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Gran Canaria, 2 de Julio de 2008

Nuevo Decreto regulador de Escuelas Artísticas de Canarias. Gran Canaria, 2 de Julio de 2008. Marco normativo. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias. OBJETIVOS. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias. OBJETIVOS.

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Gran Canaria, 2 de Julio de 2008

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  1. Nuevo Decreto regulador de Escuelas Artísticas de Canarias Gran Canaria, 2 de Julio de 2008

  2. Marco normativo Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias

  3. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias OBJETIVOS

  4. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias OBJETIVOS

  5. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZASProgramas educativos obligatorios

  6. LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZASProgramas educativos Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias

  7. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZASProgramas educativos

  8. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZASOtros programas educativos • Educación Musical Temprana, alumnos menores de 7 años. • Programas específicos para adultos. • Programa para personas con necesidades educativas especiales, derivadas de problemas socioeconómicos, de orden familiar, de deficiencias de tipo perceptivo (oído y visión), de problemas de tipo motor y de deficiencia mental. • Programa dirigido a las personas de la tercera edad. • Programas dirigidos a Profesorado del Área de Educación Artística de Infantil y Primaria

  9. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias PROYECTOS DE CENTRO • El Proyecto de Escuela. • Proyecto Educativo • Reglamento de Organización y Funcionamiento • Programación General y Memoria Anual. • Evaluación de Proyectos de Escuela. La Administración educativa realizará periódicamente una evaluación del Proyecto Educativo de cada Escuela.

  10. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias PROFESORADO Titulación del profesorado

  11. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PROFESORADO DE LAS ESCUELAS

  12. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias PROFESORADO:Contratación • Las modalidades de contratación del profesorado deben tener en cuenta la duración de los programas. • Se podrán aplicar modalidades alternativas adecuadas a la puesta en marcha de un proyecto educativo o a la implantación de una nueva especialidad. • Los órganos unipersonales de gobierno tendrán una reducción horaria. • El horario laboral retribuido de cada profesor o profesora reservará un número de horas no lectivas para: • Preparación y realización de actividades extraacadémicas. • Realización de sesiones de coordinación docente y evaluación del alumnado. • Elaboración y revisión de las programaciones didácticas, así como de otros aspectos del Proyecto Educativo. • Formación del profesorado.

  13. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias TITULARIDAD, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE LAS ESCUELAS • Se mantiene la consideración de centros de titularidad pública y privada • Se especifican más ampliamente los documentos necesarios para la autorización • Se diferencia, de entre las causas de modificación de autorización, entre aquellas que darán lugar a cambios en el registro (denominación, titularidad, ámbito o domicilio) y las que conllevarán sólo la notificación a la Administración educativa.

  14. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias Instalaciones • Dispondrán del adecuado aislamiento acústico y serán adecuadas en superficie y condiciones a las exigencias del número de alumnos y alumnas, así como a los programas educativos que se pretendan impartir. • Dispondrán de las condiciones de uso y acceso a las instalaciones que posibiliten la asistencia a los usuarios con discapacidades físicas, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación aplicable. • EMD o ED: vestuarios, altura mínima de 3 metros y estar provistas de pavimento flotante flexible, de barras y espejos. En las Escuelas donde se imparta Danza Española el aula deberá tener un aislamiento acústico específico. • Requisitos mínimos: 3 aulas instrumentales (5 m2), 1 aula de FMC (25 m2), 1 cabina de estudio. 1 aula polivalente (80 m2), espacio de dirección y administración, aseos para profesorado y alumnado. • Las sedes descentralizadas deberán contar, al menos, con un aula para FMC así como la cantidad de aulas necesarias para llevar a cabo el Proyecto Educativo autorizado.

  15. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias Denominación de los centros • En función de la oferta educativa y de la titularidad: a) Centros de titularidad pública: Escuelas Artísticas + denominación específica (titularidad + disciplinas ofertadas + nombre propio, localización o ámbito geográfico) b) Centros de titularidad privada: Escuelas Artísticas + denominación específica (privada + disciplinas ofertadas + nombre propio)

  16. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias Disposiciones transitorias • Los titulares de los centros autorizados al amparo del Decreto 179/1994, dispondrán de un plazo máximo de dos años para que se ajusten a las condiciones fijadas en la presente norma, a partir de si entrada en vigor.

  17. Jornadas de Escuelas de Música y Danza de Canarias Desarrollo del Decreto • Desarrollo de contenidos del Proyecto de Escuela. • Desarrollo de los órganos de gobierno de las Escuelas (composición y competencias) • Desarrollo del procedimiento de autorización • Calendario escolar • Habilitaciones docentes

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