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« La Importancia de los Medios de Comunicación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal»

« La Importancia de los Medios de Comunicación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal». Septiembre 2013. O bjetivo.

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« La Importancia de los Medios de Comunicación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal»

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Presentation Transcript


  1. «La Importancia de los Medios de Comunicación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal» Septiembre 2013

  2. Objetivo Proporcionar a los representantes de los medios de comunicación, una visión global de los antecedentes, contenidos y objetivos del Sistema Penal Acusatorio, así como de los principios que lo rigen y las funciones que asume cada uno de los intervinientes directos como indirectos en el sistema. Concientizándolos sobre el importante papel que asumen para el éxito de la reforma constitucional de junio de 2008.

  3. Precisiones • Ejercicio académico • Capacitación • Critica/propuesta • Expectativas reales • Excepciones • El curso es ¡¡¡¡ el principio !!!!!

  4. Recientes cambios constitucionales REFORMA 2008 REFORMA 2011 REFORMA 2011 SISTEMA PROTECTOR DERECHOS HUMANOS RAIZ DERECHOS INTERNACIONALES

  5. Cambio de paradigma CONSTITUCION

  6. CONSTITUCIONALIDAD CONVENCIONALIDAD

  7. DERECHOS HUMANOS CONSTITUCIONALIDAD CONVENCIONALIDAD DERECHOS HUMANOS

  8. NUEVO PROCESAMIENTO PENAL JUSTICIA RESTAURATIVA Reforma 2008 Sistema penal acusatorio SISTEMA DE REINSERCIÓN DELINCUENCIA ORGANIZADA (FEDERAL) 10 artículos constitucionales COMPETENCIA EN NARCOMENUDEO Materia penal 16, 17, 18*, 19, 20, 21 y 22 Facultades Congreso .73 Desarrollo Municipal. 115 Materia Laboral . 123 SEGURIDAD PÚBLICA

  9. Derechos Humanos Se modifica el nombre del C I del Título Primero Franca apertura al sistema internacional de derechos humanos Valor constitucional a DH contenidos en TI ratificados por México Control de Convencionalidad dentro de un modelo de control difuso de constitucionalidad Supone verificar leyes que aplican se ajusten Constitución y TI y si no se faculta para inaplicar. Se reforma el concepto de garantías individuales por derechos humanos y sus garantías

  10. Reforma que trae consigo Interpretación conforme Fortalece y expande funciones de organismos autónomos de DH competencia Laboral Facultad de Investigación violaciones graves a DH Acción de Inconstitucionalidad DH Atribución del Estado para Respetar y Garantizar Principio Pro persona Interpretación desde Principios Universalidad Independencia Indivisibilidad Progresividad Prohibición de discriminación por preferencias sexuales Asilo. Refugio y derecho de los extranjeros en México (audiencia)

  11. Habrá marcha atrás COMPROMISO INTERNACIONAL + DECLARACIÓN DE COMPROMISOS PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA (acciones ya emprendidas) + NECESIDAD SOCIAL

  12. Critica al Sistema de justicia penal vigente PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL PRIMERA INSTANCIA: 2 distritos judiciales en materia penal: GURIDI Y ALCOCER (TLAXCALA) SÁNCHEZ PIEDRAS (APIZACO) TOTAL: 6 JUZGADOS PENALES SEGUNDA INSTANCIA 1 SALA PENAL _________________________ FEDERAL 28º. CIRCUITO 3JUZGADOS DTO 1 TCC _________________________ CONTROL CONSTITUCIONAL LOCAL TCC- PJ – MP-POLICIA JUDICIAL DEFENSORIA SRIA. SEGURIDAD PCA 2 CERESOS

  13. Vacatiolegis “Segundo. El sistema procesal penal acusatorio previsto en los artículos 16 párrafos segundo y decimoquinto; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; 19; 20 y 21 párrafo séptimo, de la Constitución, entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de este decreto”.

  14. REFORMA 2008 No solo son JUICIOS ORALES NUEVO PROCESAMIENTO PENAL JUSTICIA RESTAURATIVA SISTEMA DE REINSERCIÓN SEGURIDAD PÚBLICA COMPETENCIA EN NARCOMENUDEO DELINCUENCIA ORGANIZADA (FEDERAL)

