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ENVIRONMENT and LEGISLATION

ENVIRONMENT and LEGISLATION. 15 DICIEMBRE 2005. ÍNDICE. INTRODUCCIÓN: Objetivos, Alcance y Metodología del estudio MARCO NORMATIVO SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO CONCLUSIONES. IPPC y la Ley 16/2002 IPPC Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones

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  1. ENVIRONMENT and LEGISLATION 15 DICIEMBRE 2005

  2. ÍNDICE • INTRODUCCIÓN: Objetivos, Alcance y Metodología del estudio • MARCO NORMATIVO • SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO • CONCLUSIONES • IPPC y la Ley 16/2002 IPPC • Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones • Nueva Política de Productos Químicos-REACH • Medidas adoptadas • Mejores Técnicas Disponibles • Inversiones previstas: C-1. Relacionadas con la Legislación de reciente entrada en vigor C-2. Relacionadas con Disposiciones futuras

  3. El IDEPA participa en el proyecto “Red Europea de Regiones Químicas” European Chemical Regions Network (ECRN), cofinanciado a través de la iniciativa europea INTERREG III C, para su consolidación durante el trienio 2004-2006. Entre las actividades puestas en marcha: * La realización de actividades de benchmarking. * Intercambio de experiencias y la transferencia de conocimientos entre la regiones, con el compromiso de realizar varios estudios regionales sobre temas clave de interés común en materia química.* “Environment and Legislation”, en el que además han participado otras regiones europeas: Cataluña (región coordinadora) e Ida Viru (Estonia). I. INTRODUCCIÓN

  4. I. INTRODUCCIÓN: Objetivos • Identificar los principales aspectos ambientales, • La necesidad de realizar inversiones para abordar los problemas que en materia ambiental puedan surgir y • Valorar en qué medida afecta todo el marco regulatorio comunitario a las empresas, fundamentalmente en los siguientes puntos: • Regulación IPPC (Prevención y Control Integrado de la • Contaminación) y permisos. • 2. Adecuación a las MTD,s (Mejores Técnicas Disponibles) • recogidas en los documentos BREF europeos de aplicación. • 3. Protocolo de Kyoto. • 4. Reglamento REACH. • 5. Legislación de reciente entrada en vigor: RD 9/2005 de suelos contaminados y RD 117/2003 de COV,s.

  5. I. INTRODUCCIÓN: Alcance • Acciones abordadas: • Coordinación entre el IDEPA y la persona responsable del proyecto en Cataluña. • Identificación de las empresas químicas asturianas posibles afectadas por el marco regulatorio mencionado. • Envío de cuestionario (Anexo I), a través del IDEPA a las empresas químicas asturianas “pre-seleccionadas” y resto CNAE 24 y 25. • Recepción de cuestionarios y contactos personales con las empresas para ampliar información y/o resolver dudas. • Elaboración de informe con los resultados obtenidos.

  6. I. INTRODUCCIÓN: Metodología del estudio Empresas químicas asturianas, posibles afectadas • DUPONT IBERICA • INDUSTRIAL QUÍMICA DEL NALÓN • REPSOL YPF Lubricantes y Especialidades, S. A. • ASTURLAK, S.L. • IBÉRICA DE REVESTIMIENTO, S. A. (IBERSA) • AIR LIQUIDE ESPAÑA, S. A. • PRAXAIR IBÉRICA, S. A. • FERTIBERIA • ASTURPHARMA • QUÍMICA FARMACÉUTICA BAYER, S. A. • CARUS NALÓN • LINPAC PLASTICS PRAVIA • ASTURIANA DE ZINC*

  7. I. INTRODUCCIÓN: Metodología del estudio Empresas químicas asturianas, participantes Desde aquí se aprovecha para dar las gracias a todas las empresas que han colaborado • Se han enviado encuestas a todas las empresas de los CNAE 24 y 25, aún entendiendo que las del 25 no estarían afectadas por las normas en estudio, pero con la intención de detectar el grado de conocimiento de las mismas, así como una posible preocupación por las consecuencias (corto y medio plazo). • Del grupo de empresas contactadas se ha obtenido respuesta, al cuestionario remitido, de 14 de ellas, de las que 9 están afectadas por las disposiciones en estudio y 5 no lo están por ninguna de ellas. • La información aportada en algunos aspectos puede resultar parcial y tampoco es completa. En ocasiones, se ha recurrido a otras fuentes de información.

