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IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE. Impuesto diferente al que recae sobre la Renta . De esta forma se impone a los declarantes de renta hacer dos declaraciones, estableciendo dos rentas y liquidando dos impuestos .

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IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE

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Presentation Transcript


  1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE Impuesto diferente al que recae sobre la Renta. De esta forma se impone a los declarantes de renta hacer dos declaraciones, estableciendo dos rentas y liquidando dos impuestos. Impuesto específico a las utilidades.Para disminuir la carga de parafiscales y estimular el empleo formal.Excluye del pago de parafiscales por trabajadores que devenguen hasta 10 salarios mínimos.

  2. CARACTERISTICAS • Impuesto nuevo, del orden nacional. • Con destinación específica = para la inversión social, generación empleo. • De periodo, rige a partir del 1º de enero de 2013 y va del 1º de enero al 31 de diciembre

  3. EXCLUSIONES DEL CREE • Las entidades sin animo de lucro • Las sociedades declaradas como zonas francas a 31 DIC 2012 • Las sociedades que hayan radicado solicitud ante el Comité Intersectorial de Zonas Francas • Los usuarios de zonas francas que se hayan calificado o califiquen a futuro, sujetos a la tarifa del 15% (Art. 240-1 E.T.).

  4. BASE GRAVABLE • Total Ingresos Brutos (-) Devoluciones, Rebajas y Desc. (-) Ingresos no Constitutivos RNGO (-) Costos (Todos = Mismos de Renta) (-) Deducciones (Taxativas) = SUBTOTAL (-) Ganancias Ocasionales (-) Rentas Exentas (Taxativas) = BASE GRAVABLE

  5. TARIFA • LA TARIFA DEL CREE SERA DEL 8% • PARA LOS AÑOS 2013, 2014 y 2015 9% NOTA: PARA SUJETOS PASIVOS DEL CREE LA TARIFA DE RENTA PASA DEL 33% AL 25% A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2013

  6. DESTINACION ESPECIFICA 2,2% ICBF 8% 1,4% SENA SISTEMA SEG. SOCIAL EN SALUD 4,4%

  7. PUNTO ADICIONAL 40% INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR PUBLICAS 1% 30% NIVELACION DE LA UPC DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE SALUD 30% SECTOR AGROPECUARIO

  8. EXONERACION DE APORTES 2% SENA, 3% ICBF (A PARTIR DE 1° JULIO 2013) 8.5% SALUD (A PARTIR 1° ENERO 2014) • Las sociedades y PJ y asimiladas, correspondiente a los trabajadores que devenguen hasta 10 SMMLV. Las PN empleadoras, por los empleados que devenguen menos de 10 SMMLV. La PN Debe tener mas de 2 empleados para tener derecho a la exoneración.

  9. ADMINISTRACION Y RECAUDO • Corresponde a la DIAN, el recaudo y la administración del impuesto sobre la renta para la equidad CREE

  10. RETENCION EN LA FUENTE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE Se establecerá la retención en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta para la equidad CREE

  11. BASE DE RETENCION CREEArt. 2° DR 0862/2013 Pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo del CREE, según actividad económica.

  12. AUTORRETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE - DECRETO 1828 DE 2013 ART. 2: A partir del 1° de septiembre de 2013, para efectos del recaudo y administración del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, todos los sujetos pasivos del mismo tendrán la calidad de autorretenedores.

  13. TARIFA AUTORRETENCIÓN Art. 2° DR 1828/2013

  14. TARIFA AUTORRETENCIÓN Art. 1° DR 14/2014

  15. AUTORRETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE - DECRETO 1828 DE 2013 Al momento en que se efectúe el respectivo pago o abono en cuenta, el autorretenedor deberá practicar la autorretención a título del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE en el porcentaje aquí previsto, de acuerdo con su actividad económica principal.

  16. DECLARACIÓN Y PAGO AUTORRETENCIÓN - CREE Los autorretenedores del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE deberán declarar y pagar las autorretenciones efectuadas en cada mes, en el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. • Los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron iguales o superiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración mensual de retención en la fuente a título de CREE. • Los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron inferiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración de retención en la fuente a título de CREE cada cuatro meses.

  17. DECLARACIÓN AUTORRETENCIÓN - CREEART. 5 DECRETO 3048 / 13 DECLARACIONES PRESENTADAS MENSUALMENTE POR OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES CUATRIMESTRALMENTE. Los sujetos pasivos cuyo periodo de declaración es cuatrimestral de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 1828 de 2013, que hubieren presentado la declaración de autorretención del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE en forma mensual. teniendo la obligación de presentarla cuatrimestralmente. deberán presentar la declaración del cuatrimestre correspondiente. Las declaraciones que se hubieren presentado de forma mensual no tienen efecto legal alguno. Los valores efectivamente pagados con dichas declaraciones podrán ser tomados como un abono al saldo a pagar en la declaración de la autorretención del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE del cuatrimestre correspondiente.

  18. MUCHAS GRACIAS

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