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SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI N PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE SNIDRUS

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SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI N PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE SNIDRUS

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Presentation Transcript


    3. LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

    4. LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

    7. IMPLANTACIÓN SNIDRUS

    11. OFICINAS ESTATALES DE INFORMACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE (OEIDRUS)

    16. PRINCIPALES FUNCIONES

    17. INTEGRACIÓN DE LA INFORMACIÓN FUNCIONES

    18. ENCUESTAS Y GEOGRAFÍA FUNCIONES

    19. INDICADORES Y MODELOS FUNCIONES

    20. SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES FUNCIONES

    21. ATENCIÓN A USUARIOS FUNCIONES

    22. OEIDRUS COMPROMISOS

    23. PAQUETE BÁSICO DE INFORMACIÓN DEL SNIDRUS

    27. UNIDADES BÁSICAS DE INFORMACIÓN

    28. MARCO NORMATIVO El Art. 134 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable publicada el 7 de diciembre de 2001, establece que el Gobierno Federal, en coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas, implantará el SNIDRUS, el cual difundirá información relevante sobre la actividad agropecuaria y el desarrollo rural; información de mercados en términos de oferta y demanda, expectativas de producción y precios; mercados de insumos y condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas; a nivel nacional, estatal, municipal, regional y de distritos de desarrollo rural el Art. 137 señala que la SAGARPA establecerá en cada distrito de desarrollo rural una unidad de información para asegurar el acceso público a todos los interesados

    29. Reglas de Operación del Programa SNIDRUS. Alianza para el Campo (25-julio-2003) En el Artículo 4, apartado V, inciso e), se establece que le corresponde al SIAP, entre otras funciones: “Asesorar a las entidades federativas en la instrumentación de las Oficinas Estatales de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (OEIDRUS) y Unidades Básicas de Información Distritales” En el Artículo 5, Apartado X, inciso b), señala que corresponde al Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica para el Desarrollo Rural Sustentable (CEIEGDRUS): “Promover el establecimiento y operación de las Unidades de Información en los DDR” En el Capitulo 16, Artículo 97, párrafo I, se establece como un objetivo específico del Programa SNIDRUS, “Apoyar el establecimiento, consolidación y operación de Unidades de Información en los Distritos de Desarrollo Rural, para difundir y asegurar el acceso público a todos los interesados a un paquete básico de información”

    30. Objetivos de las Unidades Básicas de Información De conformidad con el marco jurídico-normativo, las UBIS, dependen orgánicamente del Jefe de Distrito y normativamente del CEIEGDRUS, y tienen los objetivos siguientes: Asegurar el acceso público a todos los interesados a información agroalimentaria y pesquera, así como de desarrollo rural sustentable, disponible para su consulta, de manera ágil y oportuna

    31. Objetivos de las Unidades Básicas de Información Integrar y difundir un Paquete Básico de Información en la materia, para los productores y demás agentes del sector rural, que les permita fortalecer su autonomía en la toma de decisiones Constituirse en la fuente oficial de obtención, consulta y difusión de información agroalimentaria y pesquera en su ámbito distrital, que apoye a los Consejos Distritales y Municipales, Ayuntamientos, autoridades ejidales, así como a las organizaciones económicas de productores e integrantes de las cadenas productivas en sus procesos de planeación, manteniendo una estrecha vinculación con los CEIEGDRUS y las OEIDRUS

    32. Funciones de las Unidades Básicas de Información Atender y proporcionar la información solicitada disponible, a productores y público en general que concurran a la UBI Dar acceso y asesorar a los productores y público en general, que solicite consultar vía Internet la información en la materia Mantener actualizada y disponible la información agroalimentaria y pesquera, básica y derivada, vía Internet, en medio magnético y en forma impresa, en la medida de sus posibilidades, a nivel nacional, estatal, y sobre en el nivel del DDR correspondiente Integrar y actualizar un paquete básico de información agroalimentaria y pesquera, con información relevante en materia de desarrollo rural sustentable del DDR correspondiente

    33. Funciones de las Unidades Básicas de Información Difundir y promover la consulta y uso de la información disponible, ante los Consejos Distritales y Municipales, Ayuntamientos, autoridades ejidales, así como ante a las organizaciones económicas de productores, integrantes de las cadenas productivas y público en general de la jurisdicción del DDR respectivo Elaborar y/o integrar y mantener actualizado un catálogo de generadores y usuarios de información en la materia del DDR correspondiente Levantar y mantener actualizadas encuestas sobre requerimientos de información; consulta y acceso a la misma; así como encuestas de opinión sobre su contenido, calidad, objetividad y utilidad. Integrar un informe de los resultados y presentarlo al CEIEGDRUS y al SIAP, para que se tomen las medidas pertinentes.

