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ASUSERFI CONVOCO AL PUEBLO DE CASILDA PARA DECIR BASTA.
E N D
En una Asamblea Regional, Pública y Abierta, realizada en la Municipalidad de Casilda el martes 8, la gente decidió instalar una mesa frente al Banco BISEL para hacer firmar un petitorio para reclamar contra laUsura, la Bancarización y el Corralito.
Ante la masiva e indiscutible adhesión con que se contó durante toda la mañana del miércoles 9, se decide realizar una movilización para entregar el petitorio en los cinco bancos de la ciudad: Santa Fe (ex Provincia), Bisel, Galicia, Credicoop y Nación.
El 10 de enero de 2002 a las 8 hs., ASUSERFI (Asociación de Usuarios de Servicios Financieros) elevó a las Casas Centrales de los Bancos que operan en la ciudad de Casilda, un Petitorio. A los comerciantes, endeudados (o estafados, si quiere leerse como corresponde), se sumaron los obreros de Gherardi custodiados por una importante fila de camiones de distribuidores Una columna que marchó haciendo escuchar sus reclamos a través del PETITORIO DE ASUSERFI A LAS CASAS CENTRALES DE LOS BANCOS DE CASILDA
PRIMERO: Se disponga el inmediato e irrestricto cese de la potenciación de las deudas contraídas sobre la base de cláusulas abusivas, retornándose a los montos originariamente comprometidos, toda vez que la pretensión de cobro sobre la base de aquellas cláusulas implica:
A) La violación de normas constitucionales y legales que tutelan el acceso al consumo de bienes y servicios, y consagran el derecho inalienable a recibir un trato equitativo y digno, así como una situación de incertidumbre que vulnera el derecho a recibir información suficiente, adecuada y veraz
B) El aumento excesivo, desproporcionado e injustificado de las amortizaciones periódicas, que no guarda relación con la capacidad de pago oportunamente exhibida, conocida y admitida por la entidad bancaria, determinando que el usuario del servicio financiero se vea marginado del acceso al consumo de bienes y servicios, para atender los requerimientos de la entidad bancaria.
C) La consolidación de una ilegítima transferencia de los riesgos provenientes del funcionamiento del sistema financiero al cliente.
SEGUNDO: En mérito a la situación de emergencia económico-social, se establezca un Régimen de Facilidades de Pago Extraordinario con recálculo de las deudas aplicándose tasa de intereses legales, ampliación de plazos sin costos de financiación adicionales, bases que permitirán el restablecimiento del equilibrio en la ejecución de contrato bancario.
Huevos para estampar de vergüenza a los símbolos de los mercaderes
TERCERO: El otorgamiento de un período de gracia que permita a los usuarios del sistema financiero recomponer su actividades comerciales y/o agropecuarias y/o industriales y/o salariales, en la medida de la capacidad de pago oportunamente asumida con esa entidad.
Y los camioneros cercaron el ingreso haciendo bramar su presencia
CUARTO: La suspensión de las acciones legales tendientes a la realización de los bienes comprometidos en garantía de las deudas contraídas, promoviendo la autocomposición de los intereses en litigio, evitando un dispendio jurisdiccional inconducente y generando mayores costos en perjuicio de la situación del demandado.
QUINTO: Se proceda de conformidad a lo estipulado en la Ley de Emergencia Económica, dejándose sin efecto la conversión en dólares de saldos deudores en cuentas corrientes bancarias, y/o provenientes de resúmenes de tarjetas de créditos.
SEXTO: No se liquiden y/o apliquen intereses punitorios a las deudas bancarias de cualquier origen, por el período que se extiende desde el establecimiento del feriado cambiario y/o bancario, hasta tanto se restablezca el normal funcionamiento del sistema financiero.
SÉPTIMO: Que las Cámaras Compensadoras del Banco Central de la República Argentina evidencian un estado de colapso operativo, circunstancia que impacta negativamente en la actividad económica del usuario generando trastornos en el sistema de acreditaciones, transferencias, débitos, etc., correspondiendo no se apliquen sanciones y/o no se devenguen mayores costos y/o no se obstaculice la circulación de valores, en virtud de la circunstancia prenarrada, por su absoluta improcedencia e ilegitimidad.
OCTAVO: Que la prolongación del régimen de restricciones al retiro de fondos depositados en esa entidad constituye una situación intolerable para el ciudadano argentino, que ha sido inducido a operar con esa entidad a tenor del respaldo y solvencia internacional que la misma exhibió en nuestro país y oportunamente acreditó ante el Estado Nacional, es por ello que se torna un obligación insoslayable de esa entidad financiera, que proceda a la devolución de la totalidad de los depósitos, recurriendo a tales fines para el caso de indisponibilidad y/o insuficiencia, a los fondos existentes en sus casas matrices radicadas en el extranjero.
Se convoca a las organizaciones interesadas a presentar el mismo en las Sucursales Bancarias correspondientes a su zona de influencia.Para consultas y/o adhesiones: Asesora Legal de ASUSERFI Casilda, Dra.Patricia Lucía Ferraretto Bv. Lisandro de la Torre 1834 (2170) Casilda –Santa Fe Tel: 03464-424965 / 427941 email: plf@knett.com.ar
Para no vivir pagando y morir debiendo
Luchemos juntos por la devolución de los derechos políticos y sociales del Pueblo y de la Patria