1 / 16

REQUISITOS LEGALES

REQUISITOS LEGALES. MENORES DE EDAD. DOCUMENTACION REQUERIDA A MENORES DE EDAD PARA SALIR DEL PAIS. FORMATO SAM AUTORIZACION OTORGADA ANTE NOTARIO PUBLICO. QUE ES EL FORMATO SAM (SALIDA DE MENORES).

Download Presentation

REQUISITOS LEGALES

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. REQUISITOS LEGALES MENORES DE EDAD

  2. DOCUMENTACION REQUERIDA A MENORES DE EDAD PARA SALIR DEL PAIS • FORMATO SAM • AUTORIZACION OTORGADA ANTE NOTARIO PUBLICO

  3. QUE ES EL FORMATO SAM (SALIDA DE MENORES) • Es una medida de facilitación que el INM pone a disposición de los usuarios en la página de Internetwww.inm.gob.mx • El padre o tutor registra el formulario de autorización en internet, mismo que deberá ser llenado en línea e impreso en tres tantos para que sea presentado ante la autoridad migratoria en el momento en que un menor de edad pretenda salir del país. • El SAM es un documento gratuito, en el que consta la autorización de quienes ejerzan la patria potestad o la tutela, cuando la niña, niño o adolescente o la persona bajo tutela jurídica, vaya acompañado por un tercero mayor de edad, distinto de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela, o viaje solo. • Será válido para una salida del territorio nacional y tendrá un vigencia de 180 días desde su emisión.

  4. ¿PARA QUIEN APLICA EL FORMATO SAM? • El formato de Salida de Menores (SAM), aplica para los menores mexicanos, o extranjeros con Residencia Temporal, Temporal Estudiante o Permanente, que hayan adoptado la nacionalidad mexicana o que se encuentren bajo tutela jurídica, en términos de la legislación civil mexicana. • El formato SAM entra en vigor a partir del 24 de Enero del 2014

  5. ¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA QUE UN MENOR DE EDAD QUE VIAJARA AL EXTRANJERO SOLO, PUEDA SALIR DEL PAIS CON EL FORMATO SAM? • Se debe ingresar a la página www.inm.gob.mx • El padre o tutor localiza el formulario de autorización en internet (formato SAM), mismo que deberá ser llenado en línea e impreso en tres tantos. • Se deberá presentar ante la autoridad migratoria en el lugar destinado al tránsito internacional de personas, con la siguiente documentación en original y tres copias: • PASAPORTE • ACTA DE NACIMIENTO • IDENTIFICACION DE LOS OTORGANTES

  6. VIGENCIA, COSTO, HORARIO Y LLENADO DEL FORMATO SAM • 180 días • Presentarse en las oficinas de atención al público del INM (Aeropuerto) • Puede presentarse varios días antes de su salida • El trámite y asesoría son GRATUITOS, las 24 hrs. y 365 días del año • El llenado del formato lo puede realizar AMBOS PADRES O UNO DE ELLOS en la pagina WWW.INM.GOB.MX • Es importante que el MENOR ACUDA EL DIA en que se cotejen los documentos y quien realice el tramite acuda con todos los documentos solicitados, de lo contrario NO SE PODRA REALIZAR EL TRAMITE

  7. ¿SE PUEDE HACER EL TRAMITE EL MISMO DIA QUE EL MENOR VA A VIAJAR AL EXTRANJERO? • Aunque es posible realizar el trámite el mismo día, te recomendamos que lo realices días antes del viaje, ya que dichos documentos deben ser debidamente cotejados por la autoridad migratoria, para la mayor seguridad del menor.

  8. UNA VEZ QUE TENGO LLENO E IMPRESO EL FORMATO ¿ES NECESARIO QUE EL MENOR DE PRESENTE ANTE LAS AUTORIDADES DE MIGRACION EN LOS PUNTOS DE SALIDA? • Es importante que el menor se presente junto con los padres o la persona que ejerza la patria potestad o la tutela.En cualquiera de las dos situaciones, la persona que acompaña al menor deberá presentar los formatos debidamente firmados además de la documentación en original y de los documentos referidos con anterioridad con tres copias.

