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LEY 5395 LEY GENERAL DE SALUD C.R. AGENDA 21 de la ONU PROTOCOLO KIOTO

LEY 5395 LEY GENERAL DE SALUD C.R. AGENDA 21 de la ONU PROTOCOLO KIOTO. Yamil Membreño Mora. Fabián Delgado. LEY 5395 LEY GENERAL DE SALUD C.R. Creada en Noviembre de 1973. Administrada por el Ministerio de Salud. Cuenta con : 8 Disposiciones Generales 3 Libros Y 395 Artículos. RESUMEN.

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LEY 5395 LEY GENERAL DE SALUD C.R. AGENDA 21 de la ONU PROTOCOLO KIOTO

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  1. LEY 5395LEY GENERAL DE SALUD C.R.AGENDA 21 de la ONU PROTOCOLO KIOTO Yamil Membreño Mora. Fabián Delgado.

  2. LEY 5395LEY GENERAL DE SALUD C.R. • Creada en Noviembre de 1973. • Administrada por el Ministerio de Salud. • Cuenta con : • 8 Disposiciones Generales • 3 Libros • Y 395 Artículos.

  3. RESUMEN • La salud de la población es un bien de interés público, tutelado por el Estado, por ello todo habitante tiene derecho a las prestaciones de salud. Establece los derechos y deberes relativos a la promoción, conservación y recuperación de la salud personal y de la salud de terceros. Regula las actividades concernientes a la salud de las personas, como el ejercicio de profesiones de la salud o los establecimientos dedicados a la atención médica, de los laboratorios, bancos de sangre, establecimientos farmacéuticos, así como estupefacientes, productos de higiene y cosméticos, medicamentos, equipos y aparatos médicos. Establece las regulaciones con respecto a las enfermedades transmisibles, el control de la zoonosis, de los alimentos, las sustancias tóxicas o peligrosas, los servicios de embellecimiento y gimnasios y el costo de la propaganda. En materia ambiental, norma lo relativo al agua de uso y consumo humano, la recolección y eliminación de desechos, la evacuación de aguas servidas y negras, las actividades industriales, las urbanizaciones y otros establecimientos de interés sanitario. Finalmente establece las medidas especiales para el cumplimiento de esta ley, las atribuciones de los funcionarios, la forma de muestras y los análisis de laboratorio y las sanciones.

  4. División LIBRO I TITILOS = 3 CAPITULOS = 13 ARTICULOS . SECCIONES =11 LIBRO II TITILOS CAPITULOS = 3 ARTICULOS . SECCIONES =4 LIBRO III TITILOS = 3 CAPITULOS = 3 ARTICULOS . SECCIONES TOTAL DE ARTICULOS = 395

  5. 2 PRIMERAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: La salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado. Artículo 2: Es función esencial del Estado velar por la salud de la población.Corresponde al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Salud, al cual sereferirá abreviadamente la presente ley como “ Ministerio”, la definición de lapolítica nacional de salud, la normación, planificación y coordinación de todas lasactividades públicas y privadas relativas a salud, así como la ejecución deaquellas actividades que le competen conforme a la ley. Tendrá potestades paradictar reglamentos autónomos en estas materias.

  6. LIBRO I DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS INDIVIDUOS CONCERNIENTES A SU SALUD PERSONAL Y DE LAS RESTRICCIONES A QUE QUEDAN SUJETOS TODAS LAS PERSONAS EN CONSIDERACIÓN A LA SALUD DE TERCEROS Y DE LA CONSERVACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE. LIBRO II DE LAS AUTORIDADES DE SALUD, DE SUS ATRIBUCIONES Y CIERTAS MEDIDAS ESPECIALES.

  7. Del Libro I, Cap. 5 DE LOS DEBERES Y RESTRICCIONES A QUE QUEDAN SUJETAS LAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES (Art.298 al 307) Artículo 298 : Toda persona, que opere establecimientos industriales deberá obtener la correspondiente autorización del Ministerio para su instalación y la debida aprobación de este para iniciar su funcionamiento, así como para ampliar o variar, o modificar en cualquier forma la actividad original para la que fue autorizado.

  8. Artículo 300: Para obtener autorización de instalación, los interesados deberán acreditar ante el Ministerio, que el sitio elegido se encuentra en zona permitida según la correspondiente reglamentación vigente, que cuenta con los elementos de saneamiento básico y que dispone de los elementos o sistemas sanitarios adecuados para la eliminación de desechos, residuos, o emanaciones, a fin de no causar o contribuir a la contaminación del suelo y del agua destinada al uso y consumo humanos, ni del aire y para no constituir problema sanitario o de molestia para la población. A falta de un plan regulador de desarrollo urbano el Ministerio determinará las zonas permitidas para los establecimientos industriales, la autorización a que se refiere el presente artículo, podrá ser cancelada, suspendida o modificada, según el caso, temporal o definitivamente, cuando varíen las condiciones existentes al concederlas.

  9. Artículo 304: Los establecimientos industriales, que funcionen antirreglamentariamente o que constituyan peligro, incomodidad o insalubridad para su personal o la vecindad, podrán ser clausurados por la autoridad de salud y en todo caso, sus propietarios y administradores quedan obligados a cumplir las órdenes o instrucciones que la autoridad de salud les ordene para poner fin o mitigar la insalubridad o molestia que producen a causa de su operación, debiendo suspender tal operación hasta tanto no hayan cumplido los requisitos reglamentarios o los exigidos por el Ministerio.

