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PROTEGE TU FUTURO HOY PLAN VIDA IDEAL

PROTEGE TU FUTURO HOY PLAN VIDA IDEAL . PLAN VIDA IDEAL

jessenia
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PROTEGE TU FUTURO HOY PLAN VIDA IDEAL

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  1. PROTEGE TU FUTURO HOY PLAN VIDA IDEAL

  2. PLAN VIDA IDEAL Es un producto de MetLife diseñado para que ahorres impuestos, apoyándote en la construcción de un patrimonio que te permita enfrentar las necesidades de mediano y largo plazo (Retiro), contribuyendo así a la libertad financierade nuestros Clientes.

  3. Como Funciona el Plan Vida Ideal • Con una aportación mínima inicial de$1,000 pesos, accedes a inversiones con altos rendimientos. Después haces aportaciones periódicas con la frecuencia y monto que desees, a partir de $500.00 al mes • La frecuencia de tus aportaciones puede ser: quincenal, mensual, trimestral y anual. • Tu dinero se invierte en tu Cuenta Individual del Sistema de Ahorro para el Retiro. • Cada año puedes deducir de impuestos tus aportaciones. • Envío mensual de Estados de Cuenta • Incluye un Seguro de Vida e Invalidez con un 50% de descuento. • Incluye un programa de premios por permanencia y puntualidad en tu ahorro.

  4. Deducibilidad Fiscal A través del Art. 176 de la ley del Impuesto sobre la Renta puedes deducir hasta el 10% de tus ingresos con un tope de 5 salarios mínimos anualizados. El tope hoy es : $94,662 para el DF A través del Art. 218 de la ley del Impuesto sobre la Renta puedes deducir hasta $152,000 cada año. Total máximo a deducir = $246,662 Si la tasa de impuestos máxima es 28%, el ahorro potencial de impuestos es de: $69,065 Nota: cada persona deberá aplicar su declaración de impuestos con detalle para llegar a la cifra exacta de ahorro.

  5. Plan Vida Ideal • Además de ahorrar impuestos en el corto plazo, MetLife te ayuda a prepararte para el futuro mejorando tus condiciones de retiro. Algunos ejemplos son: • Si ahorro $2,000 pesos al mes durante 15 años, al final tendré $463,096 pesos (tabla 1 anexa), que me alcanza para recibir $2,715 pesos durante 20 años cuando me retire (tabla 4). • Si ahorro $3,000 pesos al mes durante 18 años al final tendré $881,989 pesos que me alcanzan para recibir $5,171 pesos durante 20 años cuando me retire.

  6. TABLAS ANEXAS Anexo encontrarás 4 tablas para responder las preguntas más comunes de los clientes: Nota: todas las tablas consideran que: 1. La persona vive 20 años después de retirarse 2. No tiene ahorrado nada al inicio 3. El rendimiento de las inversiones es de 3.5% real anual 4. No incluye el ahorro obligatorio, sólo el ahorro propio voluntario

  7. Tabla 1 Ahorro acumulado al momento del retiro

  8. Tabla 2 Ahorro mensual para acumular cantidad deseada

  9. Tabla 3 Ahorro mensual para tener pensión mensual deseada

  10. Tabla 4 Pensión mensual dependiendo del ahorro mensual

  11. OTROS ANEXOS • Funcionamiento de los beneficios • Tasa de Reemplazo • Inversión de los Recursos • Art. 176 y Art. 218 • Ejemplos de deducción fiscal

  12. COMO FUNCIONAN LOS BENEFICIOS SEGURO • El plan incluye un seguro de vida y/o Invalidez total, que durante el primer aniversario, la suma asegurada será igual a la aportación inicial (CON TOPE DE $350,000), posteriormente será igual al promedio de los últimos 12 meses. Requisito de Edad (Menor 64 Años) Sin examen medico Con un costo de 4.02 al millar, El 50% lo paga Metlife y 50% el cliente (Ejem: Por $100,000 de seguro, el costo anual será $201 en mensualidades de $16.75). El costo más bajo del mercado, por mucho !!