  9. SELLO DE AUTORIZACION • El trámite solo se realizará en las oficinas del INM ubicadas en los principales puntos de tránsito internacional. • El INM es únicamente quien otorgará el SELLO DE AUTORIZACION • El sello de autorización se colocará una vez cotejados los documentos, SIN EL SELLO NO SERÁ VÁLIDO Y EL MENOR NO PODRA VIAJAR • Una vez sellado, te entregarán dos tantos, UNO PARA LA LINEA AÉREA y OTRA SERA TU ACUSE DE RECIBO

  10. ¿CON QUÉ OTROS DOCUMENTOS LOS MENORES DE EDAD PUEDEN VIAJAR AL EXTRANJERO SOLOS? • 1. Documento otorgado ante fedatario público.2. Documento emitido por autoridad que tenga facultad para ello en el que conste la autorización para que el menor de edad pueda salir solo del territorio nacional otorgada por ambos padres o por quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o tutela.3. Formato SAM expedido por el Instituto Nacional de Migración.

  11. EN QUE CASOS NO SERA REQUERIDO EL FORMATO SAM • a) Cuando la niña, niño, adolescente o la persona bajo tutela jurídica, en términos de la legislación civil mexicana, viaje con ambos padres. • b) Cuando la niña, niño, adolescente o la persona bajo tutela jurídica, en términos de la legislación civil mexicana, viaje con uno de los padres. • c) Cuando la niña, niño, adolescente o la persona bajo tutela jurídica, en términos de la legislación civil mexicana, viaje con su tutor. • d) Tampoco en los casos de niños, niñas y adolescentes que vayan a ser repatriados a México.

  12. DOCUMENTO OTORGADO ANTE NOTARIO PUBLICO • Nombre del menor de edad (acta de nacimiento) • Nombre de los padres y domicilio (INE o Pasaporte) • Especificar medio de transporte, destino y fecha de viaje • En comunidades de países, autorizar para que el menor viaje a diferentes países. • Presentar Original y tres copias, y no es necesario acudir al INM ANTES ni DURANTE el check in del vuelo • Facultar a Consejero, Chair o Encargado del Programa de Estudios en aquél país para realizar tramite migratorio alguno • El formato SAM no se puede certificar ante Notario Público • Formato SAM gratuito y Autorización Notarial tiene costo

  13. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION 10/10/14 LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA EXPEDICION DE VISAS • Las oficinas consulares podrán documentar a los extranjeros que pretendan ingresar al país al amparo de un instrumento jurídico internacional de movilidad de personas, conforme a lo dispuesto por el acuerdo suscrito y otorgarles alguna de las siguientes visas: • I. Visa de Residencia Temporal. • II. Visa de Residente Temporal Estudiante. • La visa se tramita y se obtiene de forma personal en cualquier oficina consular de México, o bien, por medios remotos o virtuales. • En el caso de la comparecencia personal será necesario que todo solicitante de visa se presente a una entrevista consular.

  14. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION 10/10/14 LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA EXPEDICION DE VISAS • De conformidad con el Artículo 40 de la Ley, las oficinas consulares tramitarán, autorizarán y expedirán los siguientes tipos de visas: • Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas; • Visa de Visitante para realizar trámites de adopción; • Visa de Residencia temporal; • Visa de Residente temporal estudiante, y • V. Visa de Residencia permanente.

  15. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION 10/10/14 LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA EXPEDICION DE VISAS • De conformidad con el Artículo 102 del Reglamento, los solicitantes de visa deben cumplir con el siguiente procedimiento: • I. Presentarse a la entrevista consular y entregar los siguientes documentos: • a) Formato de solicitud de visa ante la oficina consular. El formato de solicitud de visa ante la oficina consular se encontrará disponible en la página de internet de la SRE, así como en las oficinas consulares. Si el padre o madre no se presentan físicamente a la oficina consular para obtener la visa para su menor hijo, deberá presentar la autorización notarial del otro progenitor en donde se haga constar su consentimiento para obtener visa mexicana. • Cuando acudan solos o con un tercero mayor de edad, deben presentar documento otorgado ante fedatario público o por autoridad que tenga facultad para ello en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela, para que le sea tramitada una visa mexicana y en su caso, expedírsela. • B) Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, acompañado de una copia simple legible. • C) Proporcionar a la autoridad migratoria la información requerida durante la entrevista consular. • D) Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente, que se adherirá a la solicitud de visa señalada en el inciso a. • II. Permitir la toma de la fotografía y la impresión de huellas, a través de medios electrónicos. • III. Mas requisitos previstos en el DOF como TRAMITE 6 (CARTA DE ACEPTACION DE INSTITUCION EDUCATIVA)

  16. OMAR FALCON ABURTOClub Rotario del Valle Orizaba NOTARIO PUBLICO NUMERO DOCE DECIMOQUINTA DEMARCACION NOTARIAL notariapublica_12@yahoo.com.mx (272)724 34 94 y (272) 724 78 31

More Related