  15. Agenda nacional ETAPA INICIAL NAYARIT ETAPA PLANEACION COAHUILA VERACRUZ AGUASCALIENTES SINALOA QUINTANA ROO BAJA CALIFORNIA S. L. POTOSI D.F. JALISCO SONORA HIDALGO CAMPECHE COLIMA QUERETARO GUERRERO ETAPA EN OPERACIÓN TOTAL MORELOS DURANGO EDO MEX PARCIAL CHIHUAHUA CHIAPAS OAXACA NUEVO LEON ZACATECAS YUCATAN GUANAJUATO BAJA CALIFORNIA PUEBLA ETAPA ENTRADA EN VIGENCIA TLAXCALA TAMAULIPAS MICHOACAN TABASCO

  16. EN OPERACIÓN TOTAL: 12.5%

  17. Entidades Federativas con Código de Procedimientos Penales Vigente Fuente: www.setec.gob.mx

  18. Ley de Ejecución de Sanciones en las Entidades Federativas Fuente: www.setec.gob.mx

  19. Avances en la Entidad

  20. Tiempos constitucionales /legales • ARTÍCULO TRANSITORIO DÉCIMO PRIMERO: • “El sistema procesal penal previsto en el artículo 20 de la presente reforma constitucional, entrará en vigor cuando se expida la ley secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de cinco años, posteriores a la publicación de este Decreto.”FENECIA : 2 AGOSTO 2013 FEBRERO 2012 PERIODICO OFICIAL 3 FEB 2012: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. El sistema procesal penal previsto en el artículo 20 de la presente reforma constitucional, entrará en vigor cuando se expida la ley secundaria correspondiente, sin exceder del 19 de junio de 2016. Nuevo Código Procesal Penal: 30 de mayo 2013 31 de enero 2014 2015 2016

  21. SPA Tlaxcala

  22. Tlaxcala

  23. Áreas que incluyen la implementación

  24. CORESEJUTLAX. Organismo Implementador Local (2009)

  25. Código Procesal Penal Único 1Código Penal + un Código Procesal Penal x cada Estado –excepción de Aguascalientes, que tiene un código unificado–, + Código Penal Federal y + Código Federal de Procedimientos Penales. __________________ En total: 65 códigos, + las 35 leyes federales que tipifican delitos, ___________________ Gran total de 100 códigos y leyes federales. + varios cientos de delitos contenidos en centenares de leyes estatales de todo el país. _____________________________ ¿ G R A N T O T A L ? • Iniciativa • Dependiendo de la vigencia que especifique • Incluido el Estado de Tlaxcala

  26. Normatividad • Ley de Ejecución de Sanciones y Medidas Restrictivas de la Libertad (2 jun 2011) • Ley de Extinción de Dominio (aprobada 15 marzo 2012) • Nuevo Código de Procedimientos Penales (30 mayo 2012) (gradual 2014, 2015 y 2016) • Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público (24 oct 2012)(gradual) • Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (12 dic 2012) • Ley Orgánica de la Defensoría Pública y Asistencia Jurídico Social (10 dic 2012) • Ley de Justicia Penal Alternativa (10 dic 2012) • Código Penal • Ley Orgánica del Poder Judicial (21 de agosto de 2013) • Falta: • LEY DE VICTIMAS

  27. Capacitación

  28. En este lapso se deben, entre otras cosas: Reformar las normas locales, refiriéndonos no solo a los códigos sustantivo y adjetivo penal, sino a todos aquellos ordenamientos que tienen una relación directa con la materia penal local; 2. Integrar presupuestos apoyados forzosamente de programas federales que permitan construir los ejes del sistema norma-infraestructura-capacitación; 3. Rediseñar las estructuras organizacionales que intervendrán en el sistema de los poderes judicial y ejecutivo;

  29. 4. Capacitar a todos aquellos actores que intervendrán en el sistema ( universo amplio, jueces, ministerios públicos y defensores, comunidad jurídica en sí; 5. Construir y habilitar la infraestructura para realizar audiencias, áreas técnicas, etc. 6. Actualizar planes y programas de estudios de nivel superior; 7. Difundir y socializar el nuevo sistema de justicia penal.

  30. Transformación de la educación en el derecho procesal penal • Cambio de Sistema • Mixto/Inquisitivo a Acusatorio • Permanencia de Sistemas Paralelos

  31. Sistema mixto vigente ---fin de proceso iniciado 2 sistemas 2014 Tlax. 2016 EUM Inicio del sistema penal acusatorio-------------

  32. Sistema Acusatorio 2009 y a más tardar en 20016 Sistema inquisitivo México= mixto Antes de 2008

  33. Sistema mixto

  34. Sistema acusatorio • “Se puede llamar acusatorio a todo sistema procesal que concibe al juez como un sujeto pasivo rígidamente separado de las partes y al juicio como una contienda entre iguales iniciada por la acusación, al que le compete la carga de la prueba, enfrentada a la defensa en un juicio contradictorio, oral y público y resuelta por el juez según su libre convicción. A la inversa llamaré inquisitivo a todo sistema procesal donde el juez procede de oficio a la búsqueda, recolección y valoración de pruebas, llegándose al juicio después de una instrucción escrita y secreta de la que están excluidos o, en cualquier caso, limitados la contradicción y los derechos de defensa.” Ferrajoli, Derecho y razón.

