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PORTO ALEGRE, BRASIL

PORTO ALEGRE, BRASIL. OS CONTROLES OFICIAIS NA ESPANHA: A RELAÇAO ENTRE A AESAN E AS COMUNIDADES AUTONOMAS. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN SERVICIO DE SANIDAD ALIMENTARIA. LA Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición . ASESORAMIENTO. COORDINACIÓN.

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  1. PORTO ALEGRE, BRASIL OS CONTROLES OFICIAIS NA ESPANHA: A RELAÇAO ENTRE A AESAN E AS COMUNIDADES AUTONOMAS DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN SERVICIO DE SANIDAD ALIMENTARIA

  2. LA Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ASESORAMIENTO COORDINACIÓN Se crea mediante una Ley con las siguientes funciones: • Coordinar • Instar actuaciones ejecutivas y normativas • Identificar y coordinar foros intersectoriales e interterritoriales • Informar • Representar la posición de España en U.E. u organismos internacionales, FAO, OMS, Códex Alimentarius • Asesorar • Difundir informes del Comité Científico • Coordinar Red de Alerta • Establecer y mantener los mecanismos necesarios para actuar de modo integrado en la red europea de Agencias u Organismos de seguridad alimentaria y nutrición.

  3. 3 Estructura COMITÉ DE DIRECCIÓN Todos los sectores COMISIÓN INSTITUCIONAL Comunidades Autónomas AESAN • COMITÉ CIENTÍFICO • Independiente • Reconocido prestigio CONSEJO CONSULTIVO Sociedad Civil

  4. Comunidades Autónomas: EJECUCIÓN GESTIÓN • Tienen transferidas las competencias en materia de Seguridad Alimentaria, salvo la sanidad exterior, cuya competencia ostenta el Ministerio de Sanidad a nivel nacional. • Recogen sus competencias en sus Estatutos de Autonomía. • Gestionan el control oficial en su territorio. • Planifican, programan y organizan el control oficial en el ámbito de su territorio. • Tienen competencia sancionadora. • Gestionan la Red de Alerta Alimentaria. • Tienen capacidad ejecutiva y normativa en el ámbito de su territorio.

  5. Descentralización de las competencias de la Administración General del Estado • En líneas generales cada CC.AA reproduce la distribución de competencias de la AGE, aunque las denominaciones de los Departamento difieren de unas a otras: • Consejerías de perfil sanitario – seguridad alimentaria ( competencias asistenciales + competencias de tipo preventivo) • Consejerías agrícolas (excepto Galicia que en materia de pesca cuenta con una Consejería) • Consejerías medioambientales. • …

  6. Órganos de coordinación entre AESAN y CC.AA. COMISIÓN INSTITUCIONAL SUBCOMISIÓN DELEGADA DE LA C.I. Agricultura Medio Ambiente Ciencia y Tecnología Administración Local CC.AA. Grupos de Trabajo Grupos de Trabajo GRUPO DE CONSENSO TÉCNICO

  7. 1.894.667 Hab.

  8. CASTILLA LA MANCHA • 5 PROVINCIAS • 919 Municipios • 1.600 Núcleos de Población • 36 Distritos • 180 Zonas de Salud

  9. DESCRIPCIÓN DE LA POBLACIÓN CASTELLANO-MANCHEGA: • Crecimiento demográfico moderado. • Envejecimiento progresivo de la población. • Escasa densidad demográfica. • Gran dispersión de población.

  10. SS.CC.= C. A. CONSEJERÍA DE SANIDAD DG de Planificación Y Asistencia Sociosanitaria DG de Salud Pública Y Participación DG de Consumo DG de Evaluación e Inspección Servicio de Sanidad Ambiental y LSP Servicio de Sanidad Alimentaria Servicio de Epidemiología Servicio de Promoción de la Salud Servicio de Programas de Salud Pública Sección de Supervisión y Auditoria Sección de Higiene Alimentaria Sección de Control e Inspección Sección de Coordinación De Laboratorios

  11. DD.PP.= Provincia 5 DELEGACIONES DE SANIDAD Servicio de Salud Sección de Promoción de la Salud Sección de Epidemiología Sección de Sanidad Ambiental y LSP Sección de Control e inspección Sección de Supervisión y Auditoria Inspector en Sanidad Alimentaria Técnico Superior Auxiliares Administrativos

