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Acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y procesos de Admisión (REAL DECRETO 1892/2008)

Acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y procesos de Admisión (REAL DECRETO 1892/2008). Acceso a las enseñanzas universitarias de Grado y procesos de Admisión (Real Decreto 1892/2008). 1. Acceso a los estudios universitarios de Grado.

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Acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y procesos de Admisión (REAL DECRETO 1892/2008)

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  1. Acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y procesos de Admisión (REAL DECRETO 1892/2008)

  2. Acceso a las enseñanzas universitarias de Grado y procesos de Admisión (Real Decreto 1892/2008) 1. Acceso a los estudios universitarios de Grado 2. Prueba de Acceso para quienes posean título de Bachiller o equivalente 3. Otras Vías de Acceso a la Universidad 4. Admisión a las universidades públicas españolas 5. Aplicabilidad normativa del Real Decreto 1892/2008

  3. 1. Acceso a los estudios universitarios de Grado ¿Quiénes pueden acceder a la Universidad? Capítulo I del Real Decreto 1892/2008 Quienes estén en posesión de un título oficial de Grado Quienes estén en posesión de un título universitario oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Quienes hayan cursado estudios universitarios en el extranjero y la Universidad les reconozca un mínimo de 30 créditos Quienes tengan el título de Bachiller o equivalente y superen, o tengan superada, la Prueba de Acceso a la Universidad Quienes procedan de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados que tengan acuerdos suscritos con España, y cumplan los requisitos de Acceso a la Universidad en su país de origen. Deberán superar, además, una Prueba Lingüística

  4. ¿Quiénes pueden acceder a la Universidad? Capítulo I del Real Decreto 1892/2008 Los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con la homologación del título de origen al título español de Bachiller. Tienen que superar la Prueba de Acceso a la Universidad Quienes posean el título de Técnico Superior de FP, Técnico Superior de Enseñanzas Artísticas o Técnico Deportivo Superior Quienes superen la Prueba de Acceso para Mayores de 25 años Quienes acrediten experiencia laboral o profesional, siendo mayor de 40 años y mediante entrevista personal Quienes superen la Prueba de Acceso para Mayores de 45 años

  5. 2. Prueba de Acceso para quienes posean título de Bachiller o equivalente (Capítulo II del Real Decreto 1892/2008) 2.1. Cuestiones de carácter general • Los alumnos con título de Bachiller o equivalente tendrán que superar la Prueba de Acceso, a la que se refiere el Capítulo II del REAL DECRETO 1892/2008, para poder acceder a enseñanzas universitarias oficiales de Grado • La Prueba de Acceso se adecuará al currículo del Bachillerato y versará sobre materias de segundo curso • Dos convocatorias anuales • No se establece límite de convocatorias para superar la Prueba • Estructura de la Prueba: Fase General y Fase Específica

  6. 2.2. Estructura de la Prueba de Acceso Fase General (obligatoria) Fase Específica (voluntaria) Comentario de Texto Historia de la Filosofía o Historia de España Materias adscritas a alguna rama de conocimiento Lengua Extranjera Materia de modalidad

  7. Fase General (obligatoria) Comentario de Texto Relacionado con capacidades y contenidos de la materia de Lengua Castellana y Literatura Dos opciones de examen (a elegir una) Historia de la Filosofía o Historia de España Dos opciones de examen en cada caso (a elegir una) Lengua Extranjera Dos opciones de examen (a elegir una) Materia de modalidad Dos opciones de examen (a elegir una) Duración de los ejercicios: 1 hora y 30’

  8. Fase General (obligatoria) • La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media • Intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente • Cada ejercicio se calificará entre 0 y 10 puntos, con dos cifras decimales • La calificación de la Fase General será la media aritmética de las calificaciones de los cuatro ejercicios

  9. Disposición final segunda. Ejercicio de Lengua Extranjera El tercer ejercicio de Lengua Extranjera no incluirá la valoración de la comprensión y expresión oral hasta dos cursos después de la implantación del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es decir, en el curso académico 2011-2012 Dos años antes de la implantación de la prueba oral se realizará un estudio para determinar las características específicas de la prueba y, en su caso, tomar las decisiones oportunas sobre su implantación