  8. INDICE • INTRODUCCIÓN: Objetivos, Alcance y Metodología del estudio. • MARCO NORMATIVO • SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO • CONCLUSIONES • IPPC y la Ley 16/2002 IPPC • Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones • Nueva Política de Productos Químicos-REACH • Medidas adoptadas • Mejores Técnicas Disponibles • Inversiones previstas: C-1. Relacionadas con la Legislación de reciente entrada en vigor. C-2. Relacionadas con Disposiciones futuras

  9. II. MARCO NORMATIVO • IPPC y la LEY 16/2002 IPPC: Antecedentes • En 1996, el Consejo Europeo adoptó la DIRECTIVA 96/61/EC, la cual tiene por objeto la prevención y la reducción integradas de la contaminación procedente de una amplia gama de actividades industriales y agrícolas, y el mantenimiento de un elevado nivel de protección del medio ambiente considerado en su conjunto. • La incorporación al ordenamiento interno español de la Directiva 96/61/EC se lleva a cabo, con carácter básico, mediante la LEY 16/2002, que tiene una inequívoca vocación preventiva y de protección del medio ambienteen su conjunto, con la finalidad de evitar o al menos, reducir la contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo.

  10. II. MARCO NORMATIVO • IPPC y la LEY 16/2002 IPPC: Objetivos (1/2) • La prevención y control integrados de la contaminación se producen en el marco de un sistema de concesión de permisos para la explotación de instalaciones. El sistema de permisos tiene como meta garantizar: • Que los titulares de las instalaciones adopten medidas de prevención de la contaminación, en especial mediante la aplicación de la Mejores Técnicas Disponibles (MTDs), recogidas en los BREF,s de referencia, • Que los residuos inevitables se recuperen o se elimine de manera segura,

  11. II. MARCO NORMATIVO • IPPC y la LEY 16/2002 IPPC: Objetivos (2/2) • Que no se produzca ninguna contaminación importante, • Que se utilice la energía de manera eficaz, • Que se tomen medidas para prevenir accidentes y limitar consecuencias, y • Que el lugar de la explotación vuelva a quedar en un estado satisfactorio tras el cese de las actividades.

  12. II. MARCO NORMATIVO IPPC introduce tres elementos innovadores: • Valores Limites exigibles y de permiso ambiental basados en las consideraciones tecnológicas productivas de cada sector a la hora de fijar limites que deben de ser respetados • La aplicación practica de un mecanismo de permiso único e integrado. AAI • La implantación de mecanismos para el intercambio de información sobre las MTDs disponibles para los sectores industriales.

  13. II. MARCO NORMATIVO Repercusiones de la LEY 16/2002. IPPC • En Asturias, las instalaciones afectadas por la IPPC son alrededor de 65. • Del sector químico: 12 En EPER, figuraban: • En 2001: 5 empresas • En 2003: solo 3

  14. II. MARCO NORMATIVO 2. Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones • Marco legal de referencia: Real Decreto Ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen del comercio de emisión de gases de efecto invernadero. Este R.D. representa la trasposición a la legislación española de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 2003, • Autorización de emisión de gases de efecto invernadero: la autorización exigida a las instalaciones que desarrollen actividades enumeradas en el anexo I, que de lugar a las emisiones especificadas en el mismo.

