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EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES

EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES. Prof. Dr. Andrés García Román Comisionado UCO-EEES Promotor de Bolonia. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICFACIONES.

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EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES

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Presentation Transcript


  1. EL MARCO EUROPEO DECUALIFICACIONES Prof. Dr. Andrés García Román Comisionado UCO-EEES Promotor de Bolonia

  2. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICFACIONES • En la reciente reunión de Ministros Europeos responsables de Educación Superior, celebrada en Bergen, se estudió el informe, elaborado en febrero de 2005 por Grupo de Trabajo de Bolonia sobre Marcos de Cualificaciones, UN MARCO DE CUALIFICACIONES PARA EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

  3. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICFACIONES COMUNICADO DE BERGEN Adoptamos: • El marco general de cualificaciones que comprende 3 ciclos (con posibilidad de cualificaciones intermedias) • Los descriptores genéricos basados en resultados del aprendizaje y competencias • Los intervalos de créditos para los dos primeros ciclos

  4. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICFACIONES COMUNICADO DE BERGEN Nos comprometemos: • Elaborar marcos nacionales compatibles con el general para el 2010 • Presentar avances sobre marco nacional para 2007

  5. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES COMUNICADO DE BERGEN Subrayamos: • La importancia de asegurar que el marco general de cualificaciones y el más amplio para la LLL sean complementarios, incluyendo la educación general y la formación profesional

  6. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • El 8 de julio pasado se presentó el documento de la correspondiente comisión de trabajo “TOWARDS A EUROPEAN QUALIFICATIONS FRAMEWORK FOR LIFELONG LEARNING” • Dicho marco debe ser propuesto en 2006 (semestre 1º), • Se atiende así al Comunicado de Maastricht de 14 de diciembre de 2004 y a la solicitud del Consejo de Europa en marzo de 2005 • Resultando una contribución esencial a la estrategia de Lisboa

  7. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Debe ser un marco integrador con un nivel alto de generalidad • Debe ser descriptivo, no prescriptivo, “no obligando a un modelo establecido” • Pero no debe estar desprovisto de normas para que el “marco nacional” sea aceptado en la “familia de Bolonia” • No dirá qué se tiene que hacer a nivel nacional, pero si mucho de lo que “no” se debe hacer

  8. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Debe ser un marco integrador con un nivel alto de generalidad • El que se propone se define como un “meta-marco” para reforzar la confianza mutua y la cooperación entre todos los “stakeholders” implicados en LLL • Su principal objetivo es clarificar, para todos, las principales rutas (en todos los sentidos) para acceder a una cualificación determinada

  9. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES CUALIFICACIONES: “cualquier título, diploma u otro certificado emitido por una autoridad competente que da fe de que se han alcanzado unos resultados de aprendizaje, “normalmente” tras haber completado con éxito un plan de estudios de educación superior reconocido” (Grupo de trabajo de Bolonia sobre Marcos de Cualificaciones, febrero 2005)

  10. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Ya sea a nivel nacional o del Espacio Europeo de Educación Superior, los marcos de cualificaciones deberán tener en cuenta la incorporación de títulos conjuntos y otras formas de combinación de créditos obtenidos tanto en la institución de origen y otras instituciones, “como aquéllos obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes”

  11. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Consideración de créditos ECTS obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes • Se trataría, por ejemplo, de autorizar el libre acceso a la educación superior incluso si el solicitante no posee el correspondiente diploma legal siempre que dicho solicitante sea capaz de validar una experiencia profesional adquirida en el curso de una actividad remunerada o no remunerada

  12. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Consideración de créditos ECTS obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes • Se trataría, por ejemplo, de hacer posible la entrega de un diploma, en parte o en su totalidad, a aquellos candidatos que aporten evidencia de un mínimo de tres años de experiencia profesional relacionada con el contenido del diploma que se espera obtener

