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Gerencia de Fiscalización Eléctrica

Gerencia de Fiscalización Eléctrica. “Prevención de Accidentes en Sistemas de Distribución Aérea de Media Tensión”. Enero 2006. Definición de la Problemática.

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Presentation Transcript


  1. Gerencia de Fiscalización Eléctrica “Prevención de Accidentes en Sistemas de Distribución Aérea de Media Tensión” Enero 2006

  2. Definición de la Problemática “Alta incidencia de accidentes asociados a Sistemas de Distribución Aérea de Media Tensión y Actividades Particulares Realizadas por Publico en General”

  3. Prevención de Riesgos Accidentes: Suceso no previsto que ha producido victimas daño a la salud, lesiones, danos u otras perdidas. Peligro: Característica o condición física de un sistema/proceso/equipo/elemento con un potencial de daño a las personas, instalaciones, medio ambiente o una combinación de estos. Riesgo: Combinación de la probabilidad y las consecuencias de la ocurrencia de un suceso peligroso especifico ( Inciso 3.14 OHSAS 18001: 1999) Medida de daño a las personas o perdidas económicas de un suceso peligroso, en términos de probabilidad y magnitud de ese daño o perdida. Tercero: Toda persona ajena a la actividad eléctrica

  4. Riesgos Asociados a Redes Eléctricas de Media Tensión Prevención de Riesgos • Contacto Directo o Indirecto con Redes Eléctricas de MT • Caída de Conductores • Caída de Postes • Incumplimiento de Distancias Mínimas de Seguridad (DMS)

  5. Principales Acciones que Contribuyen a la Ocurrencia de Accidentes Eléctrico de Terceros • Manipulación de varillas de Construcción, palos, alambres y tubos cerca de líneas de MT.(DMS/CNE) • Edificaciones debajo de Líneas Eléctricas. (DMS/CNE) • Robo de conductores • Instalación de antenas de TV y astas • Conexiones clandestinas • Instalación de Letreros, banderolas, carteles y avisos publicitarios • Maniobras con equipo pesado • Poda de Árboles • Pintado de fachadas con andamios • Accidentes de transito

  6. Estadística de Accidentes de Terceros

  7. Estadística de Accidentes de Terceros

  8. Ten mucho cuidado cuando manipules varillas de construcción cerca de líneas eléctricas aéreas. Recuerda que la varilla tiene una longitud de mas de 9 m. Manipulación de Varillas de Construcción

  9. Edificaciones Debajo de Líneas Eléctricas !Haz de tu vivienda un lugar seguro! Construir viviendas debajo de las líneas eléctricas aéreas, no solo es peligroso si no que contraviene las normas de seguridad

  10. Instalación de antenas de TV y Astas Si instalas una línea aérea para tu televisor en el techo o al costado de tu vivienda, verifica si tienes una línea eléctrica área cerca, porque puedes sufrir una descarga

  11. Robo de Conductores El hurto de conductores de las líneas eléctricas aéreas es un delito, además puedes recibir una descarga eléctrica

  12. Instalaciones Clandestinas El hurto de energía eléctrica es un delito además puedes electrocutarte

  13. Si se instala un letrero, cartel o un aviso, verifica que no pase una línea eléctrica aérea porque puedes hacer contacto con esta y sufrir una descarga eléctrica. Instalación de Letreros, banderolas, carteles y avisos publicitarios

  14. Maniobra con Equipo Pesado No maniobres tu maquinaria pesada debajo de líneas aéreas eléctricas

  15. Poda de Árboles Si realizas la poda de árboles verificar que no pase una línea electriza cerca porque las ramas pueden hacer contacto con esta y puede sufrir una descarga eléctrica

  16. Cuando se realice trabajos de pintura de la fachada de un predio verificar si existe una línea eléctrica aérea cerca y no utilizar andamios ni otros elementos que te podrían acercar peligrosamente a la línea. Pintado de Fachadas con Andamios

  17. Accidentes de Transito

  18. Actores Involucrados “Alta Incidencia de Accidentes Asociados a Sistemas de Distribución Aérea de Media Tensión y Actividades Particulares Realizadas por Publico en General”

  19. Derechos Constitucionales Relativos a la Seguridad en la Prestación de los Servicios Públicos Constitución Política del Perú: Art. 1°: La Defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Art. 2° inc. 1°: Toda persona tiene derecho a la vida y a su integridad física. Art. 58°: El Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción del empleo, salud, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Art. 65°: El Estado defiende los intereses de los consumidores y usuarios. (…) Asimismo vela en particular por la salud y la seguridad de la población.