  15. II. MARCO NORMATIVO 2. Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones • Derecho de emisión: el derecho subjetivo a emitir, desde una instalación incluida en el ámbito de aplicación de este real decreto ley, una tonelada equivalente de dióxido de carbono, durante un periodo determinado. • Según la información disponible sólo 2 empresas estarían afectadas por el Real Decreto Ley 5/2004; debido a sus instalaciones de combustión, que en ambos casos tienen una potencia mayor de 20 Mw. térmicos. • Se prevé que para el 2º periodo 2008-2012, el sector Q. Se vea afectado por el Comercio de Emisiones de GEI,s.

  16. II. MARCO NORMATIVO 3. Nueva Política de Productos Químicos-REACH • Marco legal de referencia:Propuesta de Reglamento relativo al Registro, Evaluación y Autorización de las sustancias y preparados químicos (REACH). • El fin del Reglamento es establecer un marco legislativo para: • -fabricación, • -comercialización, • -importación, • -uso de las sustancias y preparados químicos.

  17. II. MARCO NORMATIVO 3. Nueva Política de Productos Químicos-REACH • Su funcionamiento se basa en el principio de que corresponde a los fabricantes, importadores y usuarios garantizar que sólo se fabrican, comercializan y usan sustancias que no afectan negativamente a la salud humana o al medio ambiente. • Según el estudio elaborado por AIQPA, podrían estar afectadas por el Reglamento un total de 329 empresas asturianas, de las que el 35% tendrían menos de 10 trabajadores, el 47% entre 10 y 50 y solo el 18% tienen más de 50 trabajadores.

  18. INDICE • INTRODUCCIÓN: Objetivos, Alcance y Metodología del estudio. • MARCO NORMATIVO • SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO • CONCLUSIONES • IPPC y la Ley 16/2002 IPPC • Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones • Nueva Política de Productos Químicos-REACH • Medidas adoptadas • Mejores Técnicas Disponibles • Inversiones previstas: C-1. Relacionadas con la Legislación de reciente entrada en vigor. C-2. Relacionadas con Disposiciones futuras

  19. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO • Información aportada por las empresas sobre: • A. Medidas adoptadashasta ahora, relativas a: • -residuos, • -emisiones atmosféricas, • -efluentes líquidos, • -contaminación del suelo y acuíferos, • -ruido, • -eficiencia energética. • B. Mejores Técnicas Disponibles. Además, las empresas han identificado las medidas implantadas que son reconocidas como MTD,s a nivel europeo por el sector (en los BREF,s). • C. Inversiones previstas a corto-medio plazo.

  20. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • Residuos. • Relacionadas al cumplimiento legal. • Obligación de retirar los equipos contaminados con PCBs. • Fomentar la reutilización como alternativa de gestión frente a otras (destilación de disolventes). • Acondicionamiento y mejora de la gestión de los residuos, en especial los residuos peligrosos de forma adecuada. • El total de las inversiones asciende a 1.092.056 euros.

  21. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • 2. Emisiones atmosféricas (I) • Tienen una inversión asociada de 2.084.050 euros. • Muchas de las medidas adoptadas están relacionadas con mejoras de procesos. • Se aprecia la necesidad de las empresas por adaptarse a la legislación reciente en materia de emisión de COVs y a las MTD,s en cuanto al tratamiento de efluentes gaseosos. • Algunas de estas medidas están relacionadas con: • sistemas de lavado de vapores, • sistemas de tratamiento de COV,s, • sistemas de captación de partículas.

  22. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • 2. Emisiones atmosféricas (II) • En lo que a COV,s se refiere las empresas están comenzando a caracterizar sus focos de emisión y a estudiar alternativas de tratamiento. RD 117/2003 (31-01-03), sobre limitación COV,s. • Las empresas afectadas por la Ley 16/2002, esperan “legalizar” los focos de emisión de COV,s en la tramitación de la AAI. • A la vista de los VLE,s marcados en BREF,s (más restrictivos que los fijados en el Decreto 833/75), las empresas están mejorando los sistemas de tratamiento para reducir la concentración de partículas de los efluentes gaseosos mediante la instalación de: filtros de mangas, electrofiltros, etc. • El tratamiento de gases de combustión y contaminantes asociados (NOx, partículas, SOx) son emitidos por instalaciones auxiliares.