  12. Nivel Local 36 DISTRITOS DE SALUD Jefe de Distrito 11 EQUIPOS DE MATADERO Jefe de Equipo de Matadero ZONAS BÁSICAS DE SALUD: VETERINARIOS OFICIALES DE SALUD PÚBLICA FARMACÉUTICOS OF. DE SALUD PÚBLICA VETERINARIOS OFICIALES DE MATADERO

  13. PLANIFICACIÓN PROGRAMACIÓN CONSEJERÍA DE SANIDAD DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SANIDAD GESTIÓN DISTRITOS DE SALUD EQUIPOS DE MATADERO EJECUCIÓN

  14. Coordinación Comunicación

  15. VETERINARIOS DISTRIBUIDOS POR PROVINCIAS FARMACEUTICOS DISTRIBUIDOS POR PROVINCIAS

  16. MARCO LEGISLATIVO • Directiva 93/43/CEE y el R.D. 2207/95 normas generales de higiene de los productos alimenticios. • Directivas específicas para distintos sectores alimentarios. • Reglamento 852/2004 y 853/2004 (industrias origen animal). Normas de higiene • Reglamento 854/2004 y 882/2004.Control Oficial • 852/2004 deroga la Directiva 93/43 • Directiva 41/2004 deroga las directivas sectoriales de las industrias origen animal. A partir del 1 de enero de 2006:

  17. OBJETO y AMBITO SALUD /SANIDAD DE LOS ANIMALES SANIDAD VEGETAL ALIMENTOS PIENSOS BIENESTAR ANIMAL MEDIOAMBIENTE Información (etiquetado,..) Intereses de los consumidores Normas OCM (seguridad /consumidor)

  18. COMISIÓN REGIONAL PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA • Decreto 97/2001 • Órgano Colegiado adscrito a la Consejería competente en materia de coordinación entre las distintas Consejerías Art. 2 OBJETO: establecer, en el ámbito de la C.A., los criterios básicos de actuación en materia de calidad y seguridad alimentaria

  19. COMISIÓN REGIONAL PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Art. 3 FUNCIONES: • Coordinar las actuaciones de las Consejerías competentes en materia de calidad y seguridad alimentaria • Procurar la adecuada coordinación con el resto de las Administraciones Públicas competentes y cooperar con las mismas en la mejora de la calidad y seguridad alimentaria • Analizar la situación regional en materia alimentaria evaluando los riesgos que se producen en este campo, a fin de optimizar los recursos existentes encargados de garantizar la calidad y seguridad de los alimentos • Adoptar las medidas oportunas para la coordinación y mejora de los controles oficiales de los productos alimentarios

  20. COMISIÓN REGIONAL PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Art. 3 FUNCIONES: • Conocer cuantos datos de interés y relevancia en materia de la calidad y seguridad alimentaria se difundan a través del SCIRI nacional o comunitario, así como cuanta información emane de otros organismos competentes de la Administración General del Estado o de la U.E., procurando una adecuada cooperación en este campo • Analizar las repercusiones productivas y económicas que generen las medidas adoptadas como garantía para la calidad y seguridad alimentaria • Informar periódicamente al Consejo de Gobierno sobre cuantos aspectos destacables se produzcan en materia de calidad y seguridad alimentaria, proponiendo, en su caso, la adopción de las medidas oportunas • Cualesquiera otras funciones que en el ámbito de sus competencias, le asigne el Consejo de Gobierno de C-La M. para la protección colectiva de la salud de los ciudadanos.

  21. COMISIÓN REGIONAL PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA COMPOSICIÓN: • Presidente: Consejero competente en materia de coordinación entre las distintas Consejerías • Vicepresidentes: Consejeros competentes en materia de sanidad, de agricultura y de medio ambiente • Vocales: • D.G. en materia de Salud Pública • D.G. en materia de Mercados Alimentarios • D.G. en materia de Producción Agropecuaria • D.G. en materia de Calidad Ambiental • Secretario: D.G. en materia de Consumo

  22. COMISIÓN REGIONAL PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Grupos de trabajo (art. 7): con presencia de los miembros que competencialmente tengan atribuidas las funciones relacionadas con el área de trabajo que se encomiende.