    34. Funciones de las Unidades Básicas de Información Participar y apoyar al SIAP y al CEIEGDRUS en el establecimiento y mantenimiento de Kioscos Municipales, así como del Sistema de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación del Desarrollo Rural Municipal (SIMOM) Participar en el seguimiento del proceso de captación, integración y transferencia de las estadísticas básicas (SIACAP-SIPCAP), en términos de la normatividad establecida Participar y apoyar en las acciones y/o proyectos de difusión que implemente el SIAP y/o el CEIEGRUS, en el ámbito del DDR

    35. Funciones de las Unidades Básicas de Información Apoyar en el seguimiento de las acciones y proyectos en la materia que se ejecuten en el DDR en el marco del Programa SNIDRUS de la Alianza para el Campo, así como en los proyectos y trabajos que defina el CEIEGDRUS Implementar y mantener actualizado el registro de consultas, tanto de la UBI, como del DDR y CADER’s, así como de las dependencias y entidades del CEIEGDRUS, que tengan oficinas en el ámbito del DDR, de conformidad con los formatos establecidos para ese fin, y enviar los informes a la Delegación de SAGARPA y/o OEIDRUS, en los tiempos establecidos

    36. Infraestructura Física, de Cómputo y Telecomunicaciones Espacio físico adecuado con mobiliario suficiente para la atención al público, preferentemente en un lugar de fácil acceso o visible al público en la sede del DDR. Este requerimiento se determinará en función del tamaño e importancia en producción del DDR y demanda de información Equipo de cómputo conectado a internet o a una red de telecomunicaciones de la Delegación Estatal de SAGARPA o Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Gobierno Estatal. El número de computadoras y demás equipo con GPS, etc., se determinará en función del tamaño e importancia en producción del DDR y demanda de información

    37. Estructura Técnica (Recursos Humanos) se requiere la asignación de personal, de tiempo completo para el desempeño de las funciones referidas, de acuerdo con los siguientes criterios: La UBI estará a cargo de un técnico (Titular de la UBI), es decir, es necesario que cuando menos un persona esté asignada a dicha unidad para que se considere que está operando. El número de técnicos asignados a cada UBI se definirá en base a la demanda de información y cargas de trabajo de la misma El Titular de la UBI estará asignado a esta tarea de tiempo completo, dependiente del Jefe de Distrito, con funciones normadas y evaluadas por el CEIEGDRUS y el SIAP

    38. Estructura Técnica (Recursos Humanos) El titular de la UBI, tiene, entre otras, las siguientes obligaciones: Representar a la UBI Elaborar un Programa Anual de Trabajo de la UBI y presentarlo al CEIEGDRUS y al SIAP durante el primer mes de cada año para su aprobación, que considere los requerimientos técnicos y financieros para el adecuado funcionamiento de la UBI Estar enterado de los acuerdos de los CEIEGDRUS y comparecer cuando sea requerido por dicho Comité Mantener vinculación permanente con la Subdelegación de Planeación y Desarrollo Rural de la Delegación de SAGARPA y la OEIDRUS

    39. Estructura Técnica (Recursos Humanos) Se recomienda que el Titular de UBI, tenga el siguiente Perfil: Agronomía, M.V.Z., Planificación Agropecuaria, o carrera similar, con conocimientos básicos de computación. El nivel de conocimientos o estudios sobre estas materias estará en función de la importancia productiva y nivel de actividades de la UBI Conocimientos o experiencia en el Sector Agroalimentario y Pesquero Preferentemente, con conocimientos o experiencia en el manejo de información. Preferentemente, originario del DDR correspondiente Preferentemente, si es el caso, recién egresado a haber concluido sus estudios

    40. Estructura Técnica (Recursos Humanos) El Titular de la UBI y demás técnicos adscritos a ésta podrá ser contratado con cargo a los recursos del Programa SNIDRUS, de la Alianza para el Campo, o podrá ser empleado de la SAGARPA o del Gobierno Estatal El nivel del sueldo del Titular de UBI, se definirá en base a su programa de trabajo y responsabilidad, objetivos y metas, sin embargo, se recomienda que sea de cuando menos $6,000.00 pesos mensuales netos

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