  23. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • 3. Efluentes líquidos. • Las inversiones realizadas en materia de efluentes líquidos son las mas altas: 2.565.50 euros. • Las empresas están mejorando sus sistemas de recogida y tratamiento de efluentes adelantándose a futuras exigencias en línea con la tendencia europea BREF,s (genérico y específico). • Mediante mejora del existente o ampliando las etapas de tratamiento con una etapa de depuración biológica (MTD). • Se detecta un mayor conocimiento de las MTD,s de aplicación en las empresas de cierto tamaño. • De la información suministrada por las empresas no se pueden concluir cuales son los contaminantes objeto de tratamiento para cada uno de los sistemas de tratamiento adoptados.

  24. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • 4. Contaminación del suelo o acuífero. • Las inversiones realizadas en esta área asciende a 805.000 €. • La totalidad de las medidas implantadas están relacionadas con la reducción del riesgo asociado al almacenamiento o a la conducción de sustancias peligrosas, por ejemplo: ácido nítrico, ácido fosfórico, ácido clorhídrico, ácido sulfúrico, amoniaco, hidróxido sódico. • La adopción de las medidas de prevención están relacionadas en la mayoría de los casos con la adecuación de las instalaciones de almacenamiento a las exigencias (ITC-MIE APQ). • Las instalaciones una vez legalizadas, implican revisiones periódicas de forma que se asegure su correcto funcionamiento. Esto supone en algunos casos, realizar nuevas inversiones y así lo han entendido.

  25. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • 5. Ruido. • El importe total de las inversiones asciende a 106.500 euros. • El aspecto ruido siempre se ha considerado a nivel general un aspecto menor comparado con otras áreas. Aparece en las O.M. y RAMINP. • En relación con la generación (fuente sonora): utilización de maquinaria y equipos que emitan niveles sonoros inferiores. Con la adopción de medidas correctoras como: uso de silenciados, pantalla vegetal, etc. • Las inversiones no responden a presiones de tipo normativo, si no que más bien son actuaciones relacionadas con la mejora de la imagen empresarial, mejora de las relaciones con el municipio, presión social. • Solamente en un caso la medida implantada responde a la adaptación a la nueva legislación prevista a corto/medio plazo.

  26. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO A. Medidas Adoptadas • 6. Eficiencia energética. • Las inversiones no responden a presiones de tipo normativo, si no que más bien son actuaciones relacionadas con la mejora del proceso en si mismo y tendentes a lograr un ahorro económico, a medio y largo plazo, del gran consumo energético del sector. • En cuanto a implantación de buenas prácticas tendentes a un ahorro en el consumo del agua, ninguna de las empresas que han respondido al cuestionario, parece haber adoptado medidas en este sentido, pues no queda reflejado comentario al respecto. • Es de suponer que en un corto plazo, y sobre todo como consecuencia del canon de vertido establecido por la Ley 5/2002, de Vertidos Industriales al Sistema Público de Saneamiento del Principado de Asturias, se decidan a explorar acciones en esa línea.

  27. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO RESUMEN INVERSIONES REALIZADAS De las 14 empresas que han contestado han aportado información económica solo 8. El nº de trabajadores de las mismas representa el 40% de las 14.

  28. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO B. Mejores Técnicas Disponibles (datos de 3 empresas) • No se puede deducir si con la adopción de dichas MTD,s las empresas alcanzan los VLA,s. Lo mismo aplica para inversiones. • Se aplican en 2 áreas ambientales: emisiones atmosféricas y vertidos líquidos (las 2 están ligadas la obtención de sendas autorizaciones). • MTD,s de emisiones atmosféricas. • Algunas empresas disponían de sistemas de tratamiento MTD,s: • Para el tratamiento de partículas: separador, ciclón (seco y húmedo), precipitador electrostático (seco y húmedo), lavado de gases húmedo, filtros de mangas, etc. • Para el tratamiento de COV,s: scrubber húmedo, adsorción, condensación, separación por membrana, oxidación térmica, oxidación catalítica.