  35. Cualidades SPA • OBJETO DEL PROCESO. El proceso penal acusatorio adversarial oral, tiene por objeto: • Determinar si se ha cometido un delito a través del esclarecimiento de los hechos • Proteger al inocente • Procurar que el culpable no quede impune • Que los daños causados por el delito se reparen • Garantizar la justicia en la aplicación del derecho y • Restaurar la armonía social entre sus protagonistas y con la comunidad

  36. Se prioriza el principio de presunción de inocencia. De oficio delitos: • delincuencia organizada, • homicidio doloso, violación, • secuestro, delitos cometidos con medios violentos (con armas de fuego o explosivos), • delitos graves en contra de la seguridad de la nación, • delitos en contra del libre desarrollo de la personalidad y • delitos contra la salud (cada Estado)

  37. No exceder del tiempo mínimo que señala la ley para el delito imputado, y En ningún caso será superior a dos años, en cuyo caso será puesto en libertad de inmediato. • La prisión preventiva solo podrá aplicarse cuando: • no se pueda garantizar con otras medidas cautelares la comparecencia del inculpado, el correcto desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, o • cuando el inculpado esté siendo procesado o haya sido sentenciado por otro delito doloso.

  38. Beneficios del Sistema • Consolidar la confianza pública en la administración de justicia. • Fomentar la responsabilidad de los órganos de la administración de justicia. • Evita que circunstancias ajenas a la causa influyan en el tribunal y, con ello, en la sentencia.

  39. Beneficios • Medios alternativos • Participación activa de la víctima • Juicios público, orales y mas rápidos • Actividades en favor de la comunidad por el responsable • Si se acepta responsabilidad puede acortarse la pena (y el proceso) • Más derechos • Juez explica la sentencia • Policía investiga • Prisión es la excepción no la regla • Juez de Control • Juez de Ejecución • Reglamentación especial para delincuencia organizada

  40. Principios SPA audiencias= concurren todos audiencias= concurren todos Igualdad***presunción de inocencia***publicidad***contradicción***concentración*** continuidad***inmediación***imparcialidad***culpabilidad*** proporcionalidad***legalidad***

  41. Normas Internacionales CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS “PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA” Tratado Internacional Adopción: 22 de noviembre de 1969 Entrada en vigor internacional: 18 julio 1978 Vinculación de México: 24 marzo 1981 Fecha de entrada en vigor para México: 24 marzo 1981 DOF: 7 mayo de 1981 PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS Tratado Internacional Adopción: 16 diciembre 1966 Entrada en vigor internacional: 23 marzo 1976 Vinculación de México: 23 marzo 1981 (adhesión) Fecha de entrada en vigor para México: 23 de junio de 1981 DOF: 20 mayo 1981

  42. Principios • Imparcialidad • Concentración • Continuidad • Oralidad • Publicidad • Contradicción • Inmediación • Igualdad entre las partes • Centralidad

  43. PrincipiosTratados Internacionales Artículo 8 C.I.D.H. y 14 P.I.D.C.P: Imparcialidad e independencia juzgador, presunción de inocencia, oralidad, publicidad, igualdad entre las partes, inmediación, contradicción, prontitud y expeditez.

  44. Oralidad No es un principio Constituye el medio más apto para preservar la consecución de determinados fines del nuevo proceso, entre otros la inmediación y publicidad al permitir que los jueces, intervinientes y público en general, puedan por medio de sus sentidos observar como aquél se desarrolla.

  45. Oralidad Permite que los jueces, intervinientes y público en general, puedan por medio de sus sentidos observar como se desarrolla el juicio.

  46. Oralidad El porque de la oralidad • Presupuesto para vigencia de principios de publicidad, inmediación y contradicción; expeditez juicio.

  47. Oralidad • Argumentos de las partes y objeciones. • Desahogo de la prueba: No es leer en voz alta !!!!! • Testigos declaran de viva, voz en persona. • Peritos explican sus dictámenes de viva voz, en persona. • Documentos son leídos en voz alta. • Testigos (policías, peritos, etc.) dan cuenta de viva voz y en persona de inspecciones. • Fotos, videos y objetos son descritos, explicados narrados por testigos. • Lectura o reproducción en juicio de declaración del imputado ante el MP.

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