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EL RETO DEL ESTADO MEXICANO AL PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS APENAS COMIENZA

EL RETO DEL ESTADO MEXICANO AL PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS APENAS COMIENZA. La ruta a seguir, una vez aprobada la Ley federal en la materia. Situación antes de la reforma al Código Penal Federal.

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EL RETO DEL ESTADO MEXICANO AL PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS APENAS COMIENZA

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  1. EL RETO DEL ESTADO MEXICANO AL PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS APENAS COMIENZA La ruta a seguir, una vez aprobada la Ley federal en la materia

  2. Situación antes de la reforma al Código Penal Federal • México suscribió la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas. • No obstante, se carecía de un tipo penal y de normas que permitieran prevenir y sancionar la trata de personas.

  3. El bien jurídico tutelado en los delitos relacionados con la trata de personas; esto es, la explotación sexual y laboral -corrupción de menores, pornografía infantil y lenocinio- era “la moral pública y las buenas costumbres”.

  4. Ley Federal, estado actual • El 26 de abril de 2007 la Cámara de Diputados aprobó la Minuta de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas. • Y en el Senado de la República el 2 de octubre de 2007.

  5. ANALISIS COMPARATIVO DEL TIPO PENAL Y LA SANCION DEL DELITO

  6. CPF Promover; Facilitar; Conseguir; Trasladar; Entregar; o Recibir LFPSTP Promover; Facilitar; Conseguir; Trasladar; Entregar; Recibir; Ofrecer; o Solicitar. La conducta en el tipo penal de trata

  7. CPF Señala que la trata se dará “por cualquier medio”. - Esto vulnera el principio de certeza jurídica o garantía de taxatividad. LFPSTP Violencia física o moral; Engaño; Abuso de poder. - En caso de personas menores de edad no se requiere acreditar ningún medio comisivo. Medios comisivos

  8. CPF Únicamente establece agravantes a la trata de personas menores de edad. No se agrava cuando la víctima sea indígena o persona mayor de 60 años. LFPSTP Establece agravantes a la trata de personas en general. Se agrava cuando la victima es indígena o persona mayor de 60 años. Agravantes

  9. CFP Trata de personas De 4 a 9 años (no se especifica que sean de prisión). Trata de personas menores de edad * De 8 a 15 años de prisión. LFPSTP Trata de personas De 6 a 12 años de prisión - Trata de personas menores de edad. * De 9 a 18 años de prisión. Punibilidad

  10. Grandes retos en puerta • El compromiso es compartido; abarca al Estado mexicano y a la comunidad internacional. • En lo local; • En lo federal; • La sociedad civil; • En lo internacional.

  11. A. Local • Para completar la política criminal y de prevención del estado mexicano es pertinente, que los Congresos Locales legislen en la materia, pues solo lo han hecho once entidades: • Coahuila; • Distrito Federal; • Guanajuato; • Guerrero; • Hidalgo; • Jalisco; • Michoacán; • Puebla; • Querétaro; • Quintana Roo; y • Veracruz

  12. De las once entidades, cuatro continúan contemplando a “la moral pública” como el bien jurídico tutelado: • Hidalgo; • Coahuila; • Veracruz; y • Querétaro.

  13. Un dato relevante; Guerrero contempla a la trata de personas en el Capítulo de “los delitos contra la libertad de las personas”, además de considerarlo como un delito que se persigue a petición de parte ofendida, es decir, por querella.

  14. Otro dato importante; Hidalgo, Coahuila, Veracruz y Querétaro solo contemplan como fin de la trata “a la explotación sexual”, es decir, omiten los trabajos forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud,servidumbre y la extirpaciónde órganos o tejido.

  15. B. Federal • La Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas implicará nuevos compromisos para los tres poderes de la Unión.

  16. 1. El Ejecutivo • Elaborar el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; • Desarrollar campañas de prevención, protección y atención; • Promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, en relación a la seguridad, internación, tránsito o destino de las víctimas; • Promover la investigación científica; • Proporcionar la capacitación continua de los servidores públicos;

  17. Fomentar oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito; • Ejecutar planes para la construcción de albergues para las víctimas del delito; • Proporcionar protección, seguridad y salvaguarda de la integridad física de las víctimas. Investigar, detener y consignar a las personas implicadas con este delito.

  18. 2. El Poder Judicial. • Aplicar las sanciones a las personas responsables por el delito de trata; • Condenar a la reparación del daño a los responsables de la trata; • Proporcionar la información de los procesos y sentencias condenatorias de las personas responsables

  19. 3. El Poder Legislativo • La tarea apenas comienza • La Ley es la “punta de lanza” que dará paso a una serie de reformas legales o nuevas normas. • Aspectos de la Ley a desarrollar: 3.1 Adjetivos; y 3.2 Sustantivos.

  20. 3.1 Adjetivos • Las reformas adjetivas podrán ser: 3.1.1 De carácter constitucional; y 3.1.2 De carácter legal.

  21. 3.1.1 Constitucional • Las víctimas de la trata de personas deben tener el derecho de no carearse con el inculpado, tal como se prevé para las personas menores de edad cuando hayan sido víctimas del delito de secuestro o violación en el artículo 20 Apartado B fracción V de la Constitución.

  22. 3.1.2 Legales • Buscar mecanismos que garanticen la reparación del daño a las víctimas; • Código Federal de Procedimientos Penaleas; • Establecer obligaciones al personal del servicio exterior mexicano para una mejor atención a las víctimas de trata; • Ley del Servicio Exterior Mexicano. • Reforzar los controles fronterizos para evitar la trata; • Facilitar los trámites para que las personas víctimas de trata puedan residir temporal o permanentemente en el país. • Ley General de Población;

  23. 3.2 Sustantivas. • Denegar la entrada o revocación de visados a personas implicadas con este delito; • Medidas legales que prevengan la utilización de transportes comerciales en el traslado de las víctimas. • Ley de Aeropuertos y Aviación Civil. • Ley de Caminos y Puentes y Autotransporte Federal. • Ley de Navegación y Comercio Marítimo.

  24. C. Sociedad civil • La sociedad civil, así como expertos académicos en la materia, tendrán que aportar su parte: • En la protección y atención de las víctimas del delito; • En promover la denuncia de estas conductas delictivas; • En la capacitación del personal operativo; • En la difusión de campañas de prevención del delito; • En la investigación científica sobre el tema.

  25. D. En lo internacional • La prevención y erradicación de la trata de personas requiere un enfoque multidimensional e internacional. • Los Estados deben sumar esfuerzos a través de acuerdos de cooperación a nivel binacional, regional e internacional. • Los Estados deben generar políticas migratorias que no criminalicen a las víctimas de trata de personas.

  26. Los Estados deben promover un plan global o un sistema internacional de seguimiento al delito de trata de personas, pues se estima que solo el 5% de las víctimas son casos denunciados • ., además de ser el tercer negocio mas rentable a nivel mundial, después del narcotráficos y el tráfico de armas.

  27. Previsiones presupuestales • Un asunto no menor, será prever el presupuesto necesario para cumplir con el objeto de la Ley.

  28. Conclusión: Dos buenas noticias. • Ley necesaria y oportuna. Cierra un ciclo iniciado hace unos años por México, al haber firmado diversos instrumentos internacionales; • Se abre un capítulo nuevo, caracterizado por el reto de la eficacia; que esta Ley brinde los resultados que esperamos todos, de todos depende. Si cada quien hace su parte, tendremos éxito.

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