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Javier Casado (fcasadog@aemet.es)

Módulo Formativo: Introducción a la meteorología aeronáutica Fase de Capacitación para funcionarios del Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. Javier Casado (fcasadog@aemet.es). Productos de observación. Informes locales especiales y ordinarios METAR SPECI

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Javier Casado (fcasadog@aemet.es)

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Presentation Transcript


  1. Módulo Formativo: Introducción a la meteorología aeronáuticaFase de Capacitación para funcionarios del Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado Javier Casado (fcasadog@aemet.es)

  2. Productos de observación • Informes locales especiales y ordinarios • METAR • SPECI • Aeronotificaciones ordinarias y especiales METAR LEZG 201700Z 30010KT 9999 FEW040 10/07 Q1025= METAR LESO 240530Z 07003KT 1100 R22/P2000 BR -DZ SCT003 OVC006 13/12 Q1014= METAR LEGE 240530Z VRB01KT 9999 FEW030 12/08 Q1015=

  3. Productos de observación • Avisos de rayos en modo texto • Imágenes de rayos • Imágenes de Radar • Imágenes de satelite

  4. Productos de predicción de aeródromo • Pronósticos de aeródromo («TAF»). Periodos de validez de 9 ó 24 horas. • Enmienda al pronóstico de aeródromo («TAF AMD») • Pronóstico de aterrizaje tipo tendencia («TREND»), 2 horas de validez • Pronóstico de despegue

  5. Productos de predicción de aeródromo • Avisos de aeródromo, con periodos de validez de hasta 24 horas. • Avisos automáticos de tormentas previstas a muy corto plazo (20 minutos).

  6. Productos de predicción de área Los productos de predicción de área son: • Pronóstico de área («GAMET»). • Mapa significativo para vuelos a baja altura (SIGWX SFC/150). • Mapas de tiempo significativo del WAFS (SIGWX). • Mapas de viento y temperatura de AEMET • Mapas de viento y temperatura WAFS. • Datos reticulares de viento y temperatura del WAFS.

  7. Productos de vigilancia de área Los productos de vigilancia de área son: • Avisos de fenómenos peligrosos en ruta («SIGMET»). • Avisos de fenómenos peligrosos para vuelos a baja altura («AIRMET»). • Avisos de cenizas volcánicas • Avisos de ciclones tropicales YUDD SIGMET 3 VALID 251600/252200 YUDO – YUCC AMSWELL FIR TC GLORIA OBS AT 1600Z N2706 W07306 CB TOP FL500 WI 150NM OF CENTRE MOV NW 10KT NC FCST 2200Z TC CENTRE N2740 W07345 YUDD SIGMET 2 VALID 211100/211700 YUSO – YUDD SHANLON FIR/UIR VA ERUPTION MT ASHVAL PSN S1500 E07348 VA CLD OBS AT 1100Z FL310/450 APRX 220KM BY 35KM S1500 E07348 – S1530 E07642 MOV SE 65KMH FCST 1700Z VA CLD APRX S1506 E07500 – S1518 E08112 – S1712 E08330 – S1824 E07836.

  8. Productos de vigilancia de área Información sobre cenizas volcánicas Información sobre ciclones tropicales

  9. Tipos de mensajes • 1- Según los destinatarios • - Difusión interna: Informes locales ordinarios y especiales • Difusión externa: Resto • 2- Según el formato • Mensaje en clave: METAR/SPECI, TAF, • Lenguaje claro abreviado: Resto información texto • Gráfica: Mapas meteorológicos MET REPORT YUDO 221630Z WIND 240/4MPS VIS 600M RVR RWY 12 TDZ 1000M MOD DZ FG CLD SCT 300M OVC 600M T17 DP16 QNH 1018 HPA TREND BECMG TL1700 VIS 800M FG BECMG AT1800 VIS 10KM NSW METAR YUDO 221630Z 24004MPS 0600 R12/1000U DZ FG SCT010 OVC020 17/16 Q1018 BECMG TL1700 0800 FG BECMG AT1800 9999 NSW

