40 likes | 58 Views
SAIA UFT MEDIOS ALTERNOS
                
                E N D
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO • VICE RECTORADO ACADÉMICO • FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS • ESCUELA DE DERECHO INFOGRAFIA DEL 11 BREVE APROXIMACIÓN CONCEPTUAL DE LOS MEDIOS ALTERNOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS LILIBETH CORDERO 12.700.858 SAIA B
Detonantes del conflicto: Actividad. Necesidad económica. Necesidades sociales. Necesidades Políticas. Diferencias de culturas. Un conflicto es una situación que implica un problema, una dificultad y puede suscitar posteriores enfrentamientos, generalmente, entre dos partes o pueden ser más también, cuyos intereses, valores y pensamientos observan posiciones absolutamente disímiles y contrapuestas. El Arbitraje Es el medio por el cual las partes, de manera voluntaria, llevan su diferencia ante uno o varios terceros quienes la resolverán mediante un arbitral de laudo, es decir, mediante una sentencia emitida por él o los árbitros siendo obligatoria para las partes. La Justicia de Paz Es la que procura resolver de una manera rápida, sencilla y económica, los eventos que se pueden producir en una comunidad, a través de la equidad y que permite que la comunidad elija así sus propios jueces y procedimientos. La ley de paz ordena que no necesariamente se cumpla con la legalidad más si con la equidad; es aplicar justicia a casos muy concretos observando las circunstancias. Se le denomina también justicia de vecindad. Antes de la violencia: La tarea a conseguir en esta primera fase, antes de la violencia, es clara: impedir la tentación de utilizar la violencia directa como medio de zanjar las diferencias. Galtung analiza las dimensiones cultural, política y militar para conocer dónde se inspira la violencia y por tanto, dónde se puede encauzar las energías para suprimirla del sistema. ¿Dónde se encuentra los portadores claves de la violencia? Religiones e ideología tienen aspectos duros y blandos, el esfuerzo por conseguir mayores niveles de justicia, equidad y sobre todo una mejora de los estándares de vida, contribuirá a ese objetivo. Galtung tiene en su pensamiento, como objetivo practicable a largo plazo, la supresión de la guerra como institución, si bien reconoce que seguirá todavía viva en la sociedad. Durante la violencia: Cuando la violencia se desata como consecuencia de un conflicto, la tarea principal es pararla, porque la violencia es perversa en sí misma y porque cuando ésta aparece hace que el conflicto sea más difícil de manejar y, consecuentemente, de encontrar vías de solución.
El Desistimiento Es la manifestación unilateral del actor de renunciar al procedimiento o a la demanda, en cuyo caso de efectuarse luego de la contestación de la demanda, requiere para su validez del consentimiento de la parte demandada. Los Medios Alternativos de Solución de Conflictos en Venezuela, a pesar de no haber contado con un rango constitucional sino hasta 1999, están previstos en diversos textos legislativos, tales como el Código de Procedimiento Civil Artículo 258.– El Juez no podrá excitar a las partes a la conciliación cuando se trate de materias en las cuales estén prohibidas las transacciones. La Conciliación Es muy parecida a la mediación, la diferencia radica en el nivel de participación activa por parte del tercero. Es decir, el conciliador puede emitir opiniones cuando las partes no pueden solucionar rápidamente sus asuntos. La Transacción Constituye un contrato a través del cual las partes mediante recíprocas concesiones terminan el proceso pendiente. El Convenimiento Constituye la manifestación unilateral del demandado de allanarse a los términos en que fue planteada la demanda, expresada en la contestación de la demanda, sin que ello implique a que pueda hacerlo con posterioridad, pero antes de la sentencia definitiva Modos de Auto composición Procesal Estos son, las voluntades unilaterales o bilaterales de las partes que la ley atribuye eficacia de cosa juzgada luego que queda definitivamente la homologación del Tribunal, siempre y cuando no traten de materias en las que estén prohibidas las transacciones, entre las que se hallan el convenimiento, el desistimiento, la conciliación y la transacción.
Los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos se pueden definir como un conjunto de métodos, procedimientos, o técnicas que, tiene por objeto solucionar las desavenencias o dificultades, entre personas u organizaciones, no recurriendo a los tribunales, ni a la decisión impuesta por un juez, con la característica intervención activa de ambas partes involucradas. MARC: * La Negociación: es el proceso mediante el cual dos o más personas, que tienen intereses comunes o diferentes, intercambian información veraz y suficiente, a lo largo de un periodo, con miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras. Se pretende influir sobre la conductas del otro para lograr un comportamiento deseado sin usar el poder o la fuerza, * La Mediación: es un medio informal y voluntario de solución de conflictos en el que un tercero imparcial trata mediante técnicas de negociación que las partes identifiquen las posibles zonas de acuerdo,* La Conciliación: es muy parecida a la mediación, la diferencia radica en el nivel de participación activa por parte del tercero. Es decir, el conciliador puede emitir opiniones cuando las partes no pueden solucionar rápidamente sus asuntos, * El Arbitraje: es el medio por el cual las partes, de manera voluntaria, llevan su diferencia ante uno o varios terceros quienes la resolverán mediante un arbitral de laudo, es decir, mediante una sentencia emitida por él o los árbitros siendo obligatoria para las partes, * La Evaluación Neutral: consiste en la presencia de una abogado experto designado por un tribunal que luego de oír a las partes y de examinar las pruebas, hace una evaluación del caso para mostrar a cada uno de los contendientes los puntos débiles y los peligros de su tesis, así como los de coincidencia y de posible negociación, * La Justicia de Paz: es la que procura resolver de una manera rápida, sencilla y económica, los eventos que se pueden producir en una comunidad, a través de la equidad y que permite que la comunidad elija así sus propios jueces y procedimientos. La ley de paz ordena que no necesariamente se cumpla con la legalidad más si con la equidad; es aplicar justicia a casos muy concretos observando las circunstancias. Se le denomina también justicia de vecindad.