  23. CRONOGRAMA DE REUNIONES DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA COMISIÓN REGINAL PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD PARA 2007

  24. ORGANIZACIÓN CONTROLES OFICIALES • ¿Qué controles oficiales? • ¿Cómo deben realizarse? • ¿Cuándodeben efectuarse? • ¿Quiéndebe llevarlos a cabo? MANUALES PROGRAMAS DE C. O. PTOs CIRCULARES

  25. ¿Cómo se deben realizar? • “Los controles oficiales deben llevarse a cabo por medio de técnicas apropiadas desarrolladas al efecto. ¿Cómo auditar? • La correcta aplicación de esas técnicas requiere que el personal que lleve a cabo los controles oficiales reciba la formación requerida. • La formación es necesaria para que las autoridades de control tomen decisiones de manera uniforme, en particular con respecto a la aplicación de los principios del (APPCC)” (R. 882/2004)

  26. CONTROL OFICIAL • Estrategia adoptada en C-La M. y la mayoría de las C.A. • REQUISITOS PREVIOS + PLAN APPCC = SISTEMA APPCC = S. DE AUTOCONTROL = PRODUCTO SEGURO • ¿Qué herramientas de trabajo?.

  27. CONTROL OFICIAL • ¿Qué herramientas de trabajo?. • MANUALES DE SUPERVISIÓN OFICIAL: Manuales de consulta específicos desarrollados para facilitar al agente de control oficial la realización de inspecciones o auditorías. • Manual de Requisitos Previos (2003) • Manual Plan APPCC general (Marzo - 2005) • Manuales APPCC sectoriales (2005): carnes frescas y productos cárnicos

  28. CONTROL OFICIAL • ¿Qué herramientas de trabajo?. • PROGRAMAS DE CONTROL OFICIAL (PCO) Programas específicos para efectuar el seguimiento y verificar que los explotadores de las empresas cumplen con los requisitos de las normas. • Programa de Supervisión Requisitos Previos (2004).

  29. CONTROL OFICIAL • P. Vigilancia de Aguas; • P. Bienestar Animal en Mataderos; • Programa de Trazabilidad de etiquetado bovino. En función de requerimientos normativos, importancia de las deficiencias encontradas u otras circunstancias que lo requieran. • C.O.P.A. – Toma de muestras • P.N.I.R. • E.E.B.

  30. CONTROL OFICIAL • ¿Qué herramientas de trabajo?. • PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO OFICIAL (PTOs) Procedimientos que incluyen la actividad de control oficial, el personal implicado y la forma de ejecución

  31. CONTROL OFICIAL • PTOs desarrollados: • PTO de actuación ante brotes de toxiinfecciones alimentarias • PTO de Toma de Muestras para detección de EETs • PTO de gestión de Alertas Alimentarias • PTO de gestión del R.G.S.A. • PTOs PNIR: • General • Toma de Muestras • Actuaciones ante casos positivos

  32. CONTROL OFICIAL • PTOs: • Todos con periodo de alegaciones • Revisión anual/bianual • Elaborados/acordados/aprobados • En el puesto de trabajo

  33. CONTROL OFICIAL • Circulares 2006 de aplicación de los Reglamentos de Higiene: • Criterios microbiológicos • Triquina • Caza • Lidia

  34. CONTROL OFICIAL • ¿Qué herramientas de trabajo?. • Herramientas Informáticas = PROGRAMA INEA (INspección Establecimientos Alimentarios) • Libro de control de Establecimientos • Ficha Historia

  35. Convenios de colaboración:Guías sectoriales

  36. FORMACIÓN • Programa de la Dirección General de Salud Pública y Participación • Para Inspectores Oficiales de Salud Pública • Consistente en 6 Módulos de 40 horas de duración cada uno (240 horas) • FORMACIÓN EN SUPERVISIÓN EN SISTEMAS DE AUTOCONTROL APPCC/HACCP • Nº de inspectores formados: 80

  37. FORMACIÓN Novedades incorporadas en el año 2006: Ciclo para Veterinarios Oficiales de Matadero: “Bienestar animal. Protección de los animales durante el sacrificio” “Módulo básico de inspección en mataderos”

  38. ACTIVIDADES R.G.S.A.

  39. Nº de establecimientos por clave en 2007

  40. Nº de industrias alimentarias inscritas por provincia.

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