  10. Artículo 305: Todo campamento de trabajo y finca rural, deberá estar provisto de los elementos de saneamiento básico para proteger la salud y bienestar de sus trabajadores y para evitar la constitución de focos de infección, o de contaminación del ambiente. Artículo 306: Se entiende por campamento de trabajo toda instalación destinada a albergar a los trabajadores de explotaciones agrícolas, mineras o ganaderas o de obras públicas o privadas en construcción.

  11. TÍTULOS • DERECHOS Y DEBERES CONCERNIENTES A LA SALUD PERSONAL • DE LOS DEBERES Y RESTRICCIONES A QUE QUEDAN SUJETAS LAS PERSONAS EN CONSIDERACIÓN A LA SALUD DE TERCEROS • DE LOS DEBERES DE LAS PERSONAS PARA LA CONSERVACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL AMBIENTEY DE LAS RESTRICCIONES A QUE QUEDAN SUJETAS EN SUS ACTIVIDADES EN BENEFICIO DE SU PRESERVACIÓN • DE LAS SANCIONES • DE LOS PROCEDIMIENTOS Y COMPETENCIAS • DEROGATORIAS Y REFORMAS

  12. Agenda 21

  13. Antecedentes Rio de Janeiro del 3 al 14 de junio en 1992, Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente y desarrollo conocida como la Cumbre de la Tierra, tuvo la participación de más de 100 Jefes de Estado y 172 gobiernos, y más 14000 organismos no gubernamentales. En la cumbre de la Tierra se obtuvieron 5 resultados: • La Declaración de Rio Sobre el medio ambiente y el desarrollo • Convenio Sobre la Diversidad Biológica • Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático • El Programa o Agenda 21

  14. Objetivo • El objetivo primordial de la Agenda 21 es promover el desarrollo sostenible y la preservación del medio ambiente, a través de una serie de estrategias para detener y compensar las consecuencias de las actividades humanas sobre el medio ambiente, promoviendo que los países tengan un desarrollo económico y social sostenible con la naturaleza.

  15. El programa Agenda 21 contempla: • Prologo e introducción • La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo • Principios relativos a los Bosque • Las 4 Secciones de la Agenda con un total de 40 capítulos • Sección I. Dimensiones económicas y sociales • Sección II. Conservación y Gestión de los Recursos para el Desarrollo • Sección III. Fortalecimiento de los Grupos Principales • Sección IV. Medios de Ejecución

  16. Algunos temas de relevancia contemplados en Agenda 21 a lo largo de sus 40 capítulos son: • RECURSO HIDRICO: CONSUMO DE AGUA • Se promueve velar por que se mantenga un suministro suficiente de agua de buena calidad para toda la población del planeta y además considera la necesidad de contar con tecnologías innovadoras

  17. CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA • Elaboración de estrategias y planes de desarrollo para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos • Generación de informes mundiales • La participación y el apoyo de las comunidades locales • DESARROLLO COMUNAL • Promover con carácter de urgencia oportunidades de trabajo y medios de subsistencia sostenibles. • Búsqueda de estrategias para la generación de ingresos económicos, involucrando las instituciones y organizaciones no gubernamentales.

  18. Protección y Fomento de la Salud Humana • Se pretende crear programas de prevención, involucrando el gobierno, las ONG’s, y las comunidades en general, abordando de forma prioritaria las necesidades de atención primaria de la salud, contemplando siempre el medio ambiente. • Fomento de la Educación, la Capacitación y la toma de Conciencia • Promover a nivel educativo por medio de la capacitación la implementación de planes de trabajo que contemplen actividades ambientales involucrando a los estudiantes y al personal, sin dejar de lado las comunidades aledañas a las instituciones, logrando así un aumento en la conciencia.

  19. Protocolo Kioto

  20. Antecedentes • El Protocolo de Kioto se inscribe dentro del Convenio Marco de la ONU sobre Cambio Climático. • Pide que los países industrializados excepto los EE.UU.., que no participan reduzcan sus emisiones de gases que contribuyen al calentamiento del globo en aproximadamente un 5% por debajo de los niveles de 1990 para el período 2008-2012. • Se impondrán sanciones a aquellos países que no cumplan sus objetivos.

  21. Se estableció que el compromiso sería de obligatorio cumplimiento cuando lo ratificasen los países industrializados responsables de, al menos, un 55% de las emisiones de CO2. Con la ratificación de Rusia en marzo de 2005, después de conseguir que la UE pague la reconversión industrial, así como la modernización de sus instalaciones, en especial las petroleras, el protocolo ha entrado en vigor.

  22. La situación en Costa Rica • Costa Rica capta actualmente menos del 1% de los beneficios económicos del mercado mundial del carbono. • Para lograr esa disminución este mercado emplea una herramienta llamada Mecanismo de Desarrollo Limpio o MDL mediante el cual los países desarrollados le pagan a países como Costa Rica por compensar los gases que ellos no logran dejar de emitir. • El mecanismo es validado por Naciones Unidas e incluye primordialmente ajustes a procesos energéticos y al manejo de desechos.

  23. GRACIAS

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