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La supervisión y sanción en el ámbito de hidrocarburos líquidos Nikitza Chávez Atapoma

La supervisión y sanción en el ámbito de hidrocarburos líquidos Nikitza Chávez Atapoma nchavez@osinerg.gob.pe. AMBITO DE INTERVENCIÓN DE OSINERGMIN. ELECTRICIDAD. HIDROCARBUROS LIQUIDOS. GAS NATURAL. MINERIA. GOBIERNOS REGIONALES. PEQUEÑA MINERIA MINERIA ARTESANAL. Diciembre, 1996.

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La supervisión y sanción en el ámbito de hidrocarburos líquidos Nikitza Chávez Atapoma

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Presentation Transcript


  1. La supervisión y sanción en el ámbito de hidrocarburos líquidos Nikitza Chávez Atapoma nchavez@osinerg.gob.pe

  2. AMBITO DE INTERVENCIÓN DE OSINERGMIN ELECTRICIDAD HIDROCARBUROS LIQUIDOS GAS NATURAL MINERIA GOBIERNOS REGIONALES PEQUEÑA MINERIA MINERIA ARTESANAL Diciembre, 1996 2007 Ley 28964 DEROGA 2011 Ley 29783

  3. AMBITO DE ACTUACIÓN – HIDROCARBUROS LÍQUIDOS Es el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la política del Sector; así como de dictar las normas pertinentes. Es el organismo encargado de fiscalizar los aspectos legales y técnicos de las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional La empresa estatal de derecho privado a quién se le ha otorgado el derecho de propiedad de los hidrocarburos extraídos para que pueda celebrar , negociar y supervisar los contratos de exploración y explotación. • El Organismo de Evaluación y Fiscalización ambiental – OEFA, es un organismo público adscrito al MINAM, encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental. • El MINAM se creo en el año 2008 • Marzo 2011 se transfirió los temas ambientales en hidrocarburos al OEFA. Es el encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes de la materia, así como determinar las infracciones de seguridad y salud en el trabajo para la industria, la construcción y energía y minas. * Ley N° 29783 Pub. 20.08.2011

  4. MARCO NORMATIVO • Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221. • Ley Marco de los Organismo Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332. • Ley de Creación de OSINERGMIN, Ley Nº 26734 • Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699. • Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por D.S N° 054-2001-PCM. • Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 205-2009-OS/CD. • Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERGMIN aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 233-2009-OS/CD. • La Tipificación de Infracciones y Escalas de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD,

  5. FUNCIONES DE OSINERGMIN REGULADORA NORMATIVA SOLUCION DE RECLAMOS SUPERVISORA FISCALIZADORA Y SANCIONADORA SOLUCION DE CONTROVERSIAS

  6. CONTENIDO BASICO SUPERVISORA Verificar cumplimiento de obligaciones legales y técnicas FISCALIZADORA Y SANCIONADORA Imponer sanciones dentro de su ámbito de competencia. Dictar en el ámbito y materia de sus competencias, los reglamentos y normas que regulen los procedimientos a su cargo. No implica la facultad atribuida al MINEM NORMATIVA FUNCIONES REGULADORA Facultad de fijar las tarifas de servicios bajo su ámbito DE SOLUC. DE CONTROVERSIAS Conciliar intereses contrapuestos entre entidades bajo su competencia, entre éstas y sus usuarios o resolver conflictos entre los mismos. DE SOLUC. DE RECLAMOS DE USUARIOS Es ejercida por las propias Entidades en primera instancia y en vía de apelación por la Junta de Apelaciones de Usuarios

  7. ¿QUÉ SUPERVISAMOS? REFINAR /PROCESAR EXPLORAR EXPLOTAR ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS ALMACENAR DISTRIBUIDOR Y COMERCIALIZADOR TRANSPORTAR

  8. FUNCION DE SUPERVISIÓN Se realiza con el fin que las personas que quieren realizar actividades en el subsector acrediten ante OSINERGMIN que cumplen con normas técnicas y de seguridad. PRE OPERATIVA Se realiza a instalaciones o unidades autorizadas a operar, para determinar si conservan las características establecidas, así como si cumplen con la normativa al ejercer sus actividades. OPERATIVA MODALIDADES DE SUPERVISION – SUBSECTOR HIDROCARBUROS Con fines específicos, destinada a comprobar si ciertas características de la operación, instalación o equipamiento tienen las condiciones requeridas, así como hechos tales como informalidad, accidentes, denuncias, etc. ESPECIAL Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 205-2009-OS/CD.

  9. SUPERVISIÓN PRE OPERATIVA REGISTRO DE HIDROCARBUROS VIRTUAL 1° Etapa : EESS y Grifos. Dic. 2011 Declaración Jurada SI REGISTRO DE HIDROCARBUROS Y CÓDIGO SCOP OSINERGMIN ¿Aplica Proced. Simplificado? INFORME TÉCNICO FAVORABLE OSINERGMIN Solicitud Visita de Supervisión previa NO VERIFICACIÓN EX POST (Declaración Jurada) OPERATIVO Se realiza con el fin que las personas que quieren realizar actividades en el subsector acrediten ante OSINERGMIN que cumplen con normas técnicas y de seguridad. • Nulidad del acto administrativo • Denuncia Penal • Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS)

  10. SUPERVISIÓN OPERATIVA AUTOEVALUACIÓN Declaración Jurada (PDJ) Cumple Visita de Supervisión ARCHIVO No cumple VISITA DE SUPERVISIÓN Sin Observaciones ARCHIVO Con Observaciones Cumple FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN No cumple SISTEMAS DE INFORMACION (SCOP/SPIC/PRICE) Cumple ARCHIVO EMPRESAS SUPERVISORAS No cumple TERCEROS Personas naturales o jurídicas calificadas y clasificadas por OSINERGMIN Se realiza a instalaciones o unidades autorizadas a operar, para determinar si conservan las características establecidas, así como si cumplen con la normativa al ejercer sus actividades.

  11. SUPERVISIÓN ESPECIAL EMPRESAS SUPERVISORAS Control de cantidad de combustibles líquidos Cumple ARCHIVO Se levanta un acta EMPRESAS SUPERVISORAS No Cumple INICIO DE PAS Control de calidad de combustibles líquidos Con fines específicos, destinada a comprobar si ciertas características de la operación, instalación o equipamiento tienen las condiciones requeridas, así como hechos tales como informalidad, accidentes, denuncias, etc.

  12. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN HIDROCARBUROS INICIO Iniciativa de GFHL Orden de GG o CD Petición otro órgano Denuncia PRONTO PAGO Reducción del 50% del monto de la multa, si acredita en caso corresponda la subsanación de la infracción y paga dentro del plazo de los descargos. Inicio: Nov. 2011 MEDIDA S ADMINISTRATIVAS: Medidas cautelares, correctivas, y de seguridad. Dispuestas por GFHL o GG ETAPA INSTRUCTIVA La GFHL: Levanta el Acta y, de ser el caso, notifica el Informe, evalúa el descargo, realiza la actuación probatoria y elabora el informe y el proy. de Resolución ETAPA RESOLUTIVA A cargo de GG o GFHL: debe emitir la Resolución aplicando las sanciones y/o medidas correctivas, que correspondan, o el archivo del procedimiento. Resolución Final GFHL:Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. GG: Gerencia General TASTEM: Tribunal de Apelaciones y Sanciones en materias de Energía y Minería. ETAPA RECURSAL Recurso de Reconsideración: GG o GFHL Recurso de Apelación: TASTEM Impugnable en Sede Judicial Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERGMIN aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 233-2009-OS/CD

  13. Gracias

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