  13. COMO FUNCIONAN LOS BENEFICIOS • PROGRAMA PREMIOS: Hay tres formas de ganar premios que representan un incremento adicional total sobre el saldo promedio de los Clientes equivalente al 0.4% anual, desglosado de la siguiente forma: 1.- Por Objetivos alcanzados • Por Objetivos alcanzados : 0.2% (0.1% por cumplimiento en el monto de la meta anual de ahorro y 0.1% por cumplimiento en la periodicidad de las aportaciones)|

  14. COMO FUNCIONAN LOS BENEFICIOS 2.- Por Permanencia: 0.1% • Reconoce a los Clientes que mantienen su Inversión sin realizar retiros. Dichos “puntos” serán canjeados a moneda nacional a los tres años del primer deposito o el último canje o del último retiro realizado. En caso de que el Cliente realice un retiro sin que haya cumplido el plazo, dicho periodo se interrumpirá y el plazo se contara a partir de la fecha de la transacción en cuestión, esto NO representa un castigo ya que los puntos acumulados no se pierden, solamente reinicia el periodo para su conversión a pesos. $ $ $ $ $ $ $ $ Capital Inicial Capital Inicial $ $ $ $ $ $ 1er. Año 1er. Año 2do. Año 2do. Año 3er.. Año 3er.. Año $ $ Puntos Reconocidos en Dinero Los puntos se convierten en dinero a partir del 3er. Año incrementando el capital para el retiro = puntos = puntos = retiro = retiro RETIRO RETIRO $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 1er. Año 1er. Año 2do. Año 2do. Año 3er. Año 3er. Año 1 1 2 2 3 3 5to. Año 6to. Año 4to .Año 4to .Año 5to. Año 6to. Año Los puntos obtenidos antes del retiro se acumulan para que, después del 3 er año sin realizar algún retiro se conviertan En dinero incrementando el capital para el Retiro

  15. COMO FUNCIONAN LOS BENEFICIOS 3.- Por Fidelidad: 0.1% Se van acumulando puntos mensuales durante toda la vigencia del Cliente en el producto. El canje a moneda nacional de estos puntos solamente se dará si la edad de retiro o al incapacitarse, el Cliente opta por algunos de los productos que en ese momento ofrezca MetLife Afore para tales fines: retiros programados, renta vitalicia, o fideicomiso por un plazo mínimo de 5 añosa

  16. Tasa de Reemplazo Ley IMSS 73 Años de cotización mínimos 10 Edad de Retiro 65 Salario Mínimo 1,578 (%) Veces de SM / Años totales de Cotización (incluyendo régimen 73 ) Expresado en Porcentaje 10 15 20 25 30 35 40 45 De 6 a 25 13.00% 25.25% 37.50% 49.75% 62.00% 74.25% 86.50% 98.75% ($) Veces de SM / Años totales de Cotización (incluyendo régimen 73 ) Expresado en Monto 10 15 20 25 30 35 40 45 10 2,051 3,984 5,916 7,849 9,782 11,714 13,647 15,580 11 2,256 4,382 6,508 8,634 10,760 12,886 15,012 17,138 12 2,461 4,780 7,100 9,419 11,738 14,057 16,377 18,696 13 2,666 5,179 7,691 10,204 12,716 15,229 17,741 20,254 14 2,871 5,577 8,283 10,989 13,694 16,400 19,106 21,812 15 3,077 5,976 8,875 11,774 14,673 17,572 20,471 23,370 16 3,282 6,374 9,466 12,558 15,651 18,743 21,835 24,928 17 3,487 6,772 10,058 13,343 16,629 19,915 23,200 26,486 18 3,692 7,171 10,649 14,128 17,607 21,086 24,565 28,044 19 3,897 7,569 11,241 14,913 18,585 22,257 25,929 29,602 20 4,102 7,967 11,833 15,698 19,563 23,429 27,294 31,160 21 4,307 8,366 12,424 16,483 20,542 24,600 28,659 32,718 22 4,512 8,764 13,016 17,268 21,520 25,772 30,024 34,276 23 4,717 9,162 13,608 18,053 22,498 26,943 31,388 35,834 24 4,922 9,561 14,199 18,838 23,476 28,115 32,753 37,391 25 en adelante 5,128 9,959 14,791 19,623 24,454 29,286 34,118 38,949 Tasa de Reemplazo Ley IMSS 73

