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FUNDAMENTACI Ó N DEL SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO.

Republica Bolivariana de Venezuela Instituto Universitario Avepane Sistema Educativo Bolivariano de Venezuela. FUNDAMENTACI Ó N DEL SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO. Mariangeles Serrano C.I. 24.437.102 Valentina Cascarano C.I 21.516.770 Nicole Garc í a C.I. 22.032.021

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FUNDAMENTACI Ó N DEL SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO.

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  1. Republica Bolivariana de Venezuela Instituto Universitario Avepane Sistema Educativo Bolivariano de Venezuela FUNDAMENTACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO. Mariangeles Serrano C.I. 24.437.102 Valentina Cascarano C.I 21.516.770 Nicole García C.I. 22.032.021 Adriana Bracamonte C.I. 21.615.761 Lucy Dongo C.I 24.707.859 Yosleiny Herrera C.I. Baruta, 8 de Noviembre de 2012

  2. FUNDAMENTACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO. Simón Rodríguez(1769-1854) fue un gran filósofo y educador venezolano, uno de los más grandes de su tiempo, tutor y mentor de Simón Bolívar. Simón José Antonio de la Santísima Trinidad Bolívar y Palacios Ponte y Blanco, mejor conocido como Simón Bolívar(1783 -1830)

  3. Belén Sanjuán Colina(1916-2004)la maestra, cuentista, poetiza, luchadora social y política. Ezequiel Zamora(1817-1860) Zamora fue un militar y político venezolano. Luis Beltrán Prieto Figueroa (1902-1993), fue un educador y político venezolano.

  4. FUNDAMENTACIÓN LEGAL La fundamentación legal que soporta al Sistema Educativo Bolivariano esta sustentada en la CRBV como máximo instrumento legal. Las directrices constitucionales en materia educativa se encuentran especialmente fijadas en los artículos 02 al 11, mediante los cuales se establecen los fundamentos del sistema educativo partiendo de:

  5. FUNDAMENTACIÓN LEGAL La educación como derecho humano y un deber social esencial y de máximo interés para el Estado. Es democrática, gratuita y obligatoria. Establece el derecho de toda persona a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades.

  6. FUNDAMENTACIÓN LEGAL Reconoce el derecho de las personas al deporte y a la recreación que beneficien la calidad de vida individual y colectiva. Precisa la obligatoriedad de la educación ambiental, la enseñanza de la lengua castellana, la historia y geografía de Venezuela así como los principios del ideario bolivariano.

  7. FUNDAMENTACIÓN LEGAL El Estado asume la educación como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.

  8. FUNDAMENTACIÓN LEGAL Articulo 9 de la CRBV: Reconoce los derechos espirituales, materiales y culturales de los pueblos indígenas. Derecho a una educación propia y un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe. Se expresa el carácter oficial de los idiomas indígenas.

  9. SUBSISTEMAS: Educación Inicial Bolivariana Educación Primaria Bolivariana Educación Secundaria Bolivariana Educación de Jóvenes, Adultos y Adultas Educación Especial Educación Intercultural Bilingüe

  10. Plan Estratégico Simón Bolívar 2007-2013 Concreta la línea estratégica referida a la Suprema felicidad Social sobre la que se desarrolla la educación con la cobertura para la población excluida, de extrema pobreza y máxima exclusión social.

  11. FUNDAMENTACIÓN LEGAL El Ministerio del Poder Popular para la Educación debe dirigir sus acciones a garantizar el fortalecimiento de las líneas estratégicas que vinculan a la educación con el trabajo productivo propias del desarrollo social, local, regional y nacional a través de la formación del estudiante.

  12. FUNDAMENTACIÓN LEGAL Concreta la línea estratégica referida a la Suprema felicidad Social sobre la que se desarrolla la educación con la cobertura para la población excluida, de extrema pobreza y máxima exclusión social. En el Articulo 23 de la CRBV se declara que los tratados, pactos, y convenciones relativos a los derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional.

  13. FUNDAMENTACIÓN LEGAL En la Convención Internacional de los Derechos del Nino, la República Bolivariana de Venezuela suscribió el compromiso de brindarles protección integral, referida al aspecto de protección social y jurídica. Esto se consagra a través de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente del 2000. En la Convención Internacional de los Derechos del Nino, la República Bolivariana de Venezuela suscribió el compromiso de brindarles protección integral, referida al aspecto de protección social y jurídica. Esto se consagra a través de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente del 2000.

  14. FUNDAMENTACIÓN LEGAL La educación constituye el proceso fundamental para la transformación del país y que la institución educativa tiene en su esencial, ser el espacio de siembra y ejercicio de estos principios transformadores constitucionales.

  15. FUNDAMENTACIÓN FILOSÓFICA La concepción filosófica del SEB se centra en las ideas de Simón Bolívar acerca del papel de la educación y un nuevo modelo de sociedad. Bolívar consideraba la necesidad de desarrollar una personalidad en función de la formación del espíritu y el corazón de los ciudadanos.

  16. FUNDAMENTACIÓN FILOSÓFICA Bolívar también valoraba lo indispensable de la educación como instrumento para el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos. “ A cada sociedad corresponde un tipo de educación; su ritmo y sabiduría y oscuridad determinaran si avanza o se hunde”

  17. FUNDAMENTACIÓN FILOSÓFICA El SEB esta centrado en la formación del ciudadano desde un enfoque humanista-social, que lo define las bases para una educación que abra el camino hacia el socialismo del siglo XIX. La educación tiene la responsabilidad de formar a la nueva generación con respeto y reconocimiento a la diversidad, la interculturalidad como uno de los principios rectores con pertenecía sociocultural, fundamentada en el ideario bolivariano.

  18. FUNDAMENTACIÓN SOCIOLÓGICA Desde el punto de vista de la Sociología, la formación de la personalidad se asocia a las fuerzas motrices del funcionamiento de la sociedad, a las conductas sociales y el carácter multiétnico y pluricultural.

  19. FUNDAMENTACIÓN SOCIOLÓGICA La educación definida por Simón Rodríguez se distingue por su carácter social, popular e igualitario, gratuito y obligatorio, publico, experimental y nacionalista. SOCIAL: Educación concebida como un elemento fundamental para la construcción de la nueva sociedad. POPULAR E IGUALTARIO: La educación debe beneficiar a todos y todas.

  20. FUNDAMENTACIÓN SOCIOLÓGICA GRATUITO Y OBLIGATORIO. PÚBLICO. EXPERIMENTAL: Incorporación de las ciencias útiles. NACIONALISTA: Sustituye el latín por el quechua.

  21. FUNDAMENTACIÓN SOCIOLÓGICA En las ideas sociológicas acerca de la educación en la obra de Bolívar se encuentran: Visión integral de la educación: Va desde los conocimientos de la formación de la persona hasta la moral. La educación para las niñas de todas las clases: Como base a la educación de las familias.

  22. FUNDAMENTACIÓN SOCIOLÓGICA Luis Bertrán Pietro Figueroa es otra de las figuras contrales que nutre el pensamiento educativo venezolano. Pietro concebía la educación como un fenómeno colectivo, regido por normas establecidas por un grupo social, expresado en la totalidad y es por ello que el Estado determina los medios para satisfacerla.

  23. FUNDAMENTACIÓN SOCIOLÓGICA Emilie Durkehim, sociólogo francés quien sentó las pautas de un concepto de educación, centrado en la necesidad de socializar al individuo. Para el la educación es una institución social.

  24. FIN GRACIAS

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