  10. Fase Específica (voluntaria) • Cada estudiante se podrá examinar de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de Bachillerato, distintas de la materia elegida para el cuarto ejercicio de la Fase General • En los ejercicios de cada materia habrá una única opción de examen • La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media • Intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente • Cada ejercicio se calificará entre 0 y 10 puntos, con dos cifras decimales • Se considerará superada la materia cuando se obtenga una calificación igual o superior a 5 puntos

  11. 2.3. Superación de la Prueba de Acceso Se considerará que un estudiante ha superado la Prueba de Acceso cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada del 60% de la nota media de Bachillerato y el 40% de la calificación de la Fase General, siempre que haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la Fase General CFG ≥ 4 0,6*NMB + 0,4*CFG ≥ 5 CFG.- Calificación Fase General NMB.- Nota Media de Bachillerato

  12. 2.4. Nota de Admisión a las enseñanzas universitarias de Grado • Nota de Admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2 • NMB = Nota media del Bachillerato • CFG = Calificación de la Fase General • M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de las materias superadas de la Fase Específica (¿Dirá a*M1 + b*M2 mayor?) • a, b = Parámetros de ponderación de las materias de la Fase Específica. Estarán entre 0,1 y 0,2, y deberán ser hechos públicos por las universidades al comienzo del curso académico • Se aplicarán los coeficientes sólo en el caso en el que las materias estén adscritas a la rama de conocimiento correspondiente a la titulación universitaria que el interesado solicite

  13. 2.5. Materias de 2º de Bachillerato adscritas a las ramas de conocimiento Artes y Humanidades • Dibujo Artístico II • Dibujo Técnico II • Diseño • Geografía • Griego • Historia de la Música y de la Danza • Historia del Arte • Latín II • Literatura Universal • Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica Ciencias Sociales y Jurídicas • Economía de la Empresa • Geografía • Latín II • Literatura Universal • Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales

  14. Ciencias • Biología • Ciencias de la Tierra y Mediambientales • Física • Matemáticas II • Química Ingeniería y Arquitectura • Dibujo Técnico II • Electrotecnia • Ciencias de la Tierra y Mediambientales • Física • Matemáticas II • Química • Tecnología Industrial II Ciencias de la Salud • Biología • Ciencias de la Tierra y Mediambientales • Física • Matemáticas II • Química

  15. 2.6. Convocatorias • Anualmente se celebrarán dos convocatorias: ordinaria y extraordinaria • Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la nota, tanto de la Fase General como de la Fase Específica • La superación de la Fase General tiene validez indefinida • Las calificaciones de las materias de la Fase Específica tienen validez durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas

  16. Disposición adicional tercera. Estudiantes con la Prueba • de Acceso superada según normativas anteriores • La nota de admisión de los estudiantes que hayan superado la Prueba de Acceso según normativas anteriores, será la calificación definitiva de la Prueba de Acceso que obtuvieran en su momento. No obstante lo anterior, podrán presentarse a la fase específica. En este caso la nota de admisión se obtendrá con la siguiente fórmula: • Nota de admisión = CDA + a*M1 + b*M2 • CDA = Calificación definitiva de la Prueba de Acceso anterior a la establecida en el Real Decreto 1892/2008

  17. 2.7. Ejemplo • Nota de Admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2 Nota Media de Bachillerato:6,75 F. General: Leng.:7;Filos.:8,5;Inglés:3;Dibujo Tco:5  CFG =5,875 F. Específica: Matemáticas: 6,2; Física: 5; Tcgía. Industrial: 7 Notas de Admisión Arquitecto 0,6*6,75 +0,4*5,875 =6,40 +0,2*6,20 +0,2*5,00 = 8,62 Aeronáutico 0,6*6,75 +0,4*5,875 =6,40 +0,2*6,20 +0,2*7,00 = 9,04 17

  18. 3. Otras Vías de Acceso a la Universidad • 3.1. Estudiantes procedentes de otros sistemas educativos(Capítulo III del Real Decreto 1892/2008) • Los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o los de otros Estados con los que España haya suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades, podrán acceder a la universidad española en las mismas condiciones que los estudiantes que hayan superado la Prueba de Acceso (En Andalucía deben superar Prueba Lingüística) • Podrán presentarse a la Fase Específica • Nota de admisión = Calificación de credencial + a*M1+ b*M2