  10. Publicaciones de la OACI • Anexos: Contienen las normas y métodos recomendados. Hay 18. El 3 el de meteorología. Están estructurados • Preámbulo: Trazabilidad del documento • Parte I: Normas básicas y métodos recomendados • Parte II: Especificaciones técnicas (apéndices) y textos complementarios de los SARPS o se incluyen como una guía para su aplicación (adjuntos). • Ejemplos • Anexo 2 Reglamento del aire • Anexo 4 Cartas aeronáuticas • Anexo 6 Operación de aeronaves • Anexo 8 Aeronavegabilidad • Anexo 10 Telecomunicaciones aeronáuticas • Anexo 11 Servicios de tránsito aéreo • Anexo 12 Búsqueda y salvamento • Anexo 13 Investigación de accidentes e incidentes de aviación • Anexo 14 Aeródromos • Volumen I — Diseño y operaciones de aeródromos • Volumen II — Helipuertos • Anexo 15 Servicios de información aeronáutica

  11. Publicaciones de la OACI • Doc: Procedimientos, manuales y otra información que complementan a los anexos. • Ejemplos • Doc 7030 Procedimientos suplementarios regionales • Doc 7488 Manual de la atmósfera tipo de la OACI [ampliada hasta 80 km] • Doc 7910 Indicadores de lugar • Doc 8400 Abreviaturas y códigos de la OACI • Doc 8896 Manual de métodos meteorológicos aeronáuticos • Doc 9328 Manual de métodos para la observación y la información del alcance visual en la pista • Doc 9365 Manual de operaciones en todo tiempo • Doc 9377 Manual sobre coordinación entre los servicios de tránsito aéreo, los servicios de información aeronáutica y los servicios de meteorología aeronáutica • Doc 9680 Manual sobre el suministro del servicio meteorológico para operaciones internacionales de helicópteros • Doc 9691 Manual sobre nubes de cenizas volcánicas, materiales radiactivos y sustancias químicas tóxicas

  12. Publicaciones de la OACI • ANP2 Planes de navegación aérea: Documentos que desarrollan aspectos de la navegación aérea en una región determinada. Complementan los SARP básicos de los anexos. • En estos documentos se detallan las necesidades en materia de instalaciones y servicios (incluyendo los meteorológicos) en las diversas regiones y el estado de implantación de las instalaciones y servicios recomendados. • Cada ANP comprende una sección que trata de meteorología, tanto en la parte que contiene el plan regional de navegación aérea básico (ANP) como la parte que contiene el documento sobre las instalaciones y servicios (FASID). • Estos principios, requisitos y criterios surgen de las disposiciones pertinentes del Anexo 3 y, en particular, las que requieren acuerdo regional de navegación aérea. Este servicio se ha de considerar como el mínimo para la planificación de instalaciones o servicios meteorológicos por los Estados de la región.

  13. Procedimientos suplementarios regionales (Doc 7030) Los procedimientos suplementarios regionales (SUPPS), son aprobados por el Consejo de la OACI para su aplicación en las respectivas regiones. Actualmente el documento contiene procedimientos específicos para la aplicación regional del Anexo 3, Capítulo 5 (Observaciones e informes de aeronave) así como varios procedimientos regionales específicos referentes a comunicaciones, servicios de tránsito aéreo, etc.

  14. Publicaciones aeronáuticas AIP: Publicación de información aeronáutica. La publicada por cualquier Estado, o con su autorización, que contiene información aeronáutica, de carácter duradero, indispensable para la navegación aérea. AIRAC: (reglamentación y control de información aeronáutica) sistema que tiene por objeto la notificación anticipada, basada en fechas comunes de entrada en vigor, de las circunstancias que requieren cambios en los métodos de operaciones. Las modificaciones a las AIP de importancia para las operaciones se publicarán de conformidad con los procedimientos AIRAC y se identificarán claramente mediante las siglas - AIRAC. AIC: Circular de información aeronáutica. Aviso que contiene información que no requiere la iniciación de un NOTAM ni la inclusión en las AIP, pero relacionada con la seguridad del vuelo, la navegación aérea, o asuntos de carácter técnico, administrativo o legislativo.

  15. Publicaciones aeronáuticas Las publicaciones de información aeronáutica incluirán en la parte I - Generalidades (GEN): Una declaración de la autoridad competente responsable de las instalaciones, servicios o procedimientos de navegación aérea de las que trata la AIP; Las condiciones generales en las cuales se pueden utilizar internacionalmente los servicios e instalaciones; Una lista de diferencias importantes entre los reglamentos y métodos nacionales del Estado y las correspondientes normas, métodos recomendados y procedimientos de la OACI, en forma tal que permita al usuario distinguir fácilmente entre los requisitos del Estado y las disposiciones pertinentes de la OACI; La elección hecha por el Estado en cada caso importante en que las normas, métodos recomendados y procedimientos de la OACI prevean una opción.