  13. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Consideración de créditos ECTS obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes (cont.) Con ello se pretendería: • 1° Dar a los trabajadores que se han visto obligados a entrar a edad temprana en la vida activa una nueva oportunidad de acceder a los diplomas y títulos del sistema de la educación superior • 2° Evitar tener que volver a aprender conocimientos ya asimilados por aquellos solicitantes que reanudan sus estudios de tal modo que puedan ahorrar tiempo y esfuerzos

  14. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Consideración de créditos ECTS obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes (cont.) Con ello se pretendería: • 3° Atender mejor y más eficientemente las necesidades y deseos de personas, empresas y sociedad. • 4° Fomentar un vínculo más estrecho entre educación y aprendizaje académico y profesional

  15. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Consideración de créditos ECTS obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes (cont.) • Los marcos de cualificaciones proporcionan los instrumentos para considerar los distintos itinerarios de aprendizaje que pueden conducir a cualificaciones similares PERO • Para que la educación superior mejore la cohesión social es importante que las cualificaciones se reconozcan independientemente de las vías de aprendizaje que se hayan seguido para su obtención

  16. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Consideración de créditos ECTS obtenidos por medio de otros programas o experiencias relevantes (cont.) • La tarea del profesorado no es la de guardianes de las puertas de acceso, sino comprobar lo que la gente tiene cuando sale • Es preciso tener debidamente en cuenta aspectos tales como el desarrollo personal y la dimensión social de la educación superior, además de los aspectos relacionados con el empleo

  17. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES CUALIFICACIONES (Marco para la LLL) Una cualificación se alcanzan cuando un organismo competente determina que un aprendizaje individual ha alcanzado unos niveles especificados de conocimientos, habilidades y competencias. Los niveles de los resultados de aprendizaje se confirman mediante una homologación o validación por haber completado con éxito unos estudios. …/…

  18. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES El aprendizaje y la validación para una cualificación se obtienen a través de un programa de estudios y/o a través de una experiencia profesional. Una cualificación confiere un reconocimiento oficial en el mercado de trabajo y para la educación y formación superior. Una cualificación puede ser un título legal para practicar una profesión.

  19. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Debe constar de 3 grandes ciclos (8 niveles para LLL) • Titulaciones de primer ciclo: 180-240 ECTS • Titulaciones de segundo ciclo: 90-120 ECTS con un mínimo de 60 del nivel de segundo ciclo • Titulaciones de tercer ciclo: no precisa asignación de créditos

  20. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Debe considerar la provisión adicional de un ciclo corto dentro de o vinculado al primer ciclo: aproximadamente 120 ECTS (Se incluye en los 8 niveles para LLL) • Podría tener (FP) o no salida profesional (*) • Se planteó como recomendación por los ministros de Educación (Berlín, 2003) • Se entendía que, en cuanto fuera posible, un marco del EEES debería incluir cualificaciones inferiores al nivel de primer grado

  21. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES • Debe incorporar descriptores de ciclos • Los descriptores constituyen una gama de estándares de conocimientos, habilidades y competencias • Enuncian genéricamente las expectativas típicas respecto a los logros y capacidades relacionados con las cualificaciones que representan el final de cada ciclo de Bolonia • Se propuso la adopción de los Descriptores de “Dublín” (se han complementado para la LLL)

  22. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES Con relación a pertenecer o no a la “Familia de Bolonia”, se ha de tener en cuenta que: • Cada país certificará la compatibilidad de su propio marco con el marco integrador • Los detalles de esta autocertificación se harán públicos • Se mantendrá una lista pública de los estados que hayan completado el proceso de autocertificación

  23. EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES Con relación a pertenecer o no a la “Familia de Bolonia”, se ha de tener en cuenta que: • La culminación del proceso de autocertificación se consignará en los Suplementos al Título emitidos posteriormente, en los que se mostrará la vinculación entre el marco nacional y el europeo • Todos los signatarios completarán el proceso de autocertificación de sus marcos nacionales para el año 2010

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