPÍTULO III-MANEJO PRESUPUESTAL DEL SGR: “Los Órganos del SGR dispondrán de los recursos en los porcentajes definidos por la Constitución y la Ley para el ejercicio de las funciones a ellos asignadas en el marco del SGR. Las Apropiaciones para cada uno de ellos serán giradas según las instrucciones del Abono a Cuenta. .

  43. -Saldos de Recursos Apropiados y no Comprometidos. -Recursos Comprometidos y No Pagados. -Recursos Obligados y no pagados con cargo a la Cuenta Única del SGR. CIERRE DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

  44. -SISTEMA DE INFORMACIÓN de largo alcance, de código abierto, interactivo, que visualice en tiempo real el ciclo del recurso y los resultados de los proyectos que se financiarán con cargo a los recursos del SGR. Sistema Georefencial. PLATAFORMA INTEGRADA DEL SGR

  45. -Pago de obligaciones asumidas con el lleno de formalidades que el EOP establece. -El servicio de la deuda derivado de Operaciones de Crédito amparadas con regalías directas y compensaciones. - Cumplimiento de acuerdos de reestructuración de pasivos o programas de saneamiento fiscal y financiero amparados con regalías directas y compensaciones. PAGO DE COMPROMISOS ADQUIRIDOS A DICIEMBRE 31 DE 2012

  46. Un indicador que mida la solvencia: es la capacidad de una entidad territorial de pagar cumplidamente sus obligaciones (corto plazo). Un indicador que mida la sostenibilidad : mide la capacidad de sostener un cierto nivel de endeudamiento en el tiempo (largo plazo). LA CAPACIDAD DE PAGO

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