  17. Tasa de Reemplazo Ley IMSS 97

  18. Donde se Invierte Se sustituye la tabla por la más actualizada en Internet

  19. Donde se Invierte Inversión de largo plazo Al 31 de Octubre 2008

  20. Donde se Invierte El PVI será administrado dentro de la llamada subcuenta de “Ahorro de Largo Plazo” dentro de la Cuenta Individual. • Cuenta individual S.A.R. • RCV • Retiro ’97 • Cesantía en edad avanzada y Vejez • Retiro IMSS ´92 • Retiro ISSSTE ´92 • VIVIENDA SAR INFONAVIT 92 INFONAVIT 97 • AHORRO DE LARGO PLAZO • Sub 01 No deducible Sub 02 Deducible según Art. 176 LIS • Sub 03 Deducible según Art. 218 LISR

  21. Art. 176 y Art. 218 Plan Personal de Retiro Subcuenta 02 Cuenta Especial de Ahorro Subcuenta 03 Art. 218 Ley ISR Art. 176 Ley ISR Estímulo Estímulo Deducción de hasta el 10% de los ingresos acumulables anuales Se podrá deducir de los ingresos acumulables anuales Estímulos Fiscales Tope de cinco salarios mínimos generales del área geográfica $ 94,662 La Deducibilidad máxima no podrá exceder a $152,000 pesos Retención por retiro Fecha limite para notificar monto a deducir 15 de Diciembre Fecha limite para notificar monto a deducir 15 de Marzo Retención por retiro

  22. Artículo 176 Fracción V Los Planes Personales de Retiro son aquellas cuentas que se constituyen con el único fin de administrar los recursos que se encuentran destinados para el Retiro o en caso de invalidez o incapacidad total para realizar un trabajo personal remunerado de acuerdo a las leyes de seguridad social PRODUCTO AL QUE SE APLICA : PLAN VIDA IDEAL Momento Tratamiento Fiscal Deducible de impuestos hasta el 10% del ingreso acumulable anual con un tope de 5 Salarios Mínimos Generales Anualizados (SMGA), según área geográfica Al realizar aportaciones . Al realizar retiros antes de Cumplir la edad de 65 años O sin que exista invalidez Incapacidad (parcial, total, Para pago de primas) Retención del 20 % sobre monto de las aportaciones retiradas, sin considerar los intereses. Retención del 0.85 % anual sobre capital que dio origen a los intereses, por cada año de Permanencia de la Inversión en el Producto En caso de fallecimiento Se acumularan los retiros y los intereses reales recibidos, y se acreditaran las retenciones efectuadas Declaración Anual con Retiros anticipados. En caso de invalidez o al llegar a la edad de 65 Años Se recibe el ahorro para el retiro sin retención alguna de impuestos El Cliente realiza este cálculo Exención del pago de impuestos anualmente hasta por 9 Salarios Mínimos Generales Anualizados (SMGA), según área geográfica; suman todas las pensiones que se reciban por retiro Declaración anual incluyendo Los retiros a los 65 Años o en Caso de Invalidez

  23. Articulo. 218 ISR Los contribuyentes…que efectúen depósitos en las cuentas personales …podrán restar el importe de dichos depósitos, de la cantidad a la que se le aplicaría la tarifa del artículo 177 de la LISR. Reglamento de la LISR art. 280 …podrán aplicar lo dispuesto en el art. 218, a las aportaciones a la subcuenta de ahorro a largo plazo de la cuenta individual a que se refiere la Ley de los SAR. PRODUCTO AL QUE SE APLICA : PLAN VIDA IDEAL Tratamiento Fiscal Momento Podrán disminuir de sus ingresos, para fines de pago de impuestos, las aportaciones anuales realizadas hasta por un monto máximo de $152,000 pesos anuales. Al realizar aportaciones Al realizar retiros Se aplicará la tasa impositiva máxima vigente a la fecha del retiro, que establece la tarifa (parciales, total, para pago de primas) contenida en el artículo 177 de la LISR (para 2008 es del 28%). En caso de Fallecimiento Retención del 0.85% anual sobre el Capital que dio origen a los intereses, por cada año en que la inversión permaneció en el Producto En caso de Invalidez En cualquier momento que se retiren los recursos Declaración anual cuando existan retiros Se sumarán a sus otros ingresos, el monto del Capital retirado, acreditando las retenciones efectuadas por la Afore

  24. Ejemplos de Deducción Fiscal Caso 1 Caso 2 Apoyo fiscal *Se estiman en 45 días de aguinaldo, prima vacacional de 20 días y un bono equivalente a un mes de sueldo

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