  16. Publicaciones aeronáuticas Las publicaciones de información aeronáutica incluirán en la parte GEN 3.5. Servicios meteorológicos: GEN 3.5.1. Servicio responsable. GEN 3.5.2. Área de responsabilidad. GEN 3.5.3. Observaciones e informes meteorológicos. GEN 3.5.4. Tipos de servicio. GEN 3.5.5. Notificación requerida de los explotadores. GEN 3.5.6. Informes de aeronave. GEN 3.5.7. Servicio VOLMET. GEN 3.5.8. Servicio SIGMET y AIRMET. GEN 3.5.9. Otros servicios meteorológicos automáticos.

  17. Publicaciones aeronáuticas NOTAM: Aviso distribuido por medio de telecomunicaciones aeronáuticas que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo Los NOTAM se iniciarán y expedirán en relación con la información siguiente: - Establecimiento, eliminación y cambios importantes que afecten a las operaciones de los servicios aeronáuticos (AGA, AIS, ATS, COM, MET, SAR, etc.); ASHTAM: NOTAM de una serie especial relativo a una erupción volcánica y/o nubes de cenizas volcánicas SNOWTAN: NOTAM de una serie especial que notifica por medio de un formato determinado, la presencia o eliminación de condiciones peligrosas debidas a nieve, nieve fundente, hielo o agua estancada relacionada con nieve, nieve fundente o hielo en el área de movimiento.

  18. Documentos de la OMM Además de publicar documentos de carácter meteorológico general, la OMM publica también documentos que tratan de la meteorología aeronáutica. Son pertinentes los siguientes documentos: Reglamento técnico de la OMM, Volumen II (OMM núm. 49) (equivalente en categoría a las normas y métodos recomendados y a los procedimientos para los servicios de navegación aérea de la OACI). Parte C.3.1 — Normas y métodos recomendados: idéntico al Anexo 3, salvo algunas pequeñas diferencias de carácter editorial. Parte C.3.2 — Climatología aeronáutica: amplía las disposiciones del Anexo 3, Capítulo 8, y ofrece modelos de formularios para resúmenes climatológicos de aeródromo. Parte C.3.3 — Formato y preparación de la documentación de vuelo: amplía las disposiciones del Anexo 3, Capítulo 9, y ofrece modelos de formularios y mapas.

  19. Manuales OMM Manuales (tienen a menudo, una categoría superior a los manuales de la OACI) Manual de claves (OMM núm. 306): Contiene detalles sobre todas las claves meteorológicas, incluyendo las relacionadas con la aviación. Manual sobre el Sistema Mundial de Telecomunicación (OMM núm. 386): Contiene los métodos y procedimientos que han de utilizarse en la recopilación, intercambio y distribución de la información sobre observaciones y de la información procesada a escala mundial. Manual sobre el Sistema mundial de tratamiento de datos (OMM núm. 485): Contiene los métodos y procedimientos que han de utilizarse en el tratamiento, almacenamiento y recuperación de la información meteorológica. El manual, entre otras cosas, comprende reglamentos relativos al suministro del servicio por los centros meteorológicos regionales especializados de la OMM (RSMC) en respuesta a emergencias nucleares. Manual sobre el Sistema mundial de observaciones (OMM núm. 544): Contiene prácticas y procedimientos para los métodos, técnicas e instalaciones y servicios que han de utilizarse para hacer observaciones a escala mundial.

  20. Guías OMM Guía de instrumentos meteorológicos y métodos de observación (OMM núm. 8): en ella se reseñan las normas básicas sobre instrumentos y métodos de observación. Directrices para la formación e instrucción de personal en meteorología e hidrología operacional (OMM-núm. 258, Volumen II). Guía sobre el sistema mundial de tratamiento de datos (OMM-núm. 305). Guía sobre el sistema mundial de observaciones (OMM núm. 488). Guía sobre las observaciones meteorológicas y sistemas de distribución de información en los aeródromos (OMM núm. 731). Guía sobre las prácticas para oficinas meteorológicas que prestan servicios a la aviación (OMM núm. 732). Informes y pronósticos de aeródromo — Manual de claves para el usuario (OMM-núm. 782).

  21. MANUAL DE ATENCIÓN A USUARIOS AU-PRO-0101 Procedimiento de atención personalizada a usuarios aeronáuticos AU-PRO-102 Procedimiento de atención al SAR AU-PRO-0200 Procedimiento General de gestión de las quejas y sugerencias AU-GUI-0101 Guía de Servicios MET para la Navegación Aérea AU-GUI-102 Guía MET AU-GUI-103 Guía de usuario del AMA

  22. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS El Observador de servicio de la OMA es el responsable de: Proporcionar la documentación previa al vuelo a las tripulaciones y Cías Aéreas. Atender las consultas que se reciban en la OMA Atender la solicitud de información del SAR en los términos marcados en el procedimiento AU-PRO-102 Derivar a la unidad adecuada las consultas no resueltas La tramitación de quejas y reclamaciones de los usuarios de acuerdo al procedimiento. Procedimiento General de gestión de las quejas y sugerencias (AUPRO- 200).

  23. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS Suministro periódico de información previa al vuelo El suministro de la información previa al vuelo de manera periódica y regular requiere un acuerdo local con los explotadores interesados que recoja: • Tipo de información que se suministra • Cantidad • Horas de disponibilidad de la información Dado que el AMA es el medio para el suministro de información previa al vuelo, se procurará que este tipo de suministro se utilice solo en los casos que no se pueda prestar servicio con cualquiera de los otros medios. El acuerdo de suministro se hará utilizando el impreso “Acuerdo de suministro de información previa al vuelo” que se incluye en el punto 8 de este procedimiento.

  24. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS Consulta La consulta es la solicitud de información meteorológica adicional o la explicación de una información ya suministrada (Aclaración de un parte, precisión de un pronóstico). Recepción Cuando se reciba una consulta deberá anotarse en el “registro de información facilitada”, los datos del solicitante y la información solicitada. Atención Si la consulta se puede atender desde la Unidad, se utilizarán los recursos técnicos y bases de datos del INM para atender la solicitud. En caso contrario, se derivará a la Unidad adecuada. Registro Una vez atendida la consulta se deberá completar el “registro de información facilitada”. En el caso de que se haya abierto un procedimiento de queja se anotará tal circunstancia en el apartado de observaciones en el registro.

  25. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS USUARIOS POTENCIALES Cías Aéreas Operadores de Handling Gestores de aeropuertos Miembros de las tripulaciones de vuelo Aeronaves en vuelo Servicios de tránsito aéreo (torres y centros de control) Servicio de búsqueda y salvamento Servicio de información aeronáutica Trabajos aéreos Escuelas

  26. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS

  27. Diagrama de flujo

  28. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS

  29. ATENCIÓN PERSONALIZADA A USUARIOS AERONÁUTICOS REGISTRO DE INFORMACIÓN FACILITADA OMA REGISTRO DE INFORMACIÓN FACILITADA OMPA y OVM

  30. Gestión de Quejas y sugerenciasen una OMA/OMD • RESPONSABILIDADES DEL OBSERVADOR AERONÁUTICO • (en ausencia del jefe de OMA/OMD*): • 1.- Recibir las quejas o sugerencias que los usuarios presenten en la oficina meteorológica. • 2.- Enviar por correo electrónico (preferiblemente) o por fax una copia de la queja o sugerencia recibida a la XRU/XCU correspondiente. • 3.- Remitir los originales por correo postal al Área Calidad.

  31. Gestión de Quejas y sugerenciasen una OMA/OMD Jefe de OMA/OMD*: Responsabilizarse del Formulario de Quejas y Sugerencias ubicado en la Oficina Meteorológica. Garantizar la correcta ubicación y señalización de la existencia del Formulario de Quejas y Sugerencias. Recibir las quejas o sugerencias que los usuarios presenten en la Oficina Meteorológica. Enviar por correo electrónico (preferiblemente) o por fax una copia de la queja o sugerencia recibida a la XRU/XCU correspondiente. En caso de que la queja afecte a su unidad realizar el informe correspondiente y enviarlo junto al formulario. Remitir los originales por correo postal al Área Calidad.

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