  20. Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 FINALIDADLos gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción (ARTÍCULO IV). FUNCIONES ESPECÍFICAS DE MUNICIPALES Las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fiscalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralización.(ARTÍCULO 74°). LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS Las autoridades municipales otorgarán las licencias de construcción, bajo responsabilidad, ajustándose estrictamente a las normas sobre barreras arquitectónicas y de accesibilidad. Asimismo, pueden ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o, servicios cuando su funcionamiento esté prohibido legalmente y constituya peligro, o cuando estén en contra de las normas reglamentariaso de seguridad de defensa civil.(ARTÍCULO 78°)

  21. Marco Legal Aplicable Ley de Concesiones Eléctricas LEY Nº 25844 Los concesionarios de generación, transmisión y distribución están obligados a conservar y mantener sus obras e instalaciones en condiciones adecuadas para su operación eficiente, y cumplir con las disposiciones del Código Nacional de Electricidad y demás normas técnicas aplicables.(Artículo 31° ) LEY Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERG El OSINERG esta facultado para disponer el retiro de las instalaciones, paralización de obras ,suspender definitiva o temporalmente las actividades que no se encuentren debidamente autorizadas o de presumirse un riesgo inminente para la salud de la población o el medio ambiente(Artículo 2°)

  22. LEY Nº 28151, Ley que Modifica a la Ley Nº 26734 (Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía) Marco Legal Aplicable Fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones Técnicas y legales del subsector eléctrico, referidas a la seguridad y riesgos eléctricos por parte de empresas de otros sectores, así como de toda persona natural o jurídica (modifica el Art 5.-Funciones) Disposiciones Aplicables ante Riesgos Eléctricos Graves En situaciones de riesgo eléctrico grave que exponga la vida de las personas, el OSINERG procederá a disponer la suspensión de la actividad que la provoque o el corte del servicio. Los costos que signifiquen estas operaciones serán asumidos por el infractor. (Segunda Disposición complementaria)

  23. Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector ElectricidadR.M N° 263-2001-EM/VME Marco Legal Aplicable Objetivo: Dar pautas para establecer las medidas de protección de los usuarios y público en general contra los peligros de las instalaciones y actividades inherentes a la actividad eléctrica.(Art 2, inciso b) Previsiones contra contactos con partes con tensión Se alejará las partes activas de las instalaciones o equipos eléctricos a las distancias mínimas de seguridad indicadas en el Código Nacional de Electricidad del lugar donde las personas, vehículos motorizados, coches rodantes y otros que habitualmente se encuentran o transitan , para evitar un contacto fortuito o la manipulación de objetos conductores que puedan ser utilizados cerca de la instalación.(Artículo 17). Reporte de los Accidentes Aquellos accidentes graves o fatales del personal propio, de contratistas o de terceros, que ocurran en las instalaciones de una empresa, ésta reportará a OSINERG mediante su titular dentro de las 24 (veinticuatro) horas de sucedidos.(Artículo 103).

  24. Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas Resolution OSINERG Nº 013-2004-OS/CD Obligación de informar Emergencias En caso de que se produzcan accidentes graves o fatales, incidentes, situaciones de emergencia, las empresas supervisadas deberán informar por escrito a OSINERG de diez días hábiles.(Artículo 30° ) Marco Legal Aplicable

  25. Acciones del OSINERG Procedimiento de Fiscalización de Deficiencias en Líneas y Subestaciones Eléctricas de Media Tensión-Resolución OSINERGN° 011-2004-OS/CD Objetivo “Lograr que las empresas concesionarias subsanen las deficiencias de la instalaciones de M.T. y S.E.D. relacionados con la seguridad pública.” Alcance Comprende las directivas y pautas que se deben seguir para la supervisión de la subsanación de deficiencias en las instalaciones de las redes de MT y S.E.D de las empresas concesionarias de distribución, principalmente relacionadas con la seguridad publica.

  26. Acciones del OSINERG Convenio Marco Defensoria del Pueblo- MEM- OSINERG Seminarios de Prevención de Riesgos Asociados a las Actividades Eléctricas y Cuidado del Medio Ambiente 2004- 2005

  27. Acciones del OSINERG Convenio Federación de Trabajadores de Construcción Civil - FTCC - OSINERG Seminario de Prevención de Riesgos Eléctricos 2003-2005

  28. Acciones del OSINERGInformes Técnicos Sancionadores

  29. Propuestas • Las empresas concesionarias deberán “fortalecer” sus programas de difusión y sensibilización para la población ubicada dentro de su área de concesión, frente a los peligros eléctricos. • Elaborar una propuesta normativa que permita sancionar, con corte de suministro eléctrico, a los propietarios de los predios que como consecuencia del incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el Código Nacional de Electricidad (CNE) y en Reglamento Nacional de Construcción (RNC), hayan originado un accidente. • La autoridad municipal no deberá otorgar licencias de construcción ni regularizar edificaciones que incumplan con el CNE y el RNC • La autoridad municipal deberá utilizar sus facultades normativas para emitir disposiciones que orienten la conducta del vecino frente a riesgos asociados a redes eléctricas aéreas. • Propiciar acciones de carácter interinstitucional que permitan reducir el número de accidentes terceros vinculados a instalaciones eléctricas ( Autoridades Municipales, INDECI, MEM, OSINERG, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Gremios, Juntas Vecinales, entre otros)

  30. GRACIAS “Seguridad implica simplemente hacer las cosas bien” “Ningún trabajo es tan importante, ni servicio tan urgente, que no permitan tomar el tiempo necesario para realizar la labor sin tener en cuenta la seguridad”

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