  19. Prueba de Acceso para estudiantes de sistemas educativos extranjeros • Los estudiantes de sistemas educativos extranjeros podrán realizar la Prueba de Acceso siempre que acrediten la homologación de sus títulos al título de Bachiller español • Las Pruebas de Acceso se realizarán en sedes de la UNED • No obstante, podrán acceder a enseñanzas universitarias de Grado todos aquellos estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o, habiéndolos finalizado, no hayan obtenido su homologación en España, siempre que la Universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos

  20. 3.2. Acceso a la Universidad desde otras titulaciones(Capítulo IV del Real Decreto 1892/2008) • Quienes estén en posesión de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Pláticas y Diseño, o Técnico Deportivo Superior a que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, o títulos equivalentes, podrán acceder, sin necesidad de prueba de acceso, a cualquier título oficial de Grado

  21. Nota de Admisión(Técnicos Superiores) • Nota de Admisión = NMC + a*M1 + b*M2 • NMC = Nota media del Ciclo Formativo • M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de los módulos de que se compone el Ciclo Formativo de Grado Superior, quedando exceptuados los módulos de Formación y Orientación Laboral, Formación en Centros de Trabajo y Empresa y Cultura Emprendedora • a, b = Parámetros de ponderación de los módulos del Ciclo Formativo. Estarán entre 0,1 y 0,2, y deberán ser hechos públicos por las universidades al comienzo del curso académico

  22. 3.3. Otras vías de Acceso • (Capítulo V del Real Decreto 1892/2008) • Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años • Acceso a la Universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional (mayores de 40 años) • Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 45 años

  23. 4. Admisión a las universidades públicas españolas (Capítulo VI del Real Decreto 1892/2008) • 4.1. Reglas generales de Admisión • Los estudiantes podrán presentar sus solicitudes de admisión para cualquiera de las titulaciones y centros de las universidades de su elección, con independencia de donde obtuvieron sus requisitos de acceso • Distrito Abierto: • Los estudiantes que habiendo comenzado sus estudios universitarios en un determinado centro, tengan superado, al menos, 6 créditos, y los hayan abandonado temporalmente, podrán continuarlos en el mismo centro sin necesidad de volver a participar en proceso de admisión alguno

  24. 4.2. Cambio de Universidad y/o estudios universitarios oficiales de Grado • Las solicitudes de plazas de estudiantes que deseen ser admitidos en otra universidad y/o estudios universitarios, y se les reconozca un mínimo de 30 créditos, serán resueltas por el Rector de la Universidad, de acuerdo con los criterios que determine el Consejo de Gobierno de cada Universidad

  25. 4.3. Reserva de plazas • CUPOS DE RESERVA: • Mayores de 25 años (mínimo del 2%) • Mayores de 45 años (entre el 1% y el 3%) • Estudiantes con discapacidad (5%) • Deportistas de alto nivel y alto rendimiento (mínimo del 3%) • Titulados universitarios (entre el 1% y el 3%) Selectividad y F.P. concurren en el mismo cupo

  26. Adjudicación de plazas • La adjudicación de plazas se realizará en función de la nota de admisión a las enseñanzas universitarias obtenida por el estudiante conforme a lo dispuesto en el artículo 14. • En todo caso, para la adjudicación de plazas, tendrán opción preferente los estudiantes cuyo cuarto ejercicio de la Fase General corresponda a una materia vinculada a la rama de conocimiento de la enseñanza a la que solicita acceder • En todo caso, cuando se produzca empate para la adjudicación de plazas, tendrán opción preferente los estudiantes cuyo cuarto ejercicio de la Fase General corresponda a una materia vinculada a la rama de conocimiento de la enseñanza a la que solicita acceder Corrección de errores (BOE 28 de marzo de 2009)

  27. 5. Aplicabilidad normativa del Real Decreto 1892/2008 • La Prueba de Acceso para alumnos con título de Bachiller o equivalente se aplicará en el curso académico 2009-2010 • La Prueba de Acceso para mayores de 25 años será de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 • El Acceso a la Universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional (mayores de 40 años) será de aplicación a partir del curso académico 2010-2011 • La Prueba de Acceso para mayores de 45 años será de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 • El Capítulo VI del Real Decreto 1892/2008, sobre admisión a las universidades públicas españolas, será de aplicación a los procedimientos de admisión a la Universidad a partir del curso académico 2010-2011

  28. Se van a introducir modificaciones mediante orden o corrección de errores (Este archivo está elaborado el día 23-04-2009)

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