  29. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO B. Mejores Técnicas Disponibles (continuación) • MTD,s de efluentes líquidos. • Solo una de las medidas implantadas especifica que el sistema de tratamiento es biológico (MTD en el documento BREF de aguas y gases residuales del sector químico) siempre que: • Se evite el introducir contaminantes que no sean biodegradables en este centro de tratamiento de la planta. • Se trate el agua que entra en el centro biológico usando una combinación de: clarificación primaria, una o dos etapas de aireación, filtración, aireación o un tanque con membrana de MF o UF y como tratamiento opcional final una opción adicional puede ser un biofiltro para tratar la Demanda Química de Oxigeno (DQO).

  30. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO C. Inversiones Previstas • C-1 Relacionadas con la Legislación de reciente entrada en vigor (La Ley 16/2002, IPPC. Real Decreto 9/2005, sobre suelos contaminados. Real Decreto 117/2003, COV,s).

  31. III. SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO C. Inversiones Previstas • C-2 Relacionadas con Disposiciones futuras: Reglamento REACH y Protocolo de Kyoto • El Reglamento REACH (estudio realizado por AIQPA): • El coste directo se ha estimado en 38,45 millones de euros. Las pymes (menores de 250 trabajadores) soportarían el 81,1% del mismo y las micropymes (menores de 10 trabajadores) el 13,5% de los costes directos. • Se manifiesta una situación de especial vulnerabilidad de las industrias asturianas, por su tamaño. • El Protocolo de Kyoto: • El sector químico no está afectado durante el primer periodo (2005-2007) por el régimen de comercio de derechos de emisión de GEI,s. 2 empresas asturianas del sector lo están por instalaciones de combustión > 20MW. • No obstante, actualmente existe cierta preocupación en el sector a nivel estatal y autonómico en general por la posible afección de dicho régimen durante el periodo 2008-2012 ó siguientes.

  32. INDICE • INTRODUCCIÓN: Objetivos, Alcance y Metodología del estudio. • MARCO NORMATIVO • SITUACIÓN DEL SECTOR QUÍMICO ASTURIANO • CONCLUSIONES • IPPC y la Ley 16/2002 IPPC • Protocolo de Kyoto y Comercio de Emisiones • Nueva Política de Productos Químicos-REACH • Medidas adoptadas • Mejores Técnicas Disponibles • Inversiones previstas: C-1. Relacionadas con la Legislación de reciente entrada en vigor. C-2. Relacionadas con Disposiciones futuras

  33. IV. CONCLUSIONES • Es digno de destacar que en algunas empresas ya tienen previstas actuaciones para responder a las exigencias del R.D. 9/2005, (14/01). TOPE: enero 07. • Lo mismo para R.D. 117/2003, (31/01/03), sobre limitación de las emisiones de (COVs). Para instalaciones ya existentes, TOPE: 31 de octubre de 2007. Hay muchas (tanto pymes como grandes empresas) que han iniciado o tienen previsto iniciar actuaciones tendentes a la disminución de los COVs. • Las empresas se encuentran inmersas en el proceso de elaboración de la documentación para la tramitación de la AAI. • Para los trámites administrativos relacionados con temas ambientales, las empresas utilizan el plazo disponible (no se anticipan, salvo empresas con muchos recursos). • Las empresas están más preocupadas por los “problemas diarios” que por situaciones venideras (legislación derivada del comercio de emisiones de GEI,s). Las grandes están más preparadas en este sentido.

  34. HACIA LA MEJORA CONTINUA EN EQUILIBRIO CON EL ENTORNO www.cimasconsultores.com www.fade.es/asesoresdesistemas

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