1 / 15

EMBARCACIONES de RECREO LIBERTY SEGUROS 2003

EMBARCACIONES de RECREO LIBERTY SEGUROS 2003. POSIBILIDADES DE CONTRATACION. Responsabilidad Civil Obligatoria Responsabilidad Civil Voluntaria Reclamación de Daños Pérdida Total y Abandono Daños Propios Accidentes Ocupantes y Esquiador Participación en Regatas

phyre
Download Presentation

EMBARCACIONES de RECREO LIBERTY SEGUROS 2003

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. EMBARCACIONES de RECREO LIBERTY SEGUROS 2003

  2. POSIBILIDADES DE CONTRATACION • Responsabilidad Civil Obligatoria • Responsabilidad Civil Voluntaria • Reclamación de Daños • Pérdida Total y Abandono • Daños Propios • Accidentes Ocupantes y Esquiador • Participación en Regatas • Alquiler de la embarcación • Asistencia Nautica

  3. RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIA CAPITAL MINIMO: 336.566,78 Euros • INDEMNIZACIONES A PERJUDICADOS Responsabilidad Civil extracontractual por los daños materiales, personales o pérdidas económicas causadas a terceros derivadas del uso de la embarcación asegurada habiendo mediado culpa o negligencia del Asegurado. • LIMITES CUANTITATIVOS Daños a personas: 120.202,42 Euros por víctima con un máximo de 240.404,84 Euros Daños materiales: 96.161,94 Euros

  4. COBERTURA DE RC Obligatoria • Fianzas Judiciales • Costas y Gastos Judiciales • Honorarios Profesionales • Gastos Extrajudiciales • Inherentes a la gestión del siniestro y a la defensa del Asegurado.

  5. RECLAMACION DE DAÑOS • Reclamación judicial o amistosa de los daños causados por un Tercero a la embarcación asegurada. • Cobertura de todos aquellos gastos en que deba incurrirse para llevar adelante la reclamación (abogados, procuradores, médicos, traductores,...). • Límites Económicos: • Honorarios de Profesionales: 1.502,53 Euros • Adelanto de indemnizaciones: 12.020,24 Euros

  6. COBERTURA DE DAÑOS PROPIOS • PERDIDA TOTAL Y ABANDONO • Por accidente de navegación, entendiendose por tal la desaparición o destrucción a consecuencia de naufragio, hundimiento, varada, embarrancada, abordaje, colisión con objetos e instalaciones fijas o flotantes, incendio, explosión y golpe de mar por temporal. • AVERIAS PARTICULARES • Daños que pueda sufrir la embarcación y/u otros elementos asegurados, siendo el límite de indemnización la suma asegurada. • ROBO • Daños y/o gastos que sufra la embarcación tanto en navegación, a flote o durante su estancia en tierra.

  7. COBERTURA de ROBO • QUEDAN GARANTIZADOS LOS DAÑOS Y/O GASTOS QUE SUFRA LA EMBARCACIÓN ASEGURADA TANTO EN NAVEGACION O A FLOTE COMO DURANTE SU ESTANCIA EN TIERRA POR: • Robo o intento de robo con violencia, forzamiento y/o amenaza de las personas que custodian la embarcación. • Robo de motores fueraborda siempre y cuando dispongan de dispositivo antirrobo además de su método habitual de sujeción. • Robo del equipo auxiliar y efectos personales declarados en la póliza siempre que se produzcan con violencia o forzamiento de la cabina de la embarcación o compartimentos cerrados habituales de ubicación de dichos elementos.

  8. EFECTOS PERSONALES Y ACCESORIOS EFECTOS PERSONALES Todas las prendas y objetos de uso y disfrute personal que en cada momento lleven las personas a bordo de la embarcación asegurada y que NO sean necesarias para la navegación y gobernabilidad de la misma. Deberán especificarse en póliza aquellos efectos que superen los 300 Euros de valor unitario. ACCESORIOS Son aquellos que, formando parte integrante de la embarcación, están unidos a la misma y/o aquellos que sean necesarios para la navegación. Todos los accesorios deben ser especificados en póliza.

  9. COBERTURAS PARA MOTOS ACUATICAS • Responsabilidad Civil Obligatoria • Pérdida Total y Abandono • Daños Propios • Robo: garantía optativa • Accidentes Ocupantes • Edad Mínima: 25 años • Matrícula Obligatoria • Titulación Obligatoria • Piloto Declarado en Póliza

  10. FRANQUICIAS • Las Franquicias que se aplican son PORCENTUALES sobre el CAPITAL ASEGURADO • Posibilidad de Modificación de Franquicias: • Aumento = Descuento en Prima • Reducción = Recargo en Prima • Eliminación = Recargo en Prima

  11. COBERTURAS OPCIONALES • Extensión del Area de Navegación: Mar Mediterráneo y fuera de este hasta 200 millas del litoral de España y Portugal, travesías a Islas Canarias y en transporte terrestre UE • Participación en Regatas: Costeras ( sin consultar) y Altura (a consultar) • Accidentes Ocupantes: desde 6.010 E hasta 60.101 E • Accidentes Esquiador: desde 6.101 E hasta 18.030 E

  12. VALOR A NUEVO VALOR VENAL o REAL VALOR A NUEVO: Cifra de adquisición de la embarcación de acuerdo a los precios de mercado de venta actual, incluyendo IVA y demás impuestos, en estado nuevo, u otra de similares características, en el caso de no existir el modelo asegurado en el mercado. VALOR VENAL O REAL: Valor en el mercado de la embarcación asegurada, teniendo en cuenta su uso, desgaste y antigüedad.

  13. VALOR A NUEVO VALOR VENAL o REAL VALOR A NUEVO • NO SE APLICA RECARGO POR ANTIGÜEDAD • Siniestro Pérdida Total = Indemnización a Valor Venal • Siniestro Parcial = Indemnización a Valor de Nuevo VALOR VENAL O REAL • APLICACIÓN DE RECARGO POR ANTIGÜEDAD • Siniestro Pérdida Total = Indemnización a Valor Venal • Siniestro Parcial = Indemnización a Valor de Nuevo

  14. RIESGOS EXCLUIDOS • Alquiler sin tripulación del armador • Embarcaciones vivienda o de explotación comercial • Embarcaciones cuyo uso no esté destinado a la navegación de recreo o deportiva • Embarcaciones especiales (prototipos, regateros...) • Regatas para embarcaciones a motor • Embarcaciones de alquiler y participación en regatas (opciones incompatibles)

  15. NORMAS DE ACEPTACION DIRECTA • Embarcaciones de antigüedad SUPERIOR a 10 años e INFERIOR a 15: peritaje o certificado de navegabilidad con fecha de emisión no superior a 18 meses • Embarcaciones de antigüedad SUPERIOR a 15 años e INFERIOR a 20: peritaje o certificado de navegabilidad con fecha de emisión no superior a 6 meses • Embarcaciones de antigüedad SUPERIOR a 20